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ISEP Normativa Academica PDF
ISEP Normativa Academica PDF
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es
Contenido
INTRODUCCIÓN ................................................................................................................... 3
Criterios de evaluación....................................................................................................... 4
Prácticas........................................................................................................................ 6
Acceso .............................................................................................................................. 8
Derechos ........................................................................................................................ 10
Deberes .......................................................................................................................... 10
Faltas ............................................................................................................................. 11
Sanciones ....................................................................................................................... 12
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Normativa ISEP
Prórroga ......................................................................................................................... 15
Certificados y Diplomas.................................................................................................... 15
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Normativa ISEP
INTRODUCCIÓN
La presente normativa del Instituto Superior de estudios psicológicos, ISEP, constituye el marco
sobre el cual se basa y desarrolla la actuación pedagógica, académica y administrativa de los
estudios que se imparten y que conducen a la obtención de titulación propia de ISEP y /o y
titulación oficial mexicana para aquellos programas con RVOE (Reconocimiento de Validez Oficial
por la SEPyC).
I. NORMATIVA DE MATRICULACIÓN
Artículo 1. La persona que solicite cursar estudios de especialización en ISEP debe cumplir con
los requisitos de acceso que se establezcan en cada uno de los cursos y modalidades de acuerdo
con su plan de estudio. Se pueden admitir perfiles distintos de forma excepcional, valorando cada
caso individualmente.
Artículo 3. Para programas con Reconocimiento de Validez Oficial (RVOE) por la SEPyC (México),
el alumno debe solicitarlo según las instrucciones de este enlace este enlace.
Artículo 4. Para aquellos alumnos cuyos programas obtengan titulación de la Universidad de Vic
el alumno deberá aportar la documentación requerida apostillada.
Artículo 7. La falsedad u omisión detectada en los datos facilitados por el estudiante o en los
documentos entregados da la facultad a ISEP de anular la matricula.
Artículo 9. La matrícula queda formalizada con la aceptación de las condiciones del contrato,
que prevalece sobre otros pactos o condiciones que las contradigan.
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Normativa ISEP
1. Para alumnos con titulación universitaria fuera de la comunidad europea podrán cursar
los estudios de ISEP sin la necesidad de homologar el título.
2. La admisión a los estudios superiores de ISEP en ningún caso implica la homologación
del título extranjero de educación superior.
3. El alumno podrá modificar su matrícula cambiando de programa formativo o modalidad
siempre y cuando se dispongan de plazas y se cuente con la aprobación de la Dirección.
El importe deberá adecuarse al curso realizado siempre y cuando el importe del curso
sea superior.
4. En caso que el alumno solicite un segundo cambio de matriculación deberá renovar las
tasas de matriculación según la tarifa vigente.
Artículo 11. Los programas presenciales serán realizados siempre que se alcance el número
mínimo necesario de alumnos. En caso de anulación, el alumno podrá optar entre destinar el
importe pagado a otro programa de ISEP o bien el reintegro de los importes abonados.
Artículo 12. ISEP se reserva el derecho de modificar el orden de la impartición de los módulos
en función de la mejor organización interna de la delegación y los docentes implicados. Cualquier
cambio será notificado al alumno a través de los foros de Campus Virtual, mail, sms o whatsapp.
Artículo 13. Los contenidos y la metodología del programa se actualizan para incorporar mejoras
y novedades. En caso de cambios, el alumno estará informado a medida que se implementen.
Artículo 14. La lengua vehicular de los programas impartidos en ISEP es el castellano. El alumno
se hace responsable de sus conocimientos y comprensión del idioma quedando ISEP excluido de
traducciones simultáneas o adaptaciones curriculares en otro idioma.
Criterios de evaluación
Artículo 15. La evaluación de ISEP se estructura con base a su modelo pedagógico
constructivista, siendo la evaluación continua el eje fundamental del sistema evaluativo el cual se
ajusta al itinerario formativo del programa para garantizar la consolidación de objetivos y
competencias.
