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CUESTIONARIO 100 Pre Guntas

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CUESTIONARIO

DERECHO PENAL

PARTE GENERAL

1. Concepto de Derecho Penal

es una rama del derecho publico cuyas normas regulan el poder punitivo del estado, en cuanto
se refiere al delito y a sus consecuencias.

2.- Características del derecho penal, explique

- es normativo: por que se rige por normas

- es valorativo: por que protege valores para asignar las penas

- es finalista: por que persigue la proteccion de los individuos.garantizandole el goce d elos


bienes juridicos.

2. Derecho penal objetivo


Se define al derecho penal objetivo, l conjunto de normas juridicas que asocian al delito como
hecho, la sancion como legitima consecuencia.
3. Derecho penal subjetivo
Es la facultad que tiene el estado de definir que tipos de conductas han de ser consideradas como
delitos. Las penas a imponer y de ejecutar el ius puniendi.
4. Relación del Derecho penal con otras ramas del derecho:
a. Der. Constitucional.- su relacion es estrecha, por cuanto la CPE establece las garantias
de los derechos fundamentales e individuales. Por Ej. Nadie puede ser condenado a
pena alguna sin haber sido oido y juzgado previamente en proceso legal.
b. Der. Procesal.- es el medio para que se efectivice el derecho penal. Sin el proceso
penal no se puede imponer sancion alguna.
c. Der. Civil.- regula las relaciones de las personas entre si, las de parentesco, las de
sucesiones, obligaciones y derechos reales.
d. Der. Administrativo.- surge con la afirmacion del estado de derecho que establecio el
ejercicio del ius puniendi al principio de legalidad de los delitos y las penas.
e. Ramas auxiliares:
1. Criminología.- es una ciencia causal explicativa sobre el delito, el delincuente y el
control de la criminalidad.
2. Medicina legal.- tiene intima relacion ya que abarca varios temas entre ellos casos
de homicidios, o lesiones producidas por armas de fuego, armas punzantes y corto
punzante, sustacias venenosas etc.
3. Criminalística.- esta encargada en la utilizacion de medios cientificos
determinados para la investigacion historica de los hechos, y la identificacion del
autor de los mismos.
CUESTIONARIO

DERECHO PENAL

PARTE GENERAL
1. Concepto de Derecho Penal

es una rama del derecho publico cuyas normas regulan el poder punitivo del estado, en
cuanto se refiere al delito y a sus consecuencias.

2.- Características del derecho penal, explique

- es normativo: por que se rige por normas

- es valorativo: por que protege valores para asignar las penas

- es finalista: por que persigue la proteccion de los individuos.garantizandole el goce d elos


bienes juridicos.

2. Derecho penal objetivo

Se define al derecho penal objetivo, l conjunto de normas juridicas que asocian al


delito como hecho, la sancion como legitima consecuencia.

3. Derecho penal subjetivo

Es la facultad que tiene el estado de definir que tipos de conductas han de ser
consideradas como delitos. Las penas a imponer y de ejecutar el ius
puniendi.

4. Relación del Derecho penal con otras ramas del derecho:


a. Der. Constitucional.- su relacion es estrecha, por cuanto la CPE
establece las garantias de los derechos fundamentales e
individuales. Por Ej. Nadie puede ser condenado a pena alguna sin
haber sido oido y juzgado previamente en proceso legal.
b. Der. Procesal.- es el medio para que se efectivice el derecho penal.
Sin el proceso penal no se puede imponer sancion alguna.
c. Der. Civil.- regula las relaciones de las personas entre si, las de
parentesco, las de sucesiones, obligaciones y derechos reales.
d. Der. Administrativo.- surge con la afirmacion del estado de derecho
que establecio el ejercicio del ius puniendi al principio de legalidad
de los delitos y las penas.
e. Ramas auxiliares:

1. Criminología.- es una ciencia causal explicativa sobre el delito,


el delincuente y el control de la criminalidad.
2. Medicina legal.- tiene intima relacion ya que abarca varios
temas entre ellos casos de homicidios, o lesiones producidas por
armas de fuego, armas punzantes y corto punzante, sustacias
venenosas etc.
3. Criminalística.- esta encargada en la utilizacion de medios
cientificos determinados para la investigacion historica de los
hechos, y la identificacion del autor de los mismos.

