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Aromatic-Bin 15.05.20

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EVALUACIÓN N°2 ABP

“Aprendizaje basado en Proyecto”


Equipo N°3
“Creación de una empresa”

Integrantes:

Solange González Araya – 13.494.762-4

Juan Pablo Liberona Godoy – 16.623.568-5

Marjorie Martínez Arenaldi– 17.073.107-7

Javier Robles Cifuentes - 18.115.660-0

Docente: Dafne Rojas Barrera

Carrera: Contabilidad general

Asignatura: Administración de empresas

Fecha de entrega: 16 de mayo de 2020


Creación de la empresa

Al momento de iniciar este proyecto y tomar esta decision, evaluamos distintas ideas


considerando su rentabilidad, utilidad, innovación, factibilidad, alta demanda
sustentabilidad, que fuese confiable y nos apasionamos por su producción, la inversión
que debíamos llevar a cabo y su eficiencia. 

Nuestra empresa solucionará problemáticas que actualmente afectan al país, frente a la


pandemia del covid-19. 

En estos momentos como sociedad estamos pasando tiempos complicados, ante lo cual
nuestro producto podría de ser de mucha utilidad, pues todos sabemos que el virus covid-
19 puede permanecer en objetos y superficies por horas o días dependiendo del material
en el cual mantenemos contacto. 

Nuestro producto se llevará a cabo en la región metropolitana (Santiago de Chile) por el


motivo que es el lugar donde se encuentra la mayor población de infectados por la
pandemia del covid-19  

El basurero aromático-desinfectante cumple un rol importante en nuestro hogar, oficina o


lugar público, el cual busca reducir el alto contagio de la población y poder cuidar nuestra
salud ante el difícil momento que estamos viviendo a nivel mundial. 

Cabe mencionar que el basurero contiene aromatizante en su interior, el cual les dará un


toque distinto a nuestros desechos con un olor agradable para sus usuarios, que
se encontrará dentro del contenedor- El producto es a base de plástico sin riesgo de ser
destruido fácilmente y a la vez cumple con desinfectar todo el basurero, cumpliendo un rol
primordial en estos momentos. 

Siendo un producto que a diario se frecuenta reiteradas veces dentro del mismo día por lo


cual sería de mucha utilidad para quienes utilicen este excelente producto y minimizar el
riesgo de contagio

Por otra parte, posterior a esta pandemia, el basurero aromatizante- desinfectante se


torna un producto necesario para contener el desagradable olor que producen los
desechos día a día en estos contenedores.
Nombre de la empresa

Comercializadora Olorcito Limitada, esto significa que los socios van a responder de las
deudas sociales sólo hasta el monto de sus aportes, es decir, a lo que cada uno de ellos
aportó al momento de constituirse la sociedad.

Logo de la empresa:

¿De qué trata?

Nuestra empresa fabricará un basurero aromático- desinfectante perteneciente a la


categoría de productos de consumo, puesto que está orientado a satisfacer una
necesidad del hogar y su función es contener los desechos, mantener un aroma
agradable y a su vez, desinfectar.

Como la característica más importante de nuestro basurero es su aroma, decidimos


colocarle el nombre de “AromaticBin” (basurero aromático- desinfectante), puesto que
sugiere la característica que lo hace especial, es fácil de pronunciar, es diferente y puede
ser adaptable a futuros productos que decidamos incorporar en nuestra empresa. Con
esta marca pretendemos que nuestros consumidores nos identifiquen fácilmente por la
buena calidad del producto ofrecido, además así nuestros colaboradores podrán ofrecer
de manera más fácil el producto, con un nombre que lo identifica claramente. También
nos vemos beneficiados porque se le agrega prestigio al producto y no será algo común.
En cuanto a su envase es necesario ya que este en su interior lleva al basurero, los
aromatizantes y el manual de uso, además cabe destacar que brinda seguridad al
producto, lo protege de cualquier daño que le pueda ocurrir, ya que el material del
producto es plástico y corre riesgos de poder ser destruido con mayor facilidad, así se
minimizaran las perdidas por daños, cabe decir que su envase será llamativo a los ojos
del consumidor.

