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Minuta de Segregacion de Reina Durango Durango

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MINUTA DE SEGREGACION

Compareció: REINA ISABEL DURANGO DURANGO, mayor de edad, vecina de


este lugar, de estado civil casada con sociedad conyugal vigente, identificada con
la C.C. Nº 50.952.269 expedida en Ciénaga de Oro, a quien yo el Notario
identifique personalmente de todo lo cual doy fe y dijo: PRIMERO. Que es dueña
inscrita de un predio rural denominado “LOTE 2” ubicado en los ejidos de la
Cabecera del Municipio de Ciénaga de Oro, con extensión superficiaria de TRES
HECTÁREAS SEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS METROS CON
NOVENTA Y DOS CENTÍMETROS CUADRADOS (3 HAS 6.842,92 m 2) o sean
TREINTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS METROS CON
NOVENTA Y DOS CENTÍMETROS CUADRADOS (36.842,92 m 2) comprendido
dentro de los siguientes linderos generales de actualidad:

NORTE: Con vía pública Cereté-Ciénaga de Oro

ORIENTE: Con Callejón que conduce al barrio 13 de Mayo

SUR: Con predio de RENE BURGOS.

OCCIDENTE: Con predio de los señores JORGE MANUEL USTA GLORIA,


KETTY RAFAELA USTA GLORIA, RICHARD USTA GLORIA Y MERY EUGENIA
USTA DE ECHEVERRIA, y vía púbica en medio.

SEGUNDO: Que por medio de este Publico Instrumento transfiere a titulo de


venta, pura y simple a favor de MARIA PAULA CANO ROMERO el Derecho de
Dominio pleno y la Posesión sobre un lote de terreno que segrega del predio rural
de mayor extensión personificado en el punto primero de este público instrumento,
constante el lote que segrega y vende de DOS HECTAREAS (2 HAS 0000 m 2) o
sean VEINTE MIL METROS CUADRADOS (20.000 m2) de extensión superficiaria,
comprendido dentro de los siguientes linderos especiales y medidas:

NORTE: Con vía pública Cereté-Ciénaga de Oro, mide 171.07 metros.

ORIENTE: Callejón que conduce al barrio 13 de Mayo, mide 184.68 metros.

SUR: Con predio de RENE BURGOS antes, hoy de EDILBERTO LAMBRAÑO


mide 93.33 metros.

OCCIDENTE: Con el predio de mayor extensión de donde se segrega, mide


139.90 metros.

PARAGRAFO UNICO. Que segregado el lote del anterior numeral segundo a la


Señora REINA ISABEL DURANGO DURANGO, le quedan del predio rural UNA
HECTÁREA SEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS METROS CON
NOVENTA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS (1 HA 6.842,92 m 2),
comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas:

NORTE: Con vía publica Cereté Ciénaga de Oro, mide 173.27 metros.

ORIENTE: Con el lote que se segrega y vende, mide 139.90 metros

SUR: Con predio de RENE BURGOS antes, hoy de CARLOS PRETELT mide
184.14 metros.
OCCIDENTE: Con predio de los señores JORGE MANUEL USTA GLORIA,
KETTY RAFAELA USTA GLORIA, RICHARD USTA GLORIA Y MERY EUGENIA
USTA DE ECHEVERRIA, y vía púbica en medio, mide 70.75 metros.

Que el remanente anteriormente descrito lo destinara La Vendedora para futura


urbanización.

TERCERO. Que el precio de la venta es la suma de VEINTIDOS MILLONES DE


PESOS ($ 22.000.000) M/C, suma esta que en su totalidad y en dinero efectivo
declara tener recibida La Exponente Vendedora. CUARTO. Que La Exponente
Vendedora adquirió el predio de mayor extensión conforme da cuenta la Escritura
Pública de División Material N° 059 de 27 de enero de 2010 de la Notaria Única de
Cereté, debidamente Registrada en la Oficina de Registro de Instrumentos
Públicos de Cereté a Folio de Matricula Inmobiliaria 143-41471, con Referencia
Catastral 00.00.00.00.0001.0347.0.00.00.0000. QUINTO. Que antes de esta venta
La Exponente Vendedora no ha enajenado a personas distintas los expresados
derechos de dominio y posesión por los que se encuentran libres de pleito
pendiente, embargos, anticresis, arrendamientos, condiciones resolutorias del
dominio, y en general de todo gravamen. SEXTO. Que de conformidad con la Ley
La Vendedora se obliga para con La Compradora o quienes la representen al
saneamiento de esta Venta y a responder de cualquier gravamen o acción real
que contra lo que vende pudiere resultar.

Presente en este otorgamiento la señora MARIA PAULA CANO ROMERO mayor


de edad, vecina de este lugar, de estado civil soltera, identificada con la C.C.N°
1.003.458.293 expedida en Ciénaga de Oro a quien yo el Notario identifique
personalmente de todo lo cual doy fe y dijo: que acepta la presente Escritura
Pública por estar ajustada al Contrato celebrado, y que el lote de terreno que
adquiere lo destinara para Urbanización.

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