Ysbrel Rafael Cortez Rengel y Darwin Sabino Cortez Rengel otorgan un poder especial judicial a Miguel Eduardo Martínez para que los represente en dos procesos judiciales: 1) un proceso penal por el delito de invasión ante el Tribunal Quinto de Juicio del estado Monagas y 2) un proceso civil de reivindicación ante el Tribunal Primero de Primera Instancia Civil Mercantil y Bienes de la Circunscripción Judicial del estado Monagas. El poder otorga amplias facultades al abogado para realizar todas las actuaciones necesarias en ambos procesos
Ysbrel Rafael Cortez Rengel y Darwin Sabino Cortez Rengel otorgan un poder especial judicial a Miguel Eduardo Martínez para que los represente en dos procesos judiciales: 1) un proceso penal por el delito de invasión ante el Tribunal Quinto de Juicio del estado Monagas y 2) un proceso civil de reivindicación ante el Tribunal Primero de Primera Instancia Civil Mercantil y Bienes de la Circunscripción Judicial del estado Monagas. El poder otorga amplias facultades al abogado para realizar todas las actuaciones necesarias en ambos procesos
Ysbrel Rafael Cortez Rengel y Darwin Sabino Cortez Rengel otorgan un poder especial judicial a Miguel Eduardo Martínez para que los represente en dos procesos judiciales: 1) un proceso penal por el delito de invasión ante el Tribunal Quinto de Juicio del estado Monagas y 2) un proceso civil de reivindicación ante el Tribunal Primero de Primera Instancia Civil Mercantil y Bienes de la Circunscripción Judicial del estado Monagas. El poder otorga amplias facultades al abogado para realizar todas las actuaciones necesarias en ambos procesos
Ysbrel Rafael Cortez Rengel y Darwin Sabino Cortez Rengel otorgan un poder especial judicial a Miguel Eduardo Martínez para que los represente en dos procesos judiciales: 1) un proceso penal por el delito de invasión ante el Tribunal Quinto de Juicio del estado Monagas y 2) un proceso civil de reivindicación ante el Tribunal Primero de Primera Instancia Civil Mercantil y Bienes de la Circunscripción Judicial del estado Monagas. El poder otorga amplias facultades al abogado para realizar todas las actuaciones necesarias en ambos procesos
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ABGDO.
MIGUEL SALAZAR IPSA NRO. 306.415
Nosotros; YSBEL RAFAEL CORTEZ RENGEL, venezolano, mayor de edad, de
estado civil Soltero, de profesión u oficio Comerciante, titular de la cedula de identidad Nro. V-16.722.043 y DARWIN SABINO CORTEZ RENGEL, venezolano, mayor de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Comerciante, titular de la cedula de identidad Nro. V-14.622.767; civilmente hábiles y todos de este domicilio. Por medio del presente instrumento declaramos, Que conferimos PODER ESPECIAL JUDICIAL en cuanto a derecho se requiera al profesional del derecho MIGUEL EDUARDO MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nro. V-8.179.323, inscrito en el IPSA bajo el número 155.517 y domiciliado procesalmente en la Avenida Bolívar Edificio Lemus Piso 2 oficina nro. 05 frente a la plaza 7 parroquia san simón centro del municipio Maturín Estado Monagas; para que sin limitación alguna en nuestros nombres y representación sostenga y defienda nuestros derechos e intereses como nuestro abogado de confianza en los procesos judiciales por ante el Tribunal Quinto de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Monagas de la Republica Bolivariana de Venezuela; identificado con la nomenclatura interna bajo el número NP01-P- 2014-013388, por el presunto Delito de Invasión; igualmente nos representara por ante el Tribunal Primero de Primera Instancia Civil Mercantil y bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en el Expediente Nro. 34.636 en demanda de Reivindicación intentado en nuestra contra por los Ciudadanos: JOSE ANTONIO CEDEÑO PEREZ, ANTONIO CEDEÑO y MARIA INMACULADA OTERO BELMONTE. En virtud del presente mandato queda ampliamente facultado nuestro prenombrado apoderado judicial, para solicitar todas las actuaciones que considere pertinentes y necesarias; así mismo podrá intentar demandas, contestar demandas, darse por citado o notificado, oponer y contestar excepciones, cuestiones previas, reconvenciones, citas en saneamientos o garantías, promover o evacuar todo tipo de pruebas, desconocer y tachar toda clase de documentos, hacer posturas en remates con facultades para lo principal como para lo accesorio, solicitar medidas preventivas o ejecutivas y seguir sus incidencias en todas sus instancias, interponer toda clases de recursos, incluyendo tanto el ordinario de apelación como el extraordinario de casación, solicitar nulidades e invalidaciones, interponer quejas judiciales, seguir los juicios en todas sus instancias e incidencias hasta su completa terminación, igualmente convenir, desistir o transigir en juicio o fuera de él, comprometerse en arbitro de derecho o arbitrador, sustituir este mandato en todo o en parte, así como otorgar y revocar poderes y sustituciones, y en fin hacer todo en mi nombre y representación; sin ninguna limitación en relación específicamente a lo que concierne al vehículo descrito anteriormente, dejando expresa constancia que las facultades aquí conferidas tienen carácter enunciativas y no taxativas. Es Justicia que espero merecer, a la fecha de su presentación.