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La Prueba

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1.

CAPTIULO V
LA PRUEBA
ARTICULO DESCRIPCION TIEMPOS EFECTOS
123 apertura a prueba ordinario 30 dias, la prorroga se tramita por incidente
extraordinario 10
mas, se solicita la
prorroga 3 dias
antes de la
conclusión del
término ordinario
124 termino extraordinario de 120 días cuando las pruebas estuvieran fuera de la
prueba republica

125 curso de los términos el termino el termino de prueba se vence cuando sea
extraordinario practicado
correrá juntamente
con el ordinario
126 carga de la prueba las partes tienen quien pretende algo debe probar los hechos
carga de la prueba constitutivos, quien contradice la pretensión
ha de probar los hechos extintivos.

127 apreciación de la prueba se aplica las reglas desecharan las pruebas que no se ajusten a
de la sana critica los puntos de hecho de la demanda y la
contestación.

128 medios de prueba declaración de las


partes, declaración
de testigos,
dictamen de
expertos,
reconocimiento
judicial,
documentos,
medios científicos
de prueba y
presunciones.

129 practica de la prueba las pruebas se para la diligencia se señalará dia y hora en
recibirán con que deben practicarse, y se citara a la parte
citación de la parte contraria dos dias antes.
contraria (sin este
requisito no se
tomaran en cuenta)

2. DECLARACION DE
LAS PARTES
130 obligación a declarar todo litigante esta debe hacerse antes juez competente
obligado a declarar,
en primera instancia
hasta el día anterior
a la vista en segunda
131 citación 2 dias antes del El que haya de absolver posiciones será
señalado para la citado
diligencia
132 absolvente Las partes están obligadas a absolver
personalmente las posiciones
133 posiciones Versaran sobre hechos personales del
absolvente y sobre el conocimiento de
hecho, expresadas con claridad y precisión y
en sentido afirmativo.
Versar sobre un solo hecho.
134 Practica de la diligencia. El obligado a declarar será juramentado.
El juez abrirá la plica y calificará las
preguntas.
Si fueran varios, la diligencia se practicará
separadamente.
135 Forma de las respuestas Las contestaciones serán afirmativas o
negativas.
Si se niega a declarar el juez lo tendrá por
confeso.
El abogado que de indicaciones de cualquier
clase a absolvente será expulsado.
136 Preguntas adicionales La parte que promovió la prueba puede
presentar otras preguntas.

137 documentación De las declaraciones se levantara acta.


El acta será firmada en su final y al margen
de las hojas anteriores.
138 Incomparecencia por Se debe justificar En caso de enfermedad legalmente
enfermedad dos horas antes de comprobada, el tribunal se trasladará al
la hora de la domicilio para efectuar la diligencia.
diligencia Caso contrario se le declarara confeso.
139 Valor probatorio La confesión produce plena prueba.
El declarado confeso puede rendir prueba en
contrario.
La confesión extrajudicial solo se tiene como
principio de prueba.
140 Terminación del proceso de La confesión legítimamente hecha termina
confesión el proceso y el juez dictara sentencia sin más
tramite.
141 Confesión de posiciones Cuando no se haga al absolver posiciones,
sin en la demanda o en otro estado del
proceso, la parte interesada podrá pedir
rectificación.
Hecha esta la confesión quedara perfecta.
3. DECLARACION DE
TESTIGOS
142 Obligación de declarar Las partes pueden probar sus proposiciones
por medio de testigos.
Los que tengan conocimiento de hechos de
las partes deben probar están obligados a
declarar como testigos.

