Aromatic-Bin 15.05.20
Aromatic-Bin 15.05.20
Aromatic-Bin 15.05.20
Integrantes:
En estos momentos como sociedad estamos pasando tiempos complicados, ante lo cual
nuestro producto podría de ser de mucha utilidad, pues todos sabemos que el virus covid-
19 puede permanecer en objetos y superficies por horas o días dependiendo del material
en el cual mantenemos contacto.
Comercializadora Olorcito Limitada, esto significa que los socios van a responder de las
deudas sociales sólo hasta el monto de sus aportes, es decir, a lo que cada uno de ellos
aportó al momento de constituirse la sociedad.
Logo de la empresa:
La calidad del producto es alta puesto que será confeccionado con buenos materiales, los
cuales en su conjunto pretenden dar completa satisfacción al comprador, dando buenos y
eficientes resultados.
Escritura de constitución de la sociedad:
El Código Civil chileno en sus artículos 686 y 687, establece que la tradición del derecho
real de dominio de los bienes raíces se lleva a cabo “por la inscripción del título en el
Registro del Conservador”. Por lo anterior, una de las funciones del Conservador de
Bienes Raíces es mantener el historial de inmuebles y terrenos, es por eso que en sus
archivos se llevan registros de las traslaciones que se hacen sobre un bien raíz.
Este trámite va dirigido a personas naturales o jurídicas, este documento debe ser
solicitado en el sitio como inscripción en los registro de propiedad, hipotecas y
prohibiciones, para realizar el trámite se necesita los siguiente.
En caso de realizar el trámite en línea, se debe cumplir con los siguientes requisitos:
REPRESENTANTE LEGAL
A tres de enero del año dos mil veinte, Sr. Javier Mauricio Tomas Robles Cifuentes,
soltero, Rut 18.115.660-0, domiciliado en Virginia Wolf n° 1055, Villa las brisas, Comuna
de Puente Alto, Santiago ,quien acreditó su identidad con la cédula anotada que exhibió y
declaró pertenecerle y expone: Que por el presente instrumento, viene en conferir
MANDATO GENERAL, con administración y disposición de bienes a Sr. Juan Pablo
Liberona, Rut 16.623.568-5 , domiciliado en Juan Griego N°4765, Villa San Joaquín,
Comuna de San Joaquín, Srta. Marjorie Andrea Martínez Arenaldi, Rut 17.073.107-7,
domiciliada en Renca N°7467, Villa Las Mercedes, comuna de Renca, Santiago, Srta.
Solange González Araya, Rut 13.494.762-4, domiciliada en Pasaje Municipio N°402, Villa
Ecuador, comuna de Lo Prado, Santiago, para que la represente, sin ninguna limitación
de facultades, en todos sus asuntos, juicios y negocios que actualmente tenga pendientes
o le ocurran en lo sucesivo, de cualquier clase y naturaleza y en los que la mandante sea
dueño o tenga interés, representación o parte, ante toda persona natural o jurídica,
sociedad, corporación, fundación, organismos fiscales, semifiscales y de administración
autónoma, municipales, comerciales y, especialmente, ante las autoridades
administrativas, judiciales, del trabajo y cualesquiera otra sin ninguna excepción, en lo
cual, todos los actos y contratos que el mandatario ejecute y celebre, deberán tenerse,
expresamente, del mismo modo que si los hiciera la mandante personalmente. Al efecto y
sin que la enumeración siguiente signifique en ningún sentido limitación de las facultades
generales anteriormente enunciadas, genérica o específicamente, el mandatario podrá:
Uno. Efectuar todos los actos que conduzcan directa o indirectamente a la conservación,
reparación, aprovechamiento y cultivo de los bienes que se le encarga administrar, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo dos mil ciento treinta y dos del Código Civil. Dos.
Adquirir para su mandante toda clase de bienes, por cualesquiera de los medios que la
ley señala para la adquisición del dominio y para proteger sus bienes, interrumpiendo
prescripciones o ejercitando las acciones de dominio o posesorias que pudieran
corresponder a la mandante. Tres. Exigir rendición de cuentas, cobrar y percibir judicial o
extrajudicialmente todo lo que se adeude o adeudare a la mandante y otorgar al efecto los
correspondientes recibos, cancelaciones y finiquitos, podrá firmar avenimientos y
transacciones si procediere. Cuatro. Comprar, vender, enajenar, permutar, donar,
arrendar y depositar bienes raíces o muebles, acciones, bonos, debentures y otros
valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio; suscribir acciones y firmar traspasos.