1. Cuáles son las fuentes del derecho penal, explique

- Fuentes de produccion.- el estado es el unico que tiene la facultad


de establecer los delitos y fijar las sanciones
- Fuentes de conocimiento.- la unica fuente de conocimiento es la
Ley, a traves de ellas se definen las conductas delictivas y se
establecen las penas.
1. Principio de legalidad

Quiere decir que si una conducta no esta regulada por la ley como delictiva no
habra delito ( Nullum crimen, Nulla poena, Sine previa)

2. Principio de prohibición de exceso

Es la delimitacion de los ambitos de aplicación de la Ley penal y el ejercicio de los


derechos fundamentales constitucionales. Ej. Allanamiento de domicilio.

3. Principio de proporcionalidad

Es la medida sancionatoria acorde a los delitos cometidos. Ej. Sera menor la


sancion para un robo que para un asesinato)

4. Principio de culpabilidad

(No hay pena sin culpa) quiere decir que nadie puede ser declarado responsable
mientras no se pruebe su culpabilidad. Se debe presumir la inocencia
del procesado.
5. Principio de taxatividad

Quiere dfecir que la ley debe ser lo mas clara y precisa para que no de lugar a
interpretaciones que desemboquen en analogias.

6. Ámbito de validez espacial de la lay penal Art. 1 C.P.

See aplica dentro del territorio nacional o a los lugares sometidos bajo su
soberania o jurisdiccion. Ej consulados.

7. La extradición Art. 3 C.P. – ART. 149 C.P.P.

(tiene que existir convenio bilateral)


acto por el cual un estado entrega a un individuo a otro estado que lo reclama ,
a objeto de someterlo a juicio penal o a la ejecucion de una pena.
(hay dos clases de extradicion: activa y pasiva)

8. Derecho de Asilo – Tratado de Montevideo de 1889- art. 16

(esta en funcion al tratado de Montevideo) (y es solo para delitos politicos)


es la garantia que da un estado a una persona que es perseguido politico y que
su vida este en peligro.

9. Ámbito de valides temporal de la ley penal

La ley penal en Bolivia entra el validez desde su publicacion en la gaceta oficial.

10. Irretroactividad de la ley penal Art. 4 C.P.

Todo acto ha de regirse con la ley que en su tiempo Impera.


La condena penal debe fundarse en una ley anterior al proceso y solo se
aplicaran las leyes posteriores cuando sean mas favorables al encausado.

11. Retroactividad de la ley penal mas favorable Art. 4 c.p.

Si la ley vigente en el momento de cometerse el delito fuere distinta de la que


existia al dictarse el fallo , se aplicara siempre la mas favorable. Siempre
se aplicara con lo mas favorable en la pena al delito o denunciado.

12. Leyes temporales


quiere decir que deben ser aplicada a los hechos cometidos durante su periodo
de vigencia aún cuando hayan perdido su cometido o hayan sido
derogadas

13. Ámbito de vigencia personal de la ley penal art. 5 C.P.

Quiere decir que la ley penal se aplica a todos los habitantes sin distinción

14. Teoría del delito

Es el estudio del delito y sus elementos.

15. Concepto de delito

Es una accion tipica, antijuridica, culpable e imputable.

16. Elementos del delito

Son: accion – tipicidad - antijuridicidad - culpabilidad - e imputabilidad


17. Elementos positivos y negativos de una conducta

18. Delitos comunes

Son todos los delitos que comete cualquier persona.

19. Delitos políticos

Son los que atentan contra la seguridad interior del estado

20. Delitos de resultados

Son aquellos en los que para su consumacion es necesario que se produzca un


resultado en el mundo exterior ( ej robo, asesinato)

21. Delitos de simple actividad


No requieren para su consumacion que haya un cambio en el mundo exterior ( ej
el falso testimonio)

22. Delitos de lesión

Cuando causa un daño corporal ( lesiones leves, graves y gravisimas)

23. Delitos de Peligro

Son los que requieren una produccion de peligro para una persona ( contagio
venereo)

24. Delitos permanentes

Son aquellos en los que el mantenimiento de la situacion antijuridica depende de


la voluntad del autor, su consumacion dura hasta que cese la violacion
del bien juridico protegido ( ej el secuestro, el allanamiento de domicilio)