143 Aptitud para ser testigos Cualquier persona que haya cumplido 16
años
144 Testigos inhábiles Parientes consanguíneos o afines de las
partes, el cónyuge, aunque este separado.
Se puede recibir la declaración si es
propuesta por ambas partes.
145 interrogatorio La parte que proponga la prueba
testimonial, presentara las preguntas claras
y precisas.
Las preguntas deben referirse a un hecho
simple.
146 Señalamiento de audiencia Debe notificarse El juez señalara día y hora para la práctica de
con 3 días de la diligencia.
anticipación Se verifica la presencia de las partes y sus
abogados
147 Incomparecencia de Si no se presenta los testigos, el juez
testigos practicara la diligencia con los que
concurran.
Ya no se recibirán las declaraciones de los
ausentes.
Si la parte interesada lo pidiere el juez
señalara nuevo día y hora para recibir las
declaraciones.
149 Practica de la diligencia. Los testigos declararan bajo juramento.

150 consultas No se permitirá al testigo leer ningún papel


o escrito. Salvo libros, cuentas o papeles.
151 repreguntas Las repreguntas deben versar sobre
los hechos relatados.
El juez calificará la procedencia de las
repreguntas
152 careo Cuando las declaraciones sen
contradictorias
153 Declaración de Si es necesario tomar la declaración de un
diplomáticos diplomático, el juez se dirigirá al ministro de
relaciones exteriores y este se comunicara al
diplomático extranjero para que se
presente.
Excepto el cuerpo consular, estos deben
hacerlo como cualquiera.
154 Declaración de informe Se exceptúa la obligación de comparecer
para prestar declaración, el presidentes de
los órganos del estado, ministros y
viceministros, secretarios y subsecretarios
de gobierno, magistrados y jueces.
Si estiman que su declaración es necesaria lo
pueden hacer bajo protesta y por informe.
155 Declaración fuera del Si algún testigo esta imposibilitado para
tribunal comparecer, será examinado donde se
encuentre.
156 Declaración ante juez Si el testigo no reside en el lugar del proceso,
comisionado será examinado por el juez que corresponda,
mediante exhorto, despacho o suplicatorio.
157 Perjurio Si las declaraciones ofrecen indicios graves
de perjurio el juez ordenara que se certifique
lo conducente para remitirlo al tribunal
correspondiente.
159 Habilitación en tiempo Si no se termina la diligencia que se debía
realizar, se tendrá por habilitado todo el
tiempo que sea necesario.
160 Nulidad de las Si no se observan las prescripciones de esta
declaraciones secion , no tendrá ningún valor
161 Fuerza probatoria Los jueces y tribunales apreciaran según las
reglas de la sana critiva
162 Tachas Las partes podrán alegar y probar acerca de
la idoneidad de los testigos, en el mismo
termino de prueba, según la sana critica
4. DICTAMEN DE
EXPERTOS
164 Proposición de la prueba El juez oirá por días La parte a quien interese rendir prueba de
a la otra parte, expertos, expresara su solicitud con claridad
agregando o y precisión sobre los puntos en que debe
impugnando los versare.
propuestos
165 Designación de los Cada parte designara un experto y el juez un
expertos tercero para el caso de discordia, a menos
que se pongan de acuerdo para el
nombramiento de uno solo.
La designación debe hacerse al proponer la
prueba y al contestar la audiencia.
Caso contrario el juez lo hará de oficio
166 Aceptación y recusación de Dentro de los 5 dias Los expertos aceptaran personalmente el
los expertos de notificados cargo.
Si no comparecieren o no aceptaren en el
tiempo señalado la parte interesada deberá
una sola vez proponer nuevo experto en el
término que se fije