Se autoriza expresamente al mandatario para vender, ceder o transferir según fuere el
caso, bienes raíces o derechos hereditarios personales, de conformidad a la Ley,
debiendo considerarse el presente instrumento, para este efecto, como un mandato
específico; asimismo, podrá solicitar autorizaciones para enajenar, si fuere procedente.
Celebrar contratos de retroventa y subarrendamiento. Cinco. Celebrar contratos de
sociedad y formar comunidades o asociaciones, modificar y prorrogar las sociedades,
comunidades o asociaciones en que actualmente la mandante tenga parte o llegue a
tenerla en adelante, representarla con voz y voto en las Juntas Ordinarias, Extraordinarias
o Especiales de sociedades, comunidades o asociaciones, sean civiles o comerciales;
aceptar y suscribir aumentos de capital, pedir su disolución anticipada y su liquidación y
partición, designar liquidadores, jueces compromisarios y partidores, peritos, depositarios,
síndicos, administradores y demás personas o funcionarios que fueren necesarios, fijando
plazos, condiciones y modo de efectuar la liquidación o partición, actuar como liquidador o
partidor, someterse a compromiso, así tenga la mandante interés o no en estas
sociedades, comunidades y asociaciones y, en general, ejercitar y renunciar todas las
acciones y cumplir todas las obligaciones que a la mandante correspondan como socia,
comunera, directora, gerente o liquidadora en tales sociedades, asociaciones o
comunidades. Seis. Celebrar y suscribir, por instrumentos públicos o privados, toda clase
de actos y contratos, sin ninguna excepción y revocarlos, renunciarlos, resciliarlos,
rescindirlos, resolverlos o modificarlos, según procediere; establecer cláusulas,
condiciones y modalidades. Siete. Fijar, pagar, cobrar y percibir precios saldos de precios,
rentas y remuneraciones; fijar cabidas, deslindes y demás elementos de determinación de
inmuebles; fijar forma de pago, plazo, intereses y cauciones, requerir inscripciones en el
Conservador de Bienes Raíces. Ocho. Dar y recibir dinero en mutuo, ya sea con
instituciones bancarias, comerciales, Banco del Estado de Chile, Cajas de Previsión,
Asociación de Ahorro y Préstamo o con particulares y aceptar y proponer las condiciones
inherentes a esta clase de operaciones, de conformidad a sus estatutos o condiciones
especiales; afianzar, aceptar y dar en hipoteca, prenda u otra caución, bienes corporales
o incorporales, raíces o muebles; posponer prendas e hipotecas; liberar y alzar prendas,
hipotecas y otras cauciones. Nueve. Designar bienes raíces para comprarlos o venderlos,
gravarlos, hipotecarlos y prohibir su enajenación; gravarlos con servidumbres, usufructo,
uso, habitación u otro derecho real o limitación de dominio. Diez. Convenir con el Fisco o
las Municipalidades u otras corporaciones públicas o privadas, todo lo concerniente a
expropiaciones por causa de utilidad pública. Once. Cobrar y percibir sumas de dinero,
cheques o valores a que tenga derecho por concepto de sueldos, sobresueldos,
diferencias, reajustes, anticipos, bonificaciones, préstamos, gratificaciones, jubilaciones,
asignaciones familiares, remuneraciones y otros haberes o créditos de cualquier especie
que se le adeuden o puedan corresponderle, por cualquier motivo o título en moneda
nacional o extranjera y ya esté expresado en pesos, dólares, unidades de fomento,
unidades reajustables u otros signos monetarios. Podrá también cobrar, cambiar en
dinero y percibir tales valores ante las Tesorerías Fiscales o Municipales de la República,
oficinas del Banco del Estado de Chile, Banco Central de Chile, Bancos particulares y
demás entidades de crédito, Servicio de la Vivienda y Urbanismo, Asociaciones de Ahorro
y Préstamo, organismos previsionales y otras instituciones. Doce. Celebrar autocontratos
y suscribir declaraciones juradas. Trece. En el orden bancario, queda ampliamente
facultado para ejecutar todas las operaciones que ordinariamente los Bancos conceden o
celebran con sus clientes, sea con el Banco del Estado de Chile, Bancos Comerciales y