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Normativa ISEP
Artículo 16. En la modalidad presencial el docente podrá evaluar a través de campus virtual,
actividades grupales o individuales que aseguren la consolidación de los objetivos propuestos
para el módulo.
Artículo 17. En la modalidad e-learning: Para alcanzar el grado de adquisición mínimo aprobado,
el alumno debe obtener una calificación igual o superior a 6 en todas y cada una de las actividades
evaluativas. En la modalidad presencial, esta normativa será vigente a partir del curso 20-21.
Artículo 20. Para aquellos alumnos que no han presentado u obtenido una calificación mínima
necesaria, se celebra una convocatoria extraordinaria de recuperación de la nota al finalizar las
clases presenciales.
Artículo 22. El hecho de no presentarse a las pruebas de evaluación pertinentes en los plazos
fijados según la modalidad de los estudios constará en el expediente como no presentado. Para
poder ampliar el plazo de evaluación el alumno deberá volver a matricularse de las asignaturas
que correspondan y abonar los precios y tasas pertinentes y vigentes en ISEP.
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Normativa ISEP
2. El alumno deberá entregar la versión final del TFM en formato digital a través de Campus
Virtual ISEP junto con el vídeo que incluye la disertación del Trabajo Final de Máster.
3. Todos los alumnos deberán hacer una Disertación virtual del Trabajo Ffinal de Máster a
través de un video de 25-30 minutos de duración el cual será evaluado por el tutor del
Trabajo Final de Máster.
4. Para los alumnos que optan por la titulación oficial mexicana, la disertación virtual será
evaluada por un tribunal o sinodales de los organismos competentes de México.
Prácticas
Artículo 25. Las prácticas académicas hacen referencia a una actividad formativa cuyo objetivo
es aplicar y complementar los conocimientos adquiridos con la formación académica.
Extinción de un programa
Artículo 26. ISEP se reserva el derecho de extinguir un programa de estudio atendiendo a
criterios académicos y de interés profesional.
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Normativa ISEP
Artículo 27. Los alumnos matriculados podrán continuar sus estudios hasta la consecución del
plan de estudios según el tiempo estipulado en la matriculación.
Artículo 28. En caso de que un alumno antiguo desee retomar sus estudios de un programa
extinguido deberá acogerse a las nuevas propuestas formativas de ISEP. ISEP se reserva el
derecho de convalidación de los módulos realizados en el programa antiguo.
Bajas académicas
Baja académica automática
Artículo 30. Este tipo de baja es la que determina ISEP de manera automática y sin dejar de
reconocer las obligaciones contractuales de carácter económico en el momento en que se detecta
que se produce alguno de los siguientes supuestos:
Artículo 33. En el caso de que el máster o posgrado esté avalado por la Universitat de Vic u
otra institución que requiera la vinculación administrativa o contractual del alumno, cualquier
reincorporación a la formación comportará el pago, de nuevo, de las tasas universitarias, de
matriculación o de adhesión, ya que estos orga-nismos no contemplan ningún tipo de baja
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temporal o atraso en el curso de los estudios, por lo que los alumnos que no aparezcan en las
actas universitarias o institucionales deberán volverse a matricular de nuevo.
Artículo 34. Campus Virtual ISEP tiene como finalidad principal crear, compartir y difundir
conocimiento. Para ello se basa en los principios de transparencia y confianza propios del
Instituto.
Acceso
Artículo 35. Todos los miembros que interactúan en Campus Virtual ISEP disponen de un
nombre de usuario y de una clave secreta. El acceso incluye el uso de los contenidos y de los
servicios que se ponen a disposición de todos los miembros, según el perfil concreto que cada
uno tiene asignado.
