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EVALUACIÓN T4 Comunicación
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Semana 14
PARTE I- PLANIFICACIÓN
Redacte la versión final del ESQUEMA DE PLANIFICACIÓN propuesto para su artículo de opinión.
Argumento: El deseo a una muerte digna y la eutanasia activa la alternativa más humana
3.1 El sufrimiento vivido por el paciente
3.1.1 Los cuidados paliativos
3.1.2 caso de eutanasia pasiva
3.2 incoherencia legislativa de la eutanasia
3.2.1 La omisión de tratamiento como problema
3.2.2 Cita
En base a las sugerencias planteadas en clase redacte la introducción, los párrafos de desarrollo 1 y 2 y el
párrafo de cierre. Letra Times New Roman 11, interlineado 1.15 y el texto debe estar justificado - Utilice
colores para cada parte.
PÁRRAFO DE DESARROLLO 1
En el Perú, el Estado Peruano debe ir en defensa de la persona y respetar su dignidad como fin supremo según la
constitución, siendo esta la base de donde se desprenden todos los demás derechos. En el caso de
la eutanasia, no va en contra de la “defensa de la persona”, ya que no vulnera la voluntad del paciente y tampoco
atenta contra su integridad; pues la muerte es un hecho inevitable así que se busca hacerla digna. Lo mismo pasa
con la vida, la eutanasia no se antepone a ella ya que respeta su ciclo, pues únicamente interviene cuando la
misma existencia se vuelve indigna acompañado de gran agonía. Por ello se puede decir que la eutanasia sí es un
acto moral y admisible, pues no va en contra de la persona individualmente, por el contrario, busca devolver la
dignidad al paciente y tampoco contradice los lineamientos supremos a los que está sujeto el Estado.
PÁRRAFO DE DESARROLLO 2
El sufrimiento vivido por un enfermo terminal es suficiente justificación para que pueda consentir sobre su
muerte, siendo la eutanasia (activa) mejor alternativa que la omisión del tratamiento ya que esta alivia y no
ignora. Se justifica el consentimiento porque los dolores presentados en pacientes terminales suelen ser fuertes y
frecuentes, muy aparte también de aquellos malestares provocados por la propia condición de desahucio. Pese a
todos los avances en el área de los cuidados paliativos, muchos siguen siendo incapaces de ayudar a sobrellevar
las enfermedades sobre todo en etapas finales. Además, casos como el de Ángel Hernández un español
sentenciado por ayudar a morir a su esposa (con esclerosis múltiple), confirman la ineficiencia de estos cuidados
para algunos pacientes, pues pese a las grandes dosis de morfina que recibía, ella no lograba aplacar su dolor
llegando a tal punto de pedirle a su esposo que la ayudara a morir aun sabiendo las implicaciones legales.
Actualmente en el Perú si una persona se encuentra en una situación similar, según constitución solo se le está
permitido negarse y omitir un tratamiento (antes no durante de este), esto representa una gran incoherencia
legislativa pues se condena un método que es indoloro, pero se permite aquel que es ni una solución. Debido a
que el deseo del enfermo es adelantar su muerte con el propósito no tener que sufrir más, la omisión del
CIERRE
Para concluir, la eutanasia es un derecho que el Estado tiene que legislar en pro de su despenalización.
El sufrimiento vivido por un enfermo terminal es justificante al acto de consentir sobre la muerte
propia, siendo la de carácter más humano eutanasia activa que la omisión del tratamiento. Por ello se
puede decir que la eutanasia sí es un acto moral y admisible, pues esta no atenta contra del fin supremo
del Estado, más bien quiere devolver la dignidad al paciente respetando su voluntad. A manera de
reflexión podemos decir que cada persona debería tener la libertad de decidir, para ello es
indispensable que el Estado ofrezca las alternativas bien legisladas, solo así se hablaría de una
verdadera libertad de elección además de que significaría una mejora para la compresión de la persona
como ser digno hasta la muerte.
REFERENCIA BIBLIOGRAFICA:
https://repositorio.unprg.edu.pe/handle/20.500.12893/2971