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LISTA de CHEQUEO Resolucion 3100 Del 2.019
LISTA de CHEQUEO Resolucion 3100 Del 2.019
LISTA de CHEQUEO Resolucion 3100 Del 2.019
019
DEFINICIONES GENERALES RESOLUCIÓN 3100 DEL 2.019
Autoevaluación: Mecanismo de verificación de las condiciones de habilitación establecidas en el presente manual,
que efectúa periódicamente el prestador de servicios de salud y que propende por el autocontrol permanente,
participativo y reflexivo sobre la prestación de los servicios de salud a ofertar.
Atención farmacéutica: Es la asistencia a un paciente o grupos de pacientes por parte del Químico Farmacéutico,
D
en el seguimiento del tratamiento farmacoterapéutico, dirigida a contribuir con el médico tratante y otros profesionales
del área de la salud en la consecución de los resultados previstos para mejorar su calidad de vida (Art. 2.5.3.10.3.
Decreto 780 de 2016).
Criterio: Precepto o indicador obligatorio que resume la calidad de una actividad que se pretende evaluar. Para
LU
efectos del presente manual, el criterio es la unidad básica del estándar sobre el cual se realiza la verificación
orientada hacia el análisis de los riesgos y la seguridad en la atención de los pacientes.
Cuenta con: Es la existencia obligatoria y permanente del talento humano, dotación, medicamentos, dispositivos
médicos e insumos dentro de un servicio de salud.
➢ Para el estándar de infraestructura, es la existencia obligatoria de un recurso físico, área o ambiente de uso
exclusivo del servicio, que está localizado al interior de un servicio o de un ambiente.
➢ Los servicios de salud y de apoyo interdependientes caracterizados como “cuenta con”, deben estar
obligatoriamente dentro de la misma edificación o sede donde se encuentre ubicado el servicio que los requiere.
SA
➢ Los servicios de salud y de apoyo interdependientes pueden ser propios o contratados
➢ En el estándar de infraestructura, un área o ambiente puede estar localizado fuera del servicio o ambiente, pero
dentro de la misma edificación donde se encuentre el servicio.
➢ Cuando se haga referencia a “disponibilidad en el servicio” de la infraestructura, dotación, medicamentos,
dispositivos médicos e insumos, se entienden que estos pueden ser compartidos dentro del servicio, asegurando que
se encuentren en permanente disposición y fácil localización para brindar una atención oportuna sin poner en riesgo
la integridad y la vida del paciente.
IM
Distintivo de habilitación: Es el documento que evidencia que un servicio está habilitado y que sirve a los
ciudadanos para ejercer control.
Estándar: Es el patrón que define los criterios mínimos de un servicio de salud.
Inactivación de servicio: Es el cierre del o los servicios de salud en el REPS como consecuencia de no realizar su
autoevaluación y posterior declaración en el REPS o por el vencimiento del término de la novedad de cierre temporal.
Inactivación del prestador: Es el cierre del prestador de servicios de salud en el REPS como consecuencia de la
no autoevaluación o por el vencimiento del término de la novedad de cierre temporal de la totalidad de sus servicios
de salud.
Inscripción: Es el proceso que realizan las personas naturales o jurídicas ante la secretaría de salud departamental
E
o distrital o la entidad que tenga a cargo dichas competencias, con el objeto de ser autorizados para funcionar como
prestador de servicios de salud dentro de su jurisdicción.
Novedades: Son los cambios que un prestador de servicios de salud realiza en su información, en sus servicios
habilitados, en sus sedes o en su capacidad instalada y que debe gestionar obligatoriamente ante la secretaría de
ES
salud departamental o distrital, o la entidad que tenga a cargo dichas competencias, con el objeto de registrar y
actualizar dicho cambio en el REPS.
Organismos de cooperación: Organismos internacionales de cooperación y las organizaciones no
gubernamentales de carácter humanitario o altruista, que apoyan la prestación de servicios de salud.
Portafolio de servicios: Son los servicios de salud habilitados y registrados en el REPS por el prestador de
servicios de salud.
Procedimiento: Conjunto de acciones que se realizan de la misma forma, con una serie común de pasos definidos
y una secuencia lógica realizada en cualquiera de las fases de atención (promoción, prevención, diagnóstico,
tratamiento, rehabilitación y paliación).
Sede del prestador: Es el establecimiento abierto por el prestador de servicios de salud, en la que se desarrollan
las actividades administrativas o asistenciales.
Resolucion 3100 de 2.019
TALENTO HUMANO
Acciones de formación continua: Actividades de capacitación del talento humano autorizado para ejercer una
ocupación, profesión o especialidad, dirigidas a adquirir, fortalecer o actualizar los conocimientos, destrezas,
habilidades, aptitudes y actitudes, para su actuación idónea en cada uno de los servicios de salud que sean ofertados.
D
Este proceso de capacitación se desarrolla por el prestador de servicios de salud e incluye: i) análisis de necesidades
de formación continua del talento humano, ii) planificación de acciones de formación continua, iii) definición de los
contenidos relacionados con las necesidades de formación, iv) duración de las acciones de formación continua, v)
determinación de formadores según las necesidades, vi) ejecución, evaluación y seguimiento. Así mismo, se deberán
definir la vigencia de las acciones de formación y los mecanismos que le permitan evidenciar la participación del
LU
talento humano. Para tal fin, deberá tener en cuenta lo establecido en el presente manual en el estándar de talento
humano para cada servicio.
Las acciones de formación continua del talento humano deben hacer parte de un proceso integral de capacitación del
talento humano del prestador de servicios de salud, el cual se establece y actualiza directamente o a través de
alianzas o convenios con diversas entidades. El prestador de servicios de salud podrá implementar y combinar
diferentes herramientas tales como:
➢ Desarrollar directamente las acciones de formación continua a las que hace referencia la presente resolución.
➢ Realizar alianzas o convenios con entidades con experiencia e idoneidad en los temas a capacitar (instituciones
SA
formadoras de talento humano en salud, asociaciones científicas, entre otras).
➢ Aceptar las constancias de asistencia de la participación del talento humano en salud expedidas por otros
prestadores e instituciones, en las que se demuestren las acciones de capacitación requeridas en el estándar de
talento humano del respectivo servicio.
➢ Aceptar los certificados de formación expedidos antes de la entrada en vigencia de la presente norma.
Los prestadores de servicios de salud, para desarrollar las acciones de formación continua, no requieren adelantar
trámite alguno ante la respectiva secretaría de salud departamental o distrital o la entidad que tenga a cargo dichas
competencias.
Lo anterior sin perjuicio de la aplicación de los lineamientos técnicos que adopte el Ministerio de Salud y Protección
IM
Social para direccionar las acciones de formación continua del talento humano en salud.
Constancia de asistencia: Es el documento que evidencia que el talento humano en salud ha participado en
acciones de formación continua. Cuando en el presente manual se haga referencia a constancias de asistencia, estas
incluyen todas aquellas resultantes de las herramientas aplicadas por el prestador.
Disponibilidad con permanencia: La disponibilidad con permanencia para el talento humano en salud hace
referencia a la presencialidad obligatoria en el respectivo servicio de salud durante la realización de actividades y
procedimientos y durante el tiempo definido en los servicios donde así lo determine el presente manual.
Gestor comunitario en salud: En los servicios de salud se podrá contar con el gestor comunitario de salud de
acuerdo con lo establecido en el presente Manual. Dicho talento humano deberá cumplir con las condiciones que
E
Personal en entrenamiento: Talento Humano que está en proceso de formación en el marco de un programa
académico legalmente aprobado por el Gobierno, ya sea de educación superior o de educación para el trabajo y el
desarrollo humano del área de la salud y que realiza actividades asistenciales en el marco de la supervisión y
ES
delegación de funciones y responsabilidades, como parte de su formación. Los profesionales de la salud en Servicio
Social Obligatorio no son personal en entrenamiento, son profesionales titulados que cumplen con un requisito para
obtener la autorización del ejercicio profesional en el territorio nacional.
D
en el servicio de urgencias y no requieren traslado a servicios del grupo de internación o del grupo quirúrgico o a otras
instituciones.
Área semi-restringida: Área controlada que permite el paso de personal y pacientes, bajo condiciones específicas de
comportamiento y bioseguridad.
LU
Área restringida: Área controlada de tránsito limitado, solo empleada por el personal autorizado, bajo condiciones
específicas de comportamiento y bioseguridad.
Aseo: Ambiente con lavatraperos y área para almacenamiento de insumos y elementos de aseo.
Barrera física: Elemento móvil o fijo que separa áreas o ambientes entre sí.
Cielo raso: Superficie de acabado que delimita la altura interior de un ambiente.
Cubículo: Área delimitada con barrera física fija o móvil, exclusiva para un solo paciente.
Ducha de emergencia: Ducha utilizada en situaciones de emergencia que permite la aspersión en todo el cuerpo.
de los ojos.
SA
Ducha lavaojos: Ducha utilizada en situaciones de emergencia que permite la aspersión para un lavado inmediato
Edificación de uso mixto: Edificaciones destinadas para la prestación de servicios de salud, cuya infraestructura
es usada para diferentes actividades (comercial, residencial, educación, vivienda, entre otros), acorde con lo
establecido en la respectiva normatividad de ordenamiento territorial del municipio o distrito correspondiente.
Edificación de uso exclusivo de salud: Edificaciones destinadas para la prestación de servicios de salud cuya
infraestructura es usada exclusivamente para la prestación de servicios de salud, acorde con lo establecido en la
IM
respectiva normatividad de ordenamiento territorial del municipio o distrito correspondiente.
Lavamanos: Aparato exclusivo para el lavado de manos, dotado con griferías para suministro de agua y sifón con
rejilla.
Lavamanos con dispositivo de manos libres: Aparato exclusivo para el lavado de manos, dotado con
dispositivos que permiten su funcionamiento sin el uso de las manos, cuenta con suministro de agua y sifón con rejilla.
Lavamanos quirúrgico: Aparato exclusivo para el lavado de manos, dotado con llaves para suministro de agua y
grifería cuello de cisne y sifón con rejilla. La grifería será con accionamiento manos libres y su profundidad permitirá el
lavado hasta el antebrazo. Cuenta con suministro de agua.
Lavapatos: Aparato o sistema sanitario exclusivo para el lavado, desinfección de patos, pisingos y riñoneras,
E
Mesón de trabajo: Superficie fija con acabado liso, lavable e impermeable y resistente al uso.
Mesón de trabajo con poceta: Superficie fija con acabado liso, lavable e impermeable y resistente al uso, que
debe contar con poceta.
Piso o nivel: División horizontal en una edificación, la cual se ubica a cierta altura respecto de un plano horizontal.
Para efectos del presente manual, las palabras piso y nivel son sinónimos.
Poceta: Aparato con grifería cuello de cisne para suministro de agua y sifón con rejilla, destinado para el lavado de
materiales, elementos, etc., localizado en forma independiente o sobre mesones.
TPR (Trabajo de parto, parto, recuperación): Ambiente donde se atiende el trabajo de parto, parto y
recuperación y que requiere características específicas de infraestructura.
Vestidor: Ambiente para el cambio de ropa de pacientes o personal, que garantice la privacidad.
Resolucion 3100 de 2.019
DOTACIÓN
Carro de paro: Conjunto de medicamentos, dispositivos médicos y equipos biomédicos utilizados en la reanimación
cardio cerebro pulmonar.
D
Reserva: Son los medicamentos, dispositivos médicos e insumos requeridos para la prestación de servicios de
salud, que se guardan, custodian o preservan en almacenes, bodegas, depósitos, servicios de salud, vehículos,
contenedores, neveras, maletines, entre otros.
Unidad de medida: Unidad en la que está expresada la cantidad de principio activo y en casos específicos en
LU
unidades internacionales.
PROCESOS PRIORITARIOS
Actividad: Acción, operación o tarea que se ejecuta en un tiempo definido y con un fin específico. Incluye acciones
asistenciales y administrativos para abordar o tratar una condición de salud o realizar un diagnóstico clínico.
Guía de práctica clínica: Documento informativo que incluye recomendaciones dirigidas a optimizar el cuidado del
paciente, con base en una revisión sistemática de la evidencia y en la evaluación de los beneficios y daños de
distintas opciones en la atención a la salud.
SA
Información documentada: Información escrita y socializada de procesos, procedimientos, actividades en un
servicio de salud, que puede estar en medio físico o magnético, ser de cualquier fuente refiriéndose al lugar de origen
de la información y estar en cualquier formato o idioma.