Artículo 36. El acceso a Campus Virtual ISEP es personal e individual. El usuario se compromete
a mantener en secreto su identificación y, de este modo, se responsa-biliza de cualquier actividad
o mal uso que un tercero pudiera llevar a cabo mediante esta identificación, ya sea con su
consentimiento o por negligencia.
Artículo 37. El alumno se compromete a avisar a ISEP de la pérdida de sus datos de acceso o
del acceso no autorizado que haya podido detectar.
Artículo 40. Todos los usuarios se comprometen a mantener una actitud y un lenguaje
respetuosos en las comunicaciones con el resto de usuarios, tanto en los es-pacios públicos como
privados, y a no transmitir ni a difundir opiniones o contenidos ilegales, difamatorios, ofensivos
o que atenten contra los valores y la dignidad de las personas.
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Normativa ISEP
incorporan a Campus Virtual ISEP. Por otro lado, también se compromete a no falsificar su
identidad en ninguno de sus aspectos.
Artículo 44. ISEP garantiza la confidencialidad de los datos de carácter personal facilitados por
los usuarios de Campus Virtual ISEP, así como la adopción de las me-didas de seguridad
pertinentes en cumplimiento de la normativa vigente de protección de datos de carácter personal.
Artículo 45. El contenido, el diseño y el código informático de Campus Virtual ISEP están
protegidos por los derechos de propiedad intelectual de ISEP. Quedan pro-hibidas las
reproducciones, la distribución, la transmisión, la comunicación pública y la transformación de
una parte o de la totalidad del contenido sin autorización previa de ISEP. De igual modo se
tratarán las marcas y los logotipos que aparecen en este entorno.
Artículo 46. ISEP no se hace responsable de las conductas individuales de los usuarios de
Campus Virtual ISEP.
Artículo 48. ISEP posee la licencia de CEDRO mediante la cual los profesores podrán reutilizar
material de terceros para distribuir a sus estudiantes. La reutilización puede realizarse tanto en
fotocopia como en formato digital e incluye artículos de periódicos y/o revistas, hasta un 10% de
un libro, así como la posibilidad de incluir este material dentro de los recursos creados por el
propio profesor.
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Normativa ISEP
Artículo 50. El alumno, exclusivamente para su uso personal y respetando los derechos de
propiedad intelectual, podrá descargar los contenidos, copiar o imprimir cualquier página de la
web y del campus virtual de ISEP a los que tenga acceso (incluido el material docente). En ningún
caso podrá transmitir, cambiar, modificar o suprimir los contenidos sin la previa autorización
escrita de ISEP.
Artículo 52. Esta normativa hace referencia al conocimiento de los derechos y deberes de los
alumnos, así como el establecimiento de los mecanismos necesarios para garantizar su ejercicio
correcto y de protección.
Derechos
Artículo 53. Además de los derechos reconocidos por la legislación vigente, ISEP se
compromete a garantizar a los alumnos los derechos siguientes:
Deberes
Artículo 54. Además de los deberes reconocidos por la legislación vigente, los estudiantes se
comprometen explícitamente a:
1. Hacer un buen uso de los recursos que ISEP facilita y pone a disposición del alumno.
2. Facilitar datos personales y académicas veraces y la documentación acreditativa.
3. Conocer y respetar las normas académicas vigentes y cumplir con sus obligaciones
académicas.
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Artículo 55. Corresponde a la Dirección General de ISEP garantizar el ejercicio correcto de los
derechos y deberes del alumno, así como el hecho de adoptar las medi-das necesarias —corregir
o sancionar— para impedir cualquier situación que sea contraria a esta normativa, a los derechos
y deberes fundamentales y a las normas de convivencia que en ella se recogen.
Faltas
Artículo 56. Las infracciones por incumplimiento de esta normativa o cualquier otra de ISEP
pueden ser:
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Sanciones
Artículo 57. A las faltas graves se les podrán aplicar dichas sanciones, teniendo en cuenta el
principio de proporcionalidad:
1. Amonestar oralmente.
2. Amonestar por escrito.
3. Suspender temporalmente del derecho de participación en los espacios y contextos de
enseñanza y aprendizaje comunitarios.
