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MIDIS - MANUAL DE OPERACIONES Completo PDF

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Resolución Ministerial

N° 105 -2021-MIDIS

Lima, 14 de junio de 2021

VISTOS:

Los Informes N° 000031-2021-MIDIS/PNCM-DE y N° 000049-2021-MIDIS/PNCM-DE,


emitidos por la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional Cuna Más; el Informe N° D000040-
Firmado digitalmente por VARGAS
2021-MIDIS-DCMG, emitido por la Dirección de Calidad y Mejora Continua de la Gestión de
WINSTANLEY Silvana Eugenia
FAU 20545565359 hard las Prestaciones Sociales; el Informe N° D000036-2021-MIDIS-DGCGPS, emitido por la
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 14.06.2021 13:03:26 -05:00 Dirección General de Calidad de la Gestión de las Prestaciones Sociales; el Memorando N°
D000219-2021-MIDIS-VMPS, emitido por el Despacho Viceministerial de Prestaciones
Sociales; el Memorando N° D000533-2021-MIDIS-OGPPM, emitido por la Oficina General de
Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000051-2021-MIDIS-OM,
emitido por la Oficina de Modernización; y, el Informe N° D000297-2021-MIDIS-OGAJ,
emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

Firmado digitalmente por VELAZCO


CONSIDERANDO:
VILLAR Claudia Consuelo FAU
20545565359 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 09.06.2021 19:35:16 -05:00 Que, conforme al numeral 38.2 del artículo 38 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del
Poder Ejecutivo, los Programas son estructuras funcionales creadas para atender un
problema o situación crítica, o implementar una política pública específica, en el ámbito de
competencia de la entidad a la que pertenecen;

Que, en el marco de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, mediante
Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM se aprueban los Lineamientos de Organización del
Estado, modificados por los Decretos Supremos N° 131-2018-PCM y N° 064-2021-PCM, en
Firmado digitalmente por ZAPATA
lo referido a la aprobación del Manual de Operaciones;
GALLO Jorge Alberto FAU
20545565359 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 10.06.2021 14:44:45 -05:00 Que, conforme al artículo 53 de los Lineamientos de Organización del Estado, el
Manual de Operaciones – MOP es el documento técnico normativo de gestión organizacional
que formaliza: a. La estructura funcional de los programas y los proyectos especiales; b. La
estructura orgánica al interior de los de los órganos desconcentrados, cuando corresponda; y,
c. La estructura orgánica al interior de los órganos académicos, cuando corresponda;

Firmado digitalmente por SEVILLA


Que, de acuerdo al artículo 54 de los Lineamientos de Organización del Estado, el
CARNERO Carmen Lourdes FAU
20546537782 soft
MOP contiene títulos, capítulos y artículos teniendo en cuenta los rubros y metodología
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 10.06.2021 18:16:07 -05:00 definidos en dicho artículo, que incluyen: a. Título Primero: Disposiciones Generales; b. Título
Segundo: La estructura; c. Título Tercero: Bienes, servicios y procesos; y d. Anexo
(Organigrama);

Que, conforme al artículo 55 de los Lineamientos de Organización del Estado, la


propuesta del MOP se sustenta en un Informe Técnico elaborado por la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, el cual justifica su estructura y los
mecanismos de control y coordinación; y, en un Informe Legal elaborado por la Oficina de
Firmado digitalmente por RIVERA
SIVIRICHI Rosmery Arletty FAU
Asesoría Jurídica o la que haga sus veces, que valida la legalidad de las funciones
20545565359 hard
Motivo: Doy V° B°
sustantivas asignadas en el MOP; siendo que el MOP se aprueba según corresponda, por
Fecha: 10.06.2021 19:30:15 -05:00
Resolución Ministerial o por Resolución del titular de un organismo público, en el caso del
Poder Ejecutivo;

Firmado digitalmente por


MONTELLANOS CARBAJAL Fanny
Esther FAU 20545565359 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 10.06.2021 19:35:53 -05:00
Que, por su parte, mediante Ley Nº 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e
Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica
básica; asimismo se crea el sector Desarrollo e Inclusión Social, que comprende a todas las
entidades del estado, de los tres niveles de gobierno, vinculados con el cumplimiento de las
políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad;

Que, en virtud al artículo 1 del Decreto Supremo Nº 003-2012-MIDIS, modificado por


Decreto Supremo N° 014-2017-MIDIS, se crea el Programa Nacional Cuna Más como
programa social focalizado, adscrito al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con el
propósito de brindar atención integral a niñas y niños menores de 36 meses de edad en
zonas en situación de pobreza y pobreza extrema;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 274-2017-MIDIS, se aprueba el MOP del


Programa Nacional Cuna Más, instrumento de gestión que determina los procesos, las
funciones y la estructura funcional de dicho programa;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 134-2017-MIDIS, se aprueba la Directiva N°


008-2017-MIDIS, “Disposiciones para la elaboración y aprobación del Manual de Operaciones
de los Programas Nacionales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social”, cuyo objetivo es
establecer las disposiciones generales que los Programas Nacionales, también denominados
Programas Sociales, y los órganos competentes del Ministerio de Desarrollo e Inclusión
Social, deben cumplir para la elaboración y aprobación de los respectivos manuales de
operaciones; siendo dicha directiva modificada por Resolución Ministerial N° 232-2017-MIDIS;

Que, mediante Informes N° 000031-2021-MIDIS/PNCM-DE y N° 000049-2021-


MIDIS/PNCM-DE, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional Cuna Más remite el proyecto
de MOP del referido Programa Nacional, con la finalidad de actualizar y adecuar dicho
documento técnico normativo a la normatividad vigente sobre la materia, incluyendo las
recientes modificaciones a los Lineamientos de Organización del Estado;

Que, en este contexto, mediante Memorando N° D000533-2021-MIDIS-OGPPM, la


Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, hace suyo el Informe N°
D000051-2021-MIDIS-OM, emitido por la Oficina de Modernización, mediante el cual se emite
opinión favorable sobre el proyecto de MOP del Programa Nacional Cuna Más propuesto por
la Dirección Ejecutiva del indicado Programa, recomendando su aprobación; adjuntando el
Informe Técnico sustentatorio requerido por el artículo 55 de los Lineamientos de
Organización del Estado;

Que, asimismo, mediante Informe N° D000296-2021-MIDIS-OGAJ, la Oficina General


de Asesoría Jurídica emite el Informe Legal correspondiente, otorgando opinión favorable al
proyecto de MOP del Programa Nacional Cuna Más en los términos previstos por el artículo
55 de los Lineamientos de Organización del Estado;

Que, en atención a lo expuesto, a fin de que el Programa Nacional Cuna Más cuente
con un documento técnico normativo de gestión organizacional, de conformidad con las
disposiciones establecidas en la normatividad vigente y por el Ministerio de Desarrollo e
Inclusión Social, corresponde emitir el acto resolutivo que apruebe el proyecto de MOP del
referido Programa Nacional;

Con los visados del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, de la


Dirección Ejecutiva del Programa Nacional Cuna Más, de la Dirección General de Calidad de
la Gestión de los Programas Sociales, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y
Modernización, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de
Desarrollo e Inclusión Social; el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, que aprueba los
Lineamientos de Organización del Estado, modificados por los Decretos Supremos N° 131-
2018-PCM, N° 064-2021-PCM y N° 097-2021-PCM; la Resolución Ministerial N° 134-2017-
MIDIS, que aprueba la Directiva N° 008-2017-MIDIS, modificada por Resolución Ministerial N°
232-2017-MIDIS; y, la Resolución Ministerial N° 073-2021-MIDIS, que aprueba el Texto
Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de
Desarrollo e Inclusión Social;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Manual de Operaciones del Programa Nacional Cuna Más;
documento que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 274-2017-MIDIS.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Portal


Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis) y en el Portal
Institucional del Programa Nacional Cuna Más (www.gob.pe/cunamas), en la misma fecha de
publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.


Firmado digitalmente por VARGAS
WINSTANLEY Silvana Eugenia FAU
20545565359 hard
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 14.06.2021 13:04:03 -05:00

SILVANA EUGENIA VARGAS WINSTANLEY


Ministra de Desarrollo e Inclusión Social
MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL

VICE MINISTERIO DE PRESTACIONES SOCIALES

MANUAL DE OPERACIONES
PROGRAMA NACIONAL
CUNA MAS
Firmado digitalmente por SEVILLA
CARNERO Carmen Lourdes FAU
20546537782 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 10.06.2021 18:15:10 -05:00

Firmado digitalmente por VELAZCO


VILLAR Claudia Consuelo FAU
20545565359 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 09.06.2021 19:38:08 -05:00

Firmado digitalmente por RIVERA


JUNIO 2021
SIVIRICHI Rosmery Arletty FAU
20545565359 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 10.06.2021 19:31:10 -05:00

0
CONTENIDO

TITULO PRIMERO: DISPOSICIONES GENERALES ...................................................................... 2


Capítulo I: Generalidades ..................................................................................................................2
Artículo 1.- Finalidad..................................................................................................................2
Artículo 2.- Naturaleza Jurídica ................................................................................................. 2
Artículo 3.- Entidad a la que pertenece .....................................................................................2
Artículo 4.- Funciones Generales .............................................................................................. 2
Artículo 5.- Base Legal ..............................................................................................................2
TÍTULO SEGUNDO: ESTRUCTURA FUNCIONAL, FUNCIONES ESPECIFICAS Y
MECANISMOS DE INTERRELACIÓN ............................................................................................. 4
Capítulo II: Estructura Funcional ....................................................................................................... 4
Capítulo III: Funciones Específicas ...................................................................................................4
Unidad de Dirección ..................................................................................................................4
Órgano de Control ..................................................................................................................... 6
Unidades de Asesoramiento ..................................................................................................... 7
Unidades de Apoyo ................................................................................................................. 11
Unidades de Línea ..................................................................................................................16
Unidades Territoriales ............................................................................................................. 19
Capítulo IV: Mecanismos de interrelación interna y externa ........................................................... 20
TITULO TERCERO: BIENES/SERVICIOS Y PROCESOS ............................................................ 22
Capítulo V: Descripción de los Bienes/Servicios ............................................................................. 22
Capítulo VI: Descripción de los Procesos ....................................................................................... 22
Capítulo VII: Inventario de Procesos ............................................................................................... 26
Mapa de Procesos Programa Nacional Cuna Mas ................................................................ 30
Anexo N° 1 ...................................................................................................................................... 31
Organigrama del Programa Nacional Cuna Más ..................................................................... 31

1
TITULO PRIMERO: DISPOSICIONES GENERALES

Capítulo I: Generalidades

Artículo 1.- Finalidad

El Programa Nacional Cuna Más, tiene por finalidad mejorar el desarrollo infantil de niñas y
niños menores de 36 meses de edad que viven en zonas en situación de pobreza y pobreza
extrema, para superar las brechas en su desarrollo cognitivo, social, físico y emocional.

