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Gestión Ambiental - Informe
Gestión Ambiental - Informe
Gestión Ambiental - Informe
FACULTAD DE INGENIERÍA
ASIGNATURA
GESTIÓN AMBIENTAL
SÉPTIMO SEMESTRE “A”
AUTORES:
PICO ZAMBRANO ALAN JOSUÉ
REYES CEVALLOS ROSSY YELENA
DOCENTE
1. Introducción .............................................................................................................. 3
2. Objetivos................................................................................................................... 4
3. Marco teórico............................................................................................................ 5
4. Conclusiones........................................................................................................... 20
5. Bibliografía ............................................................................................................. 21
1. Introducción
El medio ambiente, siempre ha ofrecido recursos naturales para el buen vivir de las
personas, animales y plantas; sin embargo, el ser humano ha sido uno de los problemas
más grande que ha medida que pasa el tiempo ha ido deteriorando el ambiente, teniendo
como consecuencias el cambio climático y GEI, sin entrar en conciencia que este es su
lugar para vivir, procrear, etc.; por ello, hoy en la actualidad existen normas y reglas que
ambiente sano y seguro; ya que la misma busca estipular las reglas, normas y legislar
comportamiento y conducta negativa con relación al entorno ambiental. Por lo tanto, los
objetivos principales de las leyes ambientales son establecer las medidas y las sanciones
ambientales que rigen en el Ecuador, así como su importancia, y sanciones que podría
ecuatorianas.
El Ministerio del Medio Ambiente del Ecuador, fue creado por el presidente Abdalá
Oficial No. 118 de 28 del mismo mes y año, se fusionan en una sola entidad el
Ambiente.
Con Decreto Ejecutivo No. 3, de enero 23 del 2000, publicado en el Registro Oficial
En abril del 2000 con Decreto Ejecutivo N.259 se deroga el Decreto N.26,
del Ministerio del Ambiente, expedido mediante Decreto Ejecutivo No.3399, publicado
Remuneraciones del Sector Público, Texto promulgado en el Registro Oficial No. 16, de
Ecuador, que ejerce en forma eficaz y eficiente el rol rector de la gestión ambiental, que
permita garantizar un ambiente sano y ecológicamente equilibrado para hacer del país,
ambientales y coordinar las estrategias, los proyectos y programas para el cuidado de los
ecosistemas y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales. Propone y define
las normas para conseguir la calidad ambiental adecuada, con un desarrollo basado en la
conservación y el uso apropiado de la biodiversidad y de los recursos con los que cuenta
nuestro país.
participación de todos los actores sociales en la gestión ambiental a través del trabajo
coordinado, para de esta manera, contribuir a consolidar la capacidad tanto del Estado
como de los gobiernos seccionales para el manejo democrático y descentrado del tema
depende de las condiciones ambientales en las que nos desarrollamos. Por este motivo,
que posee el país, y la manera más adecuada para conservar y utilizar oportunamente
Objetivos estratégicos
local.
atinente a la protección ambiental en el país. Esta ley está relacionada directamente con
y establece las directrices de política ambiental, así como determina las obligaciones,
Dispone que el Ministerio del Ambiente, por su parte, debe coordinar con los
las normas de calidad ambiental referentes al aire, agua, suelo, ruido, desechos y
agentes contaminantes. Por otro lado, se establece que las obras públicas, privadas o
mixtas y los proyectos de inversión públicos o privados que puedan causar impactos
2020).
que en el ámbito de sus competencias y acorde a las Leyes que las regulan, ejerzan otras
obligatorio cumplimiento por parte del Estado en todos sus niveles y por todas
naturaleza.
3.4. Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental
que la Ley de Gestión Ambiental derogó expresamente muchos de sus artículos. Sin
embargo, las demás disposiciones se mantienen vigentes, pero con las limitaciones
propias de una ley expedida hace casi treinta años, que en la práctica no se constituyó en
resultó funcional (Mendoza, 2016). Así por ejemplo se creó el Comité Interinstitucional
nacional, para hacer cumplir sus disposiciones ya que se trataba de una época en que los
problemas de contaminación eran atendidos desde una óptica de salud pública, es decir
también afecte a la calidad del aire y perjudique en general al medio ambiente (Briones,
competentes y el Ministerio del Ambiente en los casos que no hay delegación o proceso
Policía Marítima y otras leyes que rijan en materia de aire, agua, suelo, flora y fauna.
3.5. Marco Normativo Ambiental
derechos del buen vivir de los seres humanos este se acompaña de equilibrio y
sostenibilidad ambiental.
