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Sistema Económico en Venezuela. 3era de Sistema Econ.

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República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria


Universidad Bolivariana de Venezuela
Programa de Formación de Grado en Estudios Jurídico
Unidad Curricular Sistema Económico Financiero y Mundo Productivo I
Núcleo UBV- Maiquetía- Complejo Cultural
Edo. La Guaira

Sistema Económico en
Venezuela

Profesor: Estudiante:
Dra. Angie Murillo Marlene Guevara
C.I V-9.855.232

Julio, 2020
DESARROLLO

Para abordar los principios del sistema económico venezolano, partiremos desde
nuestra Carta magna, en el Titulo VI, del Sistema Socioeconómico del Capítulo I.
Del Régimen Socio Económico y la Función del Estado en la Economía, se han tomado
tres artículos 299 y 300, para su análisis.

Artículo 299
• Análisis: El régimen socio económico está fundamentado bajo los principios de Justicia
Social, Democracia, eficiencia, protección del ambiente entre otros, con el fin de asegurar
el desarrollo del ser humano de, manera integral y así promover el buen desarrollo de la
economía nacional, creando fuentes de trabajo para así incrementar el nivel de vida de
la población fortaleciendo la soberanía y economía del país, garantizando seguridad
jurídica, igualdad y crecimiento de la economía.
Artículo 300
• Análisis: Este artículo nos habla sobre la creación de empresas y entidades con el fin
de asegurar la productividad económica y social de los recursos que en ellas se inviertan
y es la Ley Nacional la encargada de crear los parámetros necesarios para creación de
estas empresas.
La democracia, palabra que proviene del vocablo griego “demos” o “pueblo”, se
define básicamente como un gobierno en el que el poder supremo le corresponde al
pueblo.

De igual manera, podríamos decir que es el predominio popular en el Estado, el


gobierno del pueblo por el pueblo; o, al menos, a través de sus representantes
legítimamente elegidos, que ejercen indirectamente la soberanía popular.

Por otro lado, la democracia es una forma de gobierno en la que todos los
ciudadanos adultos ejercen el poder y la responsabilidad cívica, ya sea directamente o
por medio de representantes libremente elegidos.
Después de estas conceptualizaciones, voy a destacar la importancia de la
Democracia en Venezuela, a través del Preámbulo de la CRBV, dando un breve
análisis.
El preámbulo de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
(CRBV) son los principios que rigen al Estado, en él se recoge
en el primer enunciado, el sujeto que se expresa como el autor de la Constitución
es el pueblo de Venezuela, cuya potestad deriva del ejercicio de sus
poderes. Otros de los principales, se corresponde, con el fin supremo de refundar la
República para establecer una sociedad democrática.
También hace referencia, a la vía mediante la cual se logró la formulación de un
nuevo texto constitucional, indicándose que deriva del poder originario del pueblo,
representado por la Asamblea Nacional Constituyente que se constituyó, mediante el voto
libre, en un referendo democrático.
Para dar un breve análisis de lo que es el poder popular, es necesario desglosar
las conceptualizaciones que es poder y que es popular.
Se entiende el poder para el desarrollo de este artículo de reflexión, como la acción
que se ejerce sobre los seres humanos por los seres humanos.
El origen de popular proviene del latín popularis, popular es un adjetivo que señala
aquello que pertenece o que es relativo al pueblo. Por lo tanto, se puede hacer referencia
a cualquier cosa que provenga del pueblo, que sea propio de las clases sociales más
bajas, que se encuentre al alcance de la mayoría o bien que sea conocido por
la sociedad en general.

Podría decirse que el la expresión Poder Popular ha estado asociada a la


participación ciudadana en la ejecución de un modelo político, y de allí su identificación
formal con el sistema de democracia participativa.

Por otro lado, el papel del estado venezolano en la economía; tiene como
definición del sistema socioeconómico de Venezuela en la Constitución vigente se
especifica en dos capítulos, a saber: el capítulo I: Del régimen socioeconómico y la
función del Estado en la economía y el capítulo II: Del régimen fiscal y monetario.

Una premisa importante que está contenida en la Constitución es el referido al


dominio del Estado sobre la industria petrolera y otras industrias, explotaciones, servicios
y bienes de interés público y de carácter estratégico, tal como se pauta en el artículo 302.
El resto de los artículos correspondientes a este capítulo tratan la protección a la
agricultura sustentable (artículo 305), la promoción del desarrollo rural integrado (artículo
306), la calificación del latifundio como contrario al interés nacional (artículo 307), el
estímulo a la pequeña y mediana industria como objetivo estratégico (artículo 308), la
protección de la artesanía (artículo 309) y el turismo como actividad económica de interés
nacional (artículo 310).
A través del desarrollo endógeno se le otorga poder a las comunidades
organizadas para que desarrollen sus potenciales agrícolas, industriales y turísticos de
sus regiones; se reintegran todas aquellas personas que fueron excluidas del sistema
educativo, económico y social por los gobiernos precedentes; con el objeto de generar
bienes y servicios por y para los mismos ciudadanos.
En cuanto al mandato para que el Estado mantenga la estabilidad
macroeconómica, ello se ejecutaría en el contexto de un acuerdo de política entre el BCV
y el Ministerio de Finanzas. En este sentido, el artículo 320 es suficientemente amplio al
valorar tres elementos fundamentales. Primero, el Estado está obligado a defender la
estabilidad económica y velar por la estabilidad monetaria como requisito para evitar la
vulnerabilidad de la economía y con ello procurar el bienestar social. Segundo y muy
importante, se establece que “En el ejercicio de sus funciones el Banco Central de
Venezuela no estará subordinado a directivas del Poder Ejecutivo y no podrá financiar o
convalidar políticas fiscales deficitarias”. Tercero, se ordena que la coordinación
macroeconómica entre el Poder Ejecutivo y el BCV se materialice mediante un acuerdo
anual de políticas con objetivos de crecimiento y sus repercusiones sociales, balance
externo e inflación, para lo cual debe definirse la política fiscal y monetaria adecuada para
tales fines.