4. Suspender del derecho a ser evaluado en una o varias asignaturas o módulos.
Artículo 58. A las faltas muy graves se les podrán aplicar dichas sanciones, teniendo en cuenta
el principio de proporcionalidad:
Artículo 59. Esta normativa es el marco general de aplicación para desarrollar los derechos y
deberes de los alumnos, así como de ISEP, en materia contractual y económica.
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Obligaciones contractuales
Artículo 60. La hoja de matrícula firmada es un documento de carácter contractual y de
naturaleza obligacional por parte de todos los firmantes.
Artículo 61. En ella se detallan los derechos y deberes del alumno sobre los que ISEP debe
informar antes del momento de la firma, la concreción de las condiciones y modalidades de pago
acordadas, los datos personales del alumno y todos aquellos otros datos relevantes para un buen
desarrollo de la relación contractual.
Formas de pago
Artículo 62. De acuerdo con lo establecido, pactado, expuesto y firmado en la hoja de matrícula,
el alumno podrá hacer efectivo el pago de la matrícula:
Artículo 63. En relación al pago del curso, este se podrá efectuar en mensualidades o al contado.
De acuerdo con lo establecido, pactado, expuesto y firmado en la hoja de matrícula, el alumno
podrá hacer efectivo el pago del curso:
Artículo 65. En caso de necesitar de más tiempo del previsto, el alumno deberá solicitar una
prórroga y abonar el importe relacionado con el precio y las tasas de matri-culación de las
asignaturas pendientes. De igual modo, si el alumno no supera alguna de las asignaturas
propuestas y recogidas en el plan de estudio fuera o dentro del tiempo establecido, deberá
volverse a matricular y abonar los importes pertinentes
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Normativa ISEP
al campus virtual durante ese plazo suponen una solicitud expresa de inicio de la prestación del
servicio.
Artículo 69. El diploma será emitido a solicitud del alumno (abonando la tasa académica vigente)
tras el cierre del expediente académico del alumno y el cumplimiento del pago completo del
programa cursado.
Artículo 70. Los alumnos que hayan solicitado la titulación oficial de México de los programas
con RVOE obtendrán su diploma oficial según la normativa explícita para tal fin.
Artículo 71. La solicitud de certificados se debe hacer a través del sitio web abonando la tasa
académica vigente (https://www..es/certificados/) Los tipos de certificados que se pueden
obtener son:
Artículo 72. Los diplomas requieren de solicitud a través del sitio web (www.ISEP.es/diplomas)
y se expiden previo aviso al alumno de la finalización del curso y del proceso de obtención del
título. Pueden ser reco-gidos en persona o enviados a la dirección que especifique el alumno una
vez se han abonado las tasas correspondientes y los gastos de envío.
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Artículo 73. Los gastos de envío de los certificados, diplomas y apostilla corren a cargo del
alumno y no están incluidos en el costo de la matriculación.
Artículo 74. Las traducciones de diplomas y certificados a otra lengua diferente del castellano,
correrán a cargo del alumno.
Artículo 76. Los precios por servicios académicos se rigen según las tarifas vigentes y publicadas
en la web y disponibles en las sedes de ISEP. Estas tarifas son susceptibles de revisión por parte
de ISEP, de modo que se recomienda consultar los importes actualizados en el momento de la
solicitud.
Prórroga
Artículo 77. Las prórrogas se podrán solicitar una vez el alumno esté próximo a finalizar su
periodo académico vigente.
Artículo 78. El alumno deberá acogerse a las tarifas vigentes en el momento de la solicitud.
Certificados y Diplomas
Artículo 79. Los certificados y diplomas se solicitarán a través de la página web, abonando la
tarifa vigente correspondiente.
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