25. Delitos instantáneos


Son aquellos en la que la consumacion se realiza al producirse el resultado tipico.
( ej el robo, el homicidio)

26. Delitos continuados

Son aquellos en los que se realiza una serie de acciones violatorias del derecho,
son ejecutadas con unidad de resolucion. (ej cuando alguien roba de un
solo lugar y en distintos tiempos , pero continuada y sucesivamente una
o ambas cosas)

27. Delitos de comisión)

Son una forma de conducta activa ( Ej. Robar matar violar)

28. Delitos de omisión

Son los que tienen una conducta pasiva, la persona deja de hacer lo que la ley le
obliga. (Ej. Omision de socorro)
29. Delitos de comisión por omisión

Son aquellos en los que se viola el precepto legal al dejar de hacer lo que la ley
obliga. ( Ej. La madre que ocaciona la muerte de su hijo por dejar de
alimentarlo)

30. Delitos generales

Son aquellos en los que el autor puede ser cualquier persona . En estos tipos
penales la redaccion utilizada por el legislador empezara con el termino
EL QUE (Ej. El que matare, el que violare)

31. Delitos propios

Solamente pueden cometerlos ciertas personas en razon de su cargo. ( Ej. Los


funcionarios publicos, prevaricato, peculado, malversacion)

32. La Acción
Es la exteriorizacion de la voluntad, o manisfestacion de la voluntad, sea positiva
o negativa y cuya finalidad es cambiar algo en el mundo exterior.

33. Elementos de la acción. Explique

LA VOLUNTAD.- el querer cometer el delito


LA FINALIDAD .- el causar daño al cometer el delito.

34. Causas que excluyen la acción

a. Fuerza física irresistible.- convierte al cuerpo del hombre en una


simple cosa material que no puede ser guiado por su voluntad ( ej. La
epilepsia)
b. Estado de inconciencia absoluta.- cuando la persona no tiene
ningun control sobre su actividad muscular. ( EJ. Hipnosis, o
sonambulismo)
c. Actos reflejos.- son las respuestas motrices que suceden
mecanicamente a una estimulacion externo. (ej. La reaccion ante la
corriente electrica)
d. Caso fortuito.- es cuando el actor no puede dominar su movimiento
por un medio exterior que lo impulsa.

1. La tipicidad
Es la adecuacion de la conducta del sujeto al tipo penal

2. El tipo penal

Es la descripcion de la conducta prohibida y sancionada con una pena.

3. Funciones de la tipicidad:

a. Garantizadora.- la tipicidad es la garantia del principio de legalidad


b. Fundamentadora.- la conducta no puede ser calificada como delito
mientras que el legislador no la haya descrito plenamente (ej entreo
robo y hurto, apropiacion de cosa ajena, y la diferencia radica en el
empleo de la violencia en las cosas o en las personas)
c. Sistematizadora.- la tipicidad constituye un nexo entre la parte
general y la parte especial.

1. Estructura del Tipo

1. sujeto activo.- es el que realiza la accion con independencia de que


sea o no responsable del delito.
2. sujeto pasivo.- es la victima sobre quien recae la accion.
3. Acción.- es el nucleo del tipo penal que se traduce en un verbo
rector. ( ej. Robar, matar, violar etc.)
4. bien jurídico protegido.- son aquellos valores que el legislador les
concede proteccion juridica ( aparecen en los titulos del 2do libro)

1. La antijuricidad

Es todo lo que va en contra de la norma.

2. Causas de justificación

Son causas que destruyen la antijuridicidad de un acto, es decir que el


odenamiento juridico le autoriza al actor actual de una determinada
manera.
Entre ellas esta: la legitima defensa, el estado de necesidad, y el ejercico de un
derecho etc.

3. Legítima defensa Art 11 c.p.

Es la defensa de cualquier derecho propio o ajeno, rechazando una accion injusta


y actual, siempre que hubiere necesidad racional de la defensa y no
existiese evidente desproporcion del medio empleado.
4. Requisitos para la legitima. -

- agresion injusta y actual


- necesidad racional de defensa
- proporcionalidad del medio empleado.