Artículo 2.- Naturaleza Jurídica


El Programa Nacional Cuna Más, es un programa creado mediante Decreto Supremo N° 003-
2012-MIDIS, modificado mediante Decreto Supremo N° 007-2017-MIDIS y posteriormente
mediante Decreto Supremo N° 014-2017-MIDIS.

Artículo 3.- Entidad a la que pertenece


El Programa Nacional Cuna Más, es un programa adscrito al Ministerio de Desarrollo e
Inclusión Social. De acuerdo al Reglamento de Organización y Funciones del MIDIS, depende
funcionalmente del Viceministerio de Prestaciones Sociales.

Artículo 4.- Funciones Generales1


El Programa Nacional Cuna Más tiene las siguientes funciones:
a) Brindar atención integral a niñas y niños menores de 36 meses de edad, en zonas en
situación de pobreza y pobreza extrema, a través de Centros Cuna Más especialmente
acondicionados.
b) Fortalecer los conocimientos en las madres gestantes y las familias en prácticas de
cuidado y aprendizaje de niñas y niños menores de 36 meses, y generar experiencias
de aprendizajes en las niñas y niños usuarios del Programa, a través de visitas al hogar
y sesiones grupales.
c) Promover la participación y cooperación de la comunidad, las organizaciones sociales
de base y el sector privado, en la implementación de las modalidades y servicios del
Programa.
d) Promover la intervención articulada de sectores y niveles de gobierno, organismos y
programas que compartan o complementen los objetivos del programa.

Artículo 5.- Base Legal


La base legal, que norma y orienta el funcionamiento del Programa Nacional Cuna Más es la
siguiente:
a) Ley N° 27658 Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado.
b) Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.
c) Ley N° 29792, Ley de creación, organización y funciones del Ministerio de Desarrollo e
Inclusión Social.
d) Decreto Supremo Nº 003-2012-MIDIS, que crea el Programa Nacional Cuna Más y
modificatorias aprobadas mediante Decreto Supremo N° 007-2017-MIDIS, y Decreto
Supremo N° 014-2017-MIDIS.
e) Decreto Supremo Nº 003-2020-MIDIS, que aprueba la Sección Primera del Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.

1
Decreto Supremo N°003-2012-MIDIS, que crea el PNCM.

2
f) Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del
Estado, y sus modificatorias, aprobadas con Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM y
Decreto Supremo N°-064-2021-PCM
g) Decreto Supremo Nº 015-2020-MIDIS que aprueba el Modelo Operacional de carácter
Específicos

h) Resolución Ministerial N° 186-2015-


atención a la ciudadanía en las entidades de la Administración Pública .
i) Resolución Ministerial Nº 067-2021-MIDIS, que aprueba la Sección Segunda del
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.
j) Resolución Ministerial Nº 073-2021-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado del
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.
k) Resolución de Contraloría N° 320-2006-CG, que aprueba las Normas de Control Interno.
l) Resolución de Contraloría N° 146-2019-
Interno en las entidades del Estado".
m) Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 006-2018-PCM/SGP, que aprueba la
Norma Técnica Implementación de la Gestión por procesos en las entidades de la
Administración Pública .
n) Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 006-2019-PCM/SGP, que aprueba la
Norma Técnica para la Gestión de la Calidad de Servicios en el Sector Público.
o) Resolución de Secretaría General N° 010-2015-MIDIS, que define al Programa Nacional
Cuna Más, como entidad pública Tipo B del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social,
para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos.

3
TÍTULO SEGUNDO: ESTRUCTURA FUNCIONAL, FUNCIONES ESPECIFICAS Y
MECANISMOS DE INTERRELACIÓN

Capítulo II: Estructura Funcional

Artículo 6.- Para el cumplimiento de sus fines y objetivos, el Programa Nacional Cuna Más -
PNCM tiene la siguiente estructura funcional:

Unidad de Dirección

Dirección Ejecutiva

Órgano de Control

Órgano de Control Institucional

Unidades de Asesoramiento
Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización
Unidad de Asesoría Jurídica
Unidad de Integridad y Gestión de la Calidad

Unidades de Apoyo
Unidad de Administración
Unidad de Gestión del Talento Humano
Unidad de Comunicaciones
Unidad de Tecnologías de la Información

Unidades de Línea
Unidad Técnica de Atención Integral
Unidad Operativa de Atención Integral

Unidades Territoriales

Unidades Territoriales

Capítulo III: Funciones Específicas

Las funciones específicas son desarrolladas por las Unidades funcionales que conforman el
Programa Nacional Cuna Más - PNCM, las cuales se detallan a continuación:

Unidad de Dirección

Artículo 7.- Dirección Ejecutiva


La Dirección Ejecutiva es la unidad de mayor autoridad ejecutiva y administrativa del PNCM;
depende estructural y funcionalmente del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales
del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y tiene a su cargo la dirección estratégica,
conducción y supervisión de la gestión del Programa. Se encuentra a cargo de un(a)
Director(a) Ejecutivo(a), designado(a) mediante Resolución Ministerial.

Artículo 8.- Funciones de la Dirección Ejecutiva


La Dirección Ejecutiva, tiene las siguientes funciones:

4
a) Planificar, organizar, dirigir y supervisar la gestión del Programa, así como dirigir y
evaluar el cumplimiento de las políticas, estrategias, planes y objetivos institucionales,
sectoriales y multisectoriales a los que esté vinculado, en concordancia con los
lineamientos establecidos por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.
b) Ejercer la dirección, representación legal y administración general del PNCM, en
concordancia con las políticas sectoriales, los lineamientos y planes aprobados por el
Ministerio de Desarrollo e inclusión Social y las normas aplicables en la materia.
c) Dirigir la formulación y elevar al Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales del
MIDIS, propuestas de políticas y planes de acción enmarcados en los objetivos
institucionales.
d) Elevar al Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales del MIDIS, para su
evaluación y eventual aprobación, propuestas de instrumentos técnico-normativos y de
gestión del Programa, así como la modificación o derogatoria de la normatividad en el
ámbito de competencia del Programa.
e) Celebrar convenios y contratos en asuntos de su competencia
f) Emitir las Resoluciones que correspondan al ámbito de su competencia.
g) Aprobar, en el ámbito de su competencia, directivas y normativas institucionales que
resulten necesarias para el funcionamiento y operación del Programa, así como la
creación de las Unidades Territoriales, de acuerdo a las normas vigentes y lineamientos
de política que establezca el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.
h) Disponer y autorizar la apertura de cuentas bancarias del Programa, de acuerdo a la
normativa vigente sobre la materia.
i) Dirigir el proceso de gestión de proyectos con la cooperación técnica nacional e
internacional, en coordinación con la Oficina General de Cooperación Técnica
Internacional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a fin de facilitar el
cumplimiento de los objetivos del Programa
j) Generar espacios de articulación interinstitucional orientados al logro de los objetivos del
Programa, tanto con los gobiernos regionales y locales, los sectores del gobierno
nacional, como con el sector privado, en el marco de las políticas dictadas por el
Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.
k) Asegurar las medidas y acciones para la implementación del Sistema de Control Interno
y el Sistema de Gestión de Calidad y Antisoborno, en el marco de la normatividad
vigente.
l) Impulsar y supervisar la incorporación de la Gestión del Riesgo de Desastres y la
adopción de medidas en situaciones de emergencia en el Programa, según las
competencias establecidas en la normatividad vigente.
m) Adoptar las medidas previstas en la normatividad aplicable, respecto de la contratación
y la renovación de contratación del personal del Programa, así como sobre la adquisición
de bienes y servicios necesarios para la operatividad del Programa.
n) Formular y presentar al Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales del MIDIS, el
balance, los estados financieros y la Memoria Anual del Programa, para su incorporación
en los respectivos instrumentos del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.
o) Informar periódicamente al Despacho Viceministerial de Prestaciones del MIDIS sobre el
desarrollo, ejecución y resultados de los planes, proyectos y actividades del Programa;
así como a las instancias externas que correspondan, conforme a ley o directivas del
Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.
p) Delegar aquellas facultades y atribuciones que no sean inherentes a sus funciones o que
no tengan carácter indelegable según normativa vigente.
q) Cumplir y hacer cumplir la normativa de los sistemas administrativos a su cargo en
calidad de Unidad Ejecutora.

5
r) Las demás funciones que le correspondan de acuerdo a las disposiciones legales
vigentes y otras que le sean asignadas por el Despacho Viceministerial de Prestaciones
Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.

Órgano de Control

Artículo 9.- Órgano de Control Institucional

El órgano de Control Institucional es el órgano encargado de programar, ejecutar y evaluar


las actividades de control interno de la gestión administrativa y financiera del Programa, de
conformidad con la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la
Contraloría General de la República, normas reglamentarias, modificatorias y
complementarias. Se encuentra a cargo de un(a) Jefe(a), que depende administrativa y
funcionalmente de la Contraloría General de la República (CGR).

