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Clase 13 - TGC 14-06-2021 Extincion de Los Contratos
Clase 13 - TGC 14-06-2021 Extincion de Los Contratos
Clase 13 - TGC 14-06-2021 Extincion de Los Contratos
El contrato celebrado por una agencia de viaje donde contraamos PAQUETE AEROEO, HOTEL, COMIDA,
todos esos contratos son distintos,
Un contrato de servicios, de trnasporte, sin embargo, todos son TIPICOS, AUTONOMIA, pero tienen una
cosa importante en común es LA FINALIDAD ECONOMICA COMUN, son heterogenos, diferente.s
Contratos bancarios
- Cuenta corriente
- Cajas de seguridad
Contato de obra:
- Dueña de obra contrato el arquietecto, pero no solamente esta el contrato de obra puro, tiene a
su vez un contrato ligado OBRA con el electricista, otro con el gasista, otro con el plomero, todo
tienen una finlidad económica comn,.
Caracacteristicas
- Heterogeinidad
- Autonomia
- Finalidad económica común
Si uno se extingue caen los otros, si no puedo hacer un viaje por un problema se frustra tood el negocio
jurídico, hotel excursiones.
Derechos de unos de los contratantes de los contratos autónomos, tiene derechos a oponer la
excepción de incumplimiento frente a la inejecución de otro contratos. No voy a pagar el tur ni el hotel,
porque no cumplieron con el transporte. Están conectados y los efectos están contectados.
No son compartimentos estancos, Los contratos son redes contractuales. Esto en Francia Italia es del
1930
En argentina teníamos
En Codigo de velez teníamos los subcontratos podía sublocar si no me lo prohibiera el contrato. Esto era
una especie de contatos conexsos, porque la sublocación estaba vinculada al contrato mandre
Sustitución de mandato. A mi me da mandato para iniciar un juicio pedro y puedo sustiir en jose, hay
una red, en este caso, en defintiva responde el mandatario de todas las irregularidades del sustiyente y
existían estas figuras. Pero no como artículos o normas.
ARTICULO 1073.- Definición. Hay conexidad cuando dos o más contratos autónomos se hallan
vinculados entre sí por una finalidad económica común previamente establecida, de modo que uno de
ellos ha sido determinante del otro para el logro del resultado perseguido. Esta finalidad puede ser
establecida por la ley, expresamente pactada, o derivada de la interpretación, conforme con lo que se
dispone en el artículo 1074.
ARTICULO 1074.- Interpretación. Los contratos conexos deben ser interpretados los unos por medio de
los otros, atribuyéndoles el sentido apropiado que surge del grupo de contratos, su función económica y
el resultado perseguido.
ARTICULO 1075.- Efectos. Según las circunstancias, probada la conexidad, un contratante puede oponer
las excepciones de incumplimiento total, parcial o defectuoso, aún frente a la inejecución de
obligaciones ajenas a su contrato. Atendiendo al principio de la conservación, la misma regla se aplica
cuando la extinción de uno de los contratos produce la frustración de la finalidad económica común.
EFECTOS Puedo poner una excepción de una obligación de uno de los contratos a otro contrato si me
imponen cumplirlo.
- Cumplimiento
- Nulidad
- Muerte de la las partes
- Imposibilidad de cumplimiento
- Ineficacia de los actos jurídicos.
MODO ANORMAL: Propio de este contrato, solo del acto jurídico contractual
- RECISION
- RESOLUCION
- REVOCACION
Recisión 1076 177 y 1079 inciso a)
- Bilateral: cuando ambas partes de común acuerdo deciden poner fin a una relación contractual
¿y como lo hacen? Celebran un contrato DE DISTRACTO, es EXTINGUIR las RELACOINES
JURIDICAS PATRIMONIALES. Contrato de distracto, se da la recisión en los contratos bilaterales,
se expresa en un contrato de distracto, por causas sobrevinientes y esto se da en contrato
bilaterales: locación, contrato de obra, de trabajo, de sociedad. ¿los ofectos para donde operan?
Se exintingue y los efectos son exnun para el futuro, NO PUEDE AFECTAR DERECHOS
ADQUIRIDOS POR LAS PARTES Y TERCEROS, ¿hay EXPRESAR LA CAUSA DEL DISTRACTO?
Tenemos que dar la justificación del distracto? Asi como crear, modificar tienen derecho a
exintguir sindar explicación, es el típico contracto de extinción, La recisión Bilateral, es una
venda que uno le agrega a un contrato DISTRACTO
- Unilateral: la voluntad y la ley. ES UNA FACULTAD ESTABLECIDA POR FUENTE LEGAL O
VOLUNTARIO CON EFECCTO A FUTURO.
o ORIGEN VOLUNTARIO: Cualquiera de las partes se podrá rescinidir si se dieran tal
sitaucion, Libres por autonomia de la voluntaria, facultad a una de las partes recisdincir
indicando razones. Lo expresamos en una clauslula dentro del contrato. ELEMENTO
ACCIDENTAL
o Origen legal: es un elemento natural. La ley le autoriza o faculta al locatario rescindir
unilaterlamente el conrtato sin idnicar causal alguna el motivo que lo lelva a ello con
consecuencia le marca la ley. Es una facultad RECSIION opera hacia el futuro, esta mal
en el código debio decir recisión y no resuelto . ARTICULO 1221.- Resolución anticipada.