Plan hospitalario para emergencias: Documento en el que se establecen los objetivos, las acciones y la
organización del hospital y sus servicios, así como las responsabilidades del personal frente a situaciones de
emergencia o desastre, a fin de controlar sus efectos adversos y/o atender los daños a la salud que se puedan
presentar.
Protocolo de atención: Secuencia lógica y detallada de un conjunto de actividades, conductas o procedimientos a
IM
desarrollar para la atención de una situación específica de salud en un entorno determinado, el cual permite poca o
ninguna variación de las acciones realizadas por parte del personal que interviene en la atención. Incluye aquellos
protocolos definidos por el prestador de servicios de salud y los establecidos en la normatividad que regula la materia
como de obligatorio cumplimiento.
Proceso: Conjunto de actividades planificadas, interrelacionadas o que interactúan entre sí de forma secuencial, las
cuales transforman elementos de entrada en resultados. Incluye procesos asistenciales y administrativos con el fin de
abordar o tratar una condición de salud o realizar un diagnóstico clínico.
HISTORIA CLINICA Y REGISTROS
en el pleno uso de sus facultades, para que tenga a lugar un acto asistencial. Para que el consentimiento se considere
informado, el paciente o usuario deberá entender la naturaleza de la decisión a consentir tras recibir información que
le haga consciente de los beneficios, riesgos, alternativas e implicaciones del acto asistencial. Para efectos del
estándar de historia clínica, el consentimiento informado es el documento que se produce luego de la aceptación en
las condiciones descritas. Para el caso de niñas, niños y adolescentes, el consentimiento informado deberá cumplir
ES
Firma digital: Según el artículo 2 de la Ley 527 de 1999 o la norma que la modifique o sustituya, es un valor
numérico que se adhiere a un mensaje de datos y que, utilizando un procedimiento matemático conocido, vinculado a
la clave del iniciador y al texto del mensaje, permite determinar que este valor se ha obtenido exclusivamente con la
clave del iniciador y que el mensaje inicial no ha sido modificado después de efectuada la transformación.
Firma electrónica: Códigos, contraseñas, datos biométricos, o claves criptográficas privadas, que permite
identificar a una persona, en relación con un mensaje de datos, siempre y cuando el mismo sea confiable y apropiado
respecto de los fines para los que se utiliza la firma, como lo dispone el artículo 2.2.2.47.1 del Decreto 1074 de 2015 o
la norma que lo modifique o sustituya.
Resolucion 3100 de 2.019
Historia clínica: Es un documento privado, obligatorio y sometido a reserva, en el cual se registran
cronológicamente las condiciones de salud del paciente, los actos médicos y los demás procedimientos ejecutados
por el equipo de salud que interviene en su atención, como lo dispone el artículo 1 de la Resolución 1995 de 1999 o la
norma que la modifique o sustituya.
Sistema de Información Clínico: Es todo sistema utilizado para generar, enviar, recibir, archivar o procesar de
D
cualquier forma mensajes de datos y que haya sido creado para la producción, recepción, distribución, consulta,
organización, custodia, conservación, recuperación y disposición final de cualquier elemento constitutivo de la Historia
Clínica.
INTERDEPENDENCIA
LU
Servicios de apoyo: Son los servicios de soporte a la prestación servicios de salud que corresponde a
alimentación, lavandería y vigilancia.
SA
IM
E
ES
TRÁMITE DE NOVEDADES Resolucion 3100 de 2.019
Novedades del
prestador de Requisitos para presentar novedades del prestador de servicios de salud
servicios de salud
1. Formulario de novedad.
2. Documento de Existencia y Representación Legal vigente, de acuerdo al tipo de
D
Cierre del Prestador de entidad.
servicios de salud 3. Carta del prestador dirigida al ente territorial donde se informa sobre la gestión
adelantada con las Historias Clínicas y su entrega final.
4. Copia del documento de identidad del representante legal.
LU
1. Formulario de Novedad.
2. Documento de Existencia y Representación Legal vigente, de acuerdo al tipo de
Disolución y liquidación entidad.
de la entidad. 3. Carta del prestador dirigida al ente territorial donde se informa sobre la gestión
adelantada con las Historias Clínicas y su entrega final.
4. Copia del documento de identidad del representante legal.
SA
1. Formulario de Novedad.
2. Declaración de la Autoevaluación.
3.Documento de Existencia y Representación Legal actualizado, de acuerdo al tipo de
entidad.
4. Copia de la licencia de construcción.
* Es exigible a edificaciones donde funcione el prestador, construidas, ampliadas o
remodeladas con posterioridad al 2 de diciembre de 1996. prestadores ubicados en
edificaciones de uso mixto construidas, ampliadas o remodeladas con posterioridad al
IM
2 de diciembre de 1996, se solicitará el permiso otorgado por la propiedad horizontal
para la adecuación en la edificación de servicios de salud, y la licencia de construcción
de la edificación.
5. Certificado de seguridad de la edificación.
6. Copia del estudio de vulnerabilidad estructural,
Novedades del
prestador de Requisitos para presentar novedades del prestador de servicios de salud
servicios de salud
D
1. Formulario de Novedad.
Cambio de 2. Declaración de la Autoevaluación.
nomenclatura
3. Documento de Existencia y Representación Legal actualizado, de acuerdo con el
tipo de entidad.
LU
1. Formulario de Novedad.
Cambio de 2. Documento de Existencia y Representación Legal vigente, de acuerdo al tipo de
representante legal entidad.
3. Copia del documento de identidad del nuevo Representante Legal.
1. Formulario de Novedad.
2. Documento de Existencia y Representación Legal vigente, de acuerdo al tipo de
Cambio razón social o
nombre que no
implique cambio de
NIT, ni de documento
de identidad
entidad. SA
3. Autorización previa emitida por la Superintendencia Nacional de Salud, en
cumplimiento del Decreto 2462 de 2013 y la Circular 01 de 2018 de dicha
Superintendencia o las normas que lo modifiquen o sustituyan, cuando aplique
4. Copia del documento de identidad del representante legal.
Cambio de datos de
contacto. (teléfono y
IM
1. Formulario de Novedad.
correo electrónico)
Trámite en línea
Novedades del
prestador de Requisitos para presentar novedades de la sede
servicios de salud
1. Formulario de Novedad.
2. Documento de Existencia y Representación Legal vigente, de la sede principal y la
E
nueva sede.
3. En dicho certificado se deberá especificar la ubicación de la o las sedes.
4. Declaración de la Autoevaluación
ES
Novedades del
prestador de Requisitos para presentar novedades de la sede
servicios de salud
8. Copia del estudio de vulnerabilidad estructural
D
* Sólo será exigible a prestadores con servicios de urgencias, servicios de cirugía, o de
unidad de cuidado intensivo neonatal, pediátrico, adulto, de acuerdo con lo establecido
en la NSR 10 que funcionen en edificaciones construidas con anterioridad al 2010
9. Copia del plan hospitalario para emergencias.
LU
10. Copia del plan de mantenimiento de la planta física incluido equipamiento fijo
11. Certificado de conformidad de las instalaciones eléctricas.
Apertura de sede * Para prestadores que funcionen en edificaciones construidas con anterioridad a mayo
del 2005, se solicitará una certificación expedida por un profesional competente en la
cual certifique que las instalaciones eléctricas de la edificación donde se prestan los
servicios de salud, no representan alto riesgo para la salud y la vida de las personas y
animales, o atenten contra el medio ambiente. Adicionalmente el prestador deberá
SA
presentar un plan de ajustes de las instalaciones eléctricas.
1. Formulario de Novedad.
2. Documento de Existencia y Representación Legal vigente, de acuerdo al tipo de
IM
entidad.
Cierre de sede
3. Carta del prestador dirigida al ente territorial donde se informa sobre la gestión
adelantada con las Historias Clínicas y su entrega final.
4. Copia del documento de identidad del representante legal.
1. Formulario de Novedad.
2. Declaración de la Autoevaluación
3. Documento de Existencia y Representación Legal actualizado, de acuerdo al tipo de
entidad.
4. Copia de la licencia de construcción.
E
Novedades del
prestador de Requisitos para presentar novedades de la sede
servicios de salud
D
del 2005, se solicitará una certificación expedida por un profesional competente en la
cual certifique que las instalaciones eléctricas de la edificación donde se prestan los
servicios de salud no representan alto riesgo para la salud y la vida de las personas y
Cambio de domicilio animales, o atenten contra el medio ambiente. Adicionalmente el prestador deberá
LU
presentar un plan de ajustes de las instalaciones eléctricas.
* Para prestadores que funcionen en edificaciones construidas con posterioridad a
mayo del 2005, o edificaciones adaptadas como instituciones de salud, se solicitará
una certificación expedida por un organismo de inspección acreditado por la ONAC.
1. Formulario de Novedad.
Cambio de 2. Declaración de la Autoevaluación
nomenclatura
Cambio de sede
principal
1. Formulario de Novedad.
SA
3. Documento de Existencia y Representación Legal actualizado, de acuerdo con el
tipo de entidad.
2. Declaración de la Autoevaluación.
3. Copia del documento de identidad del nuevo Representante Legal.
IM
Novedades del
prestador de Requisitos para presentar novedades de la sede
servicios de salud
Cambio de datos de
contacto. (teléfono y
1. Formulario de Novedad.
correo electrónico)
Tramite en linea
1. Formulario de Novedad.
Cambio de director, 2. Documento de Existencia y Representación Legal vigente, de acuerdo al tipo de
E
1. Formulario de Novedad.
2. Declaración de la Autoevaluación
Apertura de servicio 3. Para los servicios de: otras consultas generales, de especialidades y otras cirugías
se debe anexar copia del título o acto administrativo de homologación o convalidación
del profesional de la salud.
4. Carta de solicitud de visita previa para los servicios que lo requieran.
TRÁMITE DE NOVEDADES Resolucion 3100 de 2.019
Novedades del
prestador de Requisitos para presentar novedades de los servicios
servicios de salud
1. Formulario de Novedad.
D
2. Constancia de presentación de la carta de dirigida a la secretaría departamental o
distrital, o la entidad que tenga a cargo dichas competencias y a las entidades
Cierre temporal responsables de pago cuando la novedad de cierre sea para los servicios de
urgencias, atención del parto, hospitalización,pediátrica y cuidado intensivo.
Aplica trámite en línea, a excepción de IPS con cierre temporal de los servicios
LU
mencionados anteriormente.
Tramite en linea
1. Formulario de Novedad.
2. Copia del contrato o convenio con el prestador de referencia habilitado.
Cambio de prestador 3. Relación de servicios habilitados que el prestador de referencia garantiza al
de referencia prestador remisor.
4. Certificado de conexión a internet.
5. Copia del documento de identidad del Representante Legal.
1. Formulario de Novedad.
Cambio en la 2. Declaración de la autoevaluación.
especificidad del
servicio 3. Para los servicios de: otras consultas generales, de especialidades y otras cirugías
se debe anexar copia del título o acto administrativo de homologación o convalidación.
TRÁMITE DE NOVEDADES Resolucion 3100 de 2.019
Novedades del
prestador de Requisitos para presentar novedades de capacidad instalada
servicios de salud
Apertura de camas 1. Formulario de Novedad.
D
Trámite en línea 2. Declaración de la autoevaluación.
Cierre de camas
1. Formulario de Novedad.
Trámite en línea
1. Formulario de Novedad.
LU
Apertura de salas
Trámite en línea 2. Declaración de la autoevaluación.
Cierre de salas
1. Formulario de Novedad.
Trámite en línea
Apertura de camillas de 1. Formulario de Novedad.
observación
Trámite en línea 2. Declaración de la autoevaluación.
Cierre de camillas de
observación
Trámite en línea
Apertura de
SA
1. Formulario de Novedad.
1. Formulario de Novedad.
ambulancias
Trámite en línea 2. Declaración de la autoevaluación.
Cierre de ambulancias
IM
1. Formulario de Novedad.
Trámite en línea
consultorios
Trámite en línea 2. Declaración de la autoevaluación.
Cierre de consultorios
1. Formulario de Novedad.
Trámite en línea
Resolucion 3100 de 2.019
D
atención o resultados en salud de los usuarios, cuentan con los títulos,
según aplique, de educación superior o certificados de aptitud ocupacional,
expedidos por la entidad educativa competente. En el caso de títulos o
certificados obtenidos en el extranjero, copia de la resolución de
convalidación expedida por el Ministerio de Educación Nacional.