Artículo 10.- Funciones del Órgano de Control Institucional

Son funciones del Órgano de Control Institucional, las siguientes:


a) Formular, en coordinación con las unidades orgánicas competentes de la CGR, el Plan
Anual de Control, de acuerdo a las disposiciones que sobre la materia emita la CGR.
b) Formular y proponer a la entidad, el presupuesto anual del OCI para su aprobación
correspondiente.
c) Ejercer el control interno simultáneo y posterior a las disposiciones establecidas en las
Normas Generales de Control Gubernamental y demás normas emitidas por la CGR.
d) Ejecutar los servicios de control y servicios relacionados con sujeción a las normas
generales de control gubernamental y demás disposiciones emitidas por la CGR.
e) Cautelar el debido cumplimiento de las normas de control y el nivel apropiado de los
procesos y productos a cargo del OCI en todas sus etapas y de acuerdo a los estándares
establecidos por la CGR.
f) Comunicar oportunamente los resultados de los servicios de control a la CGR para su
revisión de oficio, de corresponder, luego de lo cual debe remitirlos al Titular de la Entidad
o del sector y a los órganos competentes de acuerdo a ley, conforme a las disposiciones
emitidas por la CGR.
g) Comunicar los resultados de los servicios relacionados, conforme a las disposiciones
emitidas por la CGR.
h) Actuar de oficio cuando en los actos y las operaciones de la entidad se adviertan indicios
razonables de falsificación de documentos, debiendo informar al Ministerio Público o al
Titular, según corresponda, bajo responsabilidad, para que se adopten las medidas
pertinentes, previamente a efectuar la coordinación con la unidad orgánica de la CGR
bajo cuyo ámbito se encuentra el OCI.
i) Elaborar la carpeta de control y remitirla a las Unidades orgánicas competentes de la
CGR para la comunicación de hechos evidenciados durante el desarrollo de servicios de
control posterior al Ministerio Público, conforme a las disposiciones emitidas por la CGR.
j) Orientar, recibir, derivar o atender las denuncias, otorgándoles el trámite que
corresponda, de conformidad con las disposiciones del Sistema nacional de Atención de
Denuncias o de la CGR sobre la materia.
k) Realizar el seguimiento a las acciones que las entidades dispongan para la
implementación efectiva y oportuna de las recomendaciones formuladas en los resultados
de los servicios de control, de conformidad con la disposición emitida por la CGR.
l) Apoyar a las comisiones auditoras que designe la CGR para la realización de los servicios
de control en el ámbito de la entidad en la cual se encuentra el OCI, de acuerdo a la
disponibilidad de su capacidad operativa. Asimismo, el jefe y el personal del OCI deben

6
prestar apoyo por razones operativas o de especialidad y por disposición expresa de las
unidades orgánicas de línea u órganos desconcentrados de la CGR, en otros servicios
de control y servicios relacionados fuera del ámbito de la entidad. El jefe del OCI debe
dejar constancia de tal situación para efectos de la evaluación del desempeño, toda vez
que dicho apoyo impactará en el cumplimiento de su Plan Anual de Control.
m) Cumplir diligente y oportunamente de acuerdo a la disponibilidad de su capacidad
operativa, con los encargos y requerimientos que formula la CGR.
n) Cautelar que la publicidad de los resultados de los servicios de control y servicios
relacionados se realicen de conformidad con las disposiciones emitidas por la CGR.
o) Cautelar que cualquier modificación al Cuadro de Puestos, al presupuesto asignado o al
MOP, en lo relativo al OCI, se realice de conformidad a las disposiciones de la materia y
las emitidas por la CGR.
p) Promover la capacitación, el entrenamiento profesional y desarrollo de competencias del
jefe y personal del OCI a través de la Escuela Nacional de Control o de otras instituciones
educativas superiores nacionales o extranjeras.
q) Mantener ordenados, custodiados y a disposición de la CGR durante diez (10) años, los
informes de auditoría, documentación de auditoría o papeles de trabajo, denuncias
recibidas y en general cualquier documento relativo a las funciones del OCI, luego de las
cuales quedan sujetos a las normas de archivo vigentes para el sector público.
r) Efectuar el registro y actualización oportuna, integral y real de la información en los
aplicativos informáticos de la CGR.
s) Mantener en reserva y confidencialidad la información y resultados obtenidos en el
ejercicio de sus funciones.
t) Promover y evaluar la implementación y mantenimiento del Sistema de Control interno
por parte de la entidad.
u) Presidir la Comisión Especial de Cautela en la auditoría financiera gubernamental, de
acuerdo a las disposiciones que emita la CGR.
v) Otras que establezca la CGR.

Unidades de Asesoramiento

Artículo 11.- Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización


La Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, es la unidad de asesoramiento
encargada de conducir y coordinar los procesos de los sistemas administrativos de
planeamiento estratégico, presupuesto público, modernización de la gestión pública y
programación multianual y gestión de inversiones. Tiene asimismo a su cargo, la coordinación
y monitoreo en materia de cooperación técnica, y el seguimiento y la evaluación de la gestión
del Programa.
La Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, en adelante UPPM, está a cargo
de un(a) Jefe(a) y depende jerárquicamente de la Dirección Ejecutiva.

Artículo 12.- Funciones de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización


Son funciones de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, las siguientes:
a) Asesorar a la Dirección Ejecutiva en la aplicación y articulación de las políticas, planes,
enfoques y estrategias dispuestas por la Alta Dirección del MIDIS.

b) Planear, organizar, dirigir, ejecutar y controlar, en el ámbito institucional, los procesos


técnicos de los Sistemas Administrativos de Presupuesto Público, Planeamiento
Estratégico, Modernización de la Gestión Pública, y Programación Multianual y Gestión
de Inversiones.

7
c) Evaluar y proponer el proyecto de Presupuesto Institucional Anual con una perspectiva
de programación multianual y gestionar la aprobación del Presupuesto Institucional de
Apertura (PIA).

d) Gestionar la aprobación de la Programación de Compromisos Anualizada (PCA) de la


entidad.

e) Realizar el seguimiento de la ejecución presupuestal, elaborando proyecciones de


gastos y de avance de metas financieras.

f) Realizar la conciliación semestral y anual del marco legal y la ejecución del presupuesto
de la entidad.

g) Dirigir los procesos de formulación y evaluación de los planes operativos institucionales,


en coordinación con las unidades del Programa, y en concordancia con las políticas y
prioridades sectoriales.

h) Proponer a la Dirección Ejecutiva el Plan Operativo, el Presupuesto, el Manual de


Operaciones, Directivas y otros documentos de gestión en el ámbito de competencia del
Programa.

i) Dirigir el proceso de modernización de la gestión institucional de acuerdo a las normas y


lineamientos técnicos sobre la materia.

j) Promover, asesorar y participar en la formulación de la gestión de procesos,


simplificación administrativa y demás materias comprendidas en el sistema
administrativo de modernización de la gestión pública.

k) Evaluar y emitir opinión respecto a los documentos de gestión de la entidad.


l) Coordinar y dirigir la gestión de proyectos con la cooperación técnica nacional e
internacional, en coordinación con las Unidades del Programa y según lineamientos de
la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales del MIDIS.

m) Promover, orientar y coordinar la ejecución de acciones relativas a la promoción de la


participación de entidades públicas y privadas que coadyuven al logro de los objetivos
del Programa.

n) Coordinar, conducir y supervisar el proceso de programación multianual y gestión de


inversiones del Programa, en concordancia con los lineamientos dictados por el MEF y
el MIDIS.

o) Diseñar, proponer, coordinar, conducir y supervisar el sistema de seguimiento y


evaluación de la gestión del PNCM, y el desarrollo de herramientas y mecanismos para
su ejecución, en coordinación con las Unidades del PNCM

p) Evaluar, coordinar y proponer la actualización de los criterios de focalización y


priorización de las intervenciones, en coordinación con las Unidades Técnicas del
Programa y en concordancia con las disposiciones del sector.

q) Conducir la elaboración de la Memoria Anual del Programa, en coordinación con la


Unidad de Comunicaciones y las demás unidades del PNCM.

r) Informar a la Dirección Ejecutiva respecto a los procesos de planeamiento, presupuesto,


modernización, inversión pública, cooperación, seguimiento y evaluación de la gestión
del Programa, para la toma oportuna de decisiones, y en cumplimiento a las normas
establecidas por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el Ministerio de Economía
y Finanzas, la Secretaría de Gestión Pública, y la Contraloría General de la República.

s) Elaborar y proponer la aprobación de normativa interna relacionada a las materias de su


competencia.

8
t) Proponer a la Dirección Ejecutiva, en el marco de su competencia, convenios y/o alianzas
con entidades públicas y privadas, llevando a cabo la implementación de los mismos.

u) Ejecutar las acciones relacionadas a la implementación y mantenimiento del Sistema de


Control Interno, en el marco de su competencia, y conforme a lo dispuesto por la
Contraloría General de la República.

v) Cautelar el registro oportuno y consistente de datos e información en los aplicativos


informáticos institucionales de su competencia.

w) Monitorear y controlar los procesos y/o procedimientos correspondientes a su Unidad;


así como proponer e implementar acciones de mejora continua.

x) Emitir opinión técnica en el ámbito de su competencia.

y) Otras que le correspondan conforme a ley, y demás funciones que en el marco de su


competencia le sean asignadas o delegadas por la Dirección Ejecutiva.

Artículo 13.- Unidad de Asesoría Jurídica


La Unidad de Asesoría Jurídica es la unidad de asesoramiento que tiene a su cargo la
responsabilidad de brindar la asesoría en asuntos de carácter jurídico relacionadas a las
actividades del Programa y absolver las consultas jurídicas que le sean formuladas por la
Dirección Ejecutiva y las demás Unidades del Programa.
La Unidad de Asesoría Jurídica, en adelante UAJ, está a cargo de un(a) Jefe(a) y depende
jerárquicamente de la Dirección Ejecutiva.
Artículo 14.- Funciones de la Unidad de Asesoría Jurídica:
Son funciones de la Unidad de Asesoría Jurídica, las siguientes:
a) Asesorar a la Dirección Ejecutiva y a las Unidades del PNCM en los asuntos jurídicos
vinculados a la gestión del Programa.
b) Emitir opinión y atender las consultas formuladas por la Dirección Ejecutiva y Unidades
del Programa, respecto al contenido y alcance jurídico de los dispositivos legales y
normativos relacionados con las actividades del Programa.
c) Emitir opinión y visar los proyectos de resoluciones, contratos, dispositivos de carácter
legal y convenios a ser suscritos por la Dirección Ejecutiva para el funcionamiento del
Programa.
d) Formular, proponer, evaluar y emitir opinión sobre los dispositivos legales o normas
vinculadas al Programa que sean sometidos a su consideración por la Dirección
Ejecutiva y demás Unidades del Programa.
e) Emitir opinión y formular proyectos sobre los recursos administrativos y quejas que se
resuelven en última instancia administrativa por la Dirección Ejecutiva o autoridad
delegada.
f) Analizar la legislación sectorial vigente, así como la de otros sectores, cuya aplicación
tenga incidencia en el desarrollo de las funciones del Programa.
g) Coordinar y brindar apoyo a la Procuraduría Pública del MIDIS, respecto a la defensa
jurídica e intereses institucionales del Programa, así como solicitar información sobre el
estado situacional de los procesos o procedimientos a cargo de la Procuraduría Pública.
h) Elaborar y proponer la aprobación de normativa interna relacionada a las materias de su
competencia.
i) Ejecutar las acciones relacionadas a la implementación y mantenimiento del Sistema de
Control Interno, en el marco de su competencia, y conforme a lo dispuesto por la
Contraloría General de la República.