1. Legítima defensa de terceros

Art 11 cap 1

2. Bienes jurídicos sujetos a legítima defensa

La ley no hace ninguna discriminacion, y puede ser cualquiera que se vea


afectado, siempre y cuando exitan las condiciones de proporcionalidad,
racionalidad y necesidad de la defensa.

3. Defensas mecánicas predispuestas

Consiste en determinados medios tecnicos mecanicos que protegen bienes


juridicos. (ej. Electrificar los muros de las casas)
4. Ejercicio de un derecho, oficio o cargo, cumplimiento de la ley o de un deber

EJERCICIO DE UN DERECHO. - quiere decir que nadie puede ser obligado a hacer
lo que la Constitución y las leyes no manden ni privarse de lo que ellas
no prohíban
EJERCICIO DE UN OFICIO O CARGO. - se refiere al ejercicio de una profesión
liberal que precisa autorización al referirse ejercicio de cargo está
señalando al ejercicio de un cargo de función pública.

CUMPLIMIENTO DE UNA LEY O DE UN DEBER. - esto quiere decir que actúa con la autorización
de la ley el miembro un pelotón de fusilamiento que dispara sobre un condenado a muerte

52.-Responsabilidad civil en causas de justificación

Están exentos de responsabilidad civil los que se hayan amparado por una causa de
justificación excepto el causante del estado de necesidad

53.-Exceso en las causas de justificación

Se regula de una manera más justa y racional el exceso suprimiendo la injusticia de imponer
pena al exceso cuando el mismo proveniente de una excitación o turbación justificable por las
circunstancias en este caso se adopta la solución correcta al eximir de penal autor.

54.-Estado de necesidad

Esta excento de responsabilidad el que para evitar una lesion a un bien juridico propio o ajeno,
no superable de otra manera, incurra en un tipo penal.

55.-Requisitos del estado de necesidad

-que la lesion causada no sea mayor que la que se trata de evitar

-que la lesion que se evita sea inminente o actual e importante.

-Que la situacion de necesidad no hubiera sido provocada intencionadamente por el sujeto

-Que el necesitado no tenga, por su oficio o cargo la obligacion de afrontar el peligro.

56.-La culpabilidad

Es la situacion en la que se encuentra una persona por actuar en contra de la norma o de su


propia conciencia, que pudiendo haber obrado de otra manera no lo hizo, por lo cual el juez lo
declarara merecedor de una pena. (NO HAY PENA SIN CULPABILIDAD) bajo el principio de
nullun poena sine culpa.

57.-Analizar el At. 13 del C.P.

NO HAY PENA SIN CULPABILIDAD, quiere decir que no se le podra imponer una pena a una
persona si no le demostro que tiene la culpa. Bajo el principio de nullun poena sine culpa.

58.- formas de participación criminal.

a) autoría art. 20 cp: son autores quienes realizan el hecho por si solos, conjuntamente por
medio de otro o los que dolosamente prestan cooperación.

b) complicidad: el que dolosamente facilite o coopere a la ejecución del hecho antijurídico


doloso

c) instigación. - el que dolosamente determine a otro la comisión de un hecho

d) encubridor: el que después de haberse cometido un delito sin promesa anterior, ayudare a
alguien eludir la acción de justicia.

e) receptación. El que despead de haber cometido un delito ayudare a alguien asegurar el


beneficio.

59.- tentativa.

El que mediante actos idóneos e inequívocos comenzare la ejecución de un delito, y no lo


consúmese por causas ajena a su voluntad

60.- responsabilidad penal de las personas jurídicos,

La persona jurídica no tiene capacidad de conducta porque el delito se elabora sobre la base
de la conducta humana individual

61.- clasificación de los delitos según la culpabilidad.

Se clasifican en delitos dolosos y delitos culposos.

62.-Dolo. -

Actúa dolosamente el que realiza un hecho previsto en un tipo penal con conocimiento y
voluntad para ello es suficiente que el actor considera seriamente posible su realización y
hacerte esta posibilidad

63.-Elementos del dolo. – los elementos del dolo son:


El elemento intelectual. -cuando la ley menciona que el sujeto conoce el resultado de su acción
se refiere a que necesariamente sujeto conoce los elementos del tipo y así por ejemplo para el
homicidio el individuo debe saber que matar a una persona es un hecho que va contra la
norma no matar y que constituye un delito.

