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Derechos Laborales Individuales Tema 4

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EJERCICIO DERECHOS FUNDAMENTALES EN EL TRABAJO

PRESENTADO POR

LISETH YENITHZA GONZALES BEDOYA

JHEIMMY YANETH JAIMES CELY

LUCELLY CAMARGO

MARÍA CATALINA PIÑEROS RAMOS

LUS YULIANA BAUTISTA LÓPEZ

PRESENTADO A:

HELDER GIOVANNI PORRAS MOJICA

TECNOLOGO EN CONTABILIDAD Y FINANZAS

TRANSVERSAL DE ETICA Y MORAL

CENTRO AGROINDUSTRIAL Y FORTALECIMIENTO EMPRESARIAL DEL


CASANARE

2020
Contenido
Derechos Laborales Individuales tema 4................................................................................3
¿Cuáles son los elementos que dan origen a un contrato de trabajo?............................3
¿Cree usted que es posible pactar con su jefe el pago total de su salario en especie
(con mercancías) y no en dinero? Explique su respuesta...................................................4
¿Su jefe le puede cambiar las condiciones de su contrato de trabajo después de
firmado? Explique su respuesta...............................................................................................4
Para que sean reconocidos mis derechos laborales ¿debo tener siempre un contrato
de trabajo por escrito? Explique su respuesta......................................................................5
¿Cuáles son las prestaciones económicas y sociales a que tiene derecho con un
“contrato de trabajo”?..................................................................................................................6
casos que conozcan o hayan escuchado, en los cuales se evidencie violación de los
derechos laborales........................................................................................................................6
Derechos Laborales Individuales tema 4

 ¿Cuáles son los elementos que dan origen a un “contrato de trabajo”?

 ¿Cree usted que es posible pactar con su jefe el pago total de su salario
en especie (con mercancías) y no en dinero? Explique su respuesta.

 ¿Su jefe le puede cambiar las condiciones de su contrato de trabajo


después de firmado? Explique su respuesta.

 ¿Cuáles son las prestaciones económicas y sociales a que tiene derecho


con un “contrato de trabajo”?

 Seleccione en el grupo de trabajo, dos casos que conozcan o hayan


escuchado, en los cuales se evidencie violación de los derechos
laborales, y explique en detalle que derechos se están violando y porqué.

¿Cuáles son los elementos que dan origen a un contrato de


trabajo?

Sin importar cuál sea el tipo de contrato que se vaya a realizar, el


mismo debe cumplir con una serie de requisitos y elementos que van a
permitir que tenga validez, estos son:

1. La identificación del empleado y del empleador.


2. Fecha en la que comienza la relación laboral, y fecha de finalización
en caso de que sea un contrato temporal o de duración determinada.
3. Domicilio fiscal de la empresa o, en su defecto, domicilio del
centro de trabajo. Es importante este aspecto ya que es el que se
usará dentro del marco jurídico.
4. El salario base inicial, así como los complementos salariales, y la
periodicidad del pago.
5. Categoría o grupo profesional que desempeñará el trabajador o una
descripción resumida del mismo.
6. Duración de la jornada laboral.
7. Duración de las vacaciones y de qué manera se disfrutarán las
mismas.
8. Los plazos de preaviso que deben respetarse de manera obligatoria
tanto por el empresario como por el trabajador en el supuesto de la
terminación del contrato.

¿Cree usted que es posible pactar con su jefe el pago total


de su salario en especie (con mercancías) y no en dinero?
Explique su respuesta.

El salario en especie es una opción que pueden ofrecerte a lo largo de tu


trayectoria laboral. En ese caso hipotético, el pago que te ofrezcan puede
constar de una parte monetaria y otra de dotación, vivienda o, por ejemplo,
alimentación.

Para comenzar, debe tener claro que este salario no es una prestación
social, “es toda remuneración no dineraria que percibe el trabajador por el
servicio personal prestado, sea de forma habitual, ocasional o
permanente”.

Según el numeral 1 del artículo 129 del Código Sustantivo del Trabajo, el
salario en especie se puede dar en “alimentación, habitación o vestuario”,
que son algunas de las ‘remuneraciones’ que el “empleador suministra al
trabajador o a su familia”.

¿Su jefe le puede cambiar las condiciones de su contrato


de trabajo después de firmado? Explique su respuesta.

La legislación laboral faculta al empleador para modificar de manera


unilateral el contrato de trabajo cuando así lo estime necesario, sea
justificado y no afecte en ninguna medida los derechos mínimos del
trabajador. Aunque dicha facultad es unilateral, lo ideal sería concertar la
modificación con el afectado.

Cualquier variación de las condiciones del trabajo debe obedecer a razones


válidas y objetivas, de manera que el empleador pueda justificar la
necesidad y pertinencia de esas modificaciones, para descartar que los
cambios obedezcan a un acoso laboral en un intento de provocar la
renuncia del trabajador.

La ley no obliga al trabajador a que acepte que le cambien el tipo de


contrato de trabajo o las condiciones del mismo; esas aceptaciones
dependerán de la voluntad del trabajador y/o de las negociaciones que
hagan las partes.

