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Instituto Nacional de Tierras INTI

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República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación


Universidad Experimental de los Llanos Centrales Rómulo Gallegos
San Juan de los Morros, Edo. Guárico
Área de Ingeniería Agronómica
Catedra: Derecho Agrario

Instituto Nacional de Tierras INTI


Misión y Visión

Profesor: Bachiller:
Fenelyx Hernandez Nolwis Velásquez 28.274.220

Junio, 2021
Instituto Nacional de Tierras INTI
El Instituto Nacional de Tierras (INTi), es uno de los entes autónomos
adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras (MPPAT),
perteneciente a la Administración Pública destinado a impulsar el desarrollo rural
integral y sustentable en función del crecimiento económico del sector agrario. Así
lo establece el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Tierras y Desarrollo
Agrario promulgado por el Presidente de turno Hugo Chávez Frías, el 10 de
diciembre de 2001, y convertido en Ley de la República Bolivariana mediante
diversas modificaciones parciales en 2005 y 2010. Dicha Ley viene a dar
operatividad concreta a las disposiciones constitucionales sobre el desarrollo
social en el medio rural. En este sentido, se prevé la eliminación íntegra del
régimen latifundista, como sistema contrario a la justicia, al interés general y a la
paz social en el campo.

Con la revolucionaria Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, se crea el 8 de


Enero de 2002 el Instituto Nacional de Tierras, enfocado al cambio estructural de
las relaciones entre los productores y el suelo. Es el organismo encargado de
administrar, redistribuir y regularizar la posesión de todas las tierras con vocación
agrícola del país, pero con la visión de incorporar y arraigar al campesino a la
actividad agropecuaria, rescatando la organización de las comunidades, la cultura,
las técnicas ancestrales de cultivo, las costumbres, usos y tradiciones
campesinas, así como la protección del medio ambiente. El Art. 120 de la Ley de
Tierras y Desarrollo Agrario establece lo siguiente: “Se crea el Instituto Nacional de
Tierras, como instituto autónomo adscrito al Ministerio de ramo, con personalidad
jurídica y patrimonio propio, distinto e independiente de la Republica, el cual
gozará de las prerrogativas y privilegios que le otorga esta Ley a ésta”.

La Misión del Instituto es garantizar la administración, distribución y


regularización de las tierras con vocación de uso agrario en unidades económicas
productivas, enmarcados en las directrices y los planes del Ejecutivo Nacional
para impulsar el desarrollo rural integral y sustentable en función del crecimiento
económico del sector agrario con el fin de lograr una justa distribución de la
riqueza y consolidar la seguridad agroalimentaria del país. La Visión refleja que
debe ser una Institución dinámica, innovadora dirigida a impulsar las políticas de
desarrollo rural integral y sustentable para la consolidación del sector agrario
nacional, con un recurso humano altamente calificado, comprometido, con criterio
de eficiencia y eficacia, capaz de optimizar el logro de la misión, esto según lo que
se encuentra reseñado en su página oficial www.inti.gob.ve.

El citado ente ofrece sus servicios a pequeños, medianos y grandes


productores a partir de la fecha 02 de enero del 2002. Su objetivo principal
consiste en brindar su servicio para solucionar los problemas de la tenencia de la
tierra que existe en nuestro país y consolidarle los papeles que lo consigne como
dueño del predio o toda su documentación que se le amerite al caso ya que existe
tierra del INTi, Privadas, Municipales. En el contexto de la regularización de las
tierras se ha observado una mayor producción de muchos rubros. Se encarga de
crear Oficinas Regionales de Tierras (ORT), ubicadas en las poligonales rurales
con funciones administrativas y operativas relacionadas con la misión y visión del
instituto, buscando profundizar y dar operatividad concreta a los valores
constitucionales de desarrollo social a través del sector agrario. Cabe destacar
que el INTi siempre se ha esforzado por mantener un perfil gerencial en el
desarrollo de sus estrategias en el marco agrícola, dando respuestas para
garantizar a toda familia campesina que lo requiera, un lote de tierras suficiente
para trabajar.
El instituto nacional de tierras está encargado de acabar con el latifundismo
y las tierras que permanezcan ociosas y garantizar la regularización de tierra en el
país y poner en producción todas las tierras que han sido regularizadas por el
trabajo que se ha venido realizando por el personal que labora en el INTi.
Garantizarle a los ciudadanos y ciudadanas el acceso a la tierra mediante la
administración, redistribución y transformación de la tierras con vocación agrícola
a objeto de alcanzar el equilibrio socio productivo, dentro de una planificación
estratégica, democrática y participativa para garantizar la sustentabilidad y
resguardar la seguridad alimentaria, la biodiversidad y la paz social en función de
la soberanía nacional asegurando los derechos establecidos en la constitución de
la República Bolivariana de Venezuela y la Ley de Tierra y Desarrollo Agrario.

Por otra parte, corresponde a este Instituto otorgar, renovar y revocar


certificados de clasificación de fincas en los cuales se determinara su condición
finca productiva, finca mejorable o finca ociosa. Conocer, decidir y revocar la
procedencia de adjudicación de tierra; otorgar los títulos de adjudicación
permanentes establecer los proyecto de mejoramientos de tierras adjudicadas que
deben cumplirse a los fines de hacerla productiva; ordenar la apertura de
procedimiento de expropiación en sus fases Administrativo y solicitar en sede
Judicial, llevar el registro agrario de tierras y agua. Cabe destacar que el 4 de
febrero del 2003, el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela firma el
decreto Nº 2.292, el cual autoriza por medio de esta, al Instituto Nacional de
Tierras, realizar los trámites para que las tierras que estén bajo la administración
del Instituto sean organizadas y aprovechadas por los grupos de trabajadores del
campo que manifiesten su voluntad de trabajar las mismas, se les otorguen
mediante carta agrarias las mismas mientras se tramitan y resuelven los
procedimientos de adjudicación provisional tomando en consideración que este es
un requisito para optar a las políticas de créditos. Considerando lo relativo a los
procedimientos, adjudicaciones regularizaciones. El presidente de la República
decreta el 10 de enero del 2005, la reorganización de la tierra con vocación
agrícola (Decreto 3.408), cuya finalidad es eliminar de forma progresiva el
latifundio en las zonas rurales del país e incorporar a los grupos organizados al
aprovechamiento racional de los recursos naturales y agroalimentarios de la tierra,
mediante la planificación plurisectorial de la administración nacional, para asegurar
la sostenibilidad de la tierra.

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