Human Nature">
Proyecto de Orientación Vocacional
Proyecto de Orientación Vocacional
Proyecto de Orientación Vocacional
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Supremo Nº 009-2016-MINEDU que Modifica el Reglamento de la Ley Nº 28044, Ley
General de Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº 011-2012-ED, en el artículo 146., establece que
“La Dirección Regional de Educación (DRE/GRE) es el órgano del Gobierno Regional que, en
concordancia con la política educativa nacional, implementa y supervisa el desarrollo de la política
educativa regional en el ámbito de su jurisdicción; en el marco de las disposiciones normativas y técnicas
sobre la materia establecidos por el Ministerio de Educación (…)”;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 160-2020-MINEDU, artículo 1, se dispone el inicio del año
escolar a través de la implementación de la estrategia denominada “Aprendo en casa”, como medida del
Ministerio de Educación para garantizar el servicio educativo mediante su prestación a distancia en las
instituciones educativas públicas de Educación Básica, a nivel nacional, en el marco de la emergencia
sanitaria para la prevención y control del COVID-19;
Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA, se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional,
por el plazo de noventa días calendario, por la existencia del COVID-19; y se dictan medidas de
prevención y control para evitar su propagación; el mismo que fue prorrogado con los Decretos Supremos
N° 020-2020- SA y Nº 027-2020-SA;
1/2
GOBIERNO REGIONAL LAMBAYEQUE
GERENCIA REGIONAL DE EDUCACION
GERENCIA REGIONAL - GRED
De conformidad con la Ley N° 28044, Ley General de Educación; su modificatoria, Ley N° 28123; Decreto
Supremo N° 011-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General de Educación y la Ordenanza
Regional N° 011-2011-GR.LAMB/CR; que aprueba el Cuadro de Asignación de Personal de la Gerencia
Regional de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local;
SE RESUELVE:
ARTÍCULO SEGUNDO. - DISPONER que UGEL Chiclayo, UGEL Lambayeque y UGEL Ferreñafe
efectúen el monitoreo del proyecto educativo aprobado, en las instituciones de su jurisdicción.
ARTÍCULO TERCERO. – DISPONER que los directores de las IE “Gregorio Odar More” - UGEL Chiclayo,
IE Víctor Raúl Haya de la Torre – UGEL Ferreñafe, IE Federico Villarreal - UGEL Lambayeque y IE N°
10793 – UGEL Lambayeque, realicen las coordinaciones con el Especialista de UGEL para el monitoreo e
informe final correspondiente a esta Gerencia.
Firmado digitalmente
DANIEL SUAREZ BECERRA
GERENTE REGIONAL DE EDUCACION
Fecha y hora de proceso: 13/10/2020 - 16:47:17
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional Lambayeque, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S.
070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la
siguiente dirección web: https://sisgedo3.regionlambayeque.gob.pe/verifica/
2/2
Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)