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Firma Personal

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Ciudadana:

REGISTRADORA MERCANTIL TERCERO DEL ESTADO GUÁRICO.


Su Despacho:

Quien suscribe: CARLOS ENRIQUE DELGADO, venezolano mayor de


edad, comerciante, soltero, de este domicilio del Estado Guárico y titular de la
Cedula de Identidad No: V- 12.990.438, ante su competente autoridad y el respeto
que se merece, ocurro a los efectos de exponer y solicitar lo siguiente: De
conformidad con lo establecido en el artículo: 26 del Código de Comercio, en
concordancia con el artículo: 19 ordinal: 8 ejusden; Participo: “Que a mis únicas y
exclusivas expensas he constituido, como en efecto lo he hecho:
UNA EMPRESA MERCANTIL CON LAS CARACTERISTICAS DE UNA
FIRMA PERSONAL, cuya descripción y demás datos identificatorios son los que a
continuación se destacan:
PRIMERO: Del Domicilio: Que la firma personal de mi propiedad, gira
Fiscal y Comercialmente en: URBANIZACIÓN LAS ACACIAS DE LA CIUDAD
DE CALABOZO MUNICIPIO FRANCISCO DE MIRANDA DEL ESTADO
GUÁRICO; pudiendo establecer otras agencias o sucursales en este o en
cualquier lugar o Estado del Territorio Venezolano.
SEGUNDO: Del Objeto: Que el objeto de la Firma Personal de mi
propiedad, está relacionada con: Compra-Venta de repuestos de motos, bicicletas,
Víveres, Carnicería, Aves, Bovinos y Pescadería, Charcutería, Verdulería,
Frutería, Restaurant, Panadería, Ropa, Zapatos, pudiendo dedicar su objetivo a
otra actividad inherente o conexa con el objeto descrito y/o de Licito Comercio.
TERCERO: De la Denominación: La Firma Personal en cuestión, gira en
la mencionada Plaza Mercantil o jurisdiccional bajo la denominación de:
COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA REYMAR, no obstante soy la
obligada personalmente.
CUARTO: Del Capital: La Firma Personal, cuenta con un capital de: DOS
MILLARDOS DE BOLÍVARES (Bs.: 2.000.000.000,00), según se evidencia de
balance general, el cual anexo al presente documento, pudiendo incrementar el
mismo de conformidad con los requerimientos del mercado.
QUINTO: De la Duración: La Duración de la Firma Personal antes
mencionada es: POR TIEMPO INDEFINIDO y su culminación solo será posible,
por mi propia voluntad y toda vez que se cumplan son las disposiciones que rigen
la materia, en el campo mercantil y en el campo fiscal.
De Ud. Solicito: Se sirva ordenar la inserción y Registro de la presente
manifestación en el libro correspondiente, a fines de su publicación de ley; una vez
registrado, se sirva expedirme dos copias Certificadas con sus resultas;
obligándome como estoy a presentar oportunamente los libros mercantiles a que
hubiere lugar, para que sean impuestos de las correspondientes foliaturas y los
sellos respectivos a los fines legales consiguientes”. De acuerdo a lo establecido
en el artículo 17 de la Resolución N o 150 Publicada en Gaceta Oficial de la
Republica Bolivariana de Venezuela N o 39.697 del 16 de Junio de 2011, de la
Normativa para la Prevención, Control y Fiscalización de la Operaciones de
Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo Aplicable en las Oficinas
Registrales y Notarias de la Republica Bolivariana de Venezuela. DECLARO
BAJO FE DE JURAMENTO, que los capitales, bienes, haberes, valores o títulos
del acto o negocio jurídico a objeto de Constitución de Firma Personal, son
proveniente de dinero propio, por tanto proceden de actividades de legitimo
carácter mercantil, lo cual puede ser corroborado por los organismos competentes
y no tienen relación alguna con dinero, capitales, bienes, haberes, valores o títulos
que se consideren producto de las actividades o acciones ilícitas contempladas en
la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y la Ley Orgánica de Drogas.
Es todo, en esta ciudad de Calabozo Estado Guárico, a la fecha de
presentación para su registro.

