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El Nuevo Tratamiento Del Régimen de La Capacidad en El Código Civil Peruano PDF

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"AÑO DEL BICENTENARIO DEL PERÚ: 200 AÑOS DE

INDEPENDENCIA"
Facultad de Derecho
“Derecho de Persona”
ASIGNATURA
“EL NUEVO TRATAMIENTO DEL RÉGIMEN DE LA CAPACIDAD EN EL
CÓDIGO CIVIL PERUANO”
·KAREM NOEMI CHOZO ANCAJIMA
·ABEL MAYTA ASCATE
·NALLELY DEL CARMEN RIVERA MOROCHO
INTEGRANTES
Mg. María Del Pilar Quezada Castro
DOCENTE RESPONSABLE
Piura, Perú 2021
“EL NUEVO TRATAMIENTO DEL RÉGIMEN CONCEPTO SOBRE CAPACIDAD JURIDICA

DE LA CAPACIDAD EN EL CÓDIGO CIVIL la capacidad jurídica, entendiéndola a partir de los arraigos del BGB, hacía
referencia solo a la capacidad de goce, a partir de la Convención el concepto de
PERUANO” capacidad jurídica se ha extendido y ha adoptado una naturaleza inclusiva y social.
Entonces, de pasar a que la regla era la presunción de que todos tenían capacidad
de goce, ahora se tiene que todos ostentamos capacidad jurídica en un sentido
SOBRE LA CAPACIDAD DE EJERCICIO ampliado por la Convención.
PLENA
La capacidad de ejercicio, como parte de la
capacidad jurídica de la persona, ha sido siempre 2. Conceptos necesarios 2.1. Capacidad
relacionada con la edad. El antiguo artículo 42 del
Código Civil también lo contemplaba. La La nueva regulación de las personas con La capacidad es un atributo que tiene toda persona natural,
diferencia recae en que antes de la modificación discapacidad, por el Decreto Legislativo mediante el cual el sujeto puede realizar actos que no estén
quien era menor de edad era una persona incapaz N.º 1384, es extensa e importante. No prohibidos.
relativa si era, a su vez, mayor de dieciséis años, e solo ha significado la modificación de
incapaz absoluto si era menor. Como se ha disposiciones en los Libros de Personas,
mencionado, la regla ha cambiado, ahora en vez de Acto Jurídico, Familia, Sucesiones, 2.1.1. Capacidad de goce
referirse a incapaces por edad, a los menores de Reales, Contratos y derogaciones en
La capacidad de goce es el efecto del reconocimiento del
dieciocho años ahora se les considera como Fuente de las Obligaciones, sino que,
Derecho de la existencia de condiciones por las que un ser es
persona con capacidad restringida, no incapaces. además, ha obligado al operador jurídico
idóneo de tener intereses dignos de tutela
a reconceptualizar algunas instituciones
del ordenamiento y a conocer otras
nuevas.
2.2.2. Capacidad de ejercicio
SOBRE LA INCAPACIDAD ABSOLUTA Y
Para Rubio, M “la capacidad de ejercicio es la
LA CAPACIDAD DE EJERCICIO SOBRE LOS AJSUTES RAZONALES Y EL atribución de la persona de ejecutar por sí
RESTRINGIDA APOYO A LOS REPRESENTANTES LEGALES Y misma los derechos a los que tiene capacidad de
El Código Civil de 1852 solo regulaba a la LA DESINGNACION DE APOYOS Y goce”
incapacidad absoluta. Ahora, el referido Código SALVAGUARDA
Civil, modificado por el Decreto Legislativo N El Código Civil de 1984 propugnaba una sustitución
1384, refiere, en gran medida, a la capacidad y a de la persona considerada incapaz, limitaba su
la capacidad restringida, eliminando también en 2.2.3. Incapacidad absoluta y relativa. Capacidad plena y
personalidad y vulneraba la esencia de su propia
gran medida a la incapacidad del sujeto. restringida
vida. Así, no consideramos errado mencionar, en
Esto tiene una razón de ser: el Código no ha analogía particular pero que no pierde certeza por lo En el Decreto Legislativo N.º 1384, regula la capacidad en
pasado a ser un cuerpo normativo estricto en especial de la situación de las personas con el C.C. La validez de actos jurídicos se basa,
cuanto a la capacidad, sino que ha adoptado un discapacidad y la regulación que debían de afrontar, principalmente, en el discernimiento y otros caracteres,
régimen mixto, pues no eliminó a la incapacidad, que la persona que nombra un apoyo pasa a actuar como el etario.
solo la redujo como el protagonista de su propio destino jurídico
2.2. Discapacidad
El concepto de “discapacidad” no ha sido estático en el
3.2. Marco normativo Después de aproximadamente 4 años tiempo. En 1980, OMS manejaba un enfoque principal a la
de la ratificación por el Perú de la Convención, el 24 de enfermedad y dificultad que representa y se desenvuelva el
diciembre de 2012, se publicó la Ley N.º 29973, Ley general individuo.
de la persona con discapacidad. Con ella se introducen
cambios sustanciales y transversales al ordenamiento
jurídico peruano.
2.3. Retraso mental
El concepto de “retraso mental” reviste una importancia
en nuestro sistema legal. La relación de la válida
manifestación de la voluntad y el discernimiento ha sido
muy estrecha.
3.2. ¿Cómo funcionaba la actuación de las personas con
discapacidad antes de la entrada en vigencia de Decreto
Legislativo N.º 1384?
2.4. Sistemas de apoyo
“Todas las personas con discapacidad tienen plena
capacidad en igualdad de condiciones con los demás en “Los Estados adoptarán las medidas pertinentes para
todos y cada uno de los aspectos de la vida”. proporcionar acceso a las personas con discapacidad al
apoyo que puedan necesitar en el ejercicio de su
capacidad jurídica”.

3.1 Antecedentes
2.5. Salvaguardias
Con relación a este punto, debe valorarse que nuestro
Debido a que en un número considerable de casos los
ordenamiento no solo se rige por normas internas, sino representantes de las personas con habilidades especiales no
que responde a tratados y convenios internacionales que, actuaban en el interés de su representado e incluso abusaban
en caso versen sobre derechos humanos, tienen jerarquía de su poder, se creó la figura de la salvaguarda.
constitucional, por lo que el Estado, en esos escenarios,
debe reestructurar su orden interno.

3. ¿Por qué se
da la reforma?

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