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Intro Derecho Del Trabajo

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INTRODUCCIÓN AL DERECHO DEL

TRABAJO

1.1. Definición de derecho laboral y justicia social


DERECHO LABORAL

 Es el conjunto de normas jurídicas que


regulan las relaciones obrero-patronal,
individual y colectivo, que tienen por
objeto conseguir el equilibrio y la justicia
social en las relaciones de trabajo.

Autor: Gómez Aranda


JUSTICIA SOCIAL
 La justicia social es un principio fundamental para la
convivencia pacífica y próspera, dentro los países y
entre ellos. Defendemos los principios de justicia
social cuando promovemos la igualdad de género, o
los derechos de los pueblos indígenas y los
migrantes. Promovemos la justicia social cuando
eliminamos las barreras que enfrentan las
personas debido al género, la edad, la raza, la
etnia, la religión, la cultura o la discapacidad.

Fuente: OIT
…“Entendiéndose como justicia social la
que se realiza a través del derecho
tendente a la protección al trabajador en
su doble aspecto: como uno de los
factores primordiales en el esfuerzo
productivo y como persona humana, esto
es, como dignificación de los valores
humanos”.
Fuente: Jurisprudencia
registro: 168099
JUSTICIA SOCIAL

https://drive.google.com/file/d/1QyOSDcSaMCkwZn6me-
mnOd9OcemRTRWg/view?usp=sharing
1.2 Fundamentos y bases
constitucionales del derecho del
trabajo en México.

1.2.1 Análisis del artículo 123 constitucional y sus


apartados
Cuadro comparativo del artículo 123
constitucional y sus apartados

ART. 123 APARTADO A APARTADO B

Las relaciones de trabajo de los obreros, Las relaciones de los Poderes de la Unión
jornaleros, empleados domésticos, artesanos y (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) y sus
REGULA de una manera general; incluso a instituciones de trabajadores.
educación superior a las que la ley otorgue
autonomía.
Ley Federal del Trabajo.  Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del
Estado, Reglamentaria del Apartado B del
LEY
Artículo 123 Constitucional.
REGLAMENTARIA
 Ley Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del
apartado B, del artículo 123 de la constitución.
 Tribunales laborales del Poder Judicial de la  Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.
Federación y de los Poderes Judiciales de las  Consejo de la Judicatura Federal.
AUTORIDADES QUE
entidades federativas.  Suprema Corte de Justicia de la Nación
RESUELVEN
 Centros de Conciliaciones en el orden local.
CONTROVERSIAS
 Centro Federal de Conciliación y Registro
Laboral, ámbito federal.
 A los militares;
 Marinos;
 Personal del servicio exterior;
EXCLUYE
 Agentes del Ministerio Público;
 Peritos, y
 Miembros de las instituciones policiales.
1.2.2 Facultad para legislar en materia de trabajo

CONCEPTOS
Facultades del Congreso de la Facultades de los Congresos de los
Unión (Ámbito Federal) Estados (Ámbito local)
 Artículo 73. El Congreso tiene facultad: Para legislar en  Artículo 115, fracción VIII: (…) Las relaciones de
toda la República sobre hidrocarburos, minería, trabajo entre los municipios y sus trabajadores, se
sustancias químicas, explosivos, pirotecnia, industria regirán por las leyes que expidan las legislaturas de los
cinematográfica, comercio, juegos con apuestas y Estados con base en lo dispuesto en el Artículo 123 de
FUNDAMENTA sorteos, intermediación y servicios financieros, energía esta Constitución, y sus disposiciones reglamentarias.
CIÓN eléctrica y nuclear y para expedir las leyes del trabajo  Artículo 116, fracción VI: Las relaciones de trabajo
reglamentarias del artículo 123. entre los Estados y sus trabajadores, se regirán por
 Artículo 123.(…) El Congreso de la Unión, sin las leyes que expidan las legislaturas de los Estados
contravenir a las bases siguientes deberá expedir leyes con base en lo dispuesto por el Artículo 123 de esta
sobre el trabajo… Constitución y sus disposiciones reglamentarias.

