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Actividad 1 Evidencia 1 Cuestionario Contextualización A La Carrera Administrativa
Actividad 1 Evidencia 1 Cuestionario Contextualización A La Carrera Administrativa
Actividad 1 Evidencia 1 Cuestionario Contextualización A La Carrera Administrativa
Estimado Aprendiz, con base en lo anterior, deberá responder las siguientes preguntas:
2. ¿De acuerdo con el orden de provisión, cuál derecho le asiste al señor Fernández?
De acuerdo a la norma al empleado le asisten los siguientes derechos teniendo en
cuenta su situación lo cual está expuesto en la circular de la comisión:
Conforme a la norma transcrita, en caso de supresión del cargos, los empleados públicos de
carrera administrativa, que como consecuencia de la liquidación, reestructuración,
supresión o fusión de entidades, organismos o dependencias, o del traslado de funciones de
una entidad a otra, o por modificación de planta de personal, se les supriman los cargos de
los cuales sean titulares, tendrán derecho preferencial a ser incorporados en empleo igual o
equivalente de la nueva planta de personal, y de no ser posible podrán optar por ser
reincorporados a empleos iguales o equivalentes o a recibir indemnización.
Ley 909 de 2004: Artículo 44. Derechos del empleado de carrera administrativa en caso de
supresión del cargo. Los empleados públicos de carrera administrativa, que como
consecuencia de la liquidación, reestructuración, supresión o fusión de entidades,
organismos o dependencias, o del traslado de funciones de una entidad a otra, o por
modificación de planta de personal, se les supriman los cargos de los cuales sean titulares,
tendrán derecho preferencial a ser incorporados en empleo igual o equivalente de la nueva
planta de personal, y de no ser posible podrán optar por ser reincorporados a empleos
iguales o equivalentes o a recibir indemnización. El Gobierno Nacional reglamentará el
proceso de reincorporación y el reconocimiento de la indemnización.
CIRCULAR No. 3 DE 2011 CNSC “(…) En los casos de supresión de empleos de carrera,
se resalta la obligación de las entidades de realizar la incorporación dentro de la misma
planta de personal o en la entidad que asuma las funciones en caso de liquidación o
supresión, teniendo en cuenta el derecho preferencial que tienen los servidores públicos que
ostentan derechos de carrera administrativa. Para el trámite de la reincorporación la entidad
deberá observar lo dispuesto en el artículo 29 del Decreto 760 de 2005 y comunicar por
escrito al ex – servidor las razones por las que no fue posible su incorporación y garantizar
la oportunidad para que dentro de los cinco (5) días siguientes ejerza la reclamación por no
incorporación ante la Comisión de Personal o escoja entre la reincorporación o la
indemnización.
El empleado con su experiencia se puede adaptar más fácil al cambio. Es de precisar que la
ley es muy clara y él ocupaba un cargo del mismo grado y código (analista de sistemas),
además tenía el derecho adquirido desde hace rato y obvio que no pierde su continuidad y
su experiencia le sirve para desarrollar mejor sus funciones en el puesto sin ningún
inconveniente dado que los procesos son similares a los requisitos del cargo anterior.
Además se tiene cuenta el sustentado en el artículo 2.2.11.2.3 del Decreto 1083 de 2015 se
procedió a realizar el estudio: una vez realizado ese estudio de equivalencia con el empleo
reportado se procedió a ser nombrado por que el empleo tenía los mismos requisitos.