EL SOLICITANTE
Ciudadana:
REGISTRADORA MERCANTIL TERCERO DEL ESTADO GUÁRICO.
Su Despacho:

Quien suscribe: MAIRA ALEJANDRA FAJARDO HURTADO, venezolana


mayor de edad, comerciante, soltera, de este domicilio del Estado Guárico y titular
de la Cedula de Identidad No: V- 14.239.429, ante su competente autoridad y el
respeto que se merece, ocurro a los efectos de exponer y solicitar lo siguiente: De
conformidad con lo establecido en el artículo: 26 del Código de Comercio, en
concordancia con el artículo: 19 ordinal: 8 ejusden; Participo: “Que a mis únicas y
exclusivas expensas he constituido, como en efecto lo he hecho:
UNA EMPRESA MERCANTIL CON LAS CARACTERISTICAS DE UNA
FIRMA PERSONAL, cuya descripción y demás datos identificatorios son los que a
continuación se destacan:
PRIMERO: Del Domicilio: Que la firma personal de mi propiedad, gira
Fiscal y Comercialmente en: CARRETERA NACIONAL VIA EL SOMBRERO,
ENTRADA TROCONIS DE LA CIUDAD DE CALABOZO MUNICIPIO
FRANCISCO DE MIRANDA DEL ESTADO GUÁRICO; pudiendo establecer otras
agencias o sucursales en este o en cualquier lugar o Estado del Territorio
Venezolano.
SEGUNDO: Del Objeto: Que el objeto de la Firma Personal de mi
propiedad, está relacionada con: Ferretería, venta de repuestos de Refrigeración,
servicio de refrigeración, repuestos de nitro, bicicletas, motos carros, Restaurant,
Lunchería, Víveres y Misceláneos, Mercancías Secas, Carnicería, Aves, Bovinos y
Pescadería, Frutería, verdulería, pudiendo dedicar su objetivo a otra actividad
inherente o conexa con el objeto descrito y/o de Licito Comercio.
TERCERO: De la Denominación: La Firma Personal en cuestión, gira en
la mencionada Plaza Mercantil o jurisdiccional bajo la denominación de:
COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA S&S, no obstante soy la obligada
personalmente.
CUARTO: Del Capital: La Firma Personal, cuenta con un capital de: DOS
MILLARDOS DE BOLÍVARES (Bs.: 2.000.000.000,00), según se evidencia de
balance general, el cual anexo al presente documento, pudiendo incrementar el
mismo de conformidad con los requerimientos del mercado.
QUINTO: De la Duración: La Duración de la Firma Personal antes
mencionada es: POR TIEMPO INDEFINIDO y su culminación solo será posible,
por mi propia voluntad y toda vez que se cumplan son las disposiciones que rigen
la materia, en el campo mercantil y en el campo fiscal.
De Ud. Solicito: Se sirva ordenar la inserción y Registro de la presente
manifestación en el libro correspondiente, a fines de su publicación de ley; una vez
registrado, se sirva expedirme dos copias Certificadas con sus resultas;
obligándome como estoy a presentar oportunamente los libros mercantiles a que
hubiere lugar, para que sean impuestos de las correspondientes foliaturas y los
sellos respectivos a los fines legales consiguientes”. De acuerdo a lo establecido
en el artículo 17 de la Resolución N o 150 Publicada en Gaceta Oficial de la
Republica Bolivariana de Venezuela N o 39.697 del 16 de Junio de 2011, de la
Normativa para la Prevención, Control y Fiscalización de la Operaciones de
Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo Aplicable en las Oficinas
Registrales y Notarias de la Republica Bolivariana de Venezuela. DECLARO
BAJO FE DE JURAMENTO, que los capitales, bienes, haberes, valores o títulos
del acto o negocio jurídico a objeto de Constitución de Firma Personal, son
proveniente de dinero propio, por tanto proceden de actividades de legitimo
carácter mercantil, lo cual puede ser corroborado por los organismos competentes
y no tienen relación alguna con dinero, capitales, bienes, haberes, valores o títulos
que se consideren producto de las actividades o acciones ilícitas contempladas en
la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y la Ley Orgánica de Drogas.
Es todo, en esta ciudad de Calabozo Estado Guárico, a la fecha de
presentación para su registro.