LU
2. El talento humano en salud cuenta con copia de la resolución de
autorización del ejercicio expedido por la autoridad competente o inscripción
en el Registro Único Nacional de Talento Humano en Salud -ReTHUS.
3. El prestador de servicios de salud determina la cantidad necesaria de
talento humano requerido para cada uno de los servicios ofertados y
prestados, de acuerdo con la capacidad instalada, la relación entre oferta y
salud.
SA
demanda, la oportunidad en la prestación, tiempo de la atención y el riesgo
en la atención. Este criterio no aplica para el profesional independiente de
D
ultrasonido, cuenta con médico especialista en radiología e imágenes
diagnósticas también podrán realizar imágenes diagnosticas aquellos
médicos especialistas, quienes en su pensum o formación académica hayan
adquirido los conocimientos del manejo e interpretación del espectro
electromagnético, del ultrasonido especialmente, así como de las
LU
radiaciones ionizantes para establecer el diagnóstico o el tratamiento de las
enfermedades inherentes a su especialidad, para lo cual deberá acreditar el
respectivo certificado.
8. Los profesionales de la medicina de los servicios de hospitalización de
baja, mediana y alta complejidad, hospitalización paciente crónico con y sin
ventilador, cuidados intensivos neonatales, pediátricos y adultos; urgencias y
servicios del grupo quirúrgico en modalidad intramural, cuentan con
de Salud.
SA
certificación vigente de aprobación de la evaluación de competencias
esenciales para el cuidado de la donante expedida por el Instituto Nacional
D
sedación Grado III, adicional al profesional de salud que realiza el
procedimiento, cuenta con profesional de la medicina con especialidad
médico - quirúrgica, quien será el responsable de administrar la sedación.
13.3. Cuando fuera de salas de cirugía, se realicen procedimientos bajo
LU
sedación Grado IV, adicional al profesional de salud que realiza el
procedimiento, cuenta con profesional de la medicina especialista en
anestesiología, quien será el responsable de administrar la sedación.
13.4. Cuenta con profesional de la medicina especialista en anestesiología
cuando la atención se trate de pacientes con características particulares:
poco colaboradores; edades extremas; con enfermedades severas:
cardíacas, pulmonares, hepáticas, renales o del sistema nervioso central;
SA
cualquier alteración del grado de consciencia, con obesidad mórbida, con
apnea del sueño, embarazadas, o quienes abusan del alcohol o de las
drogas; antecedentes de sedación fallida o que presentaron efectos
adversos a algún medicamento utilizado en la sedación, por tener un
elevado riesgo de desarrollar complicaciones relacionadas con la sedación o
analgesia.
IM
E
ES
Resolucion 3100 de 2.019
D
así como en los servicios de salud donde se realice el proceso de
esterilización, deben contar con ambiente de aseo de uso exclusivo.
3. Cuando en una edificación de uso exclusivo de salud funcione más de un
prestador de servicios de salud con servicios de los grupos de consulta
LU
externa y apoyo diagnóstico y complementación terapéutica, cada prestador
cuenta con infraestructura separada y delimitada físicamente. Se pueden
compartir los siguientes ambientes y áreas: aseo, salas de espera y
unidades sanitarias.
4. Las edificaciones donde se presten servicios de salud de urgencias y del
grupo de internación, cuentan con tanque de almacenamiento de agua para
el consumo humano que garantice como mínimo una reserva de 24 horas de
servicio continuo, calculado con base en el consumo de 600 lt por
cama/camilla día. SA
5. Cuando el prestador de servicios de salud cuente con más de una
infraestructura y estas se puedan vincular funcionalmente entre sí, lo harán
mediante túnel o puente cubierto, o muro(s) colindante(s) que cuente(n) con
acceso(s) que intercomunique(n) las infraestructuras, de uso exclusivo del
prestador y adicionalmente cumplen con las siguientes características:
5.1. Ancho que permita la movilización de camas, camillas, sillas de ruedas,
IM
equipos biomédicos y personal para el traslado de los pacientes en
condiciones seguras.
5.2. El piso del túnel o puente debe ser uniforme y de material antideslizante
o con elementos que garanticen esta propiedad en todo su recorrido, con
pasamanos a ambos lados y con protecciones laterales hacia espacios
libres.
5.3. Lo anterior siempre y cuando la norma urbanística de la jurisdicción
donde se localizan las sedes haya aprobado esta forma de vinculación
funcional entre las mismas.
5.4. Esta edificación se podrá habilitar como una o varias sedes, de acuerdo
con lo que determine el prestador de servicios de salud.
E
sus características
18. Las áreas y ambientes de todos los servicios de salud cuentan con
ventilación e iluminación natural o artificial.
19. Las áreas de circulación de los servicios están libres de obstáculos de
manera que permitan la movilización de pacientes, talento humano, usuarios
y equipos biomédicos.
20. Los ambientes y áreas que hagan parte de cualquier servicio de salud,
deben permitir la instalación y movilización de equipos biomédicos y
personal necesarios para la atención del paciente en condiciones de rutina o
de emergencia.
Resolucion 3100 de 2.019
21. En los servicios del grupo quirúrgico, los ambientes y áreas clasificados
D
como no restringidos, semi-restringidos y restringidos, deben señalizarse
mediante la demarcación permanente en piso con material lavable y
resistente al tráfico pesado, utilizando los siguientes colores:
LU
21.2. Amarillo: Ambientes o áreas semi-restringidas
21.3. Roja: Ambientes o áreas restringidas
22. Cada uno de los pisos o niveles de la edificación cuenta con
señalización y planos indicativos de las rutas de evacuación, salidas de
emergencia y puntos de encuentro, visible al público en general.
23. Si el prestador de servicios de salud no tiene habilitado el servicio de
gestión pre transfusional, pero realiza procedimientos de transfusión
SA
sanguínea en alguno de sus servicios habilitados, tiene disponibilidad de un
área con iluminación y ventilación natural o artificial, para la ubicación de la
dotación requerida de acuerdo con los componentes sanguíneos a
transfundir.
24. Cuando un prestador de servicios de salud realice procedimientos bajo
sedación fuera de salas de cirugía, tiene disponibilidad de área o ambiente
para la recuperación de pacientes que puede ser la misma área o ambiente
IM
donde se realiza el procedimiento, garantizando la privacidad del usuario.
25. El prestador de servicios de salud que realice el proceso de
esterilización, cuenta con:
25.1. Ambiente o área de recibo de material contaminado.
25.2. Ambiente o área de lavado.
25.3. Ambiente o área de secado.
25.4. Ambiente o área de empaque.
25.5. Ambiente o área de esterilización.
25.6. Ambiente o área para almacenamiento del material estéril.
E
D
27.2.1. Área de secado.
27.2.2. Área de empaque.
27.2.3. Área de esterilización
LU
27.3. Ambiente para almacenamiento del material estéril.
Características de los ambientes y áreas que pueden ser
requeridos en varios servicios de salud
28. Consultorio: Para efectos del presente Manual se definen los siguientes
tipos de consultorios de acuerdo con la oferta de servicios:
28.1. Consultorio donde se realiza examen físico: Ambiente con mínimo 10
m2 (sin incluir la unidad sanitaria) que cuenta con:
28.1.1. Área para entrevista.
28.1.2. Área de examen.
SA
28.1.3. Lavamanos. No se exige adicional si el consultorio cuenta con
unidad sanitaria.
28.1.4. Las áreas están separadas entre sí por barrera física fija o móvil, con
excepción de los consultorios del servicio de urgencias, optometría y
oftalmología, donde no se requiere.
28.2. Consultorio donde se realizan procedimientos: Ambiente con mínimo
IM
10 m2 (sin incluir la unidad sanitaria) que cuenta con:
28.2.1. Área para entrevista
28.2.2. Área de procedimientos.
28.2.3. Las áreas están separadas entre sí por barrera física fija.
28.2.4. Mesón de trabajo.
28.2.5. Poceta, cuando la requiera, según los procedimientos que el
prestador documente en el estándar de procesos prioritarios.
28.2.6. Lavamanos. No se exige adicional si el consultorio cuenta con una
unidad sanitaria.
E
D
28.4.4. Para dos unidades odontológicas, área con mesón de trabajo con
poceta.
28.4.5. A partir de tres unidades odontológicas, adicional a lo mencionado
en los numerales 28.4.1, 28.4.2 y 28.4.3, tiene disponibilidad de un ambiente
LU
con mesón de trabajo y poceta.
29. Consultorio donde se realiza únicamente entrevista, no se realiza
examen físico ni procedimientos: Ambiente con mínimo 4 m2 (sin incluir la
unidad sanitaria), cuenta con:
29.1. Área para entrevista, según el tipo de consulta.
29.2. Lavamanos. No se exige adicional si el consultorio cuenta con unidad
sanitaria.
30. Sala de procedimientos: Es el ambiente donde se realizan
SA
procedimientos derivados de los servicios de salud. Para efectos del
presente manual, se definen los siguientes tipos de sala:
30.1. Sala de procedimientos o curaciones: Ambiente con mínimo 8 m2, que
cuenta con:
30.1.1. Mesón de trabajo.
30.1.2. Poceta, cuando la requiera, según los procedimientos que el
prestador documente en el estándar de procesos prioritarios.
IM
30.1.3. Lavamanos.
30.2. Sala de procedimientos de Litotricia: Ambiente con dimensión variable
acorde con la tecnología utilizada, que cuenta con mesón de trabajo con
poceta y disponibilidad de:
30.2.1. Vestidor para pacientes con área para casilleros.
30.2.2. Área de recuperación.
30.2.3. Unidad sanitaria.
30.3. Sala de procedimientos endoscópicos: Ambiente con dimensión
variable acorde con el tipo de tecnología utilizada y los procedimientos que
E
el procedimiento endoscópico.
30.3.3. Lavamanos.
Disponibilidad de:
30.3.4. Unidad sanitaria.
30.3.5. Vestidor para pacientes con área para casilleros que puede ser la
misma unidad sanitaria con casilleros.
30.3.6. Ambiente o área para almacenar materiales e insumos.
30.3.7. Área de limpieza y desinfección de endoscopios con mesón de
trabajo con poceta.
Resolucion 3100 de 2.019
D
30.4. Si se realiza procedimiento de monitorización electroencefalográfica
con video y radio, cuenta con:
30.4.1. Ambiente con dimensión variable acorde con el tipo de tecnología
utilizada.
LU
Disponibilidad de:
30.4.2. Unidad sanitaria
30.5. Si se realiza procedimientos terapéuticos con láser de argón o yag
láser, cuenta con aambiente con dimensión variable acorde con el tipo de
tecnología utilizada
31. Sistema de alarma cuando se cuente con red de distribución de gases
medicinales.
SA
32. Puesto de enfermería: Área con dimensión variable que, de acuerdo con
las necesidades de cada servicio, cumple con las siguientes características:
32.1. Superficie de trabajo.
32.2. Permite la monitorización permanente de los pacientes o sistemas
alternativos para su visualización.
32.3. Cuenta con alarma o sistema de llamado a enfermería, donde se
requiera.
IM
33. Ambiente o área de trabajo limpio, que cuenta con:
33.1. Mesón de trabajo.
33.2. Área para el almacenamiento y alistamiento de medicamentos.
33.3. Lavamanos.
34. Ambiente de trabajo sucio, que cuenta con:
34.1. Mesón de trabajo con poceta.
34.2. Lavamanos.
E
D
36.1. Sanitario.
36.2. Lavamanos.
36.3. Ducha.
LU
36.4. Alarma o sistema de llamado, donde se requiera.
36.5. Puertas corredizas o con apertura hacia el exterior.
37. Unidad sanitaria, ambiente que cuenta con:
37.1. Sanitario.
37.2. Lavamanos.
38. La unidad sanitaria adaptada para personas con movilidad reducida
cuenta con:
38.1. Sanitario.
38.2. Lavamanos
SA
38.3. Dimensiones que permita el desplazamiento del paciente y maniobra
en su interior, las puertas tienen un ancho que permite el fácil acceso de
pacientes en sillas de ruedas.
38.4. Puertas corredizas o con apertura hacia el exterior.
IM
38.5. Accesorios que facilite la accesibilidad, movilidad y seguridad del
usuario.
