Government">
Acuerdo Provisional de Terminacion Anticipada de Proceso
Acuerdo Provisional de Terminacion Anticipada de Proceso
Acuerdo Provisional de Terminacion Anticipada de Proceso
PROCESO
En Tacna, siendo las doce de la mañana del día veintiséis de julio de julio
del dos mil diez, en la oficina del Cuarto Despacho de Decisión Temprana
de la Fiscalía Provincial Corporativa de Tacna, la Fiscal Provincial Dra.
Virginia Lourdes Salas Mendoza, el imputado Thomas Alexssander Paco
Villalobos, con D.N.I. 41827065, domicilio real en Calle La Mar, N° 829,
Leoncio Prado, telefono de contacto 952-924260, asesorado por su
abogado Dra. Nelly Fernández Jilaja con ICAT N° 235, con domicilio
procesal en calle Zela 210 cercado, se llegó al siguiente acuerdo
provisional, conforme a lo dispuesto en los artículos 468 y 471 del Código
Procesal Penal vigente en este Distrito Judicial:
I. PARTES PROCESALES.-
IMPUTADO: THOMAS ALEXSSANDER PACO VILLALOBOS, de
30 años de edad, natural de Candarave, Tacna, nacido el 03 de Julio del
1980, hijo de Tomas y Petronila, estado civil soltero, con grado de
instrucción secundaria y con domicilio en Calle La Mar, N° 829,
Leoncio Prado.
II. DELITO Y TIPIFICACION:
DELITO CONTRA LOS DERECHOS INTELECTUALES EN LA
MODALIDAD DE DELITOS CONTRA LOS DERECHOS DE AUTOR
EN SU MODO DE REPRODUCCION, DIFUSION, DISTRIBUCION Y
CIRCULACION DE LA OBRA SIN AUTORIZACION DE SU AUTOR Y
DELITO ADUANERO EN LA MODALIDAD DE RECEPTACION
ADUANERA.
III. AGRAVIADO.-
ESTADO PERUANO REPRESENTADO POR LA INTENDENCIA
DE ADUANAS.
APDAYC.
IV. HECHOS.
Que con fecha 09 de junio del 2010 a las 19:55 horas personal de la
DEPOLFIS en circunstancias que realizaba patrullaje por la avenida
200 millas a la altura del Colegio Cristo Rey divisó un vehículo de
servicio de taxi, marca Toyota, modelo probox de placa rodaje TK-
4125 en cuyo interior viajaba una persona de sexo masculino,
transportando varios bultos, procediéndose al traslado de dicha
mercadería al vehículo policial y su conducción a las instalaciones de
la DEPOLFIS para su apertura y conteo, siendo que al momento de la
intervención se solicitó al intervenido sus documentos respondiendo al
nombre de Thomas Alexssander Paco Villlalobos, el mismo que en esos
instantes se dio a la fuga con rumbo desconocido. Es el caso que al ser
sometido a revisión la parte posterior de la unidad móvil se hallaron
varios bultos y cajas de regular tamaño conteniendo soportes de discos
compactos carentes de documentación de sustento y amparo legal;
asimismo mediante Oficio Nro. 1004-2010-SUNAT/3G000 el Intendente
de Aduana de Tacna remite los resultados del aforo, avalúo y
liquidación de la mercancía ascendente a S/ 9540.23 nuevos soles, por
tanto los hechos investigados se subsumirían en el delito de
Receptación Aduanera previsto en el Art. 6 de la Ley de los Delitos
Aduaneros - 28008, por cuanto los bienes se encontraban en poder del
imputado y eran destinados para su posterior comercialización,
asimismo los hechos se encontrarían enmarcados como presunto delito
contra los Derechos de Autor en la modalidad de Reproducción,
difusión, distribución de la obra sin la autorización del autor.