LA SOLICITANTE
Ciudadana:
REGISTRADORA MERCANTIL TERCERO DEL ESTADO GUÁRICO.
Su Despacho:

Quien suscribe: SAMANTA DEL RIO HERNANDEZ SALAZAR, venezolana


mayor de edad, comerciante, soltera, de este domicilio del Estado Guárico y titular
de la Cedula de Identidad No: V- 28.254.398, ante su competente autoridad y el
respeto que se merece, ocurro a los efectos de exponer y solicitar lo siguiente: De
conformidad con lo establecido en el artículo: 26 del Código de Comercio, en
concordancia con el artículo: 19 ordinal: 8 ejusden; Participo: “Que a mis únicas y
exclusivas expensas he constituido, como en efecto lo he hecho:
UNA EMPRESA MERCANTIL CON LAS CARACTERISTICAS DE UNA
FIRMA PERSONAL, cuya descripción y demás datos identificatorios son los que a
continuación se destacan:
PRIMERO: Del Domicilio: Que la firma personal de mi propiedad, gira
Fiscal y Comercialmente en: C.C ATRACHE CARRERA10 AL FRENDE
CORPOELEC DE LA CIUDAD DE CALABOZO MUNICIPIO FRANCISCO DE
MIRANDA DEL ESTADO GUÁRICO; pudiendo establecer otras agencias o
sucursales en este o en cualquier lugar o Estado del Territorio Venezolano.
SEGUNDO: Del Objeto: Que el objeto de la Firma Personal de mi
propiedad, está relacionada con: Estética, peluquería, servicios de manicure y
pedicure, masajes, limpiezas faciales, depilaciones, cejas semipermanentes,
pudiendo dedicar su objetivo a otra actividad inherente o conexa con el objeto
descrito y/o de Licito Comercio.
TERCERO: De la Denominación: La Firma Personal en cuestión, gira en
la mencionada Plaza Mercantil o jurisdiccional bajo la denominación de:
SAMYCEJAS.VIP, no obstante soy la obligada personalmente.
CUARTO: Del Capital: La Firma Personal, cuenta con un capital de: DOS
MILLARDOS DE BOLÍVARES (Bs.: 2.000.000.000,00), según se evidencia de
balance general, el cual anexo al presente documento, pudiendo incrementar el
mismo de conformidad con los requerimientos del mercado.
QUINTO: De la Duración: La Duración de la Firma Personal antes
mencionada es: POR TIEMPO INDEFINIDO y su culminación solo será posible,
por mi propia voluntad y toda vez que se cumplan son las disposiciones que rigen
la materia, en el campo mercantil y en el campo fiscal.
De Ud. Solicito: Se sirva ordenar la inserción y Registro de la presente
manifestación en el libro correspondiente, a fines de su publicación de ley; una vez
registrado, se sirva expedirme dos copias Certificadas con sus resultas;
obligándome como estoy a presentar oportunamente los libros mercantiles a que
hubiere lugar, para que sean impuestos de las correspondientes foliaturas y los
sellos respectivos a los fines legales consiguientes”. De acuerdo a lo establecido
en el artículo 17 de la Resolución N o 150 Publicada en Gaceta Oficial de la
Republica Bolivariana de Venezuela N o 39.697 del 16 de Junio de 2011, de la
Normativa para la Prevención, Control y Fiscalización de la Operaciones de
Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo Aplicable en las Oficinas
Registrales y Notarias de la Republica Bolivariana de Venezuela. DECLARO
BAJO FE DE JURAMENTO, que los capitales, bienes, haberes, valores o títulos
del acto o negocio jurídico a objeto de Constitución de Firma Personal, son
proveniente de dinero propio, por tanto proceden de actividades de legitimo
carácter mercantil, lo cual puede ser corroborado por los organismos competentes
y no tienen relación alguna con dinero, capitales, bienes, haberes, valores o títulos
que se consideren producto de las actividades o acciones ilícitas contempladas en
la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y la Ley Orgánica de Drogas.
Es todo, en esta ciudad de Calabozo Estado Guárico, a la fecha de
presentación para su registro.

LA SOLICITANTE

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