9
j) Cautelar el registro oportuno y consistente de datos e información en los aplicativos
informáticos institucionales de su competencia.

k) Monitorear y controlar los procesos y/o procedimientos correspondientes a su Unidad;


así como proponer e implementar acciones de mejora continua.

l) Emitir opinión técnica en el ámbito de su competencia


m) Las demás funciones que en el marco de su competencia le sean asignadas o delegadas
por la Dirección Ejecutiva.

Artículo 15.- Unidad de Integridad y Gestión de la Calidad


La Unidad de Integridad y Gestión de la Calidad, es la Unidad de Asesoramiento encargada
de proponer y supervisar el cumplimiento de la Política institucional de Integridad y lucha
contra la corrupción, implementando estrategias y ejecutando acciones que promuevan la
transparencia y la ética pública.
Asimismo, tiene como responsabilidad diseñar, planificar y conducir la implementación y
mantenimiento del Sistema de Gestión de la Calidad y Antisoborno; entre otros, proponiendo
estrategias y mecanismos para la mejora continua de la gestión del Programa.

La Unidad de Integridad y Gestión de la Calidad, en adelante UIGC, está a cargo de un(a)


Jefe(a) y depende jerárquicamente de la Dirección Ejecutiva.

Artículo 16.- Funciones de la Unidad de Integridad y Gestión de la Calidad


Son funciones de la Unidad de Integridad y Gestión de la Calidad, las siguientes:

a) Planificar, diseñar, mantener y mejorar el Sistema de Gestión de Calidad y Antisoborno


del Programa, entre otros que se implementen para la mejora de los servicios y el
cumplimiento de los objetivos institucionales, de conformidad con las Normas aplicables,
los lineamientos establecidos por el MIDIS

b) Brindar asistencia técnica y orientación a los servidores del Programa, para la


implementación, mantenimiento y mejora del Sistema de Gestión de la Calidad y
Antisoborno u otros que se implementen.

c) Realizar el seguimiento a la implementación de las acciones de mejora y a la evaluación


de su eficacia, en el marco del Sistema de Gestión de la Calidad y Antisoborno del
Programa, u otros que se implementen.

d) Liderar la implementación de la gestión de riesgos en el marco del Sistema de Gestión


de la Calidad y Antisoborno del Programa, u otros que se implementen, así como realizar
el seguimiento y evaluación de los controles existentes.

e) Promover las acciones relacionadas al Plan de integridad y lucha contra la corrupción


conforme a Ley y realizar el seguimiento a su implementación.

f) Recibir y encausar las denuncias sobre presuntos actos de corrupción en el Programa.

g) Informar a la Dirección Ejecutiva sobre el desempeño del Sistema de Gestión de la


Calidad y Antisoborno del Programa, u otros que se implementen.

h) Proponer a la Dirección Ejecutiva, en el marco de su competencia, convenios y/o alianzas


con entidades públicas y privadas, llevando a cabo la implementación de los mismos.

i) Elaborar y proponer la aprobación de normativa interna relacionada a las materias de su


competencia.

10
j) Ejecutar las acciones relacionadas a la implementación y mantenimiento del Sistema de
Control Interno, en el marco de su competencia, y conforme a lo dispuesto por la
Contraloría General de la República.

k) Cautelar el registro oportuno y consistente de datos e información en los aplicativos


informáticos institucionales de su competencia.

l) Monitorear y controlar los procesos y/o procedimientos correspondientes a su Unidad;


así como proponer e implementar acciones de mejora continua.

m) Emitir opinión técnica en el ámbito de su competencia

n) Las demás funciones que en el marco de su competencia le sean asignadas o delegadas


por la Dirección Ejecutiva.

Unidades de Apoyo

Artículo 17.- Unidad de Administración


La Unidad de Administración, es la unidad de apoyo encargada de los procesos de los
Sistemas Administrativos de Abastecimiento, de Contabilidad y de Tesorería; asimismo, los
referidos a la gestión de trámite documentario, atención al ciudadano, archivo, control
patrimonial, almacén y servicios generales del Programa.
La Unidad de Administración, en adelante UA, está a cargo de un(a) Jefe(a) y depende
jerárquicamente de la Dirección Ejecutiva.

Artículo 18.- Funciones de la Unidad de Administración


Son funciones de la Unidad de Administración, las siguientes:
a) Planear, organizar, dirigir, ejecutar y controlar, en el ámbito institucional, los procesos
técnicos de los Sistemas Administrativos de Abastecimiento, Contabilidad, Tesorería, así
como los relacionados a trámite documentario, atención al ciudadano, archivo, control
patrimonial, almacén y servicios generales.

b) Conducir la elaboración y ejecución del Plan Anual de Contrataciones y sus eventuales


modificaciones, en coordinación con las Unidades del PNCM, en el marco de la Ley de
Contrataciones del Estado.

c) Conducir, organizar, dirigir y supervisar los procesos de contrataciones de bienes y


servicios, en el marco del Plan Anual de Contrataciones.

d) Participar en coordinación con la UPPM en las fases de programación y formulación del


presupuesto institucional de la entidad, así como conducir su fase de ejecución.

e) Administrar los recursos financieros en concordancia con el Plan Operativo Institucional


y el Presupuesto Institucional, así como informar oportuna y periódicamente a la
Dirección Ejecutiva y a las entidades competentes sobre la situación financiera de la
entidad.

f) Ejecutar las acciones que correspondan ante las entidades del Sistema Financiero
Nacional, para la apertura de cuentas y otros instrumentos financieros necesarios para
el funcionamiento del PNCM.

g) Conducir, supervisar y controlar la ejecución financiera en sus fases de compromiso,


devengado y girado, para una ejecución oportuna del presupuesto, previa aprobación de
la certificación presupuestaria.

h) Conducir la elaboración y presentación del Balance y los Estados Financieros, así como
de la información contable, en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes.

11
i) Administrar los registros contables de las operaciones financieras y rendición de cuentas.

j) Efectuar el control previo y concurrente de las operaciones administrativas y financieras


de la entidad, en cumplimiento de las normas del Sistema Administrativo de Control.

k) Supervisar la administración de los bienes muebles e inmuebles de la entidad, así como


del control y actualización del margesí de los mismos.

l) Proponer, gestionar, emitir y ejecutar los actos de adquisición, administración,


disposición, registro y supervisión de los bienes de la entidad.

m) Supervisar el control patrimonial y custodia de los activos y de los bienes en almacén.

n) Evaluar y proponer actividades de mantenimiento y mejora de la infraestructura física


ocupada por las Unidades del Programa.

o) Supervisar el registro de la documentación oficial y el cumplimiento a las normas vigentes


sobre la materia.

p) Gestionar la seguridad, custodia, organización y archivo de la documentación oficial y


acervo documentario, en cumplimiento de las normas legales vigentes en la materia.

q) Brindar información de acceso público, en el marco de la Ley de transparencia y acceso


a la información y en coordinación con las Unidades del PNCM

r) Conducir, implementar y supervisar las acciones de orientación y atención al ciudadano


y del Libro de Reclamaciones, en coordinación con las Unidades del Programa.

s) Dirigir y supervisar la operacionalización del Sistema Integrado de Administración


Financiera (SIAF) y del Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA) del
Programa.

t) Conducir las actividades relativas a la inclusión financiera, en el marco de las normas y


políticas en la materia.

u) Emitir actos administrativos o de administración que correspondan en el marco de las


competencias asignadas en la normatividad vigente.
v) Proponer a la Dirección Ejecutiva, en el marco de su competencia, convenios y/o alianzas
con entidades públicas y privadas, llevando a cabo la implementación de los mismos.

w) Elaborar y proponer la aprobación de normativa interna relacionada a las materias de su


competencia.
x) Ejecutar las acciones relacionadas a la implementación y mantenimiento del Sistema de
Control Interno, en el marco de su competencia, y conforme a lo dispuesto por la
Contraloría General de la República.

y) Cautelar el registro oportuno y consistente de datos e información en los aplicativos


informáticos institucionales de su competencia.

z) Monitorear y controlar los procesos y/o procedimientos correspondientes a su Unidad;


así como proponer e implementar acciones de mejora continua.

aa) Emitir opinión técnica en el ámbito de su competencia.


bb) Las demás funciones que en el marco de su competencia le sean asignadas o delegadas
por la Dirección Ejecutiva.

Artículo 19.- Unidad de Comunicaciones


La Unidad de Comunicaciones es la unidad de apoyo responsable de las actividades de
comunicación, imagen institucional y prensa del Programa y las relaciones públicas internas

12
y externas; en el marco de los lineamientos y criterios dictados por el Ministerio de Desarrollo
e Inclusión Social.
La Unidad de Comunicaciones, en adelante UC, está a cargo de un(a) Jefe(a) y depende
jerárquicamente de la Dirección Ejecutiva.

Artículo 20.- Funciones de la Unidad de Comunicaciones:


Son funciones de la Unidad de Comunicaciones, las siguientes:
a) Proponer a la Dirección Ejecutiva e implementar la estrategia y las acciones de
comunicación e imagen del Programa, en coordinación con las demás Unidades, y la
Oficina General de Comunicación Estratégica o la que haga sus veces en el MIDIS.

b) Difundir a través de los medios de comunicación los objetivos, planes, proyectos y


actividades del Programa, de acuerdo a las directivas dictadas por el MIDIS.

c) Proponer, diseñar, elaborar y difundir material informativo y de comunicación estratégica


orientada al posicionamiento y difusión del Programa, en coordinación con las unidades
del Programa y acorde a los lineamientos de la Dirección Ejecutiva y del MIDIS.

d) Coordinar, organizar y conducir la ejecución de eventos comunicacionales orientados a


la difusión de la imagen del Programa, así como el relacionamiento interinstitucional, que
oriente a la consecución de los objetivos del Programa.

e) Establecer y diseñar la línea gráfica institucional del Programa, en coordinación con la


Oficina General de Comunicación Estratégica o la que haga sus veces en el MIDIS.

f) Supervisar el adecuado uso de la imagen institucional en los materiales de difusión del


Programa.

g) Diseñar, elaborar y administrar los contenidos de las redes sociales y canales digitales
del Programa, en coordinación con las Unidades del Programa.

h) Elaborar reportes de seguimiento y análisis de la información de interés para el Programa


y para el MIDIS.

i) Reportar a la Dirección Ejecutiva situaciones de potenciales conflictos para el Programa


y el MIDIS, y desarrollar acciones comunicacionales de soporte y prevención de
conflictos.

j) Mantener actualizado el Portal de Transparencia Estándar del Programa, conforme a la


normatividad vigente, y en coordinación con la Unidad de Tecnologías de la Información,
mantener actualizado el Portal Institucional.

k) Diseñar y diagramar la Memoria Anual del Programa en coordinación con la Unidad de


Planeamiento, Presupuesto y Modernización.

l) Administrar y cautelar los archivos fotográficos y audiovisuales del Programa.

m) Proponer a la Dirección Ejecutiva, en el marco de su competencia, convenios y/o alianzas


con entidades públicas y privadas, llevando a cabo la implementación de los mismos.

n) Elaborar y proponer la aprobación de normativa interna relacionada a las materias de su


competencia

o) Ejecutar las acciones relacionadas a la implementación y mantenimiento del Sistema de


Control Interno, en el marco de su competencia, y conforme a lo dispuesto por la
Contraloría General de la República.

p) Cautelar el registro oportuno y consistente de datos e información en los aplicativos


informáticos institucionales de su competencia.