38.6. Alarma o sistema de llamado.
39. Batería sanitaria, ambiente que cuenta con sanitarios en serie y
lavamanos, discriminadas por sexo, serán separadas con barreras físicas
fijas o divisiones en materiales resistentes, inoxidables e impermeables, con
espacios libres que faciliten la ventilación y las labores de aseo. Se instalará
adicionalmente un orinal para sexo masculino. Como mínimo uno de los
sanitarios de la batería debe ser apto para personas con movilidad reducida
discriminado por sexo.
E
D
pisos deben ser resistentes a factores ambientales, deben ser continuos,
antideslizantes, impermeables, lavables, sólidos, resistentes a procesos de
lavado y desinfección. Cuando se tengan dilataciones y juntas, estas deben
ser selladas de manera que ofrezcan continuidad de la superficie.
LU
43. Los cielo rasos o techos y paredes o muros deben ser impermeables,
lavables, sólidos, resistentes a factores ambientales e incombustibles y de
superficie lisa y continua.
44. En los servicios de cirugía, atención del parto, ambiente TPR, salas de
procedimientos, consultorios donde se realicen procedimientos, servicios de
internación en cuidado básico, intermedio e intensivo, urgencias, diálisis,
hemodinamia e intervencionismo, laboratorios, gestión pre transfusional,
SA
quimioterapia, consulta odontológica y los ambientes o áreas donde se
requieran procesos de limpieza y asepsia más profundos, adicional al criterio
anterior, la unión entre paredes o muros y el piso debe ser en media caña
evitando la formación de aristas o de esquinas.
50.1. De acuerdo con los servicios a prestar, los ambientes y áreas cumplen
con los criterios del servicio de salud de la modalidad intramural.
E
aplique.
50.5. Acceso al servicio de energía eléctrica o fuente de energía alternativa.
50.6. Señalización y condiciones que garanticen la seguridad durante el
abordaje, incluyendo el ingreso de personas con discapacidad.
50.7. Estructuras firmes para el ingreso y salida de pacientes y usuarios, con
protecciones laterales a espacios libres.
50.8. Señalización de áreas restringidas al interior de la unidad móvil.
50.9. Barreras o mecanismos que impidan el ingreso de usuarios a las áreas
restringidas.
Resolucion 3100 de 2.019
D
ruedas.
LU
SA
IM
E
ES
Resolucion 3100 de 2.019
D
1.2. Marca.
1.3. Modelo.
1.4. Serie.
LU
1.5. Registro sanitario para dispositivos médicos o permiso de
comercialización para equipos biomédicos de tecnología controlada, cuando
lo requiera.
1.6. Clasificación por riesgo, cuando el equipo lo requiera.
SA
2.1. Programa de mantenimiento preventivo de los equipos biomédicos, que
incluya el cumplimiento de las recomendaciones establecidas por el
fabricante o de acuerdo con el protocolo de mantenimiento que tenga
definido el prestador, éste último cuando no esté definido por el fabricante.
2.2. Hoja(s) de vida del(los) equipo(s) biomédicos(s), con los registros de los
mantenimientos preventivos y correctivos, según corresponda.
3. El prestador de servicios de salud cuenta con un programa de
IM
capacitación en el uso de dispositivos médicos cuando éstos lo requieran, el
cual puede ser desarrollado por el fabricante, importador o por el mismo
prestador.
4. La dotación de los servicios de salud está en concordancia con lo definido
por el prestador en el estándar de procesos prioritarios.
5. La suficiencia de equipos biomédicos está relacionada con la frecuencia
de uso de los mismos, incluyendo los tiempos del proceso de esterilización,
cuando aplique.
6. El mantenimiento de los equipos biomédicos es ejecutado por talento
humano profesional, tecnólogo o técnico en áreas relacionadas. Este
E
8.4. Monitor de signos vitales con accesorios que cuenta como mínimo con:
TODOS LOS SERVICIOS ESTANDAR DOTACIÓN
CUMPLE
CRITERIO OBSERVACIONES
SI NO
D
externo
8.4.4. Batería
8.5. Laringoscopio con hojas rectas y curvas para adultos y pediátricas,
según aplique
LU
8.6. Medicamentos, dispositivos médicos e insumos, definidos por el
prestador.
9. Las instituciones prestadoras de servicios de salud con servicios de
hospitalización, hospitalización paciente crónico con y sin ventilador, cuidado
intensivo neonatal, pediátrico y adulto, urgencias y del grupo quirúrgico, en
la modalidad intramural, cuentan con equipos de telecomunicaciones de
doble vía y conectividad para notificar a la Red de Donación y Trasplantes
sobre la existencia de un posible donante.
SA
10. Las instituciones prestadoras de servicios de salud con servicios de
cuidado intensivo pediátrico y adulto que adicionalmente habiliten el servicio
quirúrgico de neurocirugía, cuentan con equipo biomédico para realizar
pruebas auxiliares en el diagnóstico de muerte encefálica, según lo
documentado en el estándar de procesos prioritarios.
11. En los sistemas centralizados de gases medicinales, se realiza el
IM
mantenimiento a los componentes del sistema por el personal capacitado
por el fabricante.
12. El prestador de servicios de salud que realice el proceso de
esterilización en un área o ambiente dentro o fuera del servicio de salud
cuenta con los equipos biomédicos y la dotación de acuerdo con el método
utilizado.
13. Si el prestador de servicios de salud no tiene habilitado el servicio de
gestión pre transfusional, pero realiza procedimientos de transfusión
sanguínea en alguno de sus servicios habilitados cuenta con:
E
D
urgencias, el prestador de servicios de salud cuenta con accesorios para
garantizar empaque cerrado y transporte de los elementos sucios y limpios,
como compreseros, vehículos para la recolección interna de residuos, carros
de comida, instrumental, entre otros.
LU
Modalidad extramural
16. Adicional a los criterios enunciados del presente estándar, que le
apliquen, el prestador de servicios de salud cuenta con:
16.1. Sistemas de telecomunicaciones de doble vía.
16.2. Cuando se realicen pruebas para la detección de eventos de interés en
salud pública, cuenta con:
16.2.1. Microscopio
16.2.2. Cinta métrica
16.2.3. Báscula
Medicamentos, dispositivos médicos e insumos
SA
1. El prestador de servicios de salud lleva registros con la información de
todos los medicamentos para uso humano requeridos en la prestación de los
servicios que oferte; dichos registros cuentan con la siguiente información:
IM
1.1. Principio activo.
1.2. Forma farmacéutica.
1.3. Concentración.
1.4. Lote.
1.5. Fecha de vencimiento.
1.6. Presentación comercial.
1.7. Unidad de medida.
E
2.1. Descripción.
2.2. Marca del dispositivo.
2.3. Serie (cuando aplique).
2.4. Presentación comercial.
2.5. Registro sanitario vigente o permiso de comercialización expedido por el
Invima.
2.6. Clasificación por riesgo (información consignada en el registro sanitario
o permiso de comercialización).
TODOS LOS SERVICIOS ESTANDAR DOTACIÓN
CUMPLE
CRITERIO OBSERVACIONES
SI NO
2.7. Vida útil, cuando aplique.
2.8. Lote
2.9. Fecha de vencimiento
D
3. Los reactivos de diagnóstico in vitro requeridos para la prestación de los
servicios de salud cuentan con información documentada que dé cuenta de
la verificación y seguimiento de la siguiente información:
3.1. Nombre
LU
3.2. Marca
3.3. Presentación comercial.
3.4. Registro sanitario vigente o permiso de comercialización expedido por el
Invima.
3.5. Clasificación del riesgo sanitario
3.6. Vida útil, cuando aplique
3.7. Fecha de vencimiento y lote. SA
4. El prestador de servicios de salud de salud cuenta con información
documentada de los procesos generales según aplique, para:
4.1. Selección
4.2. Adquisición
4.3. Transporte
IM
4.4. Recepción
4.5. Almacenamiento
4.6. Conservación
4.7. Control de fechas de vencimiento
4.8. Control de cadena de frío, Manejo de contingencias con la cadena de
frío.
4.9. Distribución
4.10. Dispensación
E
4.11. Devolución
4.12. Disposición final
4.13. Seguimiento al uso de medicamentos, homeopáticos, fitoterapéuticos,
ES
D
de diagnóstico in vitro, cuando aplique.
LU
componentes anatómicos, dispositivos médicos (incluidos los sobre
medida), reactivos de diagnóstico in vitro, y demás insumos asistenciales,
debe garantizar que se almacenen en condiciones apropiadas de
temperatura, humedad, ventilación, segregación y seguridad de acuerdo con
las condiciones definidas por el fabricante o el banco del componente
anatómico, según aplique, y contar con instrumento para medir humedad
relativa y temperatura y evidenciar su registro, control y gestión.
garanticen su cumplimiento.
SA
8. Para la aplicación del protocolo de lavado de manos o higienización, los
servicios de salud cuentan con los insumos de aseo, limpieza y secado que
D
LU
SA
IM
E
ES
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TODOS LOS SERVICIOS ESTANDAR PROCESOS PRIORITARIOS
CUMPLE
CRITERIO OBSERVACIONES
SI NO
1. El prestador de servicios de salud cuenta con una política de seguridad
del paciente acorde con los lineamientos expedidos por el Ministerio de
D
Salud y Protección Social.
2. El prestador de servicios de salud realiza actividades encaminadas a
gestionar la seguridad del paciente.
3. El prestador de servicios de salud cuenta con un comité o instancia que
orienta y promueve la política de seguridad del paciente, el control de
LU
infecciones y la optimización del uso de antibióticos, cuando los prescriba o
administre. En el caso de profesionales independientes de salud podrá ser el
mismo prestador.
4. El prestador de servicios de salud adopta y realiza las siguientes prácticas
seguras, según aplique a su servicio de salud y cuenta con información
documentada para:
4.1. Asegurar la correcta identificación del paciente en los procesos
D
documentos que el prestador de servicios de salud determine, dicha
información incluye talento humano, equipos biomédicos, medicamentos y
dispositivos médicos e insumos requeridos.
7. La información documentada es conocida mediante acciones de
LU
formación continua por el talento humano encargado y responsable de su
aplicación, incluyendo el talento humano en entrenamiento, y existe
evidencia de su socialización.
8. Las guías de práctica clínica y protocolos a adoptar son en primera
medida los que disponga el Ministerio de Salud y Protección Social. En caso
de no estar disponibles, o si existe nueva evidencia científica que actualice
alguna o algunas de las recomendaciones de las guías de práctica clínica o
SA
requerimientos de los protocolos, el prestador de servicios de salud adopta,
adapta o desarrolla guías de práctica clínica o protocolos basados en
evidencia científica, publicados nacional o internacionalmente.
9. El prestador de servicios de salud de acuerdo con las patologías más
frecuentes en el servicio define la guía o guías de práctica clínica a adoptar,
o adaptar o desarrollar.
10. El prestador de servicios de salud cuenta con información documentada
de la adopción, o adaptación o desarrollo de guías práctica clínica o
IM
protocolos basados en evidencia científica.
11. Los servicios de salud donde se atiendan pacientes con enfermedades
terminales, crónicas, degenerativas e irreversibles, a los cuales se determine
el manejo del dolor y cuidado paliativo, cuentan con información
documentada para su manejo.
12. El prestador de servicios de salud cuenta con la siguiente información
documentada:
12.1. Detección, prevención y disminución del riesgo de accidentes e
incidentes de carácter radiológico, en los servicios donde aplique.
12.2. Aseo, limpieza y desinfección de áreas y superficies.
E
13.1.2. Transporte.
13.1.3. Lavado, secado y lubricación.
D
13.1.4. Empaque.
13.1.5. Etiquetado.
13.1.6. Esterilización.
LU
13.1.7. Almacenamiento.
13.1.8. Verificación de la integridad del material estéril.
13.1.9. Control de calidad que incluya el análisis de los reportes de dicho
control, para la toma de medidas preventivas y correctivas.
14. Cuando un prestador de servicios de salud contrate el proceso de
esterilización con un tercero, cuenta con un contrato, convenio o acuerdo
escrito entre las partes, el cual debe incluir como mínimo las características
SA
de calidad de los productos, la supervisión del estado de las instalaciones y
la aplicación de los procedimientos del tercero para realizar el proceso. No
obstante, el prestador de servicios de salud que requiere el proceso de
esterilización es el responsable de garantizar la esterilidad y el desempeño
del producto final.
15. Los prestadores de servicios de salud tienen definidos procedimientos
que garanticen el cumplimiento del no reúso de dispositivos médicos cuando
el fabricante así lo haya establecido.
