DEMANDA
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DEMANDA
HECHOS
I. Que previa calificación del título en que fundo mi derecho el cual acompaño y que trae
aparejada la obligación de pagar la cantidad de dinero liquida, exigible y de plazo
vencido, se despache mandamiento de ejecución ordenando se notifique la presente
ejecución de la señora Juana Federica Gallardo Rodas.
II. Señalándose audiencia para el día y hora del remate de la finca hipotecaria escrita
en el Segundo Registro de la Propiedad con número setecientos cinco (705), folio
noventa y seis (96), del libro setenta E (70 E), del departamento de Quetzaltenango,
consistente en un terreno que se encuentra ubicado en el cantón Llano de la Cruz de
esta ciudad.
III. Tomándose como base a mi elección el monto del capital que asciende a la cantidad
de VEINTICINCO MIL QUETZALES, más los intereses devengados
IV. se ordene la publicación de los edictos de ley en el Diario Oficial y otro de mayor
circulación en el país y además se anuncie la venta por edictos fijados en los estrados
del tribunal y en los lugares que corresponda.
FUNDAMENTO DE DERECHO
Citando como fundamento de derecho de apoyo a mi solicitud los artículos 822, 824,
830, 841, 846, 850 y 858 del Código Civil. 294, 295, 298, 313 y 315 del Código Procesal
Civil y Mercantil.
PETICIÓN:
C. Que se tenga como mi abogado director y procurador al auxiliante y como lugar para
recibir notificaciones el antes señalado.
E. 1. Que previa certificación del título en que fundó mi derecho el cual acompaño y que
trae la obligación de pagar cantidad de dinero liquida, exigible y del plazo vencido, se
despache mandamiento de ejecución ordenando se notifique la presente ejecución a la
señora Juana Federica Gallardo Rodas.. 2. Señalándose audiencia para el día y hora
del remate de la finca hipotecada inscrita en el Segundo Registro de la Propiedad
descrita en esta demanda. 3. Tomándose como base a mi elección el monto del capital
e intereses adeudado.
F. Se ordene la publicación de los edictos que la ley indica en al diario Oficial y otro de
mayor Circulación.
F._______________________
Abogado y Notario.