13
q) Monitorear y controlar los procesos y/o procedimientos correspondientes a su Unidad;
así como proponer e implementar acciones de mejora continua.

r) Emitir opinión técnica en el ámbito de su competencia

s) Las demás funciones que en el marco de su competencia le sean asignadas o delegadas


por la Dirección Ejecutiva.

Artículo 21.- Unidad de Tecnologías de la Información


La Unidad de Tecnologías de la Información es la unidad de apoyo, encargada de planificar,
ejecutar, monitorear y evaluar el desarrollo de las soluciones de tecnologías de información
requeridas para el cumplimiento de los objetivos del Programa, asegurando la operatividad y
sostenibilidad de la plataforma tecnológica y de comunicaciones, en el marco de las políticas
y lineamientos dictados por el sector y la Secretaría de Gobierno Digital SeGDI de la
Presidencia del Consejo de Ministros PCM.

La Unidad de Tecnologías de la Información, en adelante UTI, está a cargo de un(a) Jefe(a)


y depende jerárquicamente de la Dirección Ejecutiva.

Artículo 22.- Funciones de la Unidad de Tecnologías de Información:


Son funciones de la Unidad de Tecnologías de la Información, las siguientes:
a) Planificar y administrar los recursos de hardware y software, así como de
telecomunicaciones que requiera el Programa.

b) Planificar, desarrollar, monitorear y evaluar el desarrollo de proyectos de implementación


de soluciones de tecnologías de la información (TI) que se utilicen tanto para apoyo a las
Unidades de la entidad como para el intercambio de información interinstitucional.

c) Mantener y actualizar los sistemas y/o aplicativos informáticos desarrollados para la


operatividad de los procesos del Programa.

d) Conducir y supervisar la implementación de las acciones de Gobierno Digital de acuerdo


con los objetivos y políticas dispuestas por la Dirección Ejecutiva, en el marco de las
disposiciones nacionales y en coordinación con el MIDIS.

e) Elaborar y proponer las políticas, planes, proyectos y procedimientos de seguridad,


mantenimiento y contingencias de los servicios informáticos, en el marco de lo dispuesto
por el MIDIS y la SeGDI PCM.

f) Velar por la integridad, disponibilidad y resguardo de las Bases de datos del Programa.

g) Establecer protocolos y ejecutar en coordinación con las Unidades correspondientes la


habilitación, registro y baja de los operadores autorizados de los sistemas informáticos y
tecnológicos.

h) Supervisar el cumplimiento de normas y regulaciones de Tecnologías de Información en


el Programa; absolver consultas que sean sometidas a su consideración y determinar las
especificaciones técnicas de los requerimientos de soporte tecnológico.

i) Elaborar y mantener actualizados los manuales e instructivos de uso de los Sistemas de


Información del Programa.
j) Proponer a la Dirección Ejecutiva, en el marco de su competencia, convenios y/o alianzas
con entidades públicas y privadas, llevando a cabo la implementación de los mismos

k) Elaborar y proponer la aprobación de normativa interna relacionada a las materias de su


competencia.

14
l) Ejecutar las acciones relacionadas a la implementación y mantenimiento del Sistema de
Control Interno, en el marco de su competencia, y conforme a lo dispuesto por la
Contraloría General de la República.

m) Cautelar el registro oportuno y consistente de datos e información en los aplicativos


informáticos institucionales de su competencia.

n) Monitorear y controlar los procesos y/o procedimientos correspondientes a su Unidad;


así como proponer e implementar acciones de mejora continua.

o) Emitir opinión técnica en el ámbito de su competencia.

p) Las demás funciones que en el marco de su competencia le sean asignadas o delegadas


por la Dirección Ejecutiva.

Artículo 23.- Unidad de Gestión del Talento Humano


La Unidad de Gestión del Talento Humano es la unidad de apoyo responsable de conducir
los procesos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y supervisar la
correcta aplicación de la normatividad vigente sobre la materia.
La Unidad de Gestión del Talento Humano, en adelante UGTH, está a cargo de un(a) Jefe(a)
y depende jerárquicamente de la Dirección Ejecutiva.

Artículo 24.- Funciones de la Unidad de Gestión del Talento Humano:


Son funciones de la Unidad de Gestión del Talento Humano, las siguientes:
a) Planear, organizar, dirigir, ejecutar y controlar, en el ámbito institucional, los procesos
técnicos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos.

b) Proponer directivas y normas de aplicación en el ámbito institucional relacionadas con el


Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos.

c) Realizar el análisis de necesidades de personal, el mapeo de puestos, la dotación y


formulación del Cuadro de Puestos del Programa, en coordinación con la UPPM.

d) Desarrollar la propuesta de Manual de Perfiles de Puestos (MPP), así como la Matriz de


Valorización de Puestos y la administración del Cuadro de Puestos del Programa.

e) Conducir la incorporación (selección, vinculación, inducción y periodo de prueba) de los


servidores del Programa, así como la desvinculación del servidor, de acuerdo a la
normatividad nacional, sectorial e institucional.

f) Administrar los legajos de servidores: el registro, la actualización, conservación, custodia


y control de documentos de cada servidor, así como supervisar la presentación y
conservación de las Declaraciones Juradas de los servidores, que por norma
correspondan al Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos.

g) Llevar el control de la asistencia y permanencia de los servidores civiles en el Programa:


las vacaciones, licencias, permisos, entre otros; igualmente, coordinar y registrar los
desplazamientos de servidores (rotación, destaque, designación, encargo de funciones
y comisión de servicios), entre otros.

h) Registrar y controlar las operaciones de planillas de compensaciones, así como registrar


y mantener actualizada la información del personal en el Módulo de Recursos Humanos
del Ministerio de Economía y demás aplicativos creados para la gestión de recursos
humanos.

i) Supervisar y monitorear las labores de la Secretaría Técnica de los Órganos Instructores


del Procedimiento Administrativo Disciplinario, brindando las facilidades para su correcto
funcionamiento.

15
j) Mantener actualizado el reporte de los procesos disciplinarios, según lo establecido en
el
como mantener actualizado el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido-

k) Formular, gestionar, ejecutar y supervisar el Plan de Desarrollo de las Personas (PDP)


del Programa.

l) Programar y ejecutar las etapas de la Gestión del Rendimiento en el Programa.

m) Formular, implementar y supervisar el plan de bienestar personal del Programa y


gestionar los procesos de seguridad y salud en el trabajo y las relaciones colectivas del
trabajo.

n) Desarrollar acciones para la gestión de la cultura y el clima organizacional, incluyendo


los planes de mejora, ente otros.

o) Proponer a la Dirección Ejecutiva, en el marco de su competencia, convenios y/o alianzas


con entidades públicas y privadas, llevando a cabo la implementación de los mismos.

p) Ejecutar las acciones relacionadas a la implementación y mantenimiento del Sistema de


Control Interno, en el marco de su competencia, y conforme a lo dispuesto por la
Contraloría General de la República.

q) Cautelar el registro oportuno y consistente de datos e información en los aplicativos


informáticos institucionales de su competencia.

r) Monitorear y controlar los procesos y/o procedimientos correspondientes a su Unidad;


así como proponer e implementar acciones de mejora continua.

s) Emitir opinión técnica en el ámbito de su competencia

t) Las demás funciones que en el marco de su competencia le sean asignadas o delegadas


por la Dirección Ejecutiva.

Unidades de Línea

Artículo 25.- Unidad Técnica de Atención Integral

La Unidad Técnica de Atención Integral, es la Unidad de línea encargada de planificar,


organizar y ejecutar los procesos relacionados al diseño y la implementación de los servicios
del Programa para su funcionamiento.
La Unidad Técnica de Atención Integral, en adelante UTAI, está a cargo de un(a) Jefe(a) y
depende jerárquicamente de la Dirección Ejecutiva.

Artículo 26.- Funciones de la Unidad Técnica de Atención Integral


Son funciones de la Unidad de la Unidad Técnica de Atención Integral, las siguientes:
a) Diseñar, formular, proponer y dirigir la ejecución de planes, proyectos y estrategias
relacionadas a la implementación y funcionamiento de los servicios del Programa.
b) Proponer, ejecutar y evaluar las actividades de capacitación para el fortalecimiento de
capacidades de los equipos técnicos vinculados a los servicios del Programa.

c) Identificar las necesidades y/o la demanda de capacitación para el fortalecimiento de


capacidades de los actores comunales vinculados a los servicios del Programa; proponer
su implementación, monitorear la ejecución de las actividades y evaluar sus resultados.