IM
16. Hasta tanto el Ministerio de Salud y Protección Social regule la materia,
el prestador de servicios de salud podrá reusar dispositivos médicos,
siempre y cuando el fabricante de dichos dispositivos autorice su reúso. En
tal caso, el prestador de servicios de salud cuenta con información
documentada que defina:
16.1. Los procedimientos, siguiendo las recomendaciones del fabricante,
para el reprocesamiento y control de calidad que demuestren la eficacia,
desempeño y esterilidad del producto.
16.2. Acciones de seguimiento a través de los comités de infecciones, de
seguridad del paciente y del programa de tecnovigilancia, que garanticen
E
D
violencia sexual debe hacerse a un servicio de urgencias.
18. Cuando se realicen procedimientos bajo sedación fuera de salas cirugía,
el prestador de servicios de salud cuenta con información documentada
para:
LU
18.1. Realizar la sedación.
18.2. Definición de la atención por profesional de la medicina especialista en
anestesiología cuando se identifiquen riesgos para el paciente relacionados
con la sedación.
18.3. Manejo de emergencias.
SA
complicaciones terapéuticas y medicamentosas, relacionadas con la
sedación, medición, seguimiento y planes de mejoramiento.
18.5. Lista de chequeo, consignada en la historia clínica del paciente, que
incluya la verificación de:
18.5.1. Evaluación de la vía aérea.
18.5.2. Determinación del tiempo de ayuno.
18.5.3. Registro de monitoreo del nivel de conciencia, la saturación de
IM
oxígeno, frecuencia cardíaca, tensión arterial y frecuencia respiratoria.
18.5.4. Registro de las variables hemodinámicas y respiratorias, a intervalos
regulares.
18.6. Observación bajo la supervisión del profesional que realiza la
sedación.
18.7. Todos estos registros se deben realizar antes, durante la intervención y
hasta el momento del egreso del paciente.
18.8. Recomendaciones de egreso suministradas al acompañante o
acudiente.
19. Si el prestador de servicios de salud no tiene habilitado el servicio de
gestión pre transfusional, pero realiza procedimientos de transfusión
E
D
Diferente que oferten y presten servicios de salud de los grupos de consulta
externa y los prestadores de servicios de salud de Transporte Especial de
Pacientes cuentan con documento del proceso que orienta la atención en
salud de las víctimas de violencias sexuales.
LU
22. En los servicios de transporte asistencial, atención prehospitalaria y
urgencias, se cuenta con documento del proceso que orienta la atención en
salud a víctimas de ataques con agentes químicos.
23. Los prestadores de servicios de salud cuentan con información
documentada de las condiciones de almacenamiento, conservación, control
de fechas de vencimiento, uso y custodia de los medicamentos, dispositivos
médicos e insumos contenidos en los kits de derrames de medicamentos,
ataque con agentes químicos y de violencias sexuales, según su contenido.
SA
24. Las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud con servicios de
hospitalización, hospitalización de paciente crónico con y sin ventilador,
cuidado intensivo neonatal, pediátrico y adulto, urgencias y del grupo
quirúrgico, en la modalidad intramural, cuentan con la siguiente Información
documentada:
24.1. Manejo de la enfermedad cerebro vascular.
IM
24.2. Manejo del Trauma Craneoencefálico.
24.3. Detección de donantes de componentes anatómicos
24.4. Mantenimiento del donante de componentes anatómicos
25. Las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, con servicios de
cuidado intensivo pediátrico y adulto que cuenten con servicios quirúrgicos
de neurocirugía de alta complejidad, cuentan con información documentada
del procedimiento para el diagnóstico de muerte encefálica y muerte en
asistolia.
26. Los servicios de salud que realicen pruebas de interés en salud pública
E
D
pacientes que lo requieran.
30. Mecanismos de supervisión de las actividades realizadas en el marco de
los eventos de interés en salud pública, cuando aplique.
LU
SA
IM
E
ES
Resolucion 3100 de 2.019
D
historia clínica.
2. El prestador de servicios de salud cuenta con procedimientos para utilizar
una historia única y para el registro de entrada y salida de historias del
archivo físico. Ello implica que el prestador de servicios de salud cuenta con
LU
un mecanismo para unificar la información de cada paciente y su
disponibilidad para el equipo de salud.
3. Los medios electrónicos para la gestión de la historia clínica garantizan la
confidencialidad y seguridad, así como el carácter permanente de registrar
en esta y en otros registros asistenciales, sin que se puedan modificar los
datos una vez se guarden los registros.
4. Las historias clínicas cuentan con los componentes y los contenidos
mínimos definidos en la normatividad que regula la materia.
SA
5. La historia clínica y los registros asistenciales se diligencian en forma
clara, legible, sin tachones, enmendaduras, intercalaciones, sin dejar
espacios en blanco y sin utilizar siglas.
6. Cada anotación lleva la fecha y hora en la que se realiza, con el nombre
completo y firma del autor de la misma.
7. El diligenciamiento de los registros de atención de la historia clínica se
realiza simultánea o inmediatamente después de la atención en salud.
IM
8. La historia clínica y demás registros son conservados en archivo único
garantizando la custodia y confidencialidad de los documentos o registros
protegidos legalmente por reserva.
9. El prestador de servicios de salud cuenta con un procedimiento de
consentimiento informado que incluye mecanismos para verificar su
aplicación, para que el paciente o usuario o su responsable aprueben o no
documentalmente el procedimiento e intervención en salud a que va a ser
sometido, previa información de los beneficios, riesgos, alternativas e
implicaciones del acto asistencial.
E
D
11.2. Registro de cargas.
11.3. Resultados del control de calidad.
11.4. Listas del contenido de los paquetes que se esterilizan.
11.5. Etiquetado de cada paquete que permita la trazabilidad de la
LU
esterilización.
12. Cuando se realicen procedimientos de transfusión de sangre o sus
componentes, cuenta con los siguientes registros:
12.1. Información de los componentes sanguíneos.
12.2. Solicitud de los componentes sanguíneos.
D
14.3. Registros de referencia y contrarreferencia, cuando se requieran
LU
Modalidad extramural jornada de salud y unidad móvil
14.6. Registro de rutas, horarios y frecuencias de la prestación de los
servicios ofertados.
14.7. Nombre de los pacientes atendidos.
14.8. Nombre de los pacientes trasladados.
14.9. Fecha y hora de ingreso al servicio.
14.10. Cuidados por parte del personal de salud. SA
14.11. Cuidados encargados a la familia cuando aplique.
14.12. Registros de las fechas de llegada y de salida, cuando aplique.
14.13. Registros de las actividades realizadas.
IM
E
ES
Resolucion 3100 de 2.019
D
1.1 Calidad en la entrega de los productos.
1.2 Procedimientos documentados de atención en cada servicio
interdependiente.
1.3 Tiempos de entrega de los productos.
LU
1.4 Supervisión al contratista que garantice la seguridad del resultado del
producto contratado.
2. Cuando fuera de salas de cirugía, se realicen procedimientos bajo
sedación y monitorización electroencefalográfica con video y radio; el
prestador de servicios de salud tiene disponibilidad del servicio de transporte
asistencial.
SA
IM
E
ES
Resolucion 3100 de 2.019
D
tratamiento o paliación. De acuerdo con el criterio médico y en el marco de su
autonomía, la atención podrá tener carácter prioritario.
En los ambientes, áreas, o salas de procedimientos dependientes del servicio
de consulta externa, no pueden permanecer pacientes que requieran
LU
observación o internación. Las áreas de observación son exclusivas de los
servicios de urgencias.
1. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
adicionalmente,
2. Cuenta con el profesional de la salud de acuerdo con el servicio a ofertar.
3. Cuando se oferte la estrategia para el manejo de la Enfermedad
ambientes de entrevista.
10.3. Mínimo una (1) unidad sanitaria discriminada por sexo apta para
personas con movilidad reducida, o batería sanitaria discriminada por sexo
con mínimo una (1) unidad sanitaria apta para personas con movilidad
reducida, cuando el prestador cuente con más de dos consultorios o
ambientes de entrevista.
11. Cuando se oferte la estrategia para el manejo de la Enfermedad
Respiratoria Aguda (ERA), el ambiente cuenta con:
11.1. Lavamanos.
11.2. Mesón de trabajo.
ESTANDAR CONSULTA EXTERNA
CUMPLE
CRITERIO OBSERVACIONES
SI NO
D
12. Cuando se realicen terapias e intervenciones grupales para la atención de
personas con consumo de sustancias psicoactivas o alteraciones en salud
mental, cuenta con ambiente con dimensión variable para su realización.
13. Cuando se realicen actividades grupales de educación para la salud, tiene
LU
disponibilidad de un ambiente con dimensión variable.
Modalidad extramural: unidad móvil, jornada de salud, y domiciliaria
14. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios.
Estándar de dotación
19. El consultorio donde se realice examen físico cumple con los criterios que le
D
23.4. Sistema de succión que podrá estar incorporado a la unidad odontológica.
LU
servicio (adultos o pediatría), la capacidad instalada, los procedimientos
documentados en el estándar de procesos prioritarios y la técnica de
esterilización y numero de ciclos de esterilización al día.
23.7. Cuando se realice el proceso de esterilización dentro del servicio, cuenta
con equipos para esterilización según los procedimientos realizados y
documentados en el estándar de procesos prioritarios.
Modalidad extramural unidad móvil, jornada de salud y domiciliaria
SA
24. Para la consulta externa de medicina general, cuenta con:
27. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios.
ESTANDAR CONSULTA EXTERNA
CUMPLE
CRITERIO OBSERVACIONES
SI NO
Estándar de medicamentos, dispositivos médicos e insumos
32. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios.
D
33. Cuando se oferte la estrategia para el manejo de la Enfermedad
Respiratoria Aguda (ERA), el ambiente cuenta con oxígeno medicinal.
Estándar de procesos prioritarios
35. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
LU
adicionalmente cuando se realicen procedimientos, cuenta con la siguiente
información documentada:
35.1. Procedimientos que se pueden realizar, incluyendo aquellos que
requieran anestesia local y no impliquen anestesia regional ni general.
35.2. Información al paciente sobre:
35.2.1. Preparación.
35.2.2. Recomendaciones post procedimiento.
35.2.3. Controles.
35.2.4. Posibles complicaciones.
SA
36. La sala para el manejo de la Enfermedad Respiratoria Aguda (ERA), que
dependa del servicio de consulta externa, debe estar señalizada y el
prestador de servicios de salud cuenta con la siguiente información
documentada:
36.1. Manejo de pacientes con enfermedad respiratoria alta y baja, que
IM
incluya ingreso, valoración y seguimiento del estado clínico.
36.2. Los tiempos máximos de manejo en la consulta externa, de los
pacientes con enfermedad de vías respiratorias altas y bajas, y de remisión al
servicio de hospitalización.
36.3. Las condiciones clínicas de los pacientes, que pueden ser manejadas
en la sala y de las que no, de acuerdo con los procedimientos que se realicen.
43. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios.
ES
Resolucion 3100 de 2.019
ESTANDAR VACUNACION
CUMPLE
CRITERIO OBSERVACIONES
SI NO
D
las prestaciones de salud pública para lograr la protección de la población, o
solicitadas de forma particular por el médico tratante o por el usuario en su
decisión de evitar enfermedades inmunoprevenibles
1. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
LU
adicionalmente, cuenta con:
1.1 Profesional de la medicina o profesional de la enfermería.
2. Si se requiere personal adicional para:
2.1 La administración de la vacuna cuenta con auxiliar de enfermería o
auxiliar de salud pública bajo la supervisión del profesional de la
medicina o profesional de la enfermería.
SA
2.2 El manejo de la cadena de frío puede disponer de auxiliar de enfermería o
auxiliar en salud pública o gestor comunitario en salud (en zonas de
dispersión geográfica) o regentes de farmacia o químico farmacéutico con
experiencia en cadena de frío.
3. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
adicionalmente cuenta con:
4. Consultorio o ambiente que, de acuerdo con la oferta, cumple con los
siguientes requisitos:
IM
Para los servicios en modalidad intramural de prestadores de servicios de
salud que separen el servicio de vacunación en dos ambientes cuenta con:
4.1 Consultorio para administración de medicamentos biológicos que cuenta
con:
4.1.1 Área para entrevista.