EL ELEMENTO VOLITIVO. -la condición de que el sujeto esté convencido de la ilicitud de su


conducta además de que haya dominado realmente el acontecer lo haya conducido
conscientemente hacia un fin o que sólo hubiese podido dominarlo.

que sólo hubiese podido dominarlo.

65.- clases de dolo

Dolo directo. -cuando el resultado ha sido previsto y cometido intencionalmente por el autor.

Dolo eventual. -se presenta cuando el resultado ha sido previsto por el agente, no querido
pero admitido por este.

Dolo de consecuencias necesarias. - cuando el agente acepta los resultados por su acción.

66.- culpa. - actúa culposamente quien no observa el cuidado a que está obligado conforme a
las circunstancias y sus condiciones personales y por ello:

1.- no toma conciencia de que realiza el tipo legal

2.- tiene como posible la realización del tipo penal y, no obstante, esta previsión, lo realiza en
la confianza de que evitara el resultado.

66.- Clases de culpa

No toma conciencia de que realiza el tipo legal

Tiene como posible la realización del tipo penal y, no obstante, esta previsión, lo realiza de que
evitara el resultado

67.-El deber de cuidado

Es una medida objetiva que está en función de la necesidad social de proteger los bienes
jurídicos fundamentales y de satisfacer las exigencias de la vida en sociedad.

68.-Teoría del error

Reconocida como causa de inculpabilidad, el error de hecho, error o ignorancia de derecho

69.-Diferencia entre error e ignorancia

Erro: conocimiento falso, representación errónea de un objeto cierto

Ignorancia: es la falta completa de conocimiento de representación por ello a la persona que


actúa por erro del derecho que no se le puede hacer responsable de un hecho punible, cuando
concurre a las circunstancias prevista para el error.
70.-Error de tipo art. 16 cp.

El error invencible sobre un elemento constitutivo del tipo penal excluye la responsabilidad
penal por ese delito.

71.-Error de prohibición art. 16 cp.

Se refiere al erro de la ilicitud de la conducta y no al error sobre ilicitud penal o sobre la


punibilidad de la misma, regulación que parece más acertada.

Existe error cuando el infractor no conoce la ilicitud de sus actos.

72.-La Imputabilidad

Es la aptitud o capacidad de comprender la antijurídica del hecho y dirigir las acciones


conforme a dicha comprensión.

73.-La inimputabilidad Art. 17 cp.

74.-La semi-imputabilidad art. 18 cp.

Cuando no excluye totalmente su capacidad de comprender la antijuricidad de su acción o


conducirse de acuerdo a esta comprensión, si no que la disminuyan notablemente el juez
atenuara la pena la pena conforme el art. 39.

75.-Actio libera in causa art. 19 c.p.

El que voluntariamente causare su incapacidad para cometer un delito será sancionado, con la
pena prevista por el delito doloso, si debería hacer previsto la realización de tipo penal, será
sancionado con la pena del delito culposo.

76.-El iter criminis

Desde el instante que se concibe la idea hasta que este es consumado. Que pasa por una seria
de fase que en la doctrina jurídica pena se conoce como “El camino del delito”

77.-Fases del iter criminis, explique

a. Fase Interna

La mera resolución de delinquir no constituye nunca, delito.

Mientras no trascienda al exterior, de ningún modo, es susceptible de represión penal.

Esto quiere decir que, si no pasa de ser solo una idea o haya arrepentimiento, de ella no tiene
repercusión penal.

a.1. ideación criminal


Que en el momento que aparece el sujeto la idea de delinquir, cuando el individuo se le
presenta la idea y ve el lado negativo y positivo y si se queda en solo una idea desaparece en el
acto toda posterior actitud, en este caso no hay repercusión penal

a.2. deliberación

En el caso de la liberación no le importa el temor hacer descubierto, ni el castigo que pudiera


merecer por su conducta.

a.3. resolución

En este periodo, el agente decide definitivamente ejecutar su propiecito criminal

b. fase externa

Entre la fase interna y externa, existe un puente. Doctrinalmente se denomina en que la


primera la preposición, interviene dos voluntades; mientras que en la conjugación es un
acuerdo colectivo

b.1. ejecución

Latu sensu, hay tentativa cuando el sujeto da comenzó a la ejecución y este no llega a
consumarse. Comienzo de ejecución y no de consumación.