16
d) Diseñar, proponer y ejecutar estrategias de promoción, incidencia e incentivos para la
mejora del modelo de cogestión comunal, evaluando sus resultados.

e) Diseñar, planificar, proponer y ejecutar acciones orientadas a brindar las condiciones


adecuadas de infraestructura para el funcionamiento del servicio de cuidado diurno, en el
marco de las normas vigentes.
f) Diseñar, planificar, proponer y ejecutar las acciones de equipamiento necesarias para el
funcionamiento de los servicios del Programa, en el marco de la normativa vigente.

g) Realizar el seguimiento de las condiciones previas al funcionamiento de los servicios,


para su adecuada implementación.

h) Asesorar y brindar asistencia técnica a las Unidades Territoriales en las estrategias de


atención integral a niñas y niños y trabajo con familias; asimismo, en los aspectos técnicos
y administrativos relacionados al funcionamiento de los servicios.

i) Participar en la evaluación de los resultados en el desarrollo infantil de los usuarios de los


servicios del Programa, en coordinación con la UPPM y UOAI, y en el marco de las
directivas nacionales y sectoriales.

j) Analizar, evaluar, proponer y ejecutar las modificaciones que sean pertinentes al diseño
de las intervenciones, sobre la base de los resultados de las acciones de seguimiento y
evaluación realizadas por la UOAI, además de estudios, investigaciones, evaluaciones y
otros relacionados.
k) Proponer adecuaciones a las intervenciones del Programa, en el marco de los enfoques
de interculturalidad, discapacidad, inclusión social y territorialidad.

l) Identificar, diseñar, proponer e implementar nuevas intervenciones, en el marco del


desarrollo infantil temprano, y bajo el sustento de evidencias.
m) Promover y orientar acciones de articulación con entidades públicas del nivel regional y
local, entidades privadas y otros actores localizados en el territorio, que sean necesarias
para el cumplimiento de los objetivos y metas del Programa.

n) Proponer a la Dirección Ejecutiva, en el marco de su competencia, convenios y/o alianzas


con los gobiernos regionales y locales, y entidades públicas y privadas, llevando a cabo
la implementación de los mismos.

o) Elaborar y proponer la aprobación de normativa interna relacionada a las materias de su


competencia.

p) Ejecutar las acciones relacionadas a la implementación y mantenimiento del Sistema de


Control Interno, en el marco de su competencia, y conforme a lo dispuesto por la
Contraloría General de la República.

q) Cautelar el registro oportuno y consistente de datos e información en los aplicativos


informáticos institucionales de su competencia.

r) Monitorear y controlar los procesos y/o procedimientos correspondientes a su Unidad;


así como proponer e implementar acciones de mejora continua.

s) Emitir opinión técnica en el ámbito de su competencia.

t) Las demás funciones que en el marco de su competencia le sean asignadas o delegadas


por la Dirección Ejecutiva.

Artículo 27.- Unidad Operativa de Atención Integral

17
La Unidad Operativa de Atención Integral, es la Unidad de línea encargada de planificar,
organizar y ejecutar los procesos relacionados al seguimiento, supervisión y evaluación a la
gestión operativa del funcionamiento de los servicios del Programa. Es responsable del
seguimiento nominal de los usuarios de los servicios, así como del seguimiento de su
desarrollo infantil.
La Unidad Operativa de Atención Integral, en adelante UOAI, está a cargo de un(a) Jefe(a) y
depende jerárquicamente de la Dirección Ejecutiva.

Artículo 28.- Funciones de la Unidad Operativa de Atención Integral


Son funciones de la Unidad Operativa de Atención Integral, las siguientes:

a) Planificar, organizar y ejecutar el seguimiento y supervisión a la gestión operativa del


funcionamiento de los servicios del Programa2.

b) Planificar, organizar y ejecutar las acciones de supervisión y seguimiento de los comités


de gestión, Consejos de Vigilancia y actores comunales involucrados en la gestión
operativa del funcionamiento de los servicios, reportando sus resultados de manera
periódica.

c) Proponer acciones de promoción y mejora del modelo de cogestión comunal y de los


actores comunales, identificadas a través de las acciones de supervisión y seguimiento a
la gestión operativa del funcionamiento de los servicios.

d) Organizar, dirigir, ejecutar el seguimiento nominal del desarrollo infantil de los usuarios
del Programa, en los aspectos cognitivo, social, físico y emocional, en el marco de las
directivas nacionales y sectoriales y a través de los instrumentos internos vigentes.

e) Planificar, organizar, dirigir, ejecutar la evaluación de la gestión operativa del


funcionamiento de los servicios del Programa, en el marco de las directivas nacionales y
sectoriales, en coordinación con la UPPM.

f) Participar en la evaluación de los resultados en el desarrollo infantil de los usuarios de los


servicios del Programa, en coordinación con la UPPM y UTAI, y en el marco de las
directivas nacionales y sectoriales.

g) Brindar asistencia técnica a los equipos técnicos de las Unidades Territoriales en los
aspectos referidos a la gestión operativa del funcionamiento de los servicios, de manera
concurrente a las acciones de seguimiento y supervisión.

h) Proponer acciones orientadas a fortalecer la atención a poblaciones diferenciadas o


atípicas, en el marco de los resultados de la supervisión y seguimiento.

i) Proponer a la Dirección Ejecutiva, en el marco de su competencia, convenios y/o alianzas


con los gobiernos regionales y locales, y entidades públicas y privadas, llevando a cabo
la implementación de las acciones de su competencia.

j) Elaborar y proponer la aprobación de normativa interna relacionada a las materias de su


competencia.

k) Ejecutar las acciones relacionadas a la implementación y mantenimiento del Sistema de


Control Interno, en el marco de su competencia, y conforme a lo dispuesto por la
Contraloría General de la República.

2
Gestión Operativa del funcionamiento de los servicios: Es el proceso mediante el cual se orienta, se previene y se corrige
los riesgos y no conformidades, asociados al funcionamiento de los servicios, que permitan cumplir los objetivos
institucionales.

18
l) Cautelar el registro oportuno y consistente de datos e información en los aplicativos
informáticos institucionales de su competencia.

m) Monitorear y controlar los procesos y/o procedimientos correspondientes a su Unidad; así


como proponer e implementar acciones de mejora continua.

n) Planificar, organizar, dirigir y ejecutar la evaluación y certificación de competencias de los


actores comunales involucrados directamente en la atención integral, en coordinación con
las entidades competentes para dicho fin.

o) Emitir opinión técnica en el ámbito de su competencia.

p) Las demás funciones que en el marco de su competencia le sean asignadas o delegadas


por la Dirección Ejecutiva.

Unidades Territoriales

Artículo 29.- Unidad Territorial

La Unidad Territorial es responsable de la ejecución de actividades orientadas a la


implementación y prestación de los servicios del Programa en su ámbito de jurisdicción; en el
marco del modelo de cogestión comunal, los criterios y mecanismos establecidos por las
Unidades de Línea y en cumplimiento de las políticas y lineamientos dictados por la Dirección
Ejecutiva.

La Unidad Territorial está a cargo de un(a) Jefe(a) y depende jerárquicamente de la Dirección


Ejecutiva. Funcionalmente, depende de la Unidad Técnica de Atención Integral.

Su creación o cierre se determina mediante Resolución de la Dirección Ejecutiva.

Artículo 30.- Funciones de la Unidad Territorial

Son funciones de la Unidad Territorial, las siguientes:

a) Organizar, ejecutar, controlar, supervisar y evaluar, en su ámbito de jurisdicción, las


actividades relacionadas a la instalación y funcionamiento de los servicios del Programa,
en coordinación con las Unidades de Línea y en concordancia con los lineamientos,
directivas, criterios e instrumentos técnico-normativos del Programa.

b) Proponer estrategias orientadas a la mejor intervención del Programa bajo los enfoques
de inclusión social, desarrollo infantil temprano y gestión territorial, en su jurisdicción.

c) Proponer, en coordinación con las Unidades de Línea, proyectos de documentos


técnicos de gestión y demás instrumentos técnicos que faciliten la ejecución de las
acciones relativas a su competencia.

d) Proponer estrategias para la promoción y el fortalecimiento de la gestión y participación


comunal, en base a las evidencias recogidas del trabajo de campo y contacto directo con
los actores comunales y las comunidades.

e) Planificar, organizar y ejecutar, en su ámbito de jurisdicción, las acciones de


acompañamiento, supervisión y seguimiento del funcionamiento de los servicios, el rol
de los Comités de Gestión y los actores comunales involucrados en la gestión de los
servicios del Programa.

f) Organizar, dirigir y supervisar la ejecución de estrategias y acciones orientadas al


fortalecimiento de prácticas para el desarrollo infantil, para su adopción por las familias

19
usuarias en el marco de los lineamientos del Programa y las disposiciones de las
Unidades de Línea del Programa.

g) Identificar y proponer las necesidades de fortalecimiento de capacidades de los


servidores de la Unidad Territorial, así como ejecutar las acciones de capacitación
dirigidas a sus Acompañantes Técnicos, evaluando sus resultados.

h) Articular, coordinar y ejecutar acciones con entidades públicas, privadas y de la sociedad


civil localizadas en el territorio, a fin de fortalecer las intervenciones y el cumplimiento de
los objetivos y metas del Programa; previa autorización de la Dirección Ejecutiva.

i) Identificar, proponer, ejecutar y reportar la demanda de capacitación en las materias de


competencia del Programa, de los actores de nivel regional y local, y otros actores
relevantes.

j) Proponer, en coordinación con las Unidades de Línea, la suscripción de convenios y/o


alianzas con los gobiernos regionales y locales, y entidades públicas y privadas, siendo
responsable de la ejecución de las acciones que se encuentren bajo su competencia
jurisdiccional.

k) Gestionar los recursos humanos bajo el ámbito de la Unidad Territorial, de acuerdo a la


normatividad vigente y lineamientos establecidos por el Programa.

l) Gestionar el acervo documentario de la Unidad Territorial.

m) Atender y realizar el seguimiento a las sugerencias, quejas, reclamos y denuncias


presentadas por usuarios o partes interesadas, así como las alertas de Comité de
Transparencia y Vigilancia Ciudadana, hasta su culminación, informando a la Dirección
Ejecutiva.

n) Difundir sus actividades en el marco de la transparencia institucional, en coordinación


con la Unidad de Comunicaciones y acorde a los lineamientos comunicacionales y
directivas establecidas por el Programa y por el MIDIS

o) Emitir a la Dirección Ejecutiva los informes técnicos y administrativos sobre el avance y


resultado de las actividades que ejecuta, de manera periódica o cuando le sea requerido.

p) Ejecutar las acciones relacionadas a la implementación y mantenimiento del Sistema de


Control Interno, en el marco de su competencia, y conforme a lo dispuesto por la
Contraloría General de la República.

q) Ejecutar las acciones relacionadas al mantenimiento y ampliación del Sistema de


Gestión de Calidad y otros que sean implementados en el Programa para mejorar la
gestión y la atención al usuario con calidad.

r) Cautelar el registro oportuno y consistente de datos e información en los aplicativos


informáticos institucionales de su competencia.

s) Monitorear y controlar los procesos y/o procedimientos correspondientes a su Unidad;


así como proponer e implementar acciones de mejora continua.

t) Las demás funciones que le encargue la Dirección Ejecutiva.