La calidad del producto es alta puesto que será confeccionado con buenos materiales, los
cuales en su conjunto pretenden dar completa satisfacción al comprador, dando buenos y
eficientes resultados.
Escritura de constitución de la sociedad:

CONSTITUCION DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

COMERCIALIZADORA OLORCITO LIMITADA

En Chile, a 12 de mayo del 2020, ante el Registro Electrónico de Empresas y

Sociedades, comparecen: Javier Mauricio Tomas Robles Cifuentes, Rut 18.115.660-0,


domiciliado en Virginia wolf N°1055 villa Las brisas, comuna de Puente alto, Santiago;
Solange González Araya , Rut 13.494.762-4, domiciliado en Pasaje municipio N°402 Villa
ecuador, comuna de Lo prado, Santiago; Marjorie Andrea Martínez Arenaldi, Rut
17.073.107-7, domiciliado en Renca N°7467 Villa las mercedes, comuna de Renca,
Santiago; Juan Pablo Liberona, Rut 16.623.568-5, domiciliado en Juan griego N°4765 villa
San Joaquín, comuna de San Joaquín, Santiago; los comparecientes exponen que vienen
en constituir sociedad de responsabilidad limitada, que se regirá por las disposiciones de
la ley número tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones y demás leyes
pertinentes, y en especial, por las disposiciones de los siguientes estatutos:

ARTÍCULO PRIMERO DEL NOMBRE O RAZON SOCIAL: El nombre o razón social de la


Sociedad es "Comercializadora Olorcito Limitada", pudiendo funcionar y actuar,
inclusive ante Bancos y Entidades Financieras con el nombre de fantasía de Olorosito
Ltda.

ARTÍCULO SEGUNDO OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto desarrollar las


siguientes actividades: Vender basureros con aroma.

ARTÍCULO TERCERO DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad es Sazié N°2853, Villa


Estación Central, comuna de Estación central, Santiago, sin perjuicio de que pueda
establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero.

ARTÍCULO CUARTO DURACIÓN: La duración de la Sociedad será a contar de la fecha


de la presente escritura por plazos renovables de 50 años, y no termina con la muerte de
algún socio, No se disolverá la sociedad por el fallecimiento, expiración, insolvencia,
quiebra, interdicción o incapacidad sobreviniente de cualquiera de los actuales o futuros
socios. En caso de fallecer uno de los socios, la sociedad continuará entre los otros
socios y los herederos de aquél, quienes deberán hacerse representar ante la sociedad
por un mandatario común y único, que además deberá ser persona natural. En caso de
fallecer o quedar incapacitado cualquiera de los socios administradores, la administración
de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán exclusivamente a los otros
socios administradores, en caso de haberlos. En caso de no existir otros socios con
facultades administradoras, la administración pasará a todos los socios actuando
conjuntamente. La renovación automática quedará sin efecto mediante escritura pública
Anotada en el Registro con al menos tres meses de anticipación al vencimiento, en la que
cualquier socio manifieste dicha voluntad.

ARTÍCULO QUINTO DEL CAPITAL SOCIAL: El capital de la Sociedad es la cantidad de


CLP$5.455.500 PESOS; que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones
de la forma siguiente:

A) Javier Mauricio Robles Cifuentes se obliga a aportar CLP$1.363.875 equivalente al 25


por ciento del capital social, mediante el aporte de dinero que entera CLP$1.363.875.

B) Juan Pablo Liberona Godoy se obliga a aportar CLP$1.363.875 equivalente al 25 por


ciento del capital social, mediante el aporte de dinero que entera CLP$1.363.875.

C) Solange del Carmen González Araya se obliga a aportar CLP$1.363.875 equivalente


al 25 por ciento del capital social, mediante el aporte de dinero que entera
CLP$1.363.875.

D) Marjorie Andrea Martínez Arenaldi se obliga a aportar CLP$1.363.875 equivalente al


25 por ciento del capital social, mediante el aporte de dinero que entera CLP$1.363.875.

ARTÍCULO SEXTO DE LARESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS: La responsabilidad


de los socios queda Limitada al monto de sus respectivos aportes.

ARTÍCULO SÉPTIMO DE LA ADMINISTRACIÓN: La administración de la Sociedad y el


uso de su razón social corresponderán a Javier Mauricio Tomas Robles Cifuentes, como
un solo socio.

