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Tema de Exposición Validez Probatoria de Los Documentos Electronicos

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4. La validez probatoria de los documentos electrónicos.

El CONPES es el encargado de revisar el Plan Nacional de Desarrollo antes de que el


Ministerio de Hacienda lo vincule al Proyecto de Presupuesto General de la Nación, para la
posterior revisión y aprobación del Congreso.

Objetivo central

Fortalecer las capacidades del Estado para enfrentar las amenazas que atentan contra su
seguridad y defensa en el ámbito cibernético (ciberseguridad y ciberdefensa), creando el ambiente
y las condiciones necesarias para brindar protección en el ciberespacio.

La ciberseguridad es el conjunto de procedimientos y herramientas que se implementan


para proteger la información que se genera y procesa a través de computadoras,
servidores, dispositivos móviles, redes y sistemas electrónicos.

La problemática central se fundamenta en que la capacidad actual del Estado para


enfrentar las amenazas cibernéticas presenta debilidades y no existe una estrategia
nacional al respecto. A partir de ello se establecen las causas y efectos que permitirán
desarrollar políticas de prevención y control, ante el incremento de amenazas
informáticas.

Para la aplicabilidad de la estrategia se definen recomendaciones específicas a desarrollar


por entidades involucradas directa e indirectamente en esta materia. Así lo ha entendido
el Gobierno Nacional al incluir este tema en el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014
“Prosperidad para Todos”, como parte del Plan Vive Digital.

El artículo 10 señala que los documentos electrónicos serán admitidos como medio
probatorio en un proceso judicial o administrativo.

Los mensajes de datos tienen una serie de criterios para ser valorados, el artículo 11 de la
presente ley.

Ley 527 de 1999, establece que los elementos que deben tenerse en cuenta obedecen a:

 Las reglas de la sana crítica y demás criterios reconocidos legamente para la


apreciación de pruebas.
 La confiabilidad en la forma en que se haya generado, archivado o comunicado el
mensaje.
 La confiabilidad acerca de la manera de conservación de la integridad de la
información.
 La forma que se identifique a su iniciador.
 Cualquier otro factor pertinente.

Dentro del valor probatorio tiene como requisitos para el documento electrónico

 Autenticidad con respecto a que el documento es verídico y no ha sido alterado.


 Confiabilidad referida a que los métodos por los cuales se obtuvo el documento o
una copia del mismo son seguros y sobre todo verificables

La doctrina ha expresado:

“Si bien es cierto que la mayoría de los medios de prueba pueden interrelacionarse
con las computadoras, es la prueba documental la que, en última instancia, guarda
vinculo mas estrecho debido a que los soportes magnéticos pueden “constar” al igual
que un documento”.

La Corte Suprema de Justicia indica que la prueba debe ser obtenida de manera legítima,
ya que no tendría sentido menoscabar los derechos de terceras personas solo porque se
trata de medios electrónicos. Sí una prueba ha sido producto de vulneración electrónico u
otro medio de almacenamiento digital, la prueba debe ser declarada inadmisible por el
juez competente.
Claridad sobre la admisibilidad de la prueba en medios digitales, esta en cabeza de la
Corte Suprema de Justicia.

4.1 Eficacia probatoria de los mensajes de datos y su presunción de


autenticidad. Análisis de la sentencia de la Corte Suprema de Justicia del 16
de diciembre de 2010.
Se analizó la prueba presentada en forma digital a través de un email contenido en un CD
en un proceso de casación contra la decisión de la sala de Familia Tribunal Superior de
Bogotá sobre la declaratoria de una unión marital de hecho y la correspondiente
formación de una sociedad patrimonial en los términos de la ley 54de 1990: Por la cual se
definen las uniones maritales de hecho y el régimen patrimonial entre compañeros
permanentes.
La prueba electrónica cuando consiste en documentos electrónicos será totalmente válida
siempre y cuando cuente con los mismos elementos que se tienen en cuenta para el
reconocimiento jurídico de los documentos electrónicos, añadiendo a los presupuestos
que ofrece para la valoración la sana crítica racional de dichas pruebas.
Ley 1928/2018 Convenio sobre la Ciberdelincuencia
Reconocimiento de la necesidad de una cooperación entre los Estados y sector privado en
la lucha contra la ciberdelincuencia, así como la necesidad de proteger los legítimos
intereses en la utilización y desarrollo de las tecnologías de la información.

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