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Estudio de Caso 3 Terminacion de Contrato

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ESTUDIO DE CASO: TERMINACIÓN DE UN CONTRATO

Caso:

Martha Marín es asesora de ventas de la empresa ORVIS INTERNACIONAL, ha


incumplido sus obligaciones reiterativamente y le ha sido llamada a atención verbal
y de manera escrita en tres ocasiones, la empresa ha tomado la decisión de retirar
del cargo a Martha.

¿Qué proceso se debe aplicar para realizar la liquidación de su contrato


vigente en la empresa?

DESARROLLO DEL CASO:

Cuando un trabajador incurre en una justa causa para despedirlo, no es suficiente


con simplemente pasarle la carta de terminación del contrato, sino que es necesario
seguir todo un proceso para no viciar el despido.

El primer paso que debe hacer el empleador cuando detecta la falta del trabajador,
es llamarlo a una diligencia de descargos, en la que se le notifican los hechos que
se le imputan para que el trabajador pueda presentar sus descargos y así ejercer
su derecho a la defensa, que aunque no está consagrado de forma expresa en el
códigos sustantivo del trabajo, es necesario observarlo, máxime si en el
contrato de trabajo, la convención colectiva o el reglamento interno del trabajo, se
contempla tal proceso previo al despido.

Es importante anotar que en la diligencia de descargos, el trabajador debe ir


acompañado de dos testigos, preferiblemente empleados de la misma empresa.
Una vez rendida la diligencia de descargos, si el empleador no considera justificada
la falta del empleado, puede proceder entonces a notificarle la carta de despido en
la cual debe indicar las causas y motivos concretos y particulares que lo llevaron a
tomar tal decisión, lo mismo que la manifestación de la fecha en que podrá reclamar
los valores adeudados por la empresa al trabajador.

Notificación De La Carta De Despido

Se procede a realizar la notificación a la empleada Martha Marín por medio de una


carta, en la cual estarán justificadas las razónes y las causas concretas por las
cuales se tomó la decisión de su desvinculación con la empresa. En dicha carta se
le da a conocer hasta qué fecha estará laborando y el pago el cual es su derecho
por ley.
Liquidación Y Pago De Los Valores Adeudados Al Trabajador

Después de todo un proceso llega el momento de hacer la respectiva Liquidación


correspondiente del Contrato Laboral de la señora Martha Marín por desvinculación
de la empresa por despido con justa causa.

Se efectúan las liquidaciones correspondientes que se le adeudan al trabajador


tales como:

 Salario (si hay pagos pendientes).


 Prestaciones sociales.
 Aportes parafiscales (al que haya lugar).
 Aportes a seguridad social.

Siendo esto lo último a realizarse para su completa desvinculación.

Para finalizar el procedimiento, en el caso de la señora Martha Marín, se comprueba


que la razón de la terminación de su contrato laboral hace referencia a su
incumplimiento y falta repetitiva de inasistencia injustificada, siendo notificada
anteriormente con llamadas de atención unas tres (3) veces de manera escrita y
una de forma verbal, siguió faltando a su obligación laboral.

Es por eso que la Empresa ORVIS INTERNACIONAL procede a la Terminación y


Liquidación del Contrato Laboral de la empleada Martha Marín, acobijándonos bajo
la Ley en la que el empleador puede dar por terminado el contrato por Justa Causa,
como lo estipula el Código Sustantivo del Trabajo en el Art.62 literal A numeral 9.

CARTA DE DESPIDO
NIT: 300 400 800 - 2

28 DE NOVIEMBRE DEL 2018

CALI - VALLE – COLOMBIA

SEÑOR (A)
MARTHA MARÍN

ASESORA DE VENTAS.

Por medio de la presente nos permitimos comunicarle que la empresa


ORVISINTERNACIONAL. Ha resuelto dar por terminado unilateralmente su
contrato de trabajo por justa causa. Esta terminación es efectiva a la finalización de
la jornada de trabajo del día de hoy. Para esta decisión, la empresa se apoya en el
Artículo 62 y Articulo 58 del Código Sustantivo del Trabajo, Literal a), numeral
9° del artículo 62 El deficiente rendimiento en el trabajo en relación con la capacidad
del Trabajador y con el rendimiento promedio en labores análogas, cuando no se
Corrija en un plazo razonable a pesar del requerimiento del empleador.

Esta causal tiene fundamento en los siguientes hechos: Ha incumplido sus


obligaciones reiterativamente y se le ha sido llamada a atención verbal y de manera
escrita en tres ocasiones, la empresa ha tomado la decisión de retirarla del cargo.
En nuestro departamento de tesorería le serán pagadas sus prestaciones sociales
y demás derechos. Si lo desea se expedirá orden para la realización del examen
médico de retiro.

Atentamente.

José Israel Tenorio


Administrador de Recursos Humanos
Cc. 123.456.7094

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