El contrato de locación puede ser resuelto anticipadamente por el locatario: a) si la cosa
locada es un inmueble y han transcurrido seis meses de contrato, debiendo notificar en
forma fehaciente su decisión al locador. Si hace uso de la opción resolutoria en el primer
año de vigencia de la relación locativa, debe abonar al locador, en concepto de
indemnización, la suma equivalente a un mes y medio de alquiler al momento de
desocupar el inmueble y la de un mes si la opción se ejercita transcurrido dicho lapso; b)
en los casos del artículo 1199, debiendo abonar al locador el equivalente a dos meses de
alquiler.
RECICION
Aca se da un hecho: el incumplimiento de una de las partes, y genera la necesidad de sancionarlo, aca la
ley es mucho mas drástica y las consecuencias son peores.
La extinción por resolución cuando se da el hecho causa el incumplimiento y se lo da a una de las partes.
AL CUMPLIDOR,
c) Rescindir el contrato con derecho a la restitución de lo pagado, sin perjuicio de los efectos
producidos, considerando la integridad del contrato
Todo ello sin perjuicio de las acciones de daños y perjuicios que correspondan.
Vicio oculto, un vicio que tiene la cosa anterior a la adquisición, pero no hace a la cosa impropia para su
destino, una mancha e humedad de un entelado, hay que repararlo y repáralo.
Puedo resolver? NO Extinguir es lo ultimo toda relación contractual debe sostenerse hasta lo ultimo por
mas oculto que eran no genera la resolución.
Cimiento de la casa mal contruido el motor de una auto, hago una demanda con dos pretenciones
- Acción de saneamiento
- Accion reparatoria: daños y perjucio
Garantia por evicción opera por resolución:. Un tercero tiene un derecho mejor y me hace un juicio, yo
demandado lo cito en garantía te cito para que me defiendas, hagas cargo de las costas y gastos, SOS
UNA EDICTA, perdedora, dale el inmueble a tal persona yvas contra una persona por ersolucion del
contrato y reparatoria DEVOLVEME TODO Y TODO LO QUE TE PAGUE.
La RESOLUCION
REVOCACION
OPERA POR VOLUNTAD DE UNA DE LAS PARTES SOLO EN LOS CASOS QUE LA LEY AUTORIZA procede por
mi voluntad, pero en los casos que la ley marca.
El contrato de donación no es revocable como regla y principio no puedo donar la casa y revocar.
SOLO PROCEDE POR UNA DE LAS PARTES Y PERO SOL OEN CASO PREVISTO POR LA LEY: SALVO LOS
CASOS PREVISTOS POR LA LEY.
Señor casi 80 años con vinculo matrominal vivía en una hermosa casa de estilo ingles en adroge. La
pareja muera y al morir entra en depresión y angustia y lo que decide hacer es viajar sin saber a donde.
EL PROGRAMA PIDE:
El arras Nace en romas como una manera de garantiza el cumplimiento de un contrato. La idea del arras
es yo voy a cumplir con un contrato pero ahora me voy a la guerra, cuando vuelva cumpliré, pero para
que no celebres contrato con nadie mas toma lo que yo mas quiero toma, valor simbolico, afectivo,
espiritual, desprenderme del rizo de mi hija era mas fuerte que el dinero, pero te quedas anexado a mi.
Arras quedas anexado a mi con algo que yo amo, y cuando vuelva cumplo.
El código civil tenia La seña tenia un sentido de permitir ejercer el derecho del arrepentimiento.
Cualquier contrato civiles, El que quieran dentro de los contratos onerosos, bilaterales, tenia derecho
del arrepentimiento. Se llamaba SEÑA PENITENCIAL
La seña en derecho comercial era confirmación. Principio de ejecución, era a cuenta del precio, ya
estamos dentro del contrato, no te podes arrepentir, y si no cumplís vas tener que resarcir daños y
perjuicios por incumplimiento contracutal.
Cuando se dicta el nuevo código: la señal es un elemento accidental del contrato bilateral, que tiene
NATURALEZA CONFIRMATORIA PRIMO EL DERECHO COMERCIAL; SALVO que expresamente las partes
pactaron que la seña sea penitenciaria.
Se pueden dar cosas muebles que no sean dinero, y el dinero. TE DEVUELVE LA SEÑA Y OTRO TANTO DE
SU VALOR:
Contrato de mutuo: hasta que no pongo el millón de esos en la mesa no hay contrato, es un CONTATO
REAL. Sin embargo este elemnto accidental de los contratos ha quedado como una CLAUSULA REAL, por
mas que te digo te voy una seña hasta que no haga tradición no hay contrato.
Suprime la hasta uqe no haga la tradicicon de la cosa no hay seña la señal se perefecciona con la
tradiccion misma de la cosa.
La seña implica el perfeccionamiento del contrato, ya es acuenta del contrato, principio de inicio del
contrato, ya lo que yo di confirma el negocio, en cambio la otra es una clausula que me da derecho
arrepentirme o no.
0.
Señal
ARTICULO 1060.- Modalidad. Como señal o arras pueden entregarse dinero o cosas muebles. Si es de
la misma especie que lo que debe darse por el contrato, la señal se tiene como parte de la prestación
si el contrato se cumple; pero no si ella es de diferente especie o si la obligación es de hacer o no
hacer.
1:29:00
MODO NORMAL: SON PROPIO DE TODOS LOS ACTOS JURIDICOS
- Cumplimiento
- Nulidad
- Muerte de la las partes
- Imposibilidad de cumplimiento
- Ineficacia de los actos jurídicos.
MODO ANORMAL: Propio de este contrato, solo del acto jurídico contractual
- RECISION
- RESOLUCION
- REVOCACION