toda otra institución de crédito; así podrá girar y sobregirar en las cuentas corrientes
bancarias que mantiene actualmente la mandante, sea como persona natural o bien como
representante legal, gerente, administradora o delegada de éstas, en persona jurídica
cualquiera sea su naturaleza, sea de crédito, de ahorro o de depósito; abrir cuentas
corrientes de crédito o de depósito; cancelar éstas cuentas, depositar cheques, dinero o
valores; girar, suscribir, afianzar, aceptar, descontar, avalar, cobrar, pagar, protestar,
prorrogar, revalidar y cancelar letras de cambio, cheques, pagarés y toda clase de
documentos bancarios y mercantiles y ejercitar todas las acciones que a la mandante
correspondan respecto de tales documentos; además podrá retirar, endosar, cancelar,
depositar y cobrar cheques y otros documentos de pago, sean nominativos, a la orden o
al portador; cancelar y endosar depósitos a plazo o a la vista; retirar libretos de cheques;
reconocer saldos semestrales; endosar pólizas de seguros; cobrar y percibir; constituir
prendas sobre valores mobiliarios; constituir hipotecas con cláusula de garantías
generales, otorgar fianzas, recibos cancelaciones y finiquitos; depositar y retirar valores
en custodia o en garantía; contratar sobregiros, mutuos y préstamos de todas clases que
concedan los bancos y constituir las garantías que se les exijan; sean hipotecarias,
prendarias o en otra forma y suscribir toda la documentación bancaria del caso, sin
restricción alguna. Catorce. Pedir herencias, solicitar posesiones efectivas, aceptar o
rechazar herencias con beneficio de inventario o sin él; firmar inventarios y protocolizarlos;
calcular y pagar impuestos; pedir aperturas, protocolizaciones de testamentos; ejercer la
acción de petición de herencia; concurrir a los comparendos, ya sea que la partición se
efectúe por juicio de compromiso o por escritura pública de común acuerdo; nombrar
peritos, tasadores, administradores proindiviso y cualquier persona para los cargos y con
las facultades que estime convenientes. Para los efectos de proceder a la partición y
liquidación de sociedad conyugal y bienes hereditarios y en las correspondientes
adjudicaciones, al mandatario podrá tomar parte en todos los acuerdos y decisiones
relativos a la distribución y repartición de los bienes hereditarios, sean éstos muebles o
inmuebles; pedir remate de bienes, acordar adjudicaciones y atender todo lo que se
refiere a la singularización del dominio de los comuneros en los bienes sucesorios;
designar abogados patrocinantes y revocar patrocinios; delegar y 4 reasumir las veces
que estime conveniente el presente mandato; conferir poderes especiales y revocarlos;
nombrar jueces árbitros y jueces partidores con las facultades que estime convenientes o
procedentes. Quince. Representar a la mandante ante Asociación de Fondos de
Pensiones, cualquiera que sea ésta, con la facultad de solicitar, tramitar, firmar y retirar
todo tipo de documentos inclusive los relacionados con jubilación anticipada, jubilación
por invalidez, etcétera. Dieciséis. Celebrar contratos de trabajo, colectivos o individuales,
de obreros y empleados, fijando sus condiciones, salarios, sueldos y regalías, dejarlos sin
efecto o desahuciarlos; contratar y despedir obreros y empleados; representarla ante las
oficinas y autoridades correspondientes con motivo u ocasión de lo anterior. Diecisiete.
Retirar de las oficinas de Correos y Telégrafos, Ferrocarriles del Estado, Aduanas y
Líneas Aéreas, correspondencia certificada o simple, giros postales y su valor,
encomiendas y cargas de toda especie y cantidad, tramitar toda clase de asuntos
consulares y aduaneros, endosar y retirar documentos de embarque, firmar pólizas,
manifiestos, contratos y demás documentos. Dieciocho. Solicitar ante el Servicio de
Registro Civil e Identificación, certificados de antecedentes y cualquier otro documento
que correspondiere otorgar a dicho organismo. Diecinueve. Faculta al mandatario para
otorgar autorizaciones de viaje a sus hijos menores de edad, si procediere. Veinte.