79. diferencia entre tentativa y delito frustrado

La tentativa es cuando el agente debía alcanzarse varios hechos sucesivos y algunos actos
sucesivos no se cumplen. Por el contrario, existe delito frustrado cuando se han realizado
todos los actos y el resultado no se cumple

80. Desistimiento y arrepentimiento eficaz art. 9 cp.

Es cuando el auto desiste demuestra, que no tiene una peligrosidad intensa por lo que la pena
resulta innecesaria. Cuando desiste de cometer el acto delictivo.

El arrepentimiento es el agente que desista voluntariamente de la comisión del delito o que


impida o contribuyere a impedir que el resultado se produzca a menos que los actos realizados
contribuyan delitos por sí mismos. En este caso el desistimiento y arrepentimiento deben
constituir, una causa de exclusión de la pena.

81. Delito imposible Art. 10 c.p.

Que el resultado no se produce por ser idóneos los medios empleados o por impropiedad del
objeto, el juez solo podrá interponer medidas de seguridad. ltera. Y donde el autor aparenta
un estado civil distinto del que corresponde al sujeto)

82. Delito consumado y delito agotado


⮚ CONSUMADO .- se da cuando el delincuente adecua su conducta a un
tipo penal y logra lesionar el bien juridico. (ej. En el robo, cuando se logra
conseguir el apoderamiento ilegitimo de la cosa.)
⮚ AGOTADO.- es cuando ademas de ejecutar la accion, el autor continua
hasta llegar a las ultimas consecuencias y conseguir la finalidad que se ha
propuesto, (ej. La venta y/o lucro del bien robado)

83. Participación criminal necesaria

Es la participación de una persona en un delito ajeno, sin revestir la calidad del autor.

(Ej. En el delito de bigamia, el casado comete este delito, pero para consumar este delito
interviene la paticipacion de la

84. Participación criminal aparente

Esta se fundamenta con la participacion de la persona que realiza un aporte (ignorando el fin)
que solo mediante la planificacion y ejecucion de otra persona se puede causar un ilicito.

(Ej. A es el vendedor de un veneno para ratas- B es el que lo utiliza para envenenar a C (A


ignora el fin de B, por lo tanto no es responsable del ilicito)

85. incomunicabilidad de la responsabilidad en la participación criminal

Es el acto de sancionar con la pena respectiva a cada uno de los participantes en funcion al
grado de participacion que hayan tenido en el hecho delictivo, sin tomar en cuenta la
participacion de los otros. Art 24 CP.

86. Sistema de penal que adopta el código penal boliviano

Adoptan el sistema de la pena intermediaria, es decir cuando en la aplicación de la pena existe


un maximo y un minimo sobre loscuales el Juez, atendiendo las circunstancias, pueda aplicar la
pena entre ambos limites.

87. Circunstancias que deben ser analizadas por el juzgador al momento de dictar sentencia
art. 37 c.p.

⮚ Tomar conocimiento directo del sujeto, de la victima y de las


circunstancias del hecho, en la medida requerida para cada caso.
⮚ Determinar la pena aplicable a cada delito, dentro de los limites legales.
88. analizar el art. 38 c.p.

PARA APRECIAR LA RESPONSABILIDAD DEL AUTOR se tomara en cuenta:

⮚ la edad, la educacion, las costumbres, y la conducta precedente y


posterior del sujeto. Los moviles que lo impulsaron a delinquir y su
situacion economica y social.
⮚ Las condiciones especiales en que se encontraba en el momento de
la ejecucion del delito y los demas antecedentes y condiciones
personales.

❖ Se tendra en cuenta, asimismo la premeditacion, el motivo


bajo antisocial, la alevosia y el ensañamiento.

89. La reincidencia art. 41 c.p.

Hay reincidencia siempre que el condenado en Bolivia o en el extrajero por sentencia


ejecutoriada, comete un nuevo delito, si no ha transcurrido desde el cumplimiento de la
condena en un plazo de 5 años.

90. Teoría del concurso de delitos

Hay concursos de delitos, cuando un sujeto en el momento de ser juzgado ha cometido varios
delitos, por lo que no ha sido condenado con anterioridad.