En algunas ocasiones los trabajadores, que son la parte débil del contrato,
por temor a quedar sin empleo, o hasta por desconocimiento, terminan
firmando lo que la empresa quiere, pero no debe ser así necesariamente.
Lo más conveniente es negociar esas nuevas condiciones.

Si el trabajador se niega a aceptar las variaciones o modificaciones en el


contrato de trabajo, puede ser despedido por justa causa. Sin embargo, el
trabajador puede demandar el empleador y será el juez quien determine si
la justa causa existió o no, de manera que el empleador debe evaluar
correctamente la decisión de despedir al trabajador, y el trabajador debe
evaluar correctamente su decisión de demandar un despido en tales
circunstancias.

Para que sean reconocidos mis derechos laborales ¿debo


tener siempre un contrato de trabajo por escrito? Explique
su respuesta.

No porque si tienes un contrato de trabajo aun no siendo por escrito tienes


tus derechos y eso no puede negarse ósea tu contrato es realmente una
parte en donde se cumplan tus derechos

¿Cuáles son las prestaciones económicas y sociales a que


tiene derecho con un “contrato de trabajo”?
Cuando se configura un contrato de trabajo el trabajador tiene derecho a
recibir: Salario, prestaciones sociales, vacaciones, auxilio de transporte,
seguridad social integral (Salud, pensión y ARL), afiliación a caja de
compensación etc.

casos que conozcan o hayan escuchado, en los cuales se


evidencie violación de los derechos laborales

 María Suárez se inició en el trabajo doméstico a los 15 años, en


respuesta a las malas condiciones económicas de su familia. Su
primera empleadora fue su madrina, quien le suministraba los
cuadernos y algunos otros elementos de sustento.

María mi vecina, trabaja desde hace 4 años en una casa de familia,


donde no solo no recibe buen trato, sino un pago de apenas
$200.000 mil mensuales, es decir, menos de la cuarta parte del
salario mínimo. Con el perjuicio de que, tras tantos años en el oficio
doméstico, su estado de salud se ha deteriorado. Siente dolor en el
dorso, tolera calambres, hinchazón y dolor en sus articulaciones,
enfermedades que han empeorado en los últimos años. También dice
que no cuestiona a su empleadora por los malos tratos y el salario
recibido, por temor a que le digan que ya no necesitan de su
servicio.

La veo y me cuestiono como es que nuestra vida cambia


radicalmente, como la falta de protección social, hace decrepita a
esta señora, porque más que envejecer el cuerpo, envejeció su alma
su espíritu sus ganas de vivir, acabo con la esperanza de un futuro
mejor…

 Ligia, Cuenta que no estudió porque su padre, ya casado con otra


mujer, nunca la mandó a la escuela del pueblo donde vivían, con la
disculpa de que por ser de origen campesino iba a ser objeto de
burlas, y eso él no lo iba a permitir.

Ahora Ligia dice que el daño más grande que le causó su padre fue
separarla de su madre. Porque si ésta hubiese estado a su lado, tal
vez habría podido estudiar y su vida hubiera tomado otros rumbos.
Ligia se casó en Córdoba, donde tuvo sus tres hijos. Pero su relación
conyugal fue una perdición, y tuvo un desenredo trágico, pues por
poco le cuesta la vida. Ocurrió un día que una de sus hijas
necesitaba un cuaderno para la escuela, entonces la envió donde su
padre para que le pidiera dinero con qué comprarlo. Su hija regresó
llorando porque su padre le respondió que ella misma tenía que
rebuscarse el cuaderno. Indignada con esa respuesta, Ligia le
reclamó al hombre, pues no era ese el tipo de respuesta para una
niña. El reclamo desencadenó una discusión que terminó con Ligia
tendida en el piso, medio muerta, a causa de los golpes que el
hombre le propinó.

Luego de la agresión, Ligia decidió separarse de ese sujeto e irse con


sus hijos para Yopal, en parte también desplazada por el acoso de
los grupos armados que merodeaban la finca de su padre.

En Yopal empezó a trabajar en el servicio doméstico, el único trabajo


que ha ejercido, en casas de familia o en servicios varios de
empresas. También tuvo un nuevo compañero sentimental, con
quien concibió dos hijos. Pero el hombre la abandonó y la dejó sola,
a cargo de sus cinco hijos, por lo que tuvo que entrar a trabajar solo
dos semanas después de haber dado a luz el último de sus hijos.

Todos los años que laboró como doméstica, más las condiciones en
las que tuvo que hacerlo, afectaron su salud, dice que de haber
podido cotizar a un sistema de pensiones para tener una vejez digna,
no estaría en las que está. A sus 69 años, ya retirada como
empleada doméstica, vive de lo que le dan sus hijos.

“No es mucho, pero es lo único que tengo para sobrevivir”, dice doña
ligia, con mirada triste como si hubiera perdido la fe, yo digo que
perdió algo más valioso, su vida, su felicidad. Siento pena por ella.

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