Solicitar ante cualquier organismo público o privado claves secretas para ingresar a
internet, especialmente al Servicio de Impuestos Internos, Instituciones de Salud
Previsional, y Administradora de Fondos de Pensiones, entre otras. Veintiuno. En el
orden judicial, el mandatario estará investida tanto de las facultades generales del inciso
primero, como de las especiales del inciso segundo del artículo séptimo del Código de
Procedimiento. Civil que se dan por expresamente reproducidas una a una y que la
mandante declara conocer en todas sus partes. Con la sola limitación de no poder
contestar demandas ni ser emplazado en gestión judicial alguna por su mandante sin
previa notificación personal de la compareciente. En general, y salvo la limitación antes
indicada, el mandatario estará facultada para representar a la mandante en toda clase de
asuntos, juicios y negocios, aún cuando para ello se necesitaren facultades especiales,
teniendo en todo caso la libre disposición y administración de los bienes de aquél, todo sin
limitación alguna, como se ha dicho, para obtener el más correcto y cabal desempeño de
este mandato general. El presente poder se extiende para ser usado y ejercido por el
mandatario designado en cualquier país o nación. Y se entenderá revocado cuando así se
exprese por escritura pública y se anote la misma al margen de esta matriz. En
comprobante, previa lectura, firma. Se da copia. DOY FE.
C.I. 18.115.660-0
DIARIO OFICIAL
Luego de Inscribir la sociedad en el Registro de comercio, debemos dirigirnos a
Paso 5:
No es obligatorio pero es una buena práctica. Una vez que publiques tu sociedad en
el Diario Oficial, compra un par de ejemplares como respaldo.
INICIACION DE ACTIVIDADES
DOCUMENTACION PARA INICIACION DE ACTIVIDADES:
– El plazo para presentar el formulario es dentro de los dos meses siguientes a aquél en
que comiencen sus actividades.
R.U.T.:79.592.776-9
FACTURA
Comercializadora Olorcito Limitada
Comercialización y Fabricación de basureros N°0000018
aromáticos y desinfectante de zapatos.
Sazié N°2853
Estación Central- Santiago
+56946823299
contacto@aromaticbin.cl
SI.I. SANTIAGO
IVA
TOTAL
Nombre: …………………………………………………………..
R.U.T.: ……………………………………………………………..
Fecha: ……………………………………………………………..
Recinto: ……………….…Firma:……………………………..
Res. 80 del 2020
Verifique documento: www.sii.cl
EL ACUSE DE RECIBO QUE SE DECLARA EN ESTE ACTO DE ACUERDO A
BOLETAS DE VENTAS Y EN
LO DISPUESTO SERVICIOS
LA LETRA B) DEL ART. 4° Y LA LETRA C)DEL ART. 5° ORIGINAL
DE LA LEY 19.983, ACREDITA QUE LA ENTREGA DE MERCADERIA(S) O
SERVICIO(S) PRESTADO(S) HA(N) SIDO(S) RECIBIDO(S)
TOTAL
ORIGINAL SII
COMERCIALIZADORA OLOROCITO
LIMITADA
RUT: 79.592.776-9
LIBRO DE COMPRAS ABRIL 2020
TOTAL 0 0 0 0
COMERCIALIZACION OLOROCITO
LIMITADA
RUT: 79.592.776-9
TOTAL 0 0 0 0
TIMBRAJE DE DOCUMENTOS
En general los contribuyentes necesitan autorizar y/o timbrar los siguientes documentos:
Los contribuyentes Personas Naturales, Jurídicas, chilenas o extranjeras, y otros entes sin
personalidad jurídica, que hayan hecho inicio de actividades ya sea como contribuyentes
de 1ª ó 2ª Categoría de la Ley de la Renta.
Cuando el contribuyente requiera autorizar y/o timbrar documentos para respaldar sus
operaciones.
Formulario 3230 (en duplicado) disponible en cualquier Unidad del SII, lleno con
los datos de los documentos que el contribuyente viene a solicitar timbraje; o
llenado e impreso desde Internet con la misma información anterior (puede
descargar desde Internet el Formulario 3230). En ningún caso los funcionarios
podrán llenar los recuadros en los cuales se registran los documentos a timbrar y
cantidad solicitada por el contribuyente.