Capítulo IV: Mecanismos de interrelación interna y externa

El Programa Nacional Cuna Más ha establecido los siguientes mecanismos de interrelación


interna y externa:

20
Artículo 31.- Mecanismos de coordinación interna

La Dirección Ejecutiva del PNCM establece mecanismos de interrelación interna a efectos de


propiciar la planificación, ejecución y seguimiento adecuado de las acciones de
responsabilidad del Programa.

Las unidades de administración interna facilitan y apoyan las acciones sustantivas de las
unidades de línea; las que a su vez coordinan entre sí para generar una línea continua de
intervención en el proceso de prestación de los servicios a los usuarios.

Las coordinaciones internas se ejecutan en el marco de los procesos identificados


colectivamente en el Programa, que se encuentra en proceso de transición a una gestión por
procesos.

Artículo 32.- Mecanismo de interrelación y coordinación con los órganos del


Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social

El Programa Nacional Cuna Más, coordina sus acciones con las diferentes direcciones y
oficinas del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, según su competencia; de igual forma,
con los otros programas sociales del sector, a fin de identificar y orientar intervenciones
conjuntas o complementarias y servir mejor al ciudadano.

Artículo 33.- Mecanismo de interrelación y coordinación con entidades públicas

El Programa Nacional Cuna Más, articula y coordina con el sector salud, el sector educación,
el sector mujer y con gobiernos regionales y locales, a efectos de lograr sinergias para la
implementación y funcionamiento de los servicios de atención al menor de 36 meses de edad
y gestantes.

Artículo 34.- Mecanismo de interrelación y coordinación con entidades privadas

El Programa Nacional Cuna Más, articula y coordina con entidades privadas a efectos de
promover su participación en acciones orientadas a la mejor intervención o ampliación de los
servicios del Programa.

Artículo 35.- Mecanismo de interrelación y coordinación con organizaciones


territoriales y funcionales

El Programa Nacional Cuna Más mantiene relación con las organizaciones territoriales y
funcionales en los ámbitos de intervención. Así, establece convenios con la comunidad
organizada en Comités de Gestión, a través de lo cual implementa y pone en funcionamiento
sus servicios de Cuidado Diurno y Acompañamiento a Familias. Igualmente, a efectos de
establecer la vigilancia social sobre la utilización de los recursos y el funcionamiento de los
servicios, conforma Consejos de Vigilancia, estamento conformado por miembros de la
Comunidad en donde se asientan los servicios.

21
TITULO TERCERO: BIENES/SERVICIOS Y PROCESOS

Capítulo V: Descripción de los Bienes/Servicios

Mediante Decreto Supremo Nº 003-2012-MIDIS, se crea el Programa Nacional Cuna Más,


con el objetivo de mejorar el desarrollo infantil de niñas y niños menores de 36 meses de edad
en zonas en situación de pobreza y pobreza extrema, para superar las brechas en su
desarrollo cognitivo, social, físico y emocional.

Para el efecto, el Programa Nacional Cuna Más brinda dos (2) servicios:

a. Servicio de Cuidado Diurno:

Brinda un servicio integral a niñas y niños de entre 6 a 36 meses de edad que


requieren de atención en sus necesidades básicas de salud, nutrición, seguridad,
protección, afecto, descanso, juego, aprendizaje, y desarrollo de habilidades. Se
brinda en Centros Cuna Más de Cuidado Diurno que son cogestionados entre el
Estado y la Comunidad.

b. Servicio de Acompañamiento a Familias

Se realiza mediante visitas a hogares y sesiones grupales con madres gestantes,


niñas y niños menores de 36 meses de edad y sus familias, para mejorar los
conocimientos y prácticas de las familias para el cuidado y aprendizaje infantil.

El primero de ellos se brinda fundamentalmente -aunque no de manera excluyente-


en las zonas urbanas y peri urbanas, mientras que el segundo, prioritariamente en
las zonas rurales, debido a la dispersión de la población.

Destinatarios de los bienes y servicios:

Los destinatarios de los servicios que brinda el PNCM, según cada uno de ellos, se puede
apreciar en el cuadro siguiente:

PRODUCTO/SERVICIO USUARIOS

Atención integral a niñas/niños de 6 a 36 meses Niñas/niños menores de 36 meses de edad,


de edad. usuarias/os del Servicio de Cuidado Diurno.

Acompañamiento a familias con niñas/niños Familias con gestantes y/o niñas/niños menores
menores de 36 meses de edad y gestantes, en de 36 meses de edad, usuarias/os del Servicio
cuidado y aprendizaje infantil. de Acompañamiento a familias.

Capítulo VI: Descripción de los Procesos

Mediante Decreto Supremo N° 004-2013-PCM, se aprueba la Política Nacional de


Modernización de la Gestión Pública,

implementarse paulatinamente en todas las entidades, para que brinden a los ciudadanos
servicios de manera más eficiente y eficaz y logren resultados que los beneficien.

Posteriormente, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 006-2018-


PCM/SGP se aprueba la Norma Técnica de implementación de la gestión por procesos en las
entidades de la administración pública.

22
En ese marco, el Programa Nacional Cuna Más ha identificado de manera colectiva sus
productos, y de ellos, sus procesos misionales. Posteriormente, se identificaron también los
procesos estratégicos y los de soporte, que se presentan a continuación:

Artículo 36.- Procesos Estratégicos:

Los procesos estratégicos identificados son los siguientes:

Gestión Estratégica
Gestión de la Calidad e integridad
Gestión de Seguimiento y Evaluación
Gestión de Control Institucional

En el cuadro siguiente, se aprecia su descripción y objetivos:

Procesos Estratégicos
Código Denominación Descripción Objetivos

Proceso orientado a
Dirigir la gestión institucional a
establecer las líneas
través de actividades de
orientadoras para la gestión
planeamiento, presupuesto,
del Programa, así como
E01 Gestión estratégica modernización, cooperación e
generar la información para la
inversión pública, para lograr
toma de decisiones y
los objetivos institucionales, con
acciones correctivas
eficiencia, eficacia y calidad.
oportunas
Proceso orientado a Fortalecer el desempeño del
establecer los lineamientos y Programa a través de la
trazar las acciones necesarias implementación de un sistema
para ejecutar una gestión de Gestión de la Calidad (ISO
institucional dirigida a la 9001) que permita mejorar la
satisfacción del usuario, desde calidad de los servicios e
su perspectiva, y en un marco incrementar el nivel de
de ética, transparencia e satisfacción de los usuarios; así
Gestión de la Calidad integridad. mismo, mejorar la capacidad de
E02
e integridad prevención, detección y
tratamiento de riesgos de
corrupción, a través de los
mecanismos establecidos en la
Política Nacional de Integridad
y Lucha contra la Corrupción y
de la Norma ISO 37001
(Sistema de gestión
Antisoborno).
Proceso orientado a Realizar el seguimiento y
Implementar y ejecutar el evaluación de la gestión del
Gestión de sistema de seguimiento y Programa, a través de
Seguimiento y evaluación de la gestión del actividades que generen
E03 Programa, como herramienta
evaluación información oportuna y de
para la toma de decisiones calidad para la mejora de la
oportunas y establecer las gestión y las intervenciones del
mejoras pertinentes. Programa.

Proceso orientado a Establecer el control de las


establecer la plataforma acciones del Programa, a
preventiva de posibles riesgos través de actividades de
Gestión de Control que afecten a la entidad, por promoción, control preventivo y
E04
institucional desviaciones en el seguimiento a los compromisos
cumplimiento de la de mejora, para el cumplimiento
normatividad en la ejecución de los objetivos institucionales
de sus acciones. con racionalidad y oportunidad.

23
Artículo 37.- Procesos Misionales:

Los procesos misionales identificados son los siguientes:

Gestión del Servicio de Cuidado Diurno


Gestión del Servicio de Acompañamiento a Familias

En el cuadro siguiente, se aprecia su descripción y objetivos:

Procesos Misionales
Código Denominación Descripción Objetivos

Proceso orientado a la Brindar atención integral a


gestión de la implementación niñas y niños menores de 36
y funcionamiento del servicio meses de edad en centros
de Cuidado Diurno para niñas infantiles de atención integral
Gestión del Servicio de
M01 y niños de 6 a 36 meses de implementados en zonas
Cuidado Diurno
edad, bajo un modelo de focalizadas con el aporte
cogestión con la comunidad voluntario de la comunidad
organizada. organizada, para promover el
desarrollo infantil temprano.

Fortalecer capacidades de las


Proceso orientado a la familias con niñas y niños
gestión de la implementación menores de 36 meses de edad
y funcionamiento del servicio y gestantes en cuidado
Gestión del Servicio de de acompañamiento a saludable y aprendizaje infantil
M02 Acompañamiento a familias con niñas y niños de mediante visitas a sus hogares
Familias 6 a 36 meses de edad y y sesiones de socialización,
gestantes, bajo un modelo de con el aporte voluntario de la
cogestión con la comunidad comunidad organizada, para
organizada. promover el desarrollo infantil
temprano.

Artículo 38.- Procesos de soporte

Los procesos de soporte identificados son los siguientes:

Gestión Administrativa
Gestión de Recursos Humanos
Gestión de Tecnologías de Información
Gestión de Comunicaciones
Gestión de Asuntos Jurídicos

En el cuadro siguiente, se aprecia su descripción y objetivos

24
Procesos de Apoyo o Soporte
Código Denominación Descripción Objetivos

Proceso orientado a Dirigir la gestión administrativa


establecer el soporte logístico a través de actividades de
y financiero necesario para la logística, contabilidad,
ejecución de las acciones del tesorería, y archivo, brindando
S01 Gestión Administrativa Programa, manteniendo el el soporte para la ejecución de
registro y la documentación las actividades sustantivas del
para los reportes y usos Programa y para la atención
correspondientes. oportuna y diligente al
ciudadano.
Administrar los recursos
humanos a través de
actividades de planificación y
Proceso orientado a organización del trabajo,
establecer la ruta de reclutamiento, fortalecimiento
Gestión de Recursos actuación para reclutar, dotar de capacidades, la
S02 Humanos y mantener a recursos compensación, evaluación del
humanos competentes, rendimiento, y las relaciones
comprometidos e íntegros, al humanas y sociales, para
servicio de la entidad. contar con el recurso humano
más competente para el
Programa, en un marco de
integridad en su desempeño.