 Ley Federal del Trabajo.  Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes,
LEYES  Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Municipios e Instituciones Descentralizadas del Estado
Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 de Campeche; y
REGLAMENTA
Constitucional.  La Ley de los Trabajadores al Servicio del Gobierno del
RIAS  Ley Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del apartado Estado de Campeche
B, del artículo 123 de la constitución.
 Presidente de la República;  Gobernador del Estado;
 A los Senadores, y a los Diputados del Congreso de la  Diputados del Congreso del Estado;
Unión;  A los Ayuntamientos en asuntos de Ramo Municipal;
QUIENES  A las Legislaturas de los Estados y de la Ciudad de  Al Tribunal Superior de Justicia, en material de su
PUEDEN México; y competencia;
 A los ciudadanos en un número equivalente, por lo  A los órganos públicos autónomos, exclusivamente en
PRESENTAR
menos, al cero punto trece por ciento de la lista nominal material de su competencia;
INICIATIVAS de electores, en los términos que señale la Ley.  A los ciudadanos en un número equivalente, por lo
DE LEY menos, al cero punto trece por ciento de la lista
nominal de electores, en los términos que señalen las
leyes.
1.2.3 De los Derechos Humanos y sus Garantías
en Materia de Trabajo

 Artículo 2º, apartado B, fracción VIII, consagra la


obligación que tiene el Estado para proteger a los
migrantes de los pueblos indigenas, mediante
acciones que garanticen sus derechos laborales.
 Artículo 3º, fracción VII, estipula el régimen laboral
para las relaciones entre las universidades y demás
instituciones de educación superior a las que la ley
otorgue autonomía en relación con su personal
académico como administrativo.
De los Derechos Humanos y sus Garantías en
Materia de Trabajo.

 Artículo 5°, consagra el derecho a dedicarse a la


profesión, industria, comercio o trabajo que le
acomode a cada quien siendo lícito.
 Artículo 32, instituye el derecho preferente de los
mexicanos, en igualdad de circunstancias, respecto
de los extranjeros, para el desempeño de empleos,
cargos o comisiones del gobierno en que no sea
indispensable la calidad de ciudadano y que exige
nacionalidad mexicana por nacimiento, para
determinadas profesiones y actividades.
1.3 Naturaleza del derecho del trabajo

 Por “naturaleza” entendemos el origen de


las cosas, su principio, proceso y fin; la
esencia de cada cosa.
 La naturaleza del derecho mexicano del
trabajo surge del artículo 123
Constitucional.
 Al tratar de precisar la naturaleza jurídica
del derecho del trabajo, los autores no
coinciden.
 Entonces podemos afirmar que el
Derecho del Trabajo, no obstante que
constituye una unidad jurídica,
comprende normas de derecho privado
y normas de derecho público. Pero
todas estas normas tienen en particular
que son de orden público.
 Algunos autores han considerado que el
Derecho del Trabajo es un Derecho sui
generis, a saber, que no es derecho
privado ni derecho público, sino que
forma una tercera categoría que se ha
venido integrando, lo que se denomina
derecho social.
Ramas del
Derecho

Derecho Derecho Derecho


Público Privado Social

Derecho
del Trabajo
Características del Derecho del
Trabajo
Es un derecho de las clases trabajadoras

 Sus contenidos rompen con la


igualdad formal proclamada por los
principios generales del derecho, y
estatuyen una desigualdad legal en
beneficio de los trabajadores, no
pudiendo ser de otra manera, pues
son resultado de las luchas obreras.
Es un derecho caracterizado por su fuerza expansiva y en
continua formación

 El Derecho del Trabajo ha ampliado


gradualmente su ámbito subjetivo de
aplicación, y dicha ampliación continuará hasta
que regule todos los supuesto en que una
persona entra en relación con otra a fin de
prestar su trabajo, dado que la misión del
Derecho del Trabajo es, precisamente,
garantiza la dignidad de todo hombre que
trabaja.
Es un derecho unitario

 En todas sus partes, el Derecho del Trabajo


procede de las necesidades materiales e
intelectuales de la clase trabajadora y
pretende lograr la justicia social y, en
consecuencia, la existencia digna de la
persona humana que vive de su trabajo. Lo
anterior se expresa en los artículos 2o y 3o
de la Ley Federal del Trabajo.
El Derecho del Trabajo establece garantías
mínimas en beneficio de los trabajadores

 Múltiples normas laborales se caracterizan por


enunciar límites mínimos, en beneficio de los
trabajadores, o límites máximos en perjuicio de los
patrones —en beneficio también de los
trabajadores—, entendiendo por esto que las
garantías laborales consagradas en el artículo 123
constitucional, así como las contenidas en la Ley
Federal del Trabajo, son el punto de partida;
pudiendo ser susceptibles de ser mejoradas en los
contratos individuales y colectivos de trabajo. Tal y
como se lee en el artículo 56 de la LFT.
Es protector de los trabajadores