91. clases de concurso:

a. concurso ideal art. 44 c.p..- consiste en la comision de varios delitos mediante un


solo acto: hay una sola accion y varios delitos. ( Ej es el caso del que allana un domicilio, se
apodera de un bien ajeno y al huir, lesiona al dueño de la casa)

b. concurso real art. 45 c.p.. - Hay concurso Real cuando el sujeto ha realizado varias
acciones, cada una de las cuales, por separado, es constitutiva de un delito.

92. sentencia única en los concursos de delitos

Art 46 CP, en todos los casos de pluralidad de delitos, corresponde al Juez que conozca el caso
mas grav, dictar la sentencia unica, determinando la pena definitiva para la totalidad de los
mismos, con sujecion a las reglas del CPP.

93. Concepto de pena. -


la pena es una privación o restricción de bienes jurídicos establecidos por ley he impuestas por
el órgano jurisdiccional competente al que ha cometido un delito.

Finalidad de la Pena. -la pena tiene fines morales y utilitarios :

1.- enmienda del delincuente. -obrando sobre el ,la pena como segunda opción, con clara
tendencia a su readaptación.

2.-satisfacer el sentimiento social de justicia. - es decir, que al delito siga una pena y exista una
cierta proporción entre este y aquella

94. prevención general. -

La amenaza de una pena tiene eficacia sobre la masa social en unos próximos crímenes el
cálculo de la pena servirá de freno inhibitorio contra la tentación de delinquir

95. Prevención especial. -

la pena debe obrar sobre el delincuente creando en el por el sufrimiento que contiene motivos
que le aparten del delito en el porvenir y sobre todo como finalidad preponderante tender a su
reforma y a su readaptación a la vida social

96. clases de penas. –

el código penal boliviano en el artículo 25 capítulo 1 título 3 libro primero bajo el nomen juris
de sanción dice que está comprende las penas y medidas de seguridad asignado una doble
finalidad por una parte la enmienda y readaptación social del delincuente y por otro la función
preventiva de carácter general y especial la economía jurídico-penal boliviana distingue dos
clases de penas principales y accesorias

a. principales. - Señala el siguiente presidio reclusión prestación de trabajo y multa

b. accesorias. - La pena accesoria señala la inhabilitación especial

la diferencia entre pena principales y penas accesorias radica en que las primeras pueden
aplicarse sola y en forma autónoma y las penas accesorias en cambio se aplican como
dependiente de una principal

97. Penas privativas de libertad. Explique

la pena privativa de libertad consiste en obligar al condenado a permanecer por el tiempo que
señale un juez en un establecimiento adecuado

a. presidio. - la pena de presidio se aplica a los delitos que revisten mayor gravedad y su
duración es de 1 a 30 años sin que puede excederse de este término aún en los casos de
concurso

b. reclusión. - la pena de reclusión y otra de la pena privativa de libertad que contiene el


código penal boliviano se aplica los delitos de menor gravedad y su duración es de un mes a 8
años
98. DETENCIÓN DOMICILIARIA

Cuando la pena no excediera de dos años podrán ser detenidas en sus propias casas las
mujeres de buenos antecedentes y las personas mayores de sesenta años o valetudinarias

99. MEDIDAS DE SEGURIDAD

Son e arma preventiva de más alcance y precisión de que dispone el estado para la defensa
social en la lucha contra el crimen.

100. CLASIFICACIÓN DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD, EXPLIQUE:

a. Privativas de libertad. - Una pena privativa de libertad es la sanción penal que se impone al
sujeto que ha cometido un acto delictivo, declarado así por un tribunal a través de un proceso
público celebrado con todas las garantías, y que consiste en la privación del derecho a la
libertad en un lugar determinado durante el tiempo que se establezca en la sentencia
condenatoria, sometido a un específico régimen de vida.

b. restrictivas de derechos. - En definitiva, se trata de la privación de derechos políticos,


profesionales y civiles que tienen su origen en la "muerte civil" regulada en las Partidas
(privación de todos los derechos).

c. patrimonial. - Denominada también pecuniaria, es aquella en que el castigo va encaminado a


la desaparición o la disminución del patrimonio del condenado por una infracción penal.
(Véase asimismo la entrada sobre Confiscación, MULTA.)