4.1.3 Lavamanos.
4.2 Ambiente para almacenamiento y alistamiento de dispositivos y termos
E
4.2.2 Área de cadena de frío que incluye un mesón con poceta, con
ES
4.2.4 Lavamanos.
4.3 Disponibilidad de:
4.3.1 Sala de espera.
4.3.2 Unidades sanitarias discriminadas por sexo.
ESTANDAR VACUNACION
CUMPLE
CRITERIO OBSERVACIONES
SI NO
D
4.4.1 Área para entrevista.
LU
4.4.3 Área para el alistamiento de termos o cajas térmicas.
4.4.4 Área de cadena de frío que incluye un mesón con poceta, con
capacidad para el lavado de los termos, con grifo cuello de cisne o ducha
teléfono, que puede estar ubicado en otro ambiente diferente al consultorio.
4.4.6 Lavamanos.
4.5 Disponibilidad de:
4.5.1 Sala de espera.
SA
4.5.2 Unidades sanitarias discriminadas por sexo.
Modalidades extramural unidad móvil, jornada de salud y domiciliaria
5. Adicional a los criterios definidos para todos los servicios, la sede del
IM
prestador de servicios de salud que habilite el servicio de vacunación cuenta
con:
5.1 Ambiente para el alistamiento de termos y cajas térmicas.
Estándar de dotación
6. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
adicionalmente, cuenta con:
ES
7.1 Congelador con la capacidad suficiente para almacenar los paquetes fríos
necesarios para el alistamiento de la totalidad de las cajas térmicas y termos.
7.2 Refrigerador precalificado por la Organización Mundial de la Salud para
almacenamiento de vacunas.
D
7.3 Caja térmica o termo porta vacunas precalificados por la Organización
Mundial de la Salud, para el traslado de los biológicos.
Estándar de medicamentos, dispositivos médicos e insumos
8. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
LU
adicionalmente cuenta con:
Si se presenta interrupción de la cadena de frío, el prestador de servicios de
salud realiza notificación según el procedimiento establecido por el Invima.
9. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
D
actividades, procedimientos e intervenciones de carácter técnico, científico y
administrativo, relacionados con los medicamentos y los dispositivos médicos
utilizados en la promoción de la salud y la prevención, diagnóstico,
tratamiento y rehabilitación de la enfermedad y paliación, con el fin de
contribuir en forma armónica e integral al mejoramiento de la calidad de vida
LU
individual y colectiva.
Los prestadores de servicios de salud no pueden habilitar este servicio como
único servicio en su portafolio.
• Nutriciones parenterales.
• Mezcla de medicamentos oncológicos.
• Adecuación y ajuste de concentraciones para cumplir con las dosis
prescritas, o reempaque o reenvase.
• Participación en programas relacionados con medicamentos y
dispositivos médicos.
E
• Monitorización de medicamentos.
• Investigación clínica.
1. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
adicionalmente:
D
Cumple con lo definido en el Decreto 2200 de 2005, compilado en el Decreto
780 de 2016 (Art 2.5.3.10.9), y la Resolución 1403 de 2007 (Manual de
condiciones esenciales y procedimientos del servicio farmacéutico Título I
Capítulo II Numerales 3.2, 3.2.1; 3.2.2 y Capítulo III Numeral 1.2), o las
normas que los modifiquen, adicionen o sustituyan.
LU
Estándar de infraestructura
4. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios.
5. Cuenta con:
5.1. Ambiente o área administrativa.
dispositivos médicos.
SA
5.3. Ambiente o área de dispensación de medicamentos y entrega de
15. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
adicionalmente cuenta con la siguiente información documentada:
15.1. Procesos generales que realice, elaborado por el responsable del
servicio.
ESTANDAR SERVICIO FARMACEUTICO
CUMPLE
CRITERIO OBSERVACIONES
SI NO
15.2. Información visible al usuario que prohíba la asesoría farmacológica, por
parte de personal diferente al profesional químico farmacéutico o al
Profesional en Medicina tratante.
15.3. Manejo de medicamentos de control especial cuando lo realice.
D
15.4. Seguimiento a condiciones ambientales de temperatura y humedad.
LU
19. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios.
Estándar de interdependencia
21. No aplica
SA
IM
E
ES
Resolucion 3100 de 2.019
D
enfermedades odontológicas, mediante el uso de métodos diagnósticos con
imágenes obtenidas a través de radiaciones ionizantes.
LU
adicionalmente, cuenta con:
Profesional de odontología o tecnólogo en radiología e imágenes
diagnósticas, o técnico profesional o auxiliar de odontología o auxiliar en
salud oral o auxiliar de higiene oral.
2. Disponibilidad de profesional de la odontología, si la toma de radiografías la
realiza un auxiliar de odontología o auxiliar en salud oral o auxiliar de higiene
oral.
Estándar de infraestructura
SA
3. La interpretación de las radiografías odontológicas es realizada por el
profesional de la odontología.
6. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
adicionalmente cuenta con:
6.1. Ambiente de radiología odontológica, si la tecnología lo requiere. Las
dimensiones estarán determinadas según la ficha técnica del equipo.
IM
6.2. Área de revelado o ambiente oscuro con extracción de gases e
iluminación adecuada, con mesón de trabajo con poceta, si la tecnología lo
requiere.
7. Disponibilidad de:
7.1. Sala de espera
7.2. Unidades sanitarias discriminadas por sexo.
D
presencia de radiación.
Estándar de medicamentos, dispositivos médicos e insumos
14. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios.
LU
Estándar de procesos prioritarios
15. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
adicionalmente cuenta con la siguiente información documentada:
15.1. Toma de exámenes que impliquen el manejo de cualquier tipo de
radiación ionizante, que incluya las acciones para evitar el efecto nocivo de
las radiaciones para los pacientes, el personal, los visitantes y el público en
general.
SA
15.2. Verificación de la calidad de la imagen, del equipo generador de
radiación ionizante, que incluye la toma de medidas preventivas y correctivas
cuando apliquen.
15.3. Verificación de la adherencia a los procedimientos realizados en la
instalación y cualquier otra consideración sobre la protección radiológica de la
instalación.
15.4. Realización y supervisión de toma de radiografías odontológicas cuando
no sea realizada por el odontólogo, que incluya como mínimo la calidad de la
IM
imagen y radioprotección.
15.5. Interpretación y lectura de las radiografías odontológicas por parte del
Odontólogo.
Modalidad extramural unidad móvil, telemedicina - prestador remisor
cuando apliquen.
16.2. Evaluación de los niveles de exposición ocupacional del personal
involucrado en la práctica y del público, así como la inspección del blindaje
del vehículo (carrocería) donde se pretende realizar la práctica.
ES
D
19.3. Registro de la evaluación de los niveles de exposición ocupacional tanto
del personal involucrado en la práctica, como del público
Estándar de interdependencia
LU
21. No aplica.
SA
IM
E
ES
Resolucion 3100 de 2.019
D
tratamiento de las enfermedades mediante el uso de métodos diagnósticos
con imágenes obtenidas a través de equipos generadores de radiaciones
ionizantes o no ionizantes.
Estructura del servicio:
LU
·Baja, mediana y alta: Aplica para el uso de métodos diagnósticos con
imágenes obtenidas a través de equipos generadores de radiaciones
ionizantes
Modalidades de prestación: Intramural: Aplica para el uso de radiaciones
ionizantes y no ionizantes
Cuando se oferte por parte de un mismo prestador el uso de métodos
diagnósticos con imágenes obtenidas a través de equipos generadores de
radiaciones ionizantes y no ionizantes, puede compartir el talento humano y
1. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
adicionalmente,
2. Cuenta con: Técnico profesional o tecnólogo en imágenes diagnósticas,
para la operación de equipos y adquisición de imágenes.
IM
3. Disponibilidad de: Médico especializado en radiología e imágenes
diagnósticas o aquellos médicos especialistas quienes en su pensum o
formación académica hayan adquirido los conocimientos del manejo e
interpretación del espectro electromagnético, del ultrasonido especialmente,
así como de las radiaciones ionizantes para establecer el diagnóstico y/o el
tratamiento de las enfermedades inherentes a sus especialidades, para lo
cual deberán acreditar el respectivo certificado. La interpretación de las
radiografías e imágenes diagnósticas y la supervisión del técnico profesional
o tecnólogo en imágenes diagnósticas es realizada por dichos profesionales.
Estándar de infraestructura
E
8. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
adicionalmente cuenta con:
8.1. Vestidor de pacientes, con disponibilidad de área para casilleros, que
puede ser compartido con los ambientes de la baja, mediana y alta
ES
complejidad.
8.2. Área para almacenamiento de dispositivos médicos e insumos, que
puede ser compartido con los ambientes de la baja, mediana y alta
complejidad.
8.3. Ambiente oscuro con luz de seguridad de acuerdo con la tecnología del
equipo o, área o ambiente de procesamiento de imágenes, cuando se
requiera. Puede ser compartido con los ambientes de la baja, mediana y alta
complejidad.
9. Disponibilidad de:
9.1. Sala de espera
ESTANDAR SERVICIO IMAGENES DIASGNOSTICAS
CUMPLE
CRITERIO OBSERVACIONES
SI NO
9.2. Unidades sanitarias discriminadas por sexo.
9.3. Ambiente de lectura y transcripción de resultados
10. Cuando se realicen procedimientos de radiología, adicionalmente cuenta
D
con:
10.1. Ambiente exclusivo, para el equipo generador de radiación ionizante. La
dimensión de este ambiente debe ser acorde al tipo de equipo generador de
radiación ionizante, su ficha técnica
LU
y a los procedimientos que se realicen, debe permitir movilización del talento
humano, pacientes, usuarios y equipos biomédicos.
10.2. Área o ambiente de control / comando del equipo, de acuerdo con la
tecnología a utilizar, que permita visualización del paciente.
Estándar de dotación
18. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
adicionalmente,
19. Cuenta con:
diagnósticos realizados.
SA
19.1. Equipo generador de radiación ionizante según los exámenes
23. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y los
de la modalidad intramural baja complejidad y adicionalmente cuenta con:
23.1. El o los equipos generadores de radiaciones ionizantes, cuyas
indicaciones del fabricante refieran que está diseñado para ser instalado y
operado en una unidad móvil.
E
23.2. La unidad móvil está dotada con señal luminosa o sonora indicando la
presencia de radiación.
24. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y los
de la modalidad intramural y adicionalmente cuenta con equipo de captura y
transmisión de datos e imágenes que asegure las condiciones de
ES
26. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios.
28. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
adicionalmente, cuenta con la siguiente información documentada:
ESTANDAR SERVICIO IMAGENES DIASGNOSTICAS
CUMPLE
CRITERIO OBSERVACIONES
SI NO
D
diagnósticos.
28.3. Acciones para evitar el efecto nocivo de las radiaciones para los
pacientes, el personal, los visitantes y el público en general.
28.4. Verificación de la calidad de la imagen, incluida la toma de medidas
LU
preventivas y correctivas, cuando se requiera.
28.5. Control de calidad del equipo generador de radiación ionizante, que
incluye la toma de medidas correctivas cuando aplique.
Estándar de historia clínica y registros
33. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
adicionalmente, cuenta con los siguientes registros:
33.1. Número de exposiciones e imágenes tomadas que incluya el nombre
del paciente y nombre del estudio realizado.
equipo.
SA
33.2. Dosis de radiación expresadas en unidades según la tecnología del
Estándar de interdependencia
E
36. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
adicionalmente,
37. Servicio de transporte asistencial cuando fuera de salas de cirugía se
realicen procedimientos bajo sedación.
ES
Resolucion 3100 de 2.019
D
de muestras de origen humano, que serán remitidas para su procesamiento.
1. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
adicionalmente cuenta con:
Profesional de bacteriología o auxiliar de laboratorio clínico o auxiliar de
LU
enfermería.
2. Disponibilidad de:
Profesional de bacteriología quien realiza la supervisión cuando la toma de
muestras es realizada por el auxiliar
Estándar de infraestructura
3. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
adicionalmente,
4. Cuenta con: SA
4.1. Área para recepción de muestras, información y entrega de resultados.
9. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
adicionalmente, cuenta con la siguiente información documentada:
ESTANDAR SERVICIO TOMA DE MUESTRAS DE LABORATORIO CLÍNICO
CUMPLE
CRITERIO OBSERVACIONES
SI NO
9.1. Toma, recepción, identificación, transporte, conservación, embalaje y
remisión de las muestras.
9.2. Entrega de resultados.
9.3. Supervisión de la toma de muestras cuando sea realizada por los
D
auxiliares.
