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Punto 6 Presupuesto Publico
Punto 6 Presupuesto Publico
Punto 6 Presupuesto Publico
Esta necesidad tuvo su origen con mucha antelación al momento histórico en que el
Presupuesto llega a adquirir el carácter de institución pública, con un profundo
contenido político, económico y social. Es así que tanto en las monarquías absolutas
como en cualquier otro periodo de la historia se elaboraron presupuestos , que para
Matus Benavente ,” eran instrumentos de contabilidad para uso privado y exclusivo del
monarca que se resistía a cualquier intento de darle publicidad o a que el pueblo
tomara alguna ingerencia en él “1/
PRIMERA CORRIENTE
SEGUNDA CORRIENTE
TERCERA CORRIENTE
Que considera al presupuesto como UNA LEY con plenos efectos jurídicos desde
dos puntos de vista que son: formal y material. Esta corriente tiene entre sus
defensores a Haenel, Ingrosso, y Fonrouge.
Esta corriente asegura que el presupuesto es una ley en sentido formal, ya que es
emitido por el Organismo Legislativo , puesto que dicho organismo recibe un proyecto
de ley como se usa en cualquier otra materia, sometiéndolo a discusión teniendo
incluso la facultad de modificarlo .
Desde el punto de vista material, también consideran al presupuesto como una ley ,
porque reúne las características de generalidad, impersonalidad, normatividad,
inoperatividad, todo lo anterior sin dejar de reconocer que el presupuesto es una ley
siu-generis o sea que tiene características propias.
6.3. DEFINICION
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Para el Profeso Stourun el presupuesto del Estado es “un acto que contiene la
aprobación previa de los ingresos y gastos públicos “.3/
Para Esteban Jaramillo el Presupuesto del Estado es “un acto de autoridad soberana
por el cual se computan anticipadamente los ingresos y se autorizan los gastos
públicos, para un período determinado “.4/
1. UN DOCUMENTO LEGAL:
Esto significa, que no es una previsión meramente contable de la realidad financiera
del Estado para un próximo periodo, sino debe de comprender que el presupuesto
público es una ley que aunque tiene diferencia con otras clases de leyes, implica la
aprobación del poder legislativo y un mandato estricto en materia de los gastos que en
el Presupuesto se contemplan. De conformidad a nuestra Constitución, en su artículo
171, es el Congreso de la República, el que tiene entre sus atribuciones señaladas, el
de aprobar, modificar o improbar , a más tardar 30 días antes de entrar en vigencia, el
Presupuesto de Ingresos y Egresos del estado , además el 237 del mismo cuerpo legal
señala que el presupuesto General de Ingresos y egresos del estado, es aprobado por
cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo establecido en la Constitución de la
República, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los
gastos e inversiones por realizar.
2. SISTEMATICO:
3. CALCULO Y AUTORIZACION :
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Guillianni Fonrouge, señala dos tipos de principios “unos de carácter sustancial, por
referirse al concepto general del presupuesto y otros de carácter formal, por
relacionarse con la estructura interna5/
A este respecto señalaba Faya Visca en su obra citada “El presupuesto depende de
la economía puesto que de ella se nutre, y ésta depende del presupuesto, en la medida
que la deprime, estabiliza o desarrolla. En última Instancia lo verdaderamente
importante no es el equilibrio presupuestario, sino el equilibrio económico general “. 6/
El autor Harold M. Somers, sostiene que “algunos pretenden que el presupuesto puede
estar desequilibrado temporalmente, durante los períodos de depresión, pero en el
curso del ciclo económico deberían estar equilibrados “8 /.
2. PRINCIPIO DE ANUALIDAD:
Cuando hablamos de este principio, hay que tener presente que está implícita la idea
de que corresponde a un período equivalente a doce meses, por ello no significa
necesariamente que corresponda al año calendario o natural, cono sucede en nuestro
país, en otros casos no coincide como por ejemplo en los Estados Unidos de América
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e Inglaterra, donde el año fiscal abarca del 1º. De julio de un año al 30 de junio del
siguiente.
