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Causas Exclusion Del Delito y Estado de Necesidad

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ANGEL JESUS CANO

MARTINEZ

MATRICULA 10074106

LICENCIATURA EN DERECHO

DERECHO PENAL

PROFESOR CARLOS GUZMAN

ACTIVIDADES
-MAPA CONCEPTUAL DE CAUSA DE
EXCLUSION DEL DELITO
-ENSAYO SOBRE EL ESTADO DE
NECESIDAD

Causa de exclusión del delito


El delito es todo comportamiento realizado ya sea por voluntad propia o por imprudencia, que
produce un resultado que va en contra de lo establecido en la ley.

¿Qué casos son excluyentes del delito?

Algunas de las principales causas de exclusión del delito son:

Cuando se responda a una agresión real, actual o inminente,


El hecho ilícito y sin derecho, en protección de bienes jurídicos propios o
El hecho delictivo ajenos, siempre que exista necesidad de la defensa y
se realice
se produzca por racionalidad de los medios empleados y no medie
involuntariamen caso fortuito. provocación dolosa suficiente e inmediata por parte del
te. agredido o de la persona a quien se defiende.

En el caso de defensa legítima cuando una persona cause


daño a otra que por cualquier medio trate de penetrar, sin
derecho, al hogar del agente, al de su familia, a sus
dependencias, o a los de cualquier persona que tenga la
obligación de defender, al sitio donde se encuentren bienes
Se actúe por la necesidad de salvaguardar un
Ensayo sobre El estado de necesidad bien jurídico propio o ajeno, de un peligro
real, actual o inminente, no ocasionado
dolosamente por el agente, lesionando otro
Es la causa eximente de bien de menor o igual valor que el
responsabilidad criminal por la que una salvaguardado, siempre que el peligro no sea
persona para proteger un bien jurídico y evitable por otros medios y el agente no
evitar un mal propio o ajeno que tuviere el deber jurídico de afrontarlo.
suponga peligro actual,
inminente, grave, injusto,

Al momento de realizarse el delito, el agente no tenga la capacidad de comprender el carácter ilícito de aquél o de conducirse de
acuerdo con esa comprensión, en virtud de padecer trastorno mental o desarrollo intelectual retardado, a no ser que el agente
hubiere provocado su trastorno mental dolosa o culposamente, en cuyo caso responderá por el resultado típico .siempre y cuando
lo haya previsto o le fuere previsible.

ilegítimo, e inevitable de otra forma legítima, menoscaba otro bien jurídico


cuyo daño no puede ser mayor al que intenta evitar, siempre y cuando el mal
que intenta evitar no haya sido provocado intencionadamente por el propio
sujeto y éste no tenga obligación de sacrificarse por razón de su oficio o cargo.

En Derecho Penal, Es un Hecho justificativo que excluye la responsabilidad


penal de aquel que se encontró ante la obligación de realizar un acto
catalogado como delictivo para neutralizar un peligro.

Podemos definir el estado de necesidad como aquél en el que no existe otro


remedio que la vulneración del interés jurídicamente protegido de un tercero
ante una situación de peligro actual de los intereses propios, así mismo,
tutelados por el Derecho. Son, pues, dos notas las que caracterizan el estado de
necesidad:

a) Colisión de bienes jurídicamente protegidos.


b) Inevitabilidad del mal ocasionado.

Su diferencia de la legítima defensa, que es otra situación que responde a un


principio general y genérico de necesidad, es clara: en ella existe una agresión
ilegítima determinante de la pugna de intereses, mientras que en el estado de
necesidad la colisión de intereses proviene de una situación de hecho sin que
exista ilicitud inicial.
En cuanto a su fundamento, y transcendiendo el estado de necesidad del
ámbito puramente penal, no es de extrañar que se hayan formulado numerosas
teorías. Así las que hablan de decaimiento de la Ley Positiva ante la Natural,
la que la basan en el instinto de conservación etc.

El estado de necesidad es un concepto jurídico que opera como eximente de la


responsabilidad penal. Ocurre cuando alguien por hallarse en una situación
personal extrema (que lo afecte a sí mismo o de otros) viola los derechos de
terceros. Se entiende por estado la situación que vive el individuo, y por
necesidad una condición de privación de derechos indispensables (a la vida, a
la salud, a su integridad física o psíquica, a la alimentación básica, etcétera).

Ejemplos: La persona que viendo que alguien está atrapado en una vivienda en
llamas rompe la puerta e ingresa al domicilio para salvarlo o el que está
privado de comida hace varios días, por ejemplo por haberse perdido en un
bosque, y ante el riesgo de morir de hambre toma algún producto de alguna
casa que encuentra en su camino para alimentarse.

Estado de necesidad Es aquella situación en la que se daña un bien jurídico


protegido, incurriendo en un tipo penal, pero descartando la antijuridicidad de
la acción debido precisamente a la presencia de la figura justificante. Según
las redacciones de los concretos códigos penales, que en algunos
ordenamientos jurídicos el Estado de Necesidad en el ámbito penal solo
excluiría la culpabilidad. Extensión Extensión del Estado de Necesidad desde
el punto de vista de los bienes jurídicamente Salvaguardables.

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