9.4. Procedimiento y condiciones para la toma de muestras en la modalidad
extramural cuando se realicen.
Estándar de historia clínica y registros
LU
10. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
adicionalmente cuenta con:
10.1. Registro de pacientes, muestras tomadas, exámenes solicitados y
muestras remitidas.
10.2. Registro de los resultados de los exámenes remitidos. Los resultados de
los exámenes deben ser entregados al paciente con el nombre del laboratorio
clínico y la persona que los realizó.
10.3. Contrato o convenio escrito con el o los laboratorios que realizan el
SA
procesamiento de las muestras. Cuando se trate de sedes de un mismo
prestador no requiere convenio o contrato.
10.4. Contrato o convenio escrito con el servicio de patología cuando se
recepcione fragmentos de tejidos, órganos (biopsias) y material citológico de
origen humano para su estudio. Cuando se trate de sedes de un mismo
prestador no requiere convenio o contrato.
Estándar de interdependencia
11. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
IM
adicionalmente disponibilidad de:
Servicio de laboratorio clínico.
E
ES
Resolucion 3100 de 2.019
D
análisis de especímenes biológicos de origen humano.
En este servicio se podrá realizar toma de muestras de origen humano. En tal
caso, no será necesario habilitar el servicio de toma de muestras de
laboratorio clínico.
LU
Cuando se realicen pruebas de inmunología para trasplantes debe
garantizarse atención 24 horas para el procesamiento de las muestras.
7. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios.
ES
8. Cuenta con:
D
cumple con los criterios definidos para el servicio de toma de muestras de
laboratorio clínico.
8.5. Cubículo para toma de muestras, (cuando se realice), que cumple con los
criterios definidos para el servicio de toma de muestras de laboratorio clínico.
LU
9. Disponibilidad de:
9.1. Sala de espera.
9.2. Unidades sanitarias discriminadas por sexo o de uso mixto para
profesional independiente
Estándar de dotación
12. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
adicionalmente, cuenta con: SA
12.1. Equipos biomédicos manuales, semi-automatizados o automatizados
para los procedimientos que realice.
12.2. Cabina de bioseguridad, si procesa muestras para el análisis de
bacterias anaerobias, micosis subcutáneas o profundas y pruebas por técnica
de biología molecular, cuando se requiera.
12.3. Microscopio para toma e interpretación de pruebas para enfermedades
transmitidas por vectores en zonas rurales, zonas especiales de dispersión
IM
geográfica y endémica.
Estándar de medicamentos, dispositivos médicos e insumos
14. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
adicionalmente cuenta con:
Medicamentos, dispositivos médicos e insumos requeridos para el
procesamiento de las muestras, de acuerdo con las pruebas que realice.
16. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
E
D
requeridos, según las muestras que se tomen.
Estándar de historia clínica y registros
18. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
adicionalmente cuenta con:
LU
18.1. Registro de pacientes, exámenes solicitados y pruebas realizadas.
D
inspección visual y muestras ginecológicas.
Estándar de talento humano
1. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
adicionalmente cuenta con:
LU
1.1. Profesional de la medicina o profesional de la enfermería o profesional de
bacteriología o citohistotecnólogo(a) o histocitotecnólogo (a)
1.2. El personal que realice toma de citologías cuenta con constancia de
asistencia en las acciones de formación continua en esta actividad.
1.3. La técnica VIA VILI solo podrá ser realizada por profesional de la
medicina o profesional en enfermería
En zonas especiales de dispersión geográfica:
2. Cuenta con:
SA
2.1. Auxiliar de enfermería o profesional de la medicina o profesional de la
enfermería o profesional de bacteriología o citohistotecnólogo (a) o
histocitotecnólogo (a).
2.2. El personal que realice toma de citologías cuenta con constancia de
asistencia en las acciones de formación continua para esta actividad.
IM
Estándar de infraestructura
3. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
adicionalmente cuenta con:
3.1. Ambiente para la toma de muestras especiales, con unidad sanitaria y
perchero.
Disponibilidad de:
D
cuando se garantice el proceso de esterilización.
7.2. Bata para el paciente.
7.3. Fijador para células, cuando se requiera
LU
7.4. Cepillo endocervical y espátula, desechables, cuando se requiera.
7.5. Lámina portaobjetos de único uso con área de rotulado, cuando se
requiera
7.6. Elemento para rotulación de láminas portaobjetos, cuando se requiera.
9. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
adicionalmente cuenta con los siguientes registros:
9.1. Pacientes y muestras tomadas.
9.2. Muestras remitidas para su procesamiento.
ES
9.3. Resultados de los análisis con el nombre del laboratorio que realizó el
procesamiento o lectura de las muestras y de la persona que los realizó.
Estándar de interdependencia
10. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
adicionalmente disponibilidad de laboratorio de citología cervico-uterinas o
servicio de patología
Resolucion 3100 de 2.019
D
pacientes que por su condición de salud requieren estancia hospitalaria
mayor a 24 horas para monitorización o realización de procedimientos.
LU
1. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
adicionalmente, disponibilidad de:
1.1. Profesional de la medicina.
1.2. Profesional de la enfermería.
1.3. Auxiliar de enfermería.
Estándar de infraestructura
20.4.5. La habitación múltiple para lactantes debe tener un área libre mínima
de 4 m2 por cuna, con área para bañar y vestir a los lactantes y unidad
sanitaria para acompañante. La capacidad máxima de cunas será definida
por el prestador según su capacidad instalada.
ES
20.4.6. Las habitaciones para pacientes adultos deben estar separadas de las
habitaciones para pacientes pediátricos.
20.4.7. Las habitaciones para pacientes pediátricos cuentan con sistema de
seguridad en las ventanas, mecanismos de protección en las instalaciones
eléctricas y los aparatos sanitarios y muebles, deben tener la altura adecuada
que permita al paciente su fácil utilización.
20.4.8. Las puertas de acceso a las habitaciones deben permitir el paso y giro
de camillas y sillas de ruedas.
20.4.9. El ambiente donde esté ubicado el sanitario y la ducha debe permitir el
fácil desplazamiento del paciente y contar con sistema de llamado de
enfermería audible y visible.
ESTANDAR SERVICIO DE HOSPITALIZACIÓN
CUMPLE
CRITERIO OBSERVACIONES
SI NO
20.5. Habitación individual de aislamiento que cuenta con:
20.5.1. Antecámara a manera de filtro, con lavamanos. La presión del aire
debe ser acorde con la patología del paciente.
D
20.5.2. Baño.
20.5.3. Área de guardarropa.
20.6. Si ofrece trasplante de células progenitoras hematopoyéticas adulto o
pediátrico, cuenta con habitación individual de aislamiento.
LU
21. Disponibilidad de:
21.1. Sala de visitas.
21.2. Unidades sanitarias discriminadas por sexo.
21.3. Ambiente para almacenamiento y distribución de alimentos.
21.4. Ambiente para la preparación de fórmulas artificiales y extracción de
leche materna.
Estándar de dotación SA
25. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
adicionalmente cuenta con:
25.1. Camas hospitalarias, de acuerdo con la oferta del servicio.
D
o la norma que la modifique, adicione o sustituya.
42. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
LU
adicionalmente cuenta con la siguiente información documentada:
del lenguaje, que incluya los tipos de elementos e insumos requeridos para
cada tipo de actividad, según se requiera.
Estándar de historia clínica y registros
ES
48. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios.
49. Si ofrece trasplante de células progenitoras hematopoyéticas,
adicionalmente cuenta con:
49.1. Resumen de la historia clínica del donante donde quede consignado los
resultados de las pruebas serológicas e inmunológicas.
49.2. Resultados de las pruebas serológicas e inmunológicas del receptor y
demás registros para trazabilidad pos-trasplante
Estándar de interdependencia
51. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
adicionalmente disponibilidad de:
ESTANDAR SERVICIO DE HOSPITALIZACIÓN
CUMPLE
CRITERIO OBSERVACIONES
SI NO
51.1. Servicio de laboratorio cínico.
51.2. Servicio de imágenes diagnósticas.
51.3. Servicio de transporte asistencial.
D
51.4. Servicio farmacéutico.
51.5. Servicios de apoyo (alimentación, lavandería y vigilancia).
LU
SA
IM
E
ES
Resolucion 3100 de 2.019
D
Descripción del servicio: Servicio responsable de dar atención a las
alteraciones de la integridad física, funcional y/o psíquica por cualquier causa
con diversos grados de severidad, que comprometen la vida o funcionalidad
de la persona y que requiere de la prestación inmediata de servicios de salud,
a fin de conservar la vida y prevenir consecuencias críticas presentes o
LU
futuras. El servicio debe ser prestado las 24 horas del día.
D
18.2. Unidades sanitarias discriminadas por sexo. De las cuales mínimo una
(1) unidad sanitaria discriminada por sexo, es apta para personas con
movilidad reducida.
18.3. Área para estacionamiento de camillas y sillas de ruedas.
LU
18.4. Ambiente para descontaminación de pacientes, con ducha teléfono y
sistema de drenaje.
18.5. Consultorios con lavamanos., Al menos uno de los consultorios cuenta
con unidad sanitaria el cual no requiere lavamanos adicional.
18.6. Ambiente o área de Triage.
18.7. Estación de enfermería.
18.8. Sala de procedimientos (8m2)
SA
18.9. Ambiente para atención de la Enfermedad Respiratoria Aguda, cuando
se requiera.
18.10. Ambiente para inmovilización, cuando se requiera.
18.11. Ambiente para rehidratación oral, cuando se requiera.
D
18.17.1. Puesto de enfermería
18.17.2. Unidad sanitaria discriminada por sexo.
18.18. Área señalizada y exclusiva para el acceso y parqueo de ambulancias
a la entrada del servicio.
LU
Estándar de dotación
22. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
adicionalmente cuenta con:
22.1. Instrumental gineco-obstétrico
22.2. Equipo de atención de partos.
22.10. Nebulizador
22.11. Oxígeno medicinal y succión. Puede ser suministrado mediante salida
de oxígeno medicinal y sistema de vacío o mediante oxígeno medicinal
portátil y aspirador.
ES
D
24. Sala de procedimientos, que cuenta con:
24.1. Camilla con barandas, ruedas y freno.
24.2. Lámpara o fuente de iluminación móvil o fija.
LU
24.3. Equipo de pequeña cirugía.
24.4. Dotación requerida conforme con lo documentado en el estándar de
procesos prioritarios.
24.5. Oxígeno medicinal que puede ser suministrado mediante salida de
oxígeno medicinal o mediante oxígeno medicinal portátil.
24.6. Succión. Puede ser suministrado mediante sistema de vacío o mediante
aspirador
25. Sala de reanimación que cuenta con:
SA
25.1. Oxígeno medicinal que puede ser suministrado mediante salida de
oxígeno medicinal o mediante oxígeno medicinal portátil.
25.2. Succión. Puede ser suministrado mediante sistema de vacío o mediante
aspirador.
26. Sala de observación, que cuenta con:
26.1. Camilla con barandas, ruedas y freno.
26.2. Dotación requerida conforme con lo documentado en el estándar de
IM
procesos prioritarios.
26.3. Oxígeno medicinal que puede ser suministrado mediante salida de
oxígeno medicinal o mediante oxígeno medicinal portátil por camilla.
26.4. Succión. Puede ser suministrado mediante sistema de vacío o mediante
aspirador.
27. Ambiente de transición que cuenta con:
27.1. Silla reclinable escualizable.
28. Sala de reanimación, que cuenta con:
E
D
con la dotación definida para estos ambientes en los numerales 25 y 26 del
servicio de urgencias de baja complejidad.
30. La sala de reanimación adicional a la ubicada en el piso o nivel de acceso
directo desde el exterior de la edificación, cuenta con la dotación definida
LU
para este ambiente en el numeral 27 del servicio de urgencias de baja
complejidad.
Estándar de medicamentos, dispositivos médicos e insumos
34. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
adicionalmente cuenta con:
34.1. Kit para recolección de evidencia forense y kit de profilaxis post
exposición para VIH, ITS y anticoncepción de emergencia en víctimas de
violencia sexual, según lo definido en la resolución 459 de 2012 o la norma
que la modifique, adicione o sustituya.