En el ámbito eléctrico existes leyes, normas, reglamentos y ordenanzas que deben ser
La Constitución del Ecuador vigente desde el año 2008, incluye varios artículos
En el artículo 14, Capítulo segundo- Derechos del buen vivir - Sección segunda-
habla de la, Biodiversidad y Recursos Naturales, el Art 395 por su parte expone que la
obligatorio cumplimiento por parte del Estado en todos sus niveles y por todas
naturaleza.
Aguas
aprovechamiento del agua con fines productivos por parte de los sectores público,
Biodiversidad
que La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a
El Estado incentivará a las personas naturales y jurídicas, y a los colectivos, para que
ecosistema.
Así también en el Art. 72. Explica que la naturaleza tiene derecho a la restauración.
Esta restauración será independiente de la obligación que tienen el Estado y las personas
En los casos de impacto ambiental grave o permanente, incluidos los ocasionados por
beneficiarse del ambiente y de las riquezas naturales que les permitan el buen vivir.
energías alternativas
riesgo.
Art. 11.- Queda prohibido expeler hacia la atmósfera o descargar en ella, sin
juicio del Ministerio de Salud, puedan perjudicar la salud y vida humana, la flora, la
fauna y los recursos o bienes del estado o de particulares o constituir una molestia.
Art. 12.- Para los efectos de esta Ley, serán considerados como fuentes potenciales
Residuos
Constitución del Ecuador del 2008. Art. 15.-… Se prohíbe el desarrollo, producción,
perjudiciales para la salud humana o que atenten contra la soberanía alimentaria o los
territorio nacional.
Ley Orgánica de Salud (Ley No. 2006-67) Art. 97.- La autoridad sanitaria nacional
dictará las normas para el manejo de todo tipo de desechos y residuos que afecten la
salud humana; normas que serán de cumplimiento obligatorio para las personas
naturales y jurídicas.
Art. 98.- La autoridad sanitaria nacional, en coordinación con las entidades públicas
Ruido Ambiental
Tiene como objetivo el preservar la salud y bienestar de las personas, y del ambiente
Art. 40.- Toda persona natural o jurídica que, en el curso de sus actividades
produciendo daños ambientales a los ecosistemas, está obligada a informar sobre ello al
adoptar las medidas necesarias para solucionar los problemas detectados. En caso de
Art. 43.- Las personas naturales, jurídicas o grupos humanos, vinculados por un
interponer ante el Juez competente, acciones por daños y perjuicios y por el deterioro
constitutivos.
Sin perjuicio de las demás acciones legales a que hubiere lugar, el juez condenará al
condenará al responsable al pago del diez por ciento (10%) del valor que represente la
Art. 44.- Cuando los funcionarios públicos, por acción u omisión incumplan las
podrá solicitar por escrito acompañando las pruebas suficientes al superior jerárquico
Ministerio del ramo y las autoridades que ejerzan jurisdicción en materia ambiental, se
expedidas por los funcionarios de las distintas instituciones, podrá apelarse únicamente
ante la máxima autoridad institucional, cuya resolución causará ejecutoria, en la vía
administrativa.
Sustancias químicas
perjudiciales para la salud humana o que atenten contra la soberanía alimentaria o los
territorio nacional”.
Constitución del Ecuador -2008. Art. 415.- El Estado central y los gobiernos
ordenamiento territorial urbano y de uso del suelo, que permitan regular el crecimiento
Es de mucha importancia que en todo país se tengan normas y leyes ambientales que
rijan en el comportamiento de la conducta del ser humano sobre el cuidado del medio
ambiente. Por ello, en el Ecuador, el Ministerio del Ambiente gestiona su acción en base
Vida Silvestre, La Ley de Gestión Ambiental, entre otras; y ejerce en forma eficaz y
eficiente el rol rector de la gestión ambiental, que permite garantizar un ambiente sano y
ecológicamente equilibrado para hacer del país, una nación que conserva y usa
sustentablemente su biodiversidad.
Entre los objetivos estratégicos impuestos por la ley ambiental ecuatoriana se tiene:
mantener y recuperar la calidad ambiental, mejorar la calidad del agua, reducir el riesgo
cumpliendo las normas y leyes ambientales que están estipuladas en la Constitución del
2008, y si se hiciera caso omiso, las autoridades competentes deberán adoptar las
sancionado con una multa de veinte a doscientos salarios mínimos vitales generales.
5. Bibliografía