Observaciones
LOCALIZACIÓN DE LA PLANTA
Nosotros decidimos localizar nuestra planta en la calle Sazié #2853, comuna de Estación
Central; ya que consideramos que existen muchos factores importantes que nos
favorecen para haber tomado esta decisión.
Entre estos factores se encuentra el fácil acceso a transporte en este lugar especifico, ya
que cuenta con dos metros al alcance los cuales son Estación Central y Unión
Latinoamericana; contando además con que está muy cerca de la Avenida Libertador
Bernardo O‘Higgins o también conocida como Alameda, la cual tiene un gran flujo de
locomoción colectiva ya sea en micros, colectivos o taxis y nos beneficia mucho para la
llegada al cliente.
Por otra parte, tenemos a favor el gran flujo de personas que circula por las cercanías de
nuestra planta, ya que es un sector aledaño al barrio Meiggs conocido por la alta
concurrencia de clientes.
Además, nuestros posibles proveedores de basureros corrientes se encuentran muy
cerca de ahí y los costos bajan considerablemente por la ubicación.
La oferta de mano de obra está muy latente en el sector escogido para nuestra planta ya
que es un sector de alto comercio, mucho flujo.
Por otra parte, la actitud de la comunidad es muy positiva ya que se animan a innovar y
creemos que se atreverán con nuestro producto y además gracias al gran flujo de
personas que circula por ahí nos haríamos rápidamente conocidas en el rubro.
11 de mayo de 2020.-
NETO
Observaciones: Se adjunta ficha técnica del producto $4.137.000
DESCUENTO
IVA
$820.230
TOTAL
$4.957.230
Nota: Esta cotización tiene una validez de 30 días, a partir de la fecha de emisión de
este documento.
ORDEN DE COMPRA
N°005987
Señores: AromaticBin
Giro: -.-
Dirección: Sazié N°2853 Rut: 79.592.776-9
Comuna: Estación Central Fono: 223369545
Atención: Juan Pablo Liberona Email: Jp.liberona@aromaticbin.cl
Forma de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Neto $4.317.000.-
Condiciones generales:
1.- La factura deberá ser enviada en cuadriplicado acompañada de esta
orden de compra original.
Iva $820.230.-
2.- Esta orden de compra solo será válida, con los productos y valores
antes mencionados. Total $4.957.230.-
Neto $2.158.500.-
ORDEN DE COMPRA
N°00007
Comercializadora Olorcito Limitada
Rut: 79.592.776-9
Comercialización y Fabricación de basureros
aromáticos y desinfectante de zapatos.
Sazié N°2853
Estación Central- Santiago
+56946823299
contacto@aromaticbin.cl
Señores: INDUCRUM
Giro: Equipos para control de accesos
Dirección: Lira N°2310 Pago: Efectivo
Comuna: San Joaquín Fono: 9-7498 8839
Neto $124.500.-
Iva $23.655
Total $148.155
Atención: Camilo Miranda Email: camilo.miranda@inducrum.cl
R.U.T.:79.592.776-9
FACTURA
Comercializadora Olorcito Limitada
N°00000018
Comercialización y Fabricación de basureros
aromáticos y desinfectante de zapatos.
Sazié N°2853
Estación Central- Santiago
+56946823299
contacto@aromaticbin.cl
S.I.I. SANTIAGO
Fecha: 15.05.20
Señores: Alimentos Arauco Limitada- Doggis Pago: Cheque al día
Rut: 96.648.580-9
Giro: Restaurantes
Dirección: Avenida Pedro De Valdivia 562
Comuna: Providencia
Ciudad: Santiago
OC N°000567666233 13.05.20
Iva $410.115.-
Total $2.568.615
Nombre: …………………………………………………………..
R.U.T.: ……………………………………………………………..
Fecha: ……………………………………………………………..
