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Evaluacion U3 M20 Corregida

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El recurso de revisión debe presentarse ante:

Seleccione una:
a. La autoridad que no emite la resolución recurrida.
b. El juzgado de Distrito.
c. La autoridad que emitió la resolución recurrida.
d. La Suprema Corte de Justicia de la Nación.

¡Correcto! Por regla general, los recursos se presentan ante la autoridad que emitió la
resolución que se recurre en términos del artículo 86 y 99 de la Ley de Amparo.

Las autoridades responsables pueden interponer el recurso de revisión en defensa de


sus propios actos.

Elija una;
Verdadero
¡Correcto! A esto se le llama legitimación activa en los recursos.

Recurso que procede contra la resolución que tiene por cumplida una ejecutoria de
amparo.

Seleccione una: a. Reclamación.


b. Queja. c. Inconformidad. d. Revisión.

¡Correcto! Así lo establece el artículo 201, fracción I, de la Ley de Amparo

Recurso que procede contra las resoluciones de los presidentes de los órganos
colegiados, como el pleno o salas de la SCJN.

Seleccione una: a. Reclamación. b. Inconformidad.


c. Revisión. d. Queja.

¡Correcto! Se encuentra regulado en la Ley de Amparo en los artículos del 104 al 106.
El plazo para interponer el recurso de revisión es de:

Seleccione una:
a. 3 días a partir de que surta efectos la resolución recurrida.
b. 10 días a partir de que surta efectos la resolución recurrida.
c. 15 días a partir de que surta efectos la resolución recurrida.
d. 5 días a partir de que surta efectos la resolución recurrida.

Se sugiere revisar con atención los materiales de apoyo para responder de manera
correcta en el segundo y último intento. Recuerda que será calificado y forma parte de
la evaluación final.

Figura jurídica en la que el quejoso hace del conocimiento al juzgador que se le


concedió el amparo y protección de la unión.

Seleccione una:
a. Procedimiento de inejecución de sentencia.
b. Denuncia de repetición del acto reclamado.
c. Incidente de cumplimiento sustituto.
d. Se consigna ante el Juez de Distrito en materia penal, por el delito de
incumplimiento a las sentencias de amparo.
Se sugiere revisar con atención los materiales de apoyo para responder de manera
correcta en el segundo y último intento. Recuerda que será calificado y forma parte de
la evaluación final.

Se encuentran obligados al cumplimiento de las sentencias de amparo:

Seleccione una:
a. Todas las autoridades que deban tener intervención para dar
cumplimiento a la misma.
b. El órgano judicial de amparo.
c. Sólo las autoridades señaladas como responsables.
d. El superior jerárquico de la autoridad responsable.
Se sugiere revisar con atención los materiales de apoyo para responder de manera
correcta en el segundo y último intento. Recuerda que será calificado y forma parte de
la evaluación final.
Recurso que procede cuando por alguna razón, se extravíe un expediente judicial.

Seleccione una:
a. Reclamación. b. Inconformidad.
c. Queja. d. Revisión.
Se sugiere revisar con atención los materiales de apoyo para responder de manera
correcta en el segundo y último intento. Recuerda que será calificado y forma parte de
la evaluación final.

Autoridad competente para resolver sobre el incidente de cumplimiento sustituto.

Seleccione una:
a. Pleno de Circuito. b. Tribunal Unitario de Circuito.
c. Suprema Corte de Justicia de la Nación.
d. Tribunal Colegiado de Circuito.
Se sugiere revisar con atención los materiales de apoyo para responder de manera
correcta en el segundo y último intento. Recuerda que será calificado y forma parte de
la evaluación final.

Acción que ejercita la Suprema Corte en caso de incumplimiento de sentencia no


justificado.

Seleccione una:
a. Se concede prórroga para el cumplimiento de la ejecutoria de amparo.
b. Manda abrir el incidente de precisión de cumplimiento que refiere el artículo
193.
c. Se hace efectivo el apercibimiento inicial y se le impone la multa respectiva.
d. Se consigna a los titulares ante el Juez de Distrito en materia penal, por el
delito de incumplimiento a las sentencias de amparo.
¡Correcto! Si ya se determinó que el incumplimiento fue inexcusable, no ha lugar a
nueva prórroga, sino a la consignación de la autoridad contumaz ante el Juez de
Distrito, por el delito de incumplimiento a una sentencia de amparo, por ende, es ante
juez en materia penal. Es un caso de excepción al monopolio del ejercicio de la acción
penal que compete al Ministerio Público. Fundamento: 198 LA.

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