101. MEDIDAS DE SEGURIDAD PRE DELICTUALES

Pre delictuales: No necesitan la comisión de un ilícito para imponerse.

102. MEDIDAS DE SEGURIDAD POST DELICTUALES

Pos delictuales: Necesitan de la comisión de un delito para imponerse.

103. RESPONSABILIDAD CIVIL

Toda persona responsable penalmente no es también civilmente y está obligada la reparación


de los daños materiales y morales causados por el delito.

104. MANCOMUNIDAD DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL ART 92 C.P.

El código penal determina que la responsabilidad civil será mancomunada entre el responsable
del delito esta obligación pasa a los herederos del culpable y se transmite a los herederos de la
víctima

105. EXENCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL ART 89 CP.

Están exentos de responsabilidad civil los que se hayan amparados por una causa de
justificación excepto el causante del estado de necesidad

106. INDEMNIZACIÓN A LOS INOCENTES ART. 95 C.P.


determina que toda persona que después de haber sido sometida a un juicio criminal fue
declarado inocente tendrá el derecho de indemnización de todos los daños y perjuicios que
hubiese sufrido con motivo de dicho juicio la indemnización debe hacerla el acusador o el
denunciante

107. CAUSAS DE EXTINCIÓN DE LA PENA ART. 104 CP.

Las causas de extinción de la responsabilidad penal son aquellas circunstancias que


sobrevienen después de la comisión del acto punible y se destruyen la acción penal ya original

108. TÉRMINOS PARA LA PRESCRIPCIÓN DE LAS PENAS ART. 105 CP.

La potestad para ejecutar la pena prescribe

1.-en 10 años y se trata una pena privativa de libertad no mayor de 6 años.

2.- en 7 años tratándose de pena privativa de libertad menores y mayores de 2.

3. -en 5 años y secreta de las demás penas

estos plazos empezarán a correr desde el día de la notificación con sentencia condenatoria o
desde el momento del quebrantamiento de la condena si está hubiera empezado a cumplirse

109. PRESCRIPCIÓN DE LAS PENAS ACCESORIAS ART 108. CP.

La ley determina que las sanciones accesorias proximidad entre años computados desde el día
en que debía empezar a cumplirse y

110. PRESCRIPCIÓN DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD ART 108 CP.

Las medidas de seguridad cuando su aplicación a criterio del juez y previos los informes
pertinentes sean necesarias por no haberse comprobado readaptación social del condenado

DERECHO PENAL

PARTE ESPECIAL

111. Cuáles son los delitos que atentan contra la Seguridad del Estado

112. Realizar la estructura de los siguientes tipos penales: art. 109, 126

Y 132.

TRAICION

CONSPIRACION

ASOCIACION DELICTUOSA

113. cuáles son los delitos que atentan contra La Fe Pública


114. Realizar la estructura de los siguientes tipos penales: art. 142, 154, 159

115. cuáles son los delitos que atentan contra la función judicial

116. Realizar la estructura de los siguientes tipos penales: art. 167, 180

117. cuáles son los delitos contra La Fe Pública

118. Realizar la estructura de los siguientes tipos penales: art.186, 195, 198, 204

19. Cuáles son los delitos contra la Seguridad Común0. Realizar la estructura de los siguientes
tipos penales: art.206, 213, 216121. Cuáles son los delitos contra la Economía Nacional, la
Industria y el Comercio

122. Realizar la estructura de los siguientes tipos penales: art.221, 237

123. cuáles son los delitos contra La Familia

124. Realizar la estructura de los siguientes tipos penales: art. 243, 248

250 bis.

125. cuáles son los delitos contra la Vida y la Integridad Corporal

126. Realizar la estructura de los siguientes tipos penales: art.251, 258, 263, 270,278

127. cuáles son los delitos contra El Honor

128. Realizar la estructura de los siguientes tipos penales: art.282, 287

129. cuáles son los delitos contra la Libertad

130. Realizar la estructura de los siguientes tipos penales: art. 292, 298

131. cuáles son los delitos contra la Libertad sexual

132. Realizar la estructura de los siguientes tipos penales: art. 308, 313

133. cuáles son los delitos contra la Propiedad

134. Realizar la estructura de los siguientes tipos penales: art. 326, 334, 350 ter.

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