Los interesados solo podrán recusar a los


Dentro de 48 horas expertos que hubieren designado por causas
de notificado el posteriores al nombramiento
nombramiento
167 Auto de recepción de la Llenados los requisitos el juez dictara
prueba resolución.
Confirmación del nombramiento
Fijación de los puntos sobre los que versara.
Determinación del plazo para que rindan
dictamen.
168 Vencimiento de plazo Si vence el plazo y los expertos no presentan
dictamen y no soliciten nuevo plazo, el juez
declarara caducado el encargo.
169 Entrega del dictamen Entregaran su dictamen por escrito con
legalización de firmas o ratificarlo ante el
tribunal.
Los que estén conformes extenderán su
dictamen en una sola declaración, caso
contrario lo harán separadamente.
El juez solicitara de oficio o a petición de
parte las aclaraciones pertinentes sobre el
dictamen
170 Valor probatorio El dictamen, no obliga al juez quien debe
formar su convicción teniendo presentes los
hechos.
171 Honorarios de los expertos Serán pagados por las partes que los nombro
y en cuyo nombre los nombro el juez.
5. RECONOCIMIENTO
JUDICIAL
172 Oportunidad de la prueba En cualquier El juez de oficio o a petición de parte podrá
momento del practicar el reconocimiento judicial.
proceso hasta antes También lo podrá hacer en diligencia para
de la vista mejor fallar.
173 Objeto del reconocimiento Pueden ser las personas, lugares y cosas que
interesen al proceso.
El juez señalara con El juez dispondrá la forma en que debe ser
3 dias de cumplido
anticipación, el dia y
hora en que se ha de
practicar y
procurara su
eficiencia
174 Asistentes a la diligencia Las partes y sus abogados podrán concurrir
a la diligencia de reconocimiento.
El juez y las partes con sus peritos de
confianza.
175 Resistencia de las partes Si fuera menester la colaboración de una de
las partes y se negare, el juez la apercibirá
para que la preste.
176 Acta Se levantara acta del resultado de la
diligencia.
6. PRUEBA DE
DOCUMENTOS
177 Presentación de Se presentarán en original, copia fotográfica,
documentos fotostática o fotocopia o mediante cualquier
método similar.
Los documentos expedidos por notario se
pueden presentar en fotocopia simple
legalizada, a menos que la ley exija un
testimonio.
Será original si el juez o el adversario lo
solicitan
178 Documentos admisibles Toda clase de documentos, fotografías,
fotostáticas, fotocopias, radiografías,
mapas, diagramas, clacos y otros similares.
No se admitirán cartas dirigidas a terceros,
salvo en proceso de contra el estado, las
municipalidades o entidades autónomas o
semiautónomas.
179 Cotejo con los originales El cualquier El juez de oficio o a solicitud de parte,
momento del disponer el coterjo de una copia con el
proceso original.
180 Documentos incompletos No hacen fe los documentos, rotos,
cancelados quemados o raspados en su
parte sustancial.

181 Documentos en poder de Las partes deberán solicitar al juez que


terceros intime a los mismo a efecto de que
entreguen las piezas originales, una copia
fotográfica, fotostática, fotocopia o
transcripción autorizada por notario o el
peticionario.
182 Documentos en poder del La parte que deba servirse de un documento
adversario y se halle en poder de su adversario deberá
presentar copia del mismo o cuando menos
conozca su contenido.
También deberá probar que el adversario lo
tiene
El juez dispondrá que se prevenga a la parte
contraria para que las entregue.
183 Informes De oficio o a solicitud de parte el juez puede
pedir a cualquier oficina publica o a un banco
documentos que sea necesario incorporar al
proceso.
184 Reconocimiento de La parte que desee aportar un documento
documentos privado en los casos que la ley establece
puede pedir que su reconocimiento por el
autor o sus sucesores.
También lo puede hacer un apoderado
especial
185 Diligencia de Será citado a mas Para la diligencia, bajo apercibimiento de
reconocimiento tardar dos días que si deja de comparecer sin justa causa se
antes del señalado tendrá el documento por reconocido.
186 Autenticidad de los
documentos
187 Impugnación de los
documentos
188 Cotejo de letras
189 Libros de contabilidad y
comercio
190 Documentos otorgados en
el extranjero
7. MEDIOS
CIENTIFICOS DE
PRUEBA
191 Reproducciones y expertos
192 Aporte de medios
científicos
193 Apreciación y gastos
8. PRESUNCIONES
194 Presunciones legales
195 Presunciones humanas

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