Implementar los sistemas de


Proceso orientado a brindar el información y comunicación a
apoyo a la gestión, lo que través de actividades de
comprende la implementación diseño, producción de
y mantenimiento de sistemas sistemas informáticos y el
Gestión de de información y soporte al hardware y
S03 Tecnologías de comunicación para la software, para facilitar el
Información adecuada ejecución de las funcionamiento y la gestión de
actividades y tareas la información del Programa,
institucionales. que permitan información de
calidad para la oportuna toma
de decisiones.

Conducir la gestión de las


Proceso orientado a la gestión comunicaciones a través de
de las comunicaciones del actividades internas y
Programa, tanto a nivel externas, orientadas a difundir
Gestión de
S04 interno como externo. el aporte del Programa en la
Comunicaciones
promoción del desarrollo
infantil temprano y generar una
cultura de su importancia para
el desarrollo del país.
Proceso orientado a brindar
opinión jurídica a efectos de Orientar a las Unidades del
dotar de certeza legal y Programa través de su opinión
Gestión de Asuntos jurídica a las acciones del jurídica, para que su actuación
S05
Jurídicos Programa y a los asuntos se realice en el marco de las
sometidos a consideración de normas nacionales y
la UAJ. sectoriales pertinentes.

25
Capítulo VII: Inventario de Procesos

Artículo 39.- Inventario de Procesos

La Norma Técnica de implementación de la gestión por procesos en las entidades de la


administración pública, aprobada por la Secretaría de Gestión Pública mediante Resolución
N° 006-2018-PCM/SGP, establece en su Anexo Nº 2 el modelo de matriz de inventario de
procesos. A continuación, se presenta la matriz de inventario de procesos del PNCM:

Inventario de Procesos Estratégicos:

En el cuadro siguiente, se muestran los procesos estratégicos del PNCM, identificando el


producto que generan, y el dueño del proceso:

INVENTARIO DE PROCESOS ESTRATÉGICOS

DUEÑO
NOMBRE DEL NOMBRE PROCESO PRODUCTO(S) DEL TIPO DE
N° DEL
MACROPROCESO RELACIONADO PROCESO PROCESO
PROCESO
Resoluciones de
Gestión de dirección Dirección Ejecutiva, Dirección
Estratégico
institucional Convenios y Ejecutiva
contratos.
Gestión de
POI, Informes
Planeamiento Estratégico UPPM
evaluación POI
institucional
Gestión de PIA, PIM, Certificados
Presupuesto de crédito Estratégico UPPM
GESTIÓN institucional presupuestal.
E.01
ESTRATÉGICA
Gestión de
Documentos de
modernización Estratégico UPPM
gestión actualizados.
institucional
Programación
Gestión de
Multianual de Estratégico UPPM
inversiones
Inversiones, estudios.
Convenios de
Gestión de proyectos
cooperación y Estratégico UPPM
y cooperación.
asocios.
Gestión de la calidad Plan anual de
Estratégico UIGC
GESTIÓN DE LA y antisoborno desarrollo del SGCA.
E.02 CALIDAD E
INTEGRIDAD Informes de
Gestión de la
seguimiento al Plan Estratégico UIGC
integridad
Anual de Integridad.
Gestión de Informes de
Estratégico UPPM
GESTIÓN DE seguimiento seguimiento
E.03 SEGUIMIENTO Y
EVALUACIÓN Informes de
Gestión de evaluación Estratégico UPPM
evaluación
Informes de desarrollo
Gestión de cultura
de programa de Estratégico DE
organizacional
sensibilización.
GESTIÓN DE
Plan de gestión de
E.04 CONTROL Gestión de riesgos Estratégico DE
INSTITUCIONAL riesgos actualizado

Gestión de Informes de
Estratégico DE
supervisión del SCI seguimiento

26
Inventario de Procesos Misionales:

En el cuadro siguiente, se muestran los procesos misionales del PNCM, identificando el


producto que generan, y el dueño del proceso:

INVENTARIO DE PROCESOS MISIONALES

NOMBRE DEL NOMBRE PROCESO PRODUCTO(S) DEL TIPO DE DUEÑO DEL



MACROPROCESO RELACIONADO PROCESO PROCESO PROCESO
Comité de Gestión
conformado,
Gestión Territorial para reconocido y con
Misional UTAI
los servicios convenio.
Consejo de Vigilancia
conformado.
Gestión de recursos Recursos financieros
financieros para los en cuenta bancaria del Misional UTAI
servicios. Comité de Gestión.
Gestión de Actores comunales
Fortalecimiento de capacitados para el Misional UTAI
capacidades ejercicio de su rol.
Locales del SCD con
infraestructura
acondicionada, según Misional UTAI
GESTIÓN DEL Gestión de los lineamientos del
M.01 SERVICIO DE infraestructura y servicio.
CUIDADO DIURNO equipamiento de Locales equipados para
locales para el servicio. la atención integral de
niñas y niños, según Misional UTAI
lineamientos del
servicio.
Atención de
necesidades de
Gestión de la atención
cuidado y protección,
integral a niñas y niños
salud, aprendizaje y Misional UTAI
en los Centros Cuna
alimentación a Niñas y
Más del SCD.
niños, durante el
cuidado diurno.
Gestión de
Fortalecimiento de
fortalecimiento de
prácticas de cuidado y
prácticas de cuidado y Misional UTAI
aprendizaje infantil a
aprendizaje infantil en
Cuidadores principales.
las familias.
Comité de Gestión
conformado,
Gestión Territorial para reconocido y con
Misional UTAI
los servicios convenio.
Consejo de Vigilancia
conformado.
GESTIÓN DEL
SERVICIO DE Gestión de recursos Recursos financieros
M.02
ACOMPAÑAMIENTO financieros para los en cuenta bancaria del Misional UTAI
A FAMILIAS servicios. Comité de Gestión
Fortalecimiento de
Gestión de capacidades a Actores
Fortalecimiento de comunales para el Misional UTAI
capacidades ejercicio de su rol como
voluntarios.

27
Gestión de
Fortalecimiento de
fortalecimiento de
prácticas de cuidado y
prácticas de cuidado y Misional UTAI
aprendizaje infantil a
aprendizaje infantil en
Cuidadores principales.
las familias.

Inventario de Procesos de Soporte:

En el cuadro siguiente, se muestran los procesos de soporte del PNCM, identificando el


producto que generan, y el dueño del proceso:

INVENTARIO DE PROCESOS DE SOPORTE

NOMBRE DEL NOMBRE PROCESO PRODUCTO(S) DEL TIPO DE DUEÑO DEL



MACROPROCESO RELACIONADO PROCESO PROCESO PROCESO

PAC, Contratos,
Gestión de Logística Soporte UA
Ordenes servicio.

Gestión de Tesorería Compromisos girados Soporte UA


GESTIÓN
S.01
ADMINISTRATIVA Estados financieros
Gestión de Contabilidad Soporte UA
presentados.

Gestión Documentaria, Reportes de atención al


Archivo y atención al ciudadano. Plan Anual Soporte UA
ciudadano. de gestión de Archivo.

Gestión de planificación y
Mapeo de puestos,
políticas de recursos Soporte UGTH
CPE, RIS, directivas.
humanos.

Manual perfiles puestos,


Gestión de la
matriz de valorización Soporte UGTH
organización del trabajo
de puestos.

Servidores
Gestión del empleo incorporados, servidores Soporte UGTH
con inducción.
GESTIÓN DE Planillas de pago,
S.02 RECURSOS Gestión de las
boletas de pago, Soporte UGTH
HUMANOS compensaciones
resoluciones de pago.
Gestión de la PDP, evaluación del
Soporte UGTH
capacitación PDP
Plan anual de
evaluación de
Gestión del rendimiento Soporte UGTH
servidores, plan de
mejora.
Plan anual bienestar,
Gestión de las relaciones
Plan SST, Plan de Soporte UGTH
humanas y sociales
mejora del clima laboral.

28
INVENTARIO DE PROCESOS DE SOPORTE

NOMBRE DEL NOMBRE PROCESO PRODUCTO(S) DEL TIPO DE DUEÑO DEL



MACROPROCESO RELACIONADO PROCESO PROCESO PROCESO

Gestión de Gobierno de
Plan de gobierno digital,
Tecnologías de
Proyectos de seguridad Soporte UTI
Información y seguridad
de la información.
de la información.

Acta de aceptación de
GESTIÓN DE
S.03 TECNOLOGÍAS DE Gestión de los Sistemas usuario.
Soporte UTI
INFORMACIÓN de Información Acta de conformidad de
pase a producción.

Gestión de la Equipos informáticos y


infraestructura de comunicación en
Soporte UTI
tecnológica y soporte funcionamiento y con
técnico. software actualizado.

Gestión de comunicación
Boletines institucionales Soporte UC
interna
GESTIÓN DE
S.04
COMUNICACIONES
Publicaciones con
Gestión de comunicación
contenido DIT. Soporte UC
externa
Redes sociales activas.

Gestión de
asesoramiento en Informes jurídicos Soporte UAJ
asuntos jurídicos
GESTIÓN DE Información para el
S.05 ASUNTOS Gestión de defensa trámite y atención de
JURÍDICOS jurídica en asuntos procesos judiciales,
Soporte UAJ
judiciales, arbitrales y arbitrales y/o
administrativos administrativos.

Artículo 40.- Mapa de Procesos

El Mapa de procesos nos muestra las interrelaciones entre los procesos del Programa, tal
como se aprecia a continuación:

29
Mapa de Procesos Programa Nacional Cuna Mas

30
Anexo N° 1

Organigrama del Programa Nacional Cuna Más

Ministerio de Desarrollo e
Inclusión Social

Vice Ministerio de
Prestaciones Sociales

Órgano de Control
Dirección Ejecutiva
Institucional

Unidad de Administración
Unidad de Asesoría
Jurídica

Unidad de
Comunicaciones Unidad de Planeamiento,
Presupuesto y
Modernización

Unidad de Gestión del


Talento Humano Unidad de Integridad y
Gestión
de la Calidad

Unidad de Tecnologías de
Información

Unidad Técnica de Unidad Operativa de


Atención Integral Atención Integral

Unidades Territoriales

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