ARTÍCULO OCTAVO DE LAS UTILIDADES Y PÉRDIDAS, Y LOS RETIROS PARA


GASTOS: Las utilidades y pérdidas de la Sociedad se repartirán entre los socios la
siguiente proporción: Javier Mauricio Tomas Robles Cifuentes 25%; Marjorie Andrea
Martínez Arenaldi 25%; Solange del Carmen González Araya 25%; Juan Pablo Liberona
Godoy 25%.

ARTÍCULO NOVENO DEL ARBITRAJE: La resolución de conflictos se realizará a través


de: Árbitro de derecho y la forma de nombrar árbitros será: el árbitro será designado por
las partes de común acuerdo, en caso de no existir acuerdo será designado por los
tribunales ordinarios de justicia.;. ARTÍCULO DÉCIMO DE LA LIQUIDACIÓN: La
liquidación de la sociedad se regirá por las normas legales pertinentes; La liquidación se
regirá por lo dispuesto en los artículos 408 y siguientes del Código de Comercio;
ARTÍCULO DÉCIMO

PRIMERO DE LOS PODERES CONFERIDOS A O LOS ADMINISTRADORES:


CONSTITUCION DE GARANTIAS Constituir toda clase de garantías, hipotecas, prendas,
fianzas simples y/o solidarias, avales en letras de cambio o pagarés, warrant, gravar los
bienes sociales con derechos de uso, usufructo, habitación, etcétera; constituir
servidumbres activas o pasivas; posponerlas; REPRESENTACION ANTE
INSTITUCIONES Concurrir ante toda clase de autoridades políticas, administrativas,
municipales, organismos o instituciones de derecho público, fiscales o semifiscales,
autoridades de orden tributario, previsional o laboral, o personas de derecho privado, sean
ellas naturales o jurídicas, con toda clase de solicitudes y demás documentos que sean
menester y desistirse de sus peticiones; CONTRATOS DE TRABAJO Celebrar contratos
de trabajo, colectivos o individuales, contratar y despedir trabajadores, contratar servicios
profesionales o técnicos y ponerles término; celebrar contratos de confección de obra
material, de arrendamiento de servicios; fijar remuneraciones, honorarios, bonos, etc.;
CONSTITUCION DE SOCIEDADES Constituir sociedades de cualquier clase, de
comunidades o asociaciones de corporaciones, de cooperativas, ingresar a las ya
constituidas, representar a la Sociedad, con voz y voto, en todas ellas; concurrir a la
modificación, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte y ejercer o renunciar
las acciones que competan a la Sociedad en tales sociedades o comunidades sin
limitación alguna; OPERACIONES CON CHEQUES, LETRAS, PAGARES Y OTROS
DOCUMENTOS MERCANTILES Girar, suscribir, cancelar, aceptar, endosar, reaceptar,
renovar, prorrogar, revalidar, descontar, cobrar, protestar cheques, letras de cambio,
pagarés, y demás documentos mercantiles, sean nominativos, a la orden o al portador, en
moneda nacional o extranjera; Ceder y aceptar cesiones de crédito, sean nominativos, a
la orden o al portador y, en general, efectuar toda clase de operaciones con documentos
mercantiles, valores mobiliarios, efectos públicos y de comercio; COBRAR Y PERCIBIR
Cobrar y percibir judicial y extrajudicialmente todo cuanto se adeude a la Sociedad a
cualquier título que sea en dinero, en otra clase de bienes corporales o incorporales,
raíces, muebles, valores mobiliarios, efectos de comercio, etcétera; OPERACIONES CON
BANCOS E INSTITUCIONES FINANCIERAS Representar a la Sociedad en los bancos e
instituciones financieras con las más amplias facultades que se precisen; darles
instrucciones y cometerles comisiones de confianza; celebrar contratos de cuenta
corriente bancaria de depósito o de crédito, pudiendo depositar, girar y sobregirar en ellas,
sea mediante cheques, órdenes de pago o transferencias electrónicas, imponerse de su
movimiento, modificarlos y ponerles término o solicitar su terminación; aprobar y objetar
saldos; requerir y retirar talonarios de cheques o cheques sueltos; arrendar cajas de
seguridad, abrirlas y poner término a su arrendamiento; abrir cuentas de ahorro, a la vista
o a plazo, hacer depósitos en ellas, retirar fondos total o parcialmente, cerrar las cuentas;
