Circular Convocatoria I Apoyos de Sostenimiento 2021 Cab
Circular Convocatoria I Apoyos de Sostenimiento 2021 Cab
Circular Convocatoria I Apoyos de Sostenimiento 2021 Cab
76-9124-01
1. Normatividad Aplicable:
Circular N° No: 01-3-2020-000219 del 14 de diciembre de 2020: “Para conocimiento general de los ciento
diecisiete (117) Centros de Formación, a través de la presente circular se informa: el cronograma de la
convocatoria de apoyos de sostenimiento 01-2021; y la distribución de cupos por cada centro de
formación”, Resolución 1 – 0587 de 2020, por la cual se establecen los lineamientos para la adjudicación,
seguimiento y desembolso de apoyos de Sostenimiento de los aprendices Sena, Guía de Apoyos
Socioeconómicos GFPI-G-007 Versión 6 y Procedimiento Gestión de Apoyos de Sostenimiento GFPI-F-007
Versión 4.
2. Objeto:
Establecer las orientaciones necesarias para la oportuna y efectiva ejecución de las actividades relacionadas
con la adjudicación de apoyos socioeconómicos en el marco del Plan Nacional Integral de Bienestar al
Aprendiz - PNIBA, para beneficio de los aprendices matriculados en programas de formación laboral y
tecnológica previo cumplimiento de requisitos.
Recurso en dinero equivalente al cincuenta por ciento (50%) del Salario Mínimo Legal Mensual Vigente -
SMLMV, que se le entrega mensualmente a los aprendices en condiciones de vulnerabilidad y que se
encuentran matriculados en un programa de formación técnico laboral o tecnólogo, de oferta abierta de
formación o de oferta especial social de formación, y que adicionalmente cumplan con las condiciones para
ser beneficiarios del apoyo, lo anterior según disponibilidad de cupos y presupuesta! de la entidad. (Artículo
1, Resolución 1-0587 / 2020).
1. Estar matriculado en uno (1) de los programas de formación titulada de oferta abierta de formación y/o de
oferta especial social de formación. No aplica oferta especial empresarial de formación, formación virtual y/o
a distancia y programas de articulación con la media.
2. Pertenecer a estratos uno (1) o dos (2).
3. Pertenecer a una EPS como beneficiario.
4. No tener suscrito contrato de aprendizaje al momento de la adjudicación
5. No tener vínculo laboral, patrocinio o prácticas que le representen ingresos económicos.
6. No tener o haber tenido condicionamiento de matrícula durante los tres (3) meses anteriores
a la fecha de adjudicación.
7. No tener otro tipo de subsidio asignado por el Estado.
8. No ser beneficiario de apoyos otorgados por el Programa Jóvenes en Acción.
9. No ser ni haber sido beneficiario de Apoyos de Sostenimiento en otro Programa de
Formación
10. No ser ni haber sido beneficiario del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria
de la Construcción - FIC.
11. Realizar su inscripción a la convocatoria de Apoyos de Sostenimiento, en las fechas
acordadas.
Con el fin de establecer el rendimiento académico que exige la Ley 789 de 2002, la coordinación académica
del Centro de Formación acreditará por escrito el cumplimiento de este requisito para cada uno de los
aprendices objeto del Apoyo de Sostenimiento.
Con el objeto de realizar el proceso de inscripción de manera efectiva tener en cuenta las siguientes
recomendaciones:
● Leer cuidadosamente los requisitos previstos en la circular de convocatoria divulgada por el centro de
formación, para saber si cumple con los requisitos.
● Verificar previamente que está registrado en SISTEMA DE GESTIÓN ACADÉMICOADMINISTRATIVO con su
documento de identidad vigente. De lo contrario, debe acudir al Grupo de Administración Educativa para
solicitar el registro de la novedad por actualización de documento de identidad.
● Validar que su estado en la ficha sea En Formación; el sistema no acepta inscripciones en estados como: En
Inducción, Condicionado, Retirado, Aplazado, entre otros.
● Inscribirse en la convocatoria con un único documento de identidad (vigente).
