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Procedimiento de Control Diferido 2
Procedimiento de Control Diferido 2
Procedimiento de Control Diferido 2
INTRODUCCION
Un Control Diferido es aquel control que se ejerce una vez realizado el levante de
las mercancías, respecto de las operaciones aduaneras, los actos derivados de
ellas, las declaraciones aduaneras, las determinaciones de las obligaciones
tributarias aduaneras, los pagos de los tributos y la actuación de los auxiliares, los
funcionarios y de las demás personas, naturales o jurídicas, que intervienen en las
operaciones de comercio exterior.
Este procedimiento está marcado por un periodo largo en el cual se puede iniciar
una fiscalización por parte de la Administración Aduanera para determinar sí en la
importación han cumplido los requisitos exigidos por ley y no se han omitido
tributos a favor del Estado.
Establecer las pautas para la ejecución de controles aduaneros a efectuarse
por los investigadores y fiscalizadores nacionales o regionales, con la finalidad
de verificar la correcta aplicación de la normativa legal y las
formalidades vigentes, a las operaciones aduaneras efectuadas en los
diferentes regímenes aduaneros, que consisten en acciones de
comprobación y control sobre mercancías que cuentan con Declaración Única
de Importación o de Exportación, según corresponda.
El Control Diferido será ejercido por la Aduana Nacional a partir del levante
de las mercancías despachadas para un determinado régimen aduanero, en
aplicación del artículo 48 (facultades de control) del Decreto Supremo N°
27310 (Reglamento al Código Tributario Boliviano).
MARCO NORMATIVO
PROCEDIMIENTO
DESARROLLO
El control diferido esta efectuado por las autoridades aduaneras cuando las
mercancías se encuentran fuera de las áreas habilitadas con carácter general para
el despacho aduanero. Se encarga de las operaciones de comercio exterior que
son dadas por el sujeto pasivo, deudores, solidarios y terceros.
OBJETIVOS
Objetivos General
Será realizado por la Aduana Nacional una vez ya realizado el levante de las
mercancías para un determinado régimen aduanero.
Objetivos Específicos
Originar una sensación de riesgo en los operadores de comercio exterior por
medio del control selectivo a aquellas operaciones de levante que han sido
autorizadas por la Administración de Aduana.
Para la elaboración del control diferido el plazo máximo es de treinta (30) días a
partir de la comunicación con la orden del control diferido hasta la emisión del auto
inicial de sumario contravencional (AISC).
El plazo podrá ser ampliado a sesenta (60) días, previa solicitud escrita por los
fiscalizadores y el jefe de unidad o departamento y autorización del gerente
regional.
Aspectos Generales
b) Pagos indirectos.
h) Doble facturación.
p) Tipo de mercancía.
Capítulo V
Controles Aduaneros
Artículo 17.- Dudas sobre la veracidad o exactitud del valor declarado. Cuando
le haya sido presentada una declaración y la Administración de Aduana tenga
motivos para dudar de la veracidad o exactitud del valor declarado o de los
datos o documentos presentados como prueba de esa declaración, la
Administración de Aduanas solicitará a los importadores explicaciones escritas,
documentos y pruebas complementarios, que demuestren que el valor
declarado representa la cantidad total realmente pagada o por pagar por las
mercancías importadas, ajustada de conformidad con las disposiciones del
artículo 8 del Acuerdo sobre Valoración de la OMC.
En dicho control se efectúa el análisis técnico de los antecedentes y otros
documentos relacionados a la operación de comercio exterior; revisando
según corresponda, valor, origen, clasificación arancelaria, cantidad,
aplicación de alícuotas u otros, además de verificar la correcta aplicación de
la normativa vigente, según el régimen aduanero aplicado a la operación u
operaciones objeto de control.
Resolución N° 1684
Comunidad Andina
Artículo 54. Documentos probatorios.
Los plazos previstos serán ampliados por similar periodo y por única vez a
requerimiento escrito y justificado por el operador en respuesta mediante el Art.