colocar y retirar dineros, sea en moneda nacional o extranjera, y valores en depósito,
custodia o garantía o cancelar los certificados respectivos; tomar y cancelar vales vista,
boletas bancarias o boletas de garantía; celebrar toda clase contratos de futuros, swaps,
opciones y en general con instrumentos derivados; asumir riesgos de cambio, liquidar y/o
remesar divisas y, en general, efectuar toda clase de operaciones bancarias en moneda
nacional o extranjera; PAGOS Y EXTINCION DE OBLIGACIONES Pagar en efectivo, por
dación en pago de bienes muebles e inmuebles, por consignación, subrogación, cesión de
bienes, etcétera, todo lo que la Sociedad adeudare por cualquier título y, en general,
extinguir obligaciones ya sea por novación, remisión, compensación, etcétera; FIRMA DE
DOCUMENTOS Y RETIRO DE CORRESPONDENCIA. Firmar recibos, finiquitos y
cancelaciones y, en general, suscribir, otorgar, firmar, extender, modificar y refrendar toda
clase de documentos públicos o privados, pudiendo formular en ellos todas las
declaraciones que estimen necesarias o convenientes; retirar de las oficinas de correos,
aduanas, empresas de transporte terrestre, marítimo, aéreo, toda clase de
correspondencia, incluso certificada, giros, reembolsos, cargas, encomiendas,
mercaderías, piezas postales, etcétera, consignadas o dirigidas a la Sociedad; firmar la
correspondencia de la Sociedad; MANDATOS Conferir mandatos y poderes generales y
especiales, revocarlos, delegar y reasumir, aceptar en todo o en parte, sus poderes
cuantas veces lo estimen necesario; REPRESENTACION JUDICIAL Representar
judicialmente a la Sociedad con todas y cada una de las facultades ordinarias y
extraordinarias del mandato judicial contempladas en ambos incisos del artículo siete del
Código de Procedimiento Civil, las que incluyen la facultad de desistirse en primera
instancia de la acción deducida, aceptar la demanda contraria, absolver posiciones,
renunciar a los recursos y los términos legales, transigir, con declaración expresa que la
facultad de transigir comprende también la transacción extrajudicial, comprometer, otorgar
a los árbitros facultades de arbitradores, aprobar convenios judiciales o extrajudiciales,
percibir, otorgar quitas o esperas; CELEBRACION DE CONTRATOS Celebrar contratos
de promesa, compraventa, arrendamiento, con o sin opción de compra, leasing. factoring,
permuta, comodato, depósito, transporte, mutuos, préstamos, concesiones, seguros, y, en
general toda clase contratos nominados e innominados, pudiendo comprar, vender,
adquirir, transferir y enajenar a cualquier título toda clase de bienes muebles o inmuebles,
corporales o incorporales, incluso valores mobiliarios, acciones, bonos, moneda
extranjera, efectos públicos o de comercio, y derechos de cualquier naturaleza; fijar
precios, rentas, renunciar derechos y acciones y, especialmente la acción resolutoria,
cabidas o deslindes, condiciones de pago, plazos y demás cláusulas, modalidades y
estipulaciones que sean de la esencia, de naturaleza o meramente accidentales; aceptar
toda clase de garantías que se constituyan a favor de la Sociedad.

Inscripción de bienes raíces


Si compras una casa o departamento debes realizar el trámite de inscripción en el
Conservador de Bienes Raíces respectivo, ya que de lo contrario, según la normativa
chilena, el traspaso de la propiedad no será legítimo.

El Código Civil chileno en sus artículos 686 y 687, establece que la tradición del derecho
real de dominio de los bienes raíces se lleva a cabo “por la inscripción del título en el
Registro del Conservador”. Por lo anterior, una de las funciones del Conservador de
Bienes Raíces es mantener el historial de inmuebles y terrenos, es por eso que en sus
archivos se llevan registros de las traslaciones que se hacen sobre un bien raíz.

Si no se inscribe la propiedad a tu nombre no se produce la tradición del inmueble, lo que


indica que no hay un cambio de propietario. Por lo tanto, legalmente no figurarás como
dueño.

