Definición de Documento
Definición de Documento
Definición de Documento
Un documento
es la prueba o testimonio material de un hecho o acto que una
persona física o jurídica, una institución, asociación, etc., que puede
ser de carácter público o privado, realizan como consecuencia del
ejercicio de sus actividades y funciones y que podrá ser plasmado en
una unidad de información que observe cualquier soporte, papel, cinta,
disco magnético, película y fotografía, con el objeto de preservarlo en
el tiempo en caso de necesitarlo para presentarlo como prueba,
recuerdo o legado a alguien.
En el caso de las organizaciones e instituciones que realizan un
vasto y extenso en el tiempo trabajo, los documentos serán menester
de todos los días y de casi todos los integrantes de las mismas, por lo
cual demandará que sobre los mismos se realice un trabajo de tipo
seriado y pasarán a ser denominados series documentales, entre las que
se incluyen: la correspondencia, libros de actas, libros de contabilidad,
entre otros.
Un documento está compuesto preeminentemente por
información escrita que puede haber sido volcada de puño y
letra, o sea, manuscritamente, o bien a través de un proceso
mecánico como puede ser el de la máquina de escribir que se
usaba masivamente antaño o por la computadora, que es aquel
medio mecánico que predomina hoy en día.
En este último caso que comentaba, el de los documentos que se
crean a través de un ordenador, convencionalmente se los
denomina archivos y una vez que han sido creados por el interesado,
gracias a la utilización de un programa de edición de documentos, como
puede ser el caso de Word, se les otorgará un nombre y un formato,
para luego, guardarlos en la unidad de almacenamiento que se elija y
de esta manera dejar mejor organizada la búsqueda en caso que más
adelante sea necesario abrirlos para consultarlos o modificarlos.
A los documentos, además, se los puede clasificar en documentos
primarios, que son aquellos que contienen información original del
autor y no han sido sometidos al tratamiento o modificación de otra
persona más que su responsable, en secundarios, que serán aquellos
que sí recibieron un tratamiento y los terciarios, que son aquellos
documentos secundarios a los cuales se les aplicó un tratamiento.
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Uno de los problemas más frecuentes que se plantea a la hora de elaborar un documento
administrativo (DA) es la confusión en la estructura. Así, se confunde la diligencia (Hago
constar) con el certificado (Certifico); la nota interior con el oficio, o incluso con la carta;
el anuncio con el aviso; la solicitud con el recurso; la notificación con la resolución,
etcétera. Y es que es fundamental que el destinatario de un DA
pueda identificarlo rápidamente, a primera vista, sin necesidad de bucear en el texto hasta
averiguar qué le quieren decir.
Estructura básica
Fórmulas y modelos
1.
Disposición adecuada a la norma institucional de los elementos de identidad
corporativa (símbolos, fuentes y tamaño o cuerpo de la letra, colores, etcétera).
2.
Se deberá disponer el texto en párrafos breves y utilizando un lenguaje
comprensible (sencillo y directo) para los ciudadanos.
3.
Se evitarán saludos y despedidas, así como otras fórmulas de cortesía, que no tienen
cabida en el lenguaje administrativo.
4.
En los documentos con un destinatario individual es conveniente incluir un título. Es un
recurso formal que facilita la comprensión del mensaje por su receptor. El título denomina el
tipo de acto que contiene (notificación, diligencia, nota interior, etcétera).
5.
Únicamente se requerirán del ciudadano los datos imprescindibles para la tramitación
correspondiente, evitando solicitar datos ya conocidos o en poder de la Administración.
6.
En los documentos destinados a ser cumplimentados por los ciudadanos se
incluirán instrucciones claras y concisas.
7.
El centro o unidad de procedencia estará debidamente identificado, con la dirección
postal completa, número de teléfono y correo electrónico, para que el destinatario pueda
ponerse en contacto.
8.
Se evitará el lenguaje sexista y cualquier otro lenguaje discriminatorio. Se atenderá a
la forma femenina de títulos, profesiones y cargos. Sustantivos no marcados,
desdoblamientos y dobletes son posibles, siempre y cuando no se alargue la frase hasta
hacer incomprensible el mensaje.
9.
Los documentos básicos de información deberán contar con versiones
simplificadas para personas con discapacidad intelectual o problemas
de comprensión escrita.
10.
La primera vez que se incluyan unas siglas deben ir precedidas de la denominación
completa. Se evitarán siempre las abreviaturas.
11.
En los formularios, los datos han de seguir un orden lógico y distinguiendo
los espacios destinados para que rellene el interesado.
12.
En los formularios hay que prever la posibilidad de mecanización a la hora de disponer
los espaciados, campos para cumplimentar o rellenar…, así como su posterior archivo.
13.
Se pueden, y deben, incorporar elementos que faciliten la comprensión del texto, tales como
ciertos tipos de letra, formatos, colores. Y combinarlos con márgenes y espacios en
blanco… Es decir, que hay que aprovechar aquellos recursos gráficos que nos ofrecen los
medios electrónicos e informáticos para el diseño de los impresos.
14.
Si el impreso dispone de varias copias, habrá que distinguir en cada una
al destinatario (para la Administración, para el interesado, para el banco, etcétera).
15.
El número de ejemplares se adecuará a las necesidades objetivas, por lo que se
evitarán tiradas excesivas y no justificadas.