 El Derecho del Trabajo protege al trabajador en


tanto que es la parte más débil en la relación
entre capital y trabajo; es decir, en tanto que la
igualdad legal de las partes genera en la
relación obrero-patronal, desigual por
definición, situaciones de injusticia y, en
consecuencia, el Derecho del Trabajo tiende a
proteger más al trabajador para igualar, ante el
derecho, a los desiguales en la realidad.
Es un derecho imperativo

 Desde siempre, el Derecho del


Trabajo se ha presentado como una
pretensión de imperatividad
absoluta. En función de esto, la Ley
Federal del Trabajo establece en el
artículo 5o.: "Las disposiciones de
esta Ley son de orden público...".
1.5 Fuentes del derecho del trabajo
 Al hablar de fuentes del Derecho
laboral se refiere al origen de esta
materia, en este caso, el artículo 17
de la Ley Federal del Trabajo, señala
lo siguiente…
 La legislación: La Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, es el ordenamiento normativo superior
de cualquier ley laboral, en sus artículos 3, 5, 32, 73 fracción
X, 115 fracción VIII, 116 fracción V y 123; Tratados
Internacionales; La Ley Federal del Trabajo así como sus
Reglamentos.

 La Analogía: Que es un principio de interpretación del


derecho. No puede ser otra que la semejanza que debe
existir entre el caso previsto y el no previsto, y nunca la
diferencia radical entre ambos, ya que las lagunas de la ley
deben ser colmadas con el fundamento preciso de que
donde hay la misma razón legal debe existir igual
disposición de derecho.
 Los principios generales que deriven de dichos
ordenamientos: De acuerdo a Néstor de Buen, “esta división
tripartita (arts. 17 de la LFT, 14 y 123 de la Constitución) resulta
innecesaria y hasta redundante, pues las tres categorías
válidamente se pueden reunir en una sola: los principios generales
del Derecho.

 Los Principios Generales del Derecho: Son ideas y verdades


jurídicas que sirven como orientación a un sistema legal, que han
prevalecido a través del tiempo y genera la norma jurídica, un
ejemplo es el nacimiento de la justicia social que debiera tener
cada trabajador, misma que se usó de antecedente para generar el
artículo 123 Constitucional, al buscar la protección, tutela y
mejoramiento de las condiciones económicas de los trabajadores y
reivindicación de sus derechos.
 Los principios generales de justicia social: Que derivan
del artículo 123 Constitucional. Entendiéndose como justicia
social la que se realiza a través del derecho tendente a la
protección al trabajador en su doble aspecto: como uno de
los factores primordiales en el esfuerzo productivo y como
persona humana, esto es, como dignificación de los valores
humanos.

 La Jurisprudencia: Es la interpretación de las leyes que


emiten el Poder Judicial de la Federación de carácter
obligatoria. La jurisprudencia se forma por reiteración de
criterios, por contradicción de tesis y por sustitución.
 La costumbre: Siempre que no exista una obligación legal que regule el
hecho sobre el que pretende que actúe. Es necesario que se trate
efectivamente de una práctica ininterrumpida por largo tiempo, y que haya
perdurado con la aquiescencia del patrón y trabajadores por ser ventajosa
para las dos partes. Es necesario que se considere este comportamiento
como jurídicamente obligatorio.

 La Equidad: Es la aplicación de la justicia al caso concreto, significa


garantizar derechos mínimos a los trabajadores y su
irrenunciabilidad. Esto quiere decir que el patrón no podrá argumentar
en ningún caso que el trabajador aceptó voluntariamente una percepción
inferior al salario mínimo sin causa alguna. Lo anterior implica el equilibrio
entre la fuerza laboral y el poder económico del patrón, de conformidad
con el artículo 2do. de la Ley Federal del Trabajo.
 Asimismo, en materia laboral se encuentran
fuentes especiales, como:

A. El contrato colectivo de trabajo (art. 386 LFT)


B. El contrato-ley (art. 404 LFT)
C.El reglamento interior de trabajo (art. 422 LFT).
D.Las resoluciones dictadas en los conflictos
colectivos de naturaleza económica (art. 919
LFT).

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