34.2. Oxígeno medicinal.
Estándar de procesos prioritarios
SA
36. Cumple con los criterios definidos en todos los servicios y adicionalmente
cuenta con la siguiente información documentada:
36.1. Ronda médica de evolución diaria de pacientes.
IM
36.2. Solicitud de interconsultas.
36.3. Entrega de turno por parte de enfermería y de medicina.
36.4. Control de líquidos.
36.5. Plan de cuidados de enfermería.
36.6. Administración de medicamentos.
36.7. Sujeción de pacientes.
36.8. Toma de muestras de laboratorio clínico.
E
D
derivados a servicios de consulta externa que cuenten con la estrategia de
consulta prioritaria.
36.19. Manejo de urgencias que incluya:
36.19.1. Intoxicación aguda y síndrome de abstinencia a sustancias
LU
psicoactivas, según oferta.
36.19.2. Agitación psicomotora, conducta suicida y agresión a terceros.
servicio.
SA
36.22. Declaración de muerte encefálica, acorde con la complejidad del
40. Cumple con los criterios definidos en todos los servicios y adicionalmente,
D
41.5. Servicio de transporte asistencial
41.6. Servicios de apoyo (alimentación, lavandería, vigilancia)
LU
SA
IM
E
ES
Resolucion 3100 de 2.019
D
y se brinda atención oportuna y permanente al paciente en ambulancias
terrestres, marítimas, fluviales y aéreas.
LU
Para ambulancias terrestres
1. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
adicionalmente cuenta con:
1.1. Tecnólogo en atención prehospitalaria o técnico profesional en atención
prehospitalaria o auxiliar en enfermería, en cualquier caso, cuenta con
constancia de asistencia en las acciones de formación continua en soporte
vital básico.
1.2. Conductor que cuenta con licencia para la conducción del respectivo
SA
vehículo, expedida por la autoridad competente y adicionalmente cuenta con
constancia de asistencia en las acciones de formación continua en primeros
auxilios o de primer respondiente.
Estándar de infraestructura
11. Las ambulancias terrestres, fluviales, y marítimas, además de los
requisitos exigidos por el sector salud, deben cumplir con los que para este
tipo de servicios determinen las autoridades de tránsito terrestre, fluvial y
IM
marítimo.
Para ambulancias terrestres, fluviales y marítimas
12. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
adicionalmente cuenta con:
12.1. Sede donde se manejen los procesos administrativos que cuenta con:
D
13. La carrocería del vehículo cuenta con:
13.1. Dos compartimentos, uno para el conductor y otro para el paciente con
comunicación visual y auditiva entre sí.
13.2. Acceso principal al compartimiento del paciente por la parte posterior
LU
que cuenta con una apertura útil de mínimo 1.10 metros altura y de 0.90
metros de ancho, con mecanismo que permite el bloqueo en posición de
“abierta”, con un peldaño adherido a la carrocería con acabado antideslizante
para facilitar el acceso al compartimiento del paciente. Sobre estas medidas
se autorizan variaciones máximas del 10 %.
D
14.2. Dispositivo de señalización óptica, que puede ser de tipo rotatorio,
intermitente o estroboscópico, visible como mínimo a 180º y de fácil
observación a la luz del día, que se encuentra ubicado en la parte posterior de
la carrocería del vehículo.
LU
14.3. Dos luces de delimitación: laterales, blancas fijas, distribuidas
simétricamente en cada costado del vehículo.
14.4. Dos luces de delimitación: laterales rojas intermitentes, distribuidas
simétricamente en cada costado del vehículo.
Interior del vehículo
15. Cuenta con:
15.1. Revestimientos interiores del compartimiento del paciente sin elementos
SA
afilados o cortantes, de material lavable, con acabados no rugosos y
resistentes al deterioro por agentes desinfectantes.
15.2. Piso antideslizante, su unión con las paredes es hermética y se
encuentra adherido al vehículo.
15.3. Silla del acompañante y silla del personal auxiliador, de material lavable
que cuenta con cinturones de seguridad y protección para la cabeza y la
espalda.
15.4. Cinturones de seguridad adicionales para sostener una camilla
adicional.
IM
15.5. Leyenda de “este es un espacio libre de humo de tabaco” u otro similar”
y “use el cinturón de seguridad”, ubicada en el compartimiento del paciente.
15.6. Gabinetes del compartimiento del paciente que son livianos, de material
resistente, lisos, lavables, sin bordes agudos o filos cortantes y cuentan con
puertas de material transparente, resistente, con anclajes seguros para evitar
su apertura.
15.7. Los gabinetes llevan el nombre correspondiente y colores de
identificación para guardar los elementos de acuerdo con su especialidad,
así: azul: sistema respiratorio; rojo: sistema circulatorio; amarillo: pediátrico;
E
D
16.2. Sistema de telecomunicaciones de doble vía, asignado exclusivamente
a la ambulancia, que le permita establecer contacto con su central, base o red
de coordinación.
16.3. Sistema de georreferenciación y comunicación que permita el monitoreo
LU
y contacto con la entidad territorial en salud a través del CRUE.
acuático.
18.7. La cubierta inferior del compartimiento del paciente está fabricada en
material antideslizante, sin elementos afilados o cortantes, de material
lavable, con acabados redondeados, superficies pulidas y resistentes a
agentes desinfectantes.
18.8. La disposición de los soportes y elementos metálicos para equipos de
asistencia, deben quedar de tal forma que no produzcan daño a los
ocupantes del vehículo.
18.9. Techo-cubierta de material rígido o plegable, liviano, para proteger y
cubrir los compartimientos del paciente, piloto y acompañantes.
ESTANDAR SERVICIO TRANSPORTE ASISTENCIAL
CUMPLE
CRITERIO OBSERVACIONES
SI NO
18.10. El techo-cubierta debe servir en su parte exterior de soporte a los
dispositivos de alerta, luces y exploradoras y en su parte interior para la
fijación de los rieles para ubicación de líquidos parenterales y equipos
biomédicos.
D
Otras condiciones generales de seguridad del vehículo
19. Cuenta con:
19.1. Extintor para fuegos ABC, con capacidad mínima de carga de 2.26
kilogramos para la ambulancia.
LU
19.2. Chalecos salvavidas para cada uno de los ocupantes.
Área del paciente
20. Cuenta con:
20.1. Asientos tanto para los acompañantes como para el motorista auxiliar
con su respectivo espaldar.
20.2. Leyenda de “este es un espacio libre de humo de tabaco” u otro similar”
y “use chaleco salvavidas”.
SA
20.3. Compartimientos livianos, de material resistente, lisos, lavables, sin
bordes agudos o filos cortantes, con puertas resistentes, abatibles o
deslizantes, con anclajes seguros para evitar su apertura.
20.4. Los gabinetes llevan el nombre correspondiente y colores de
identificación para guardar los elementos, de acuerdo con su especialidad,
así: azul: sistema respiratorio; rojo: sistema circulatorio; amarillo: pediátrico;
verde: quirúrgico y accesorios.
20.5. El paciente está ubicado de tal manera que los gases de los motores no
IM
le afecten
Luces y otros elementos del vehículo
21. Cuenta con:
21.1. Iluminación interior para toda el área de manejo del paciente.
21.2. Brújula y luces de navegación.
21.3. Dispositivo de señalización óptica (barra de luces) que puede ser de tipo
rotatorio, intermitente o estroboscópico, de fácil observación con la luz del día,
ubicado sobre el techo-cubierta.
E
Estándar de dotación
Para las ambulancias terrestres, fluviales y marítimas
ESTANDAR SERVICIO TRANSPORTE ASISTENCIAL
CUMPLE
CRITERIO OBSERVACIONES
SI NO
31. Cumplen con los criterios definidos para todos los servicios y
adicionalmente, cuentan con:
31.1. Desfibrilador externo automático, incluyendo electrodos adhesivos para
adultos y pediátricos, con fecha de vencimiento vigente.
D
31.2. Fonendoscopio adulto y pediátrico
31.3. Tensiómetro adulto y pediátrico.
LU
31.4. Equipo eléctrico de aspiración de urgencia con todos sus accesorios
(manguera de succión y sondas de aspiración de varios tamaños).
31.12. Silla de ruedas portátil, liviana y plegable, con una capacidad de carga
de mínimo 120 kg. Deberá tener mínimo dos cinturones de sujeción para el
IM
paciente y para su transporte al interior de la ambulancia.
31.21. Oxígeno medicinal portátil de mínimo 0.5 metros cúbicos para permitir
el desplazamiento de las camillas manteniendo el suministro de oxígeno
medicinal al paciente.
31.22. Conjunto para inmovilización que cuenta con inmovilizadores
cervicales graduables, adulto (2) y pediátrico (2), inmovilizadores laterales de
cabeza, inmovilizadores para extremidades superiores e inferiores.
D
externo
Estándar de medicamentos, dispositivos médicos e insumos
Para las ambulancias terrestres, fluviales y marítimas:
LU
36. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
adicionalmente el prestador define los medicamentos, dispositivos médicos e
insumos requeridos de acuerdo con lo documentado en el estándar de
procesos prioritarios.
37. Cuenta con:
37.1. Oxígeno medicinal.
37.2. Aditamento supraglótico de varias tallas adulto y pediátrico.
Estándar de procesos prioritarios
SA
Para las ambulancias terrestres, fluviales, marítimas y aéreas:
41. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
adicionalmente cuenta con la siguiente información documentada:
que se realicen
Estándar de historia clínica y registros
43. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
adicionalmente cuenta con:
ES
D
pacientes en el programa o servicio.
Estándar de interdependencia
45. No aplica.
LU
SA
IM
E
ES
Resolucion 3100 de 2.019
D
Estándar de talento humano
1. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
adicionalmente, cuenta con:
LU
1.1. Auxiliar en enfermería.
2. Disponibilidad de:
2.1. Profesional de la medicina general.
2.2. Profesional de la enfermería.
Estándar de infraestructura
Barrera física móvil o fija entre camillas, que permite fácil limpieza y
desinfección y la privacidad del paciente, cuando exista más de una camilla.
E
D
en el mismo ambiente), Cumple con los criterios que le sean aplicables de
todos los servicios y cuenta con:
16.1. Habitación individual de TPR con dimensión mínima de 16 m2, que
cuenta con:
LU
16.1.1. Baño, guardarropa y sistema de llamado.
16.1.2. Mesón de trabajo
D
19.4. La sala de recuperación cuenta con:
19.4.1. Camilla con barandas, ruedas y freno.
19.4.2. Disponibilidad de cunas.
LU
19.4.3. Oxígeno medicinal que puede ser suministrado mediante salida de
oxígeno medicinal o mediante oxígeno medicinal portátil por camilla
19.4.4. Succión. Puede ser suministrado mediante sistema de vacío o
mediante aspirador.
19.5. Para todo el servicio disponibilidad de:
19.5.1. Carro de paro
19.5.2. Bomba de infusión.
19.5.3. Glucómetro.
19.5.4. Incubadora de transporte.
19.5.5. Silla de ruedas.
SA
19.5.6. Oxígeno medicinal que puede ser suministrado mediante salida de
oxígeno medicinal o mediante oxígeno medicinal portátil por camilla.
20. Cuando se oferte la estrategia TPR (trabajo de parto, parto y recuperación
IM
en el mismo ambiente), cuenta con:
20.1. Cama hospitalaria para atención de partos.
20.2. Lámpara pielítica o cielítica.
20.3. Equipo para atención de partos.
20.4. Equipo de episiotomía y episiorrafia
20.5. Incubadora abierta o lámpara de calor radiante.
20.6. Succión. Puede ser suministrado mediante sistema de vacío o mediante
aspirador
E
D
24.2. Oxígeno medicinal.
24.3. Kit de emergencias obstétricas o código rojo.
25. Cuando se oferte la estrategia TPR (trabajo de parto, parto y recuperación
LU
en el mismo ambiente), cuenta con:
25.1. Catéteres para vena umbilical.
25.2. Oxígeno medicinal
Estándar de procesos prioritarios
27. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
adicionalmente cuenta con la siguiente información documentada:
30. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
adicionalmente cuenta con partograma para toda materna en trabajo de parto.
Estándar de interdependencia
32. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y
adicionalmente disponibilidad de:
32.1. Servicio de laboratorio clínico.
32.2. Servicio de imágenes diagnósticas.
ESTANDAR SERVICIO ATENCION DEL PARTO
CUMPLE
CRITERIO OBSERVACIONES
SI NO
32.3. Servicio de transporte asistencial.
32.4. Servicio farmacéutico.
32.5. Servicio de vacunación.
D
32.6. Servicios de apoyo (alimentación, lavandería y vigilancia)
LU
SA
IM
E
ES