La Doctrina Moderna, en relación a este principio , indica que ha sido tanto el peso de
la tradición en este sentido, que difícilmente hay quién no se pronuncie en su contra,
sólo que actualmente según nos manifiesta Guillinai Fonrouge , no se le atribuyen el
carácter riguroso de otros tiempo y arbitran procedimientos que permiten flexibilizarlos
, de modo tal , que aún cuando jurídicamente subsista el presupuesto con carácter
anual, en la práctica sus disposiciones cubren un período de tiempo más prolongado
.
Este principio, “exige que todas las finanzas del Estado, en sus gastos e ingresos
totales, figuren en un solo presupuesto “9/ con lo anterior se quiere lograr tener un
cuadro total y exactos de la realidad financiera de un país, sin ocultamientos.
Las Finanzas públicas tradicionales fundamental este principio, en consideraciones de
orden técnico que de carácter político sintetizándolas de la siguiente forma:
a. permite apreciar fácilmente si el presupuesto esta equilibrado
b. dificulta la realización de maniobras, como la simulación de economías o la
ocultación de gastos en las cuentas especiales
c. hace posible conocer la magnitud efectiva del presupuesto y la porción de renta
afectada por erogaciones
d. evita complicaciones y obscuridades
e. facilita el control parlamentario que se vería dificultado por las cuentas
fraccionadas, al propio tiempo que posibilita la comparación del grado de utilidad
de los gastos al beneficiarlos en forma integral.
2. PRINCIPIO DE UNIVERSALIDAD:
El principio de universalidad promulga porque “no haya compensación o confusión
entre los gastos y los recursos, y ambos deben de ser consignados en el presupuesto
por su importe “bruto“, sin extraer saldos “netos“, siendo este un principio
generalmente reconocido por los más destacados estudios de las finanzas públicas.
Este principio tiene por objeto “ que determinados recursos no se utilicen para la
atención de gastos determinados , esto es que no tengan una afectación especial, sino
que ingresen a rentas generales, de modo tal que todos los ingresos , sin
discriminación , entren a un fondo común y sirvan para financiar todas las erogaciones
“ 9/
Este principio al igual que otros es una importante conquista del parlamento francés
alcanzada en el siglo 19, mediante el cual se impone una limitación más el Ejecutivo,
en la administración de los gastos públicos, encontrándose este principio incorporado
hoy en día a las prácticas presupuestarias de casi todos los países.
fiscal del gobierno y más facilidades hay que llevar a cabo la fiscalización del
presupuesto.
Es importante agregar que trataditas como Manuel Matus Benavente señala además
de los principios presupuestarios ya desarrollados, EL PRINCIPIO DE VERACIDAD y
el de Publicidad del Presupuesto.
PRINCIPIO DE VERACIDAD:
Este principio “Exige que en el calculo de los ingresos se consignen sólo las sumas
que verosímilmente puedan esperarse hayan de afluir a las arcas fiscales, sin que sea
lícito abultarlas para presentar un financiamiento aparente de presupuesto o reducirlas
con el objeto de obtener un superávit al final del ejercicio.” 13/
PRINCIPIO DE PUBLICIDAD:
A. PREPARACION:
B. DISCUSIÓN Y APROBACION:
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En esta fase en casi todos los países del mundo incluyendo a Guatemala, está a cargo
del Congreso de la República. El Organismo Legislativo recibe el anteproyecto de
presupuesto quién debe conocerlo, discutirlo y aprobarlo dentro de tres sesiones
consecutivas, debiendo llenar los mismos requisitos de emisión de una ley ordinaria,
luego pasa al organismo ejecutivo para que sea promulgado y sancionado el Proyecto
de Presupuesto.
C. EJECUCION PRESUPUESTARIA:
El estado debe velar por el cumplimiento del presupuesto tratando de hacer efectiva
dos fases:
D: RENDICION DE CUENTAS:
A. CONTROL POLITICO:
Y se refieren a todas las manifestaciones públicas que pueden hacer los diputados y
representantes de las instituciones de derecho público del buen o mal uso de los
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B. CONTROL ADMINISTRATIVO: