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Preguntas Frecuentes de PROYECTOS

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PREGUNTAS FRECUENTES

RELACIONADAS A LA ETAPA DE PREINVERSIÓN(Formulación del Perfil)

1. Que es el Invierte.pe?
Es  el nuevo Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, más
conocido como Invierte Perú,  se crea a través del Decreto Legislativo N° 1252 que deroga
al Sistema Nacional de Inversión Pública – SNIP.
2. Cual es el ciclo de inversiones del Invierte.pe?
Programación multianual de inversiones.
Formulación y evaluación.
Ejecución.
Funcionamiento.
3. Todas las inversiones son consideradas Proyectos de inversión pública?
No. Existen los proyectos PIP y los proyectos NO PIP.
4. Que inversión califica como PIP?
Formación de capital físico, humano, natural, institucional o intelectual que tenga como
propósito crear, ampliar, mejorar o recuperar la capacidad de producción de bienes o
servicios que el Estado tenga responsabilidad de brindar o de garantizar su prestación.
5. ¿Qué inversiones NO califican como PIP?Optimización: compra de terrenos e inversiones
menores que resultan de hacer un mejor uso de la oferta existente.Ampliación
marginal: incrementan el activo no financiero de una entidad pública pero que no
modifican su capacidad de producción de servicios o, que de hacerlo, no supera el 20% de
dicha capacidad en proyectos estándar.Reposición: reemplazo de activos que han
superado su vida útil.
Rehabilitación: reparación o renovación de las instalaciones, equipamiento y elementos
constructivos sin ampliar la capacidad de provisión de servicios.
6. ¿Cuál es el requisito para que una institución educativa sea atendida por PRONIED
mediante un proyecto bajo la norma del Invierte.pe?
Previamente tiene que ser incluido en la Programación Multianual de Inversiones del
MINEDU, el cual está a cargo de su Oficina de Programación Multianual de Inversiones,
quien tiene como principal objetivo el cierre de brechas de infraestructura educativa.
7. Si una empresa privada, a través de una donación o la firma de convenios desea
financiar la construcción de aulas en una institución educativa. ¿Es necesario que se
realice un proyecto PIP o un proyecto NO PIP como requisito previo a la ejecución?
Debido a que la construcción de aulas aumenta la capacidad de provisión del servicio
educativo y el MINEDU sería responsable de los gastos de operación y mantenimiento
cuando se culmine la ejecución, la intervención calificaría como PIP y estaría sujeta a la
normativa del Invierte.Pe. Actualmente se tiene los mecanismos de Obras por Impuestos
(OxI) y el de Asociación Pública Privada (APP) a cargo del MINEDU.
8. ¿PRONIED es la única unidad formuladora y ejecutora del proyecto PIP o NO PIP de
infraestructura educativa?No. Además de PRONIED, un PIP o NO PIP puede ser formulado
y ejecutado por diversas entidades del gobierno nacional, regional y local según sus
competencias y responsabilidades en el marco del SNIP.
Nota: Mediante Resolución Ministerial N°744-2017-MINEDU se aprueba el “PROGRAMA
MULTIANUAL DE INVERSIONES DEL SECTOR EDUCACIÓN 2018- 2020”
ANEXO: Listado de colegios
RELACIONADAS A LA ETAPA DE FORMULACIÓN DE EXPEDIENTES TÉCNICOS

1. ¿Qué es un Expediente Técnico?


El Expediente Técnico es un conjunto de documentos elaborado por un equipo de profesionales,
contiene documentos técnicos previos debidamente elaborados que van a permitir que una obra
pueda ser ejecutada de manera adecuada.

La elaboración del Expediente Técnico responderá a las normatividades vigentes y bases legales
con el fin de garantizar la correcta ejecución de la obra.

2. ¿Cuánto tiempo toma la elaboración del Expediente Técnico?


El tiempo de elaboración de un expediente técnico puede variar dependiendo:

Del tipo de proyecto a desarrollar (proyectos de mayor o menor envergadura)


Del tipo de intervención que se va a hacer (obra nueva, ampliación, reforzamiento demolición,
etc.)
Considerando estás tres características fundamentales para la elaboración de un expediente
técnico, el tiempo promedio para la elaboración será: de 04 a 08 meses

3. ¿Cuáles son las Etapas del Desarrollo?


Se presentan las siguientes etapas en la elaboración de un Expediente Técnico:

Informe Inicial: Es un documento que pone en evidencia de forma precisa la situación en que se
encuentra la zona a intervenir.
Etapa de Estudios Básicos: Dependiendo del tipo de intervención que se deba hacer, comprende:
Levantamiento Topográfico
Estudio de Suelos
Etapa de Anteproyecto: En esta etapa se presenta la propuesta arquitectónica del proyecto,
mediante la elaboración de planos donde se indica la distribución general del proyecto, medidas
de los ambientes que comprenden la distribución general. Es decir nos muestra de forma clara
cómo se conceptualiza la propuesta arquitectónica.
Etapa Proyecto: Esta etapa es posterior a la aprobación del anteproyecto arquitectónico.
Se procederá a hacer el desarrollo de los planos de cada uno de los componentes del proyecto
(ambientes) y sus respectivos detalles constructivos y cuadro de acabados; así también, se
elaborarán los planos de las especialidades de estructuras, instalaciones sanitarias y eléctricas o
aquellas especialidades que el proyecto requiera. En esta etapa, también se procederá a
desarrollar los planos de Seguridad de Evacuación y Señalética.
Los contenidos mínimos son:

Memorias descriptivas
Especificaciones técnicas de las especialidades
Metrados
Presupuesto
Cronograma de ejecución de obra
Cronograma valorizado de avance de obra
4. ¿Qué profesionales participan en la elaboración de los Expedientes Técnicos?
Dependiendo del tipo de proyecto, intervendrán profesionales de diferentes especialidades. Por
ejemplo, si hablamos de un expediente de infraestructura educativa, intervendrán arquitecto,
ingeniero estructural, ingeniero sanitario, ingeniero eléctrico y de requerirse especialistas como
ingeniero electromecánico o ingeniero de sistemas.

5. ¿En qué momento está listo para su ejecución?


El Expediente Técnico debe ser visado por los profesionales responsables de la elaboración y por el
profesional revisor del expediente.

El expediente técnico habrá finalizado, una vez culminadas las etapas de desarrollo, y se procederá
a tramitar la Resolución de aprobación del mismo. Aprobado el expediente técnico mediante
resolución jefatural, éste se encontrará listo para remitirlo a la Unidad de Ejecución de Obras y dar
inicio a la convocatoria y proceso de selección del ejecutor de la obra.

Si el caso lo requiere, deberá contener el Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos


(CIRA), emitido por la Dirección de Arqueología del Ministerio de Cultura.

RELACIONADAS A LA ETAPA DE EJECUCIÓN DE OBRAS (INVERSIÓN)

1. ¿Cómo se controla el avance y la correcta ejecución de las obras?


PRONIED realiza la supervisión de la obra, a través de los servicios de supervisión de obra y las
visitas de los Coordinadores.

2. Luego de culminada la ejecución física ¿Cuál es el procedimiento para efectuar la recepción de


las obras?
El Residente indica en el cuaderno de obra la culminación de la obra y solicita su recepción; el
supervisor emite su opinión a través del informe respectivo, en base al cual el PRONIED designa el
Comité de Recepción de Obra y determina la fecha correspondiente. El Comité se apersona a obra
y formula un pliego de observaciones; las mismas que son subsanadas por el contratista, luego de
lo cual el residente comunica al supervisor vía cuaderno de obra y éste elabora su informe al
PRONIED; luego de lo cual el Comité procede a su verificación y suscribe el acta de Recepción de
Obra. Recientemente y como implementación de recomendación del Órgano de Control Interno se
ha dispuesto que el Coordinador de Obra verifique la terminación de la obra reportada por la
supervisión.

3. ¿Después de cuanto tiempo de otorgada la buena pro se inicia la obra?


Aproximadamente después de 30 días calendario.

4. ¿Puede incluirse algunas metas no consideradas en el expediente técnico: como adicionales


durante la ejecución de la obra?
En la modalidad con la que viene trabajando el PRONIED (suma alzada), NO ES POSIBLE ya que no
forma parte del contrato.

5. ¿Puede la Dirección del Plantel escolar y la APAFA ingresar a la obra y fiscalizar su ejecución a
través de profesionales que contraten por su cuenta?
El ingreso debe efectuarse en coordinación y con la anuencia del contratista, ya que desde la
entrega de terreno, éste se encuentra a su disponibilidad; la fiscalización no es factible ya que
dicha labor corresponde a la Entidad contratante a través de la supervisión.

6. ¿Puede modificarse el plazo de ejecución de obra que se indica en el cartel de obra?


Sí, es factible de modificación por causales que se encuentran contempladas en la norma aplicable
al contrato (Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento).

7. ¿El Director del colegio debe efectuar alguna gestión para la implementación con el
equipamiento?
Consultar por Mesa de partes de PRONIED y averiguar si se encuentra programado.

8. Una vez concluida la obra, ¿En qué tiempo ocurre su entrega para su puesta en
funcionamiento?
Como normalmente existen observaciones, la entrega se realiza una vez subsanadas éstas, para
cuya finalidad, se dispone de 1/10 del plazo de ejecución vigente a partir de la formulación de las
observaciones.

9. ¿Por qué las obras en su mayoría no culminan con el presupuesto original, ni en el tiempo
previsto?
El costo de las obras se incrementa en algunos casos por modificaciones al proyecto original, lo
que conlleva a la ejecución de trabajos nuevos y a su vez incrementa el plazo de ejecución.

10. ¿Por qué el PRONIED no ejecuta obras con modelos similares en todas las Regiones?
El PRONIED tiene previsto ejecutar obras bajo el sistema modular dependiendo de su ubicación
geográfica sean costa, sierra y selva.

11. ¿El PRONIED solamente ejecuta obras de Infraestructura?


Efectivamente, El PRONIED ejecuta obras de Infraestructura Educativa para todos los niveles
educacionales; además de su ejecución física, las implementa con el respectivo mobiliario.

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