90 de Código Tributario Boliviano
Contravenciones Tributarias
a. Con indicios de la comisión de contravención aduanera, conforme lo
establecido en el artículo 160 numerales 5 y 6 del Código Tributario
Boliviano, el artículo 186 de la Ley General de Aduanas y el Anexo de
Clasificación de Contravenciones Aduaneras y Graduación de
Sanciones, el Auto Inicial de Sumario Contravencional conjuntamente el
expediente se remite al Gerente Regional conforme lo establecido en el artículo
53 del Reglamento al Código Tributario Boliviano.
b. Con indicios de la comisión de contravención tributaria por Omisión de
Pago (La ejecución del proceso detallado en este numeral solamente
corresponde al Control Diferido), prevista en el numeral 3 del artículo 160 y
sancionada en el artículo 165 del Código Tributario Boliviano.
Bases Tributarias
Impuestos
Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador una situación prevista
por ley, independientemente de toda actividad estatal relativamente al
contribuyente.
Administración Aduanera
La administración aduanera en la administración desconcentrada de la aduana
nacional, que asume las funciones de control y fiscalización del ingreso y salida de
mercancías, medios y unidades de transporte de mercancías, así mismo el control
periódico de inventarios de mercancías en zonas francas
Endoso de Documentos
- Página de Información Adicional (en caso que se requiera ampliar con respecto
al despacho aduanero).
Delitos tributario
Si como resultado del control diferido la deuda tributaria y/o la multa por
contravencion aduanera hubiera sido pagada totalmente antes de la emisión de la
vista de cargo, proyecta la resolución determinativa de acuerdo a lo establecido en
el artículo 159 de código tributario boliviano, para su remisión al Gerente Regional,
junto al formulario de verificación de pago de deuda tributaria, de conformidad a lo
establecido en el artículo 53 del reglamento al Código Tributario Boliviano.
CONCLUSIÓN
4. Si existen indicios de tributos omitidos, situación que a su vez prevé dos casos:
cuando esté comprobada la existencia de los indicios, caso en el que se dispone
la emisión de Orden de Fiscalización; o cuando no fue posible su comprobación,
circunstancia que da lugar a la intervención del Departamento de Inteligencia
Aduanera para la ampliación de la investigación.
BIBLIOGRAFÍA
www.aduana.gob.bo › archivosPDF
circular3022004.pdf - Aduana Nacional
https://www.google.com/url?
sa=t&source=web&rct=j&url=https://www.aduana.gob.bo/aduana7/sites/defa
ult/files/kcfinder/files/circulares/circular0632014.pdf&ved=2ahUKE
https://www.google.com/url?
sa=t&source=web&rct=j&url=https://www.aduana.gob.bo/archivos/circular30
22004.pdf&ved=2ahUKEwi83b2I_tXsAhVkG7kGHbGTD9YQFj
https://www.google.com/url?
sa=t&source=web&rct=j&url=https://repositorio.umsa.bo/bitstream/handle/12
3456789/14429/DIP019%2520FUNDAMENTOS%2520ADMINISTRATIVOS
%2520JURIDICOS%2520PARA
intranet.comunidadandina.org › ...DOC
proyecto de decision andina sobre control aduanero - Comunidad Andina
prezi.com › procedimiento-de-contr...
PROCEDIMIENTO DE CONTROL DIFERIDO by jhoel aguilar - Prezi
https://www.google.com/url?
sa=t&source=web&rct=j&url=https://prezi.com/kmfvzy5n_abk/procedimiento
-de-control
https://www.google.com/url?
sa=t&source=web&rct=j&url=https://docs.wto.org/dol2fe/Pages/FE_Search/
FE_S_S009-DP
ANEXO
FORMATO DE SOLICITUD DEL PERIODO SUJETO A CONTROL DIFERIDO
FORMULARIO DE PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS PARA EL
CONTROL DIFERIDO
GUÍA PARA LA VERIFICACIÓN DOCUMENTAL DE CONTROL DIFERIDO
FORMATO PARA SOLICITAR INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
FORMATO DE INFORME CON INDICIOS DE LA COMISIÓN DE DELITOS
FORMATO ACTA DE INTERVENCIÓN
FORMATO INFORME CON INDICIOS DE LA COMISIÓN DE
CONTRAVENCIONES
FORMATO INFORME CONSOLIDADO DE CONTROL DIFERIDO