La competencia de la elaboración de la Ley de Presupuesto está asignada a la


Oficina Nacional de Presupuesto, la cual posee una estructura organizacional heredada
desde su fundación como Oficina Central de la Presidencia de la República. En el proceso
de formulación presupuestaria, la ONAPRE tiene participación en la política de gasto. Por
otra parte, la administración tributaria nacional goza de autonomía técnica, funcional y
financiera tanto de la ONAPRE como del resto del Ejecutivo Nacional. El Servicio
Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT) es el organismo rector de la
administración tributaria y su máxima autoridad es designada por el Presidente de la
República.
El banco central de Venezuela (BCV); es el organismo responsable, como principal
autoridad económica, de velar por la estabilidad monetaria y de precios de ese país
suramericano y es el único autorizado para emitir la moneda de curso legal en Venezuela.
Es una persona jurídica de derecho público con autonomía para la formulación y el
ejercicio de las políticas de su competencia. Tiene rango constitucional desde
la Constitución de 1999: en ella se reconoce su carácter autónomo e independiente de
las políticas del gobierno nacional. A su vez el responsable de las reservas
internacionales, compuestas por diversas monedas de reservas, estas pueden ser euros,
dólares, yuanes, entre otros.
Foro económico mundial (FEM), también llamado Foro de Davos, es una fundación sin
fines de lucro con sede en Ginebra, tiene como propósito de analizar los problemas más
apremiantes que afronta el mundo, y entre ellos, la salud y el medio ambiente.
Desde esta perspectiva la distribución y la justicia social, requerirá tanto de la
valoración de las libertades reales de que gozan los sujetos de capacidades, como de la
calidad de los contextos de reconocimiento que hacen posible el despliegue de formas
de auto comprensión valiosas para la autonomía. Y por supuesto, no está demás, que
este tema, lo debemos apreciar, valorar y aprovechar el articulado número 2 de nuestra
Constitución Bolivariana de Venezuela.
En el mercado de trabajo se transa el más importante y valioso recurso, el recurso
humano, el cual presenta unas características muy peculiares que merecen ser
estudiadas por una rama de la Economía: la Economía Laboral. En Venezuela el mercado
laboral ha sido poco abordado, pues otros temas económicos han ocupado las
reflexiones económicas, sin embargo, el desempleo ha alcanzado cifras muy altas. Se ha
convertido así, en el problema social más grave del venezolano común, por tanto, el
desenvolvimiento del mercado laboral merece especial atención por parte de quienes
están encargados de dirigir los destinos económicos del país.
La inmigración del campo a la ciudad y el desplazamiento de grandes contingentes
de población sin ningún acceso a fuentes de trabajo estable. Millones de personas a
quienes solo les han quedado la calle como espacio para una pequeña economía no
formalizada que ha crecido en forma exponencial en los últimos años de políticas
neoliberales y no hay ninguna regulación jurídica para regularlas, valga la redundancia.
En este orden del análisis, tomamos el tema de los sistemas financieros y
microfinancieros, Venezuela es un país donde por tradición el Estado ha participado en
el sistema financiero con el fin de fomentar o impulsar el desarrollo económico de
determinados sectores. Mientras que gobiernos recientes se caracterizaron por mantener
o disminuir su participación en este sector, el actual se ha caracterizado por promover la
creación de nuevas organizaciones destinadas a financiar las microfinanzas, como por
ejemplo: el Banco del Pueblo Soberano y el Banco de la Mujer. Incluso, La nueva Ley
General de Bancos (2001), introduce dos tipos de banca especializada: bancos de
desarrollo y bancos de segundo piso, los cuales concibe como instituciones dirigidas a
prestar los servicios financieros que se ameritan para fomentar, financiar y promover tanto
los proyectos específicos para el desarrollo general (económico, social e industrial), como
las actividades microempresariales producto de la iniciativa privada.
De igual manera, Venezuela cuenta con una gran cantidad de recursos naturales
que la ubican en una situación privilegiada con respecto a la mayoría de los países
latinoamericanos, sin embargo se ha calificado un país rico con muchos pobres, a causa
de una serie de factores comprobados estadísticamente, han ido tomando gran magnitud
en cuantía con el devenir de los años, dentro de estos factores tenemos; una
concentración cada vez más alta del ingreso, elevado índice de desempleo, elevado
número de habitantes, elevado costo de la vida, alto porcentaje de desnutrición y aumento
de la tasa de mortalidad. El comportamiento alcista de estos factores derivan en un
crecimiento de la pobreza en Venezuela.
Sin embargo la nueva perspectiva para ayudar a la sociedad con alto índice de
pobreza, ha llegado, con la buena de Dios están las misiones sociales fue el nombre con
el que se empezaron a designar la mayor parte de las acciones y/o programas de tipo
social del gobierno de Hugo Chávez, a partir de 2003, en un contexto sociopolítico
caracterizado por una situación política conflictiva, polarizada y de serios obstáculos a la
gobernabilidad democrática. Formalmente, los objetivos de las misiones están dirigidos
a potenciar la inclusión de la población de menores recursos que han sufrido las
deficiencias del sistema de bienestar social. Cabe destacar que, a pesar de la existencia
previa de una propuesta en materia de política social, rápidamente estas misiones se
constituyeron en parte importante de la intervención gubernamental en el área social,
creándose para su ejecución en algunos casos estructuras paralelas al sistema de
asistencia social ya existente.

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