● Registrar su inscripción en las fechas establecidas en la convocatoria vigente.
● El SISTEMA DE GESTIÓN ACADÉMICO-ADMINISTRATIVO no permite la inscripción de aprendices que no
Centro Agropecuario Buga
Dirección Carretera Central Vía Buga - Tuluá, Guadalajara de Buga - PBX (572) 237 63 00
GD-F-008 V.04
cumplen con todos los requisitos establecidos y les notifica el motivo de la restricción.
Una vez realizado el registro en el aplicativo Sofía Plus, deben diligenciar el enlace de inscripción del Centro,
el cual será enviado al correo electrónico que el aprendiz tenga registrado en la plataforma Sofía Plus, se
recomienda diligenciar el formulario con la información de manera correcta y adjuntar los documentos
soporte en formato PDF.
El aprendiz debe realizar la inscripción tanto en el enlace de Sofía Plus, como en el del Centro de Formación.
En caso de que realice la inscripción en la plataforma Sofía Plus y no realice el registro en el enlace del
Centro, en el cual se solicita adjuntar la documentación soporte, no quedarán en la lista de elegibles ni
podrán ser adjudicados con Apoyo de Sostenimiento.
Para la inscripción se solicitan como documentos soporte: copia del documento de identidad, certificado de
formación respectivo, el cual lo pueden descargar a través de la página de SISTEMA DE GESTIÓN
ACADÉMICO-ADMINISTRATIVO (Sofía Plus), desde el rol aprendiz, recibo de servicio público (Máximo tres
(3) meses de expedición), certificado puntaje del SISBEN y el formato de condición socioeconómica
debidamente diligenciado y firmado (adjunto) y los documentos que soporten cada uno de los criterios de
priorización.
Una vez el aprendiz reciba notificación de adjudicación en el beneficio, deberá tramitar cuenta de
ahorros, con la entidad financiera de su preferencia.
Nota: Tener en cuenta que el sistema no acepta cuentas tales como: Nequi y Daviplata
Para adjudicar los Apoyos de Sostenimiento se aplicarán los siguientes criterios, identificados por el mayor
puntaje posible:
Aprendiz con nivel SISBEN (2) 5 Certificado consulta de puntaje del SISBEN
Aprendiz en situación de
Certificación unidad nacional para la gestión del
desplazamiento por fenómenos 5
riesgo de desastres
naturales en los últimos dos (2) años
Aprendiz representante elegido El centro de formación acreditará y certificará la
5
según normatividad institucional información
8. Documentos a Presentar:
Una vez el aprendiz realice el proceso de inscripción, deberá entregar la documentación soporte, teniendo
en cuenta cada uno de los criterios de priorización registrados en el formato de condición socioeconómica
y todos aquellos contemplados en la Resolución N° 1-0587 de 2020, artículo 5° y en la Guía de Apoyos
Socioeconómicos GFPI-G-007 Versión 6. Es responsabilidad del aprendiz la veracidad de la información en
el momento de la inscripción.
A partir del momento en que los aprendices resulten adjudicados con el Apoyo de Sostenimiento,
deberán cumplir con las siguientes obligaciones:
• Entregar durante el primer mes de la adjudicación, la certificación bancaria actualizada con los datos
para desembolso.
• Si en el transcurso de la adjudicación del apoyo, el aprendiz presenta alguna novedad que modifique
la información de la certificación bancaria inicial, deberá reportar esta novedad para que sea
actualizada oportunamente.
• Suscribir el pagaré en blanco con instrucciones a fin de respaldar los desembolsos no meritorios.
• Cumplir con las actividades de su proceso formativo manteniendo buen desempeño.
• No ser sancionado.
• Informar oportunamente si deja de cumplir con alguno de los requisitos del artículo 5 de la resolución
1-0587 de 2020, que describe la población objetivo para recibir el apoyo de sostenimiento.
• Adelantar durante el período en que es beneficiario en su apoyo de sostenimiento un plan de
actividades con el centro de formación que podrá ser adelantado en las siguientes áreas:
El plan de actividades deberá ser elaborado junto con el responsable del área elegida por el aprendiz en el
Centro de formación; el número de horas, días y medios para la realización y dedicación deberán ser
concertadas; no podrán ser superiores a 20 horas mensuales.
