Grupo 8
Grupo 8
Grupo 8
TEMA:
INTEGRANTES:
KEVIN CALLE CHUMACERO.
CURSO:
DERECHO PARLAMENTARIO.
PIURA-PERU
La división de poderes es un principio de organización política que se basa en
que las distintas tareas asignadas a la autoridad pública están repartidas en
órganos distintos y separados. Los tres poderes básicos de un sistema político
serían el legislativo, el ejecutivo y el judicial. Ya Aristóteles atisbó esta división,
pero fueron Locke y, sobre todo, Montesquieu quienes plantearon esta clásica
división. El poder y las decisiones no debían concentrarse para evitar la tiranía.
Así pues, debían existir órganos de poder distintos que se controlarían unos a
otros, todo articulado en un sistema de equilibrios y contrapesos. La división de
poderes se convirtió en un punto básico de las Revoluciones liberales porque
atacaba de lleno una de los pilares de la Monarquía absoluta, la concentración
de los poderes en una institución, la Corona, en este caso. El sistema político
liberal que se diseñó en las Constituciones dejaba muy claro este principio en la
parte orgánica de las mismas, junto con el otro puntal de la nueva ideología, el
reconocimiento y garantía de los derechos, dogmática de los textos
constitucionales.
Por otro lado, en el caso del poder ejecutivo es importante destacar la aceptación
de la separación entre el gobierno y la administración, ya que los componentes
de la misma hasta un determinado nivel deben ser miembros elegidos por
procedimientos objetivos y no pueden ser separados por cambios del signo
político del gobierno. Costó poner en marcha este aspecto durante el siglo XIX
en algunos países, como en España, como se comprueba a través de la literatura
de Galdós con la figura de los cesantes.
Por otro lado, la tendencia política creciente en el seno de las derechas políticas
y mediáticas sobre los supuestos peligros que generaran las Comunidades
Autónomas a la economía nacional y a la propia estructura del Estado es otro
ejemplo de la merma de la división de poderes en nuestro país. Se pretende
retornar al centralismo, y empleando de forma interesada la crisis económica y
el déficit presupuestario se esconde una profunda alergia a los contrapesos y a
la calidad democrática que se sustenta en los mismos.
En segundo lugar, es urgente una reforma para la estructura del Estado, que
evite el nacionalismo, por un lado, y la negación de la diversidad por otro, El
federalismo supone una tensión permanente al reforzar la existencia de más
poderes, pero por ello, una mayor calidad democrática al obligar a negociar,
pactar y llegar a compromisos comunes. La política en un verdadero Estado
democrático tiene que ver con esas tensiones, negociaciones, acuerdos y
consensos.
Por fin, se hace necesaria una clara reforma en un sentido contrario al actual, ya
que pasaría, precisamente por la revalorización institucional del municipio, la
institución más cercana al ciudadano.
De acuerdo con John Locke es un pensador que ejerció una notable influencia
en el pensamiento político europeo y norteamericano, sobre todo al configurarse
la democracia liberal y constitucional.
De acuerdo con Locke, en un estado natural el ser humano ejerce dos clases de
poder, como son el hacer todo lo que estime conveniente para su conservación
y la de los suyos, y el de castigar los crímenes cometidos en agravio de sus
intereses personales o patrimoniales. Cuando la sociedad civil se organiza
políticamente, el individuo renuncia a tales poderes para transferirlos al estado,
de manera que esa libertad, así como el ejercicio de la auto defensa será
regulado a partir de entonces por la legislación que el aparato estatal crea y
aplica.
Para Locke el legislativo, es el poder supremo, considerándolo el alma del cuerpo
político, puesto que establece la primera y fundamental ley positiva de todos los
estados (la constitución). Además, que el poder legislativo no debe extenderse
más allá de lo que el bien publico exige, los derechos naturales de los hombres
no desaparecen, sino que, por el contrario, subsisten para limitar el poder social
y fundar el ejercicio real de la libertad. De esta forma la existencia del parlamento
y la constitución representan un primer esfuerzo por limitar y controlar el poder,
hasta entonces mas o menos absoluto, del gobernante.