Recinto: ……………….…Firma:……………………………
Res. 80 del 2020 EL ACUSE DE RECIBO QUE SE DECLARA EN ESTE ACTO DE ACUERDO
Verifique documento: www.sii.cl R.U.T.:79.592.776-9
A LO DISPUESTO EN LA LETRA B) DEL ART. 4° Y LA LETRA C)DEL ART. ORIGINAL
5° DE LA LEY 19.983, ACREDITA QUE LA ENTREGA DE
GUIA DE DESPACHO
MERCADERIA(S) O SERVICIO(S) PRESTADO(S) HA(N) SIDO(S)
Rut: 96.648.580-9
Señor: Alimentos Arauco Limitada- Doggis
Dirección: Avenida Pedro De Valdivia 562 Cód. Cliente: 050 Vendedor: 650
Despachar a: Avenida Pedro De Valdivia 562 Atte Sr.: Maria Constanza Silva
Medio de Transporte: Camino 89 N°Bultos: 30 cajas. 5 unidades cada una.
NETO $2.158.500.-
IVA $ 410.115.-
TOTAL $2.568.615
Nombre: …………………………………………………………………………………
R.U.T.: ………………………………………………………………………………….
Recinto: …………………………………………………………………………………
Nota de Crédito
Nota de Débito
DOCUMENTO ENDOSADO
Páguese
A la orden de _AromaticBin Limitada_____________________________________________
O al portador
La cantidad de Dos millones ciento cincuenta y ocho mil quinientos ________
_ ____________________________ Pesos.-
Dorso
TENGO DUDAS
Devolución de capital
Cheques Rechazados
SERIE 00054 8556990-6 135.000.-
Banco de Chile OLOROSITO LIMITADA
Av. Junín N°5655
Santiago
$
Prila S.A. _Páguese
Prisa S.A._____________________________________________________________
A la orden de
_15__ de _mayo__
O alde
portador
2020
_Ciento treinta
La cantidad de y cinco mil __________________________________
_ __________________________________ Pesos.-
DEUDOR (CLIENTE): Rodrigo Andrés Vergara Contreras
C.I.:
C.I.:
Guía de despacho
Será elaborado con un material metálico por fuera y plástico por dentro, el cual protegerá
la esponja absorbente de los olores y el aromatizante.
Constará con un manual de uso, instrucciones y cuidados que se deben tener con el
producto, considerando que es un basurero que cuenta con algunos componentes
químicos.
Se considera una vida útil de 1 año, en lo que respecta a la absorción de olores. Por su
parte, los aromatizantes tienen una duración de 30 a 45 días, sin embargo pueden ser
reemplazados por las capsulas de repuesto comercializadas por AromaticBin.
Esponja absorbe olores
Colores disponibles:
PUBLICACION N°1
PUBLICACION N°2
PROMOCION N°1
PROMOCION N°2
Casos de Garantía
El Sr. Franco Jorquera adquirió dos basureros aromáticos el día 25 de abril del presente.
El jueves 14 de mayo se dirige a la empresa, indicando que uno de los artículos no estaba
absorbiendo los olores, aludiendo que la mezcla entre mal olor de los desechos y el
aromatizante era muy desagradable y que exigía que se le devolviera el dinero de ambos
artículos. La empresa le planteó que hiciera valer la garantía de uno de los productos,
considerando que el otro basurero funcionaba correctamente, enviándolo a servicio
técnico, para establecer si era defecto de fábrica o algún mal uso por parte del cliente.
Ante el rechazo, se le manifestó que se le podía devolver el dinero por el artículo
defectuoso, pero no por el producto que estaba en buenas condiciones. Él señor no
estuvo de acuerdo con esta propuesta e indicó que haría el reclamo correspondiente al
SERNAC.
2.- Considerando que el cliente no estuvo de acuerdo con la solución otorgada por
AromaticBin, el Sr. Jorquera realizó el reclamo ante el Sernac, justificando que no
respetamos su derecho de garantía, sino más bien solo quisimos reparar el producto. Lo
anterior, no era la solución que él esperaba, pues estaba solicitando la devolución de su
dinero.
Sernac intervendrá como mediador entre nuestra empresa y el cliente. Esto ocurre
cuando este último no queda satisfecho con la solución propuesta. El Sernac es un
organismo público, que busca proteger a los consumidores, por lo tanto, en nuestro caso
solicitará los antecedentes necesarios del caso, para luego adjuntar la respuesta al
cliente.
AQUÍ ME FALTA.