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Clases de Reconocimientos
Clases de Reconocimientos
Clases de Reconocimientos
Se destacan dos teorías rivales sobre la naturaleza o los efectos jurídicos del reconocimiento: la constitutiva y
la declarativa. La teoría constitutiva afirma que un nuevo Estado se convierte en sujeto de Derecho
internacional solo en virtud del reconocimiento por parte de otros Estados. La teoría declarativa dice que la
existencia de un Estado es cuestión de hecho y el reconocimiento se reduce a aceptar ese hecho.
Un Tratado internacional es todo acuerdo concluido entre dos o más sujetos del Derecho Internacional
llamado a crear reglas jurídicas obligatorias para ellos (normas jurídicas internacionales). No se consideran
como Tratados los acuerdos celebrados entre Estados y personas o sociedades privadas, ya que éstos no pasan
de ser contratos internacionales y tienen su fuente en el Derecho interno de un Estado. Todo Tratado es
fuente del Derecho internacional crean normas jurídicas internacionales, obligatorias para los que en ellos
participan.
Generalmente la celebración de un Tratado constituye todo un proceso que puede incluir varias etapas. Existe
un procedimiento clásico o tradicional y un procedimiento simplificado. El primero incluye varias etapas:
1º. La negociación y adopción del texto tratado. La negociación abarca el conjunto de operaciones previas a la
redacción del texto del Tratado. Generalmente el Tratado consta de tres partes, el preámbulo, la parte
diapositiva o central y la parte final.
2º La firma. Una vez adoptado el texto del Tratado, la segunda etapa es la firma, que es el compromiso del
Estado en obligarse por el Tratado.
3º La ratificación. Es la aprobación definitiva del Tratado, hecha por los órganos constituidos y competentes
para ligar al Estado en las relaciones internacionales y que determina su obligatoriedad.
RECONOCIMIENTO DE GOBIERNO