• Entregar entre los días 20 y 25 de cada mes, el informe o bitácora mensual con sus respectivas
evidencias con visto bueno del responsable del área elegida por el aprendiz en al que ha desarrollado
su servicio como gestor, este informe deberá entregarlo al encargado del seguimiento de Apoyos de
Sostenimiento en el Centro de Formación.
• Informar por escrito al Subdirector de Centro su decisión de renunciar voluntariamente al apoyo de
sostenimiento, cuando así suceda.
El aprendiz que es suspendido pierde el apoyo de sostenimiento por el tiempo de la suspensión, las causas
son las siguientes:
• No entregar durante el primer mes de la adjudicación, la certificación bancaria actualizada con los
datos para desembolso implica que el aprendiz no recibe el apoyo de sostenimiento por ese mes y
hasta que cumpla el requisito. En todo caso los apoyos no son retroactivos.
• No cumplir con el plan de actividades acordado según condiciones y plazos, en este caso el aprendiz
no recibe el apoyo de sostenimiento por el mes que no cumplió. En todo caso los apoyos no son
retroactivos.
• Cuando el aprendiz pasado un mes calendario de haber terminado su etapa lectiva, no inicia la etapa
productiva, se procede a suspender el apoyo hasta que el aprendiz de inicio a su etapa productiva.
En otras palabras, el aprendiz tiene un mes para definir e iniciar su etapa productiva, por lo tanto,
durante este mes recibe el apoyo de sostenimiento. Podrán ser beneficiarios de apoyo de
sostenimiento regular en etapa productiva aquellos aprendices que tomen como opción práctica
desarrollar un proyecto productivo y formulen su plan de negocios, el cual debe ser coherente con
su proceso de formación, tal y como lo establece el acuerdo 8 de 2009 en el artículo 1.
• Cuando el aprendiz es condicionado en su formación. El apoyo estará suspendido hasta que supere
su estado de condicionamiento de matrícula.
• Cuando el proceso de formación del aprendiz se registre como “estado aplazado”, el apoyo quedará
suspendido por el mismo lapso de tiempo de ese estado, sin superar la anualidad presupuestal.
El apoyo de sostenimiento regular, asignado a un aprendiz, se puede cancelar por las siguientes causas:
Centro Agropecuario Buga
Dirección Carretera Central Vía Buga - Tuluá, Guadalajara de Buga - PBX (572) 237 63 00
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• Por el cambio de los requisitos del artículo 5 de la Resolución 1-0587 de 2020, que describe la
población objetivo para recibir el apoyo de sostenimiento.
• Por comprobarse falsedad en la documentación entregada.
• Cuando transcurridos tres meses de haber finalizado la etapa lectiva y el aprendiz no inicia su
etapa productiva.
• Cuando el aprendiz se retire voluntariamente del programa de formación o se le cancele su
matrícula.
• Si el centro evidencia que el aprendiz ha tenido un cambio de los requisitos del artículo 5 de
Resolución 1-0587, numeral 2.
• Si el centro evidencia que el aprendiz ha suscrito contrato de aprendizaje durante el tiempo del
beneficio.
• Si el centro evidencia que el aprendiz tiene vínculo laboral, patrocinio o prácticas, o sea
beneficiario de pensión, que le representen ingresos económicos.
• Si el centro evidencia que el aprendiz recibe otro subsidio asignado por el Estado, durante el
tiempo del beneficio.
• Ser beneficiario durante el tiempo del apoyo, de un cupo en Internado-Centro de convivencia de
la entidad.
• Ser beneficiario durante el tiempo del apoyo de monitorias.
• Muerte del aprendiz.
Las diferentes inquietudes sobre el proceso de Apoyos de Sostenimiento pueden ser remitidas a los
siguientes correos electrónicos:
bienestaralaprendizcab@misena. edu.co
hfcarmonac@ sena.edu.co