El registro de propiedad consiste en la anotación de los bienes raíces en un libro llamado


repertorio. Los Conservadores de Bienes Raíces cuentan con un registro de inscripciones
de propiedades originadas por la adquisición de un título o de acciones y derechos que
recaen sobre el bien raíz. Es decir en él están especificadas las traslaciones de dominios
de una propiedad.

Este trámite va dirigido a personas naturales o jurídicas, este documento debe ser
solicitado en el sitio como inscripción en los registro de propiedad, hipotecas y
prohibiciones, para realizar el trámite se necesita los siguiente.

En caso de realizar el trámite en línea, se debe cumplir con los siguientes requisitos:

- Que la copia de la escritura ante notario se haya firmado de forma electrónica


- Deberá ingresar el notario que otorgo la escritura de compraventa y el código de
verificación, que se encuentra en el extracto de la escritura firmada
electrónicamente ( el código se encuentra en la parte inferior del documento )

En caso de realizar el trámite en oficina se necesita la siguiente información:

- Copia autorizada de la escritura de compraventa original


- Formulario N°2890 suscrito por el notario
- Certificado de deuda de contribuciones al día
- Constancia de pago de la ultima cuota de contribuciones
- Certificado de evaluó fiscal, en caso de que la propiedad este exenta de pago de
contribuciones
- Formulario n°1 ( el documento está disponible en el sector informaciones e índices
del conservador de bines raíces de Santiago)

El costo asociado a la inscripción de una compraventa simple es el 0.2% de su precio, con


un tope a pagar de $262.200 pesos (más 2.600 por copia).

Este trámite tiene una vigencia de indefinida.


Este trámite se puede realizar ya sea online o en oficina.

Pasos trámite en línea

- Reúna los antecedentes requeridos


- Haga click en el botón ir al trámite en línea
- Una vez en el sitio web de la institución, complete los datos requeridos, y haya clic
en verificar
- Descargue el documento para verificar que sea el correcto, si es así, haga clic en
el botón si
- Selección el acto e inscripción de propiedad de compraventa. Al agregar, debe
ingresar el precio, indicando si corresponde a peso, uf o dólar.
- Adjunte los documento, y haga clic en agregar al carro de compras
- Revise su carro de compra y haga clic en siguiente
- Revise su solitud y haga clic en pagar. Para pagar será redireccionado al portal de
la tesorería general de la república ( tgr). Una vez realizado el pago, la institución
le enviara un correo que confirmara la solicitud del trámite.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la inscripción de propiedad. Obtendrá
respuesta en un plazo aproximado de siete días hábiles a su correo y disponible
para descargar.

Pasos para trámite en oficina.

- Reúna los antecedentes requeridos


- Diríjase a la oficina del conservador de bienes raíces de Santiago, ubicada en
morande 440, Santiago, horario de atención: de lunes a viernes, de 8:30 a 15:00
horas.
- Explique el motivo de su visita: solicitar la inscripción de una propiedad
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el documento. Recibirá un
comprobante de ingreso de la orden de trabajo (caratula) la cual podrá descargar
en el sitio web del conservador de bines raíces de Santiago (cbrs), o ser retirado
en la oficina de la institución, ubicada en morande 440, Santiago.

REPRESENTANTE LEGAL
A tres de enero del año dos mil veinte, Sr. Javier Mauricio Tomas Robles Cifuentes,
soltero, Rut 18.115.660-0, domiciliado en Virginia Wolf n° 1055, Villa las brisas, Comuna
de Puente Alto, Santiago ,quien acreditó su identidad con la cédula anotada que exhibió y
declaró pertenecerle y expone: Que por el presente instrumento, viene en conferir
MANDATO GENERAL, con administración y disposición de bienes a Sr. Juan Pablo
Liberona, Rut 16.623.568-5 , domiciliado en Juan Griego N°4765, Villa San Joaquín,
Comuna de San Joaquín, Srta. Marjorie Andrea Martínez Arenaldi, Rut 17.073.107-7,
domiciliada en Renca N°7467, Villa Las Mercedes, comuna de Renca, Santiago, Srta.
Solange González Araya, Rut 13.494.762-4, domiciliada en Pasaje Municipio N°402, Villa
Ecuador, comuna de Lo Prado, Santiago, para que la represente, sin ninguna limitación
de facultades, en todos sus asuntos, juicios y negocios que actualmente tenga pendientes
o le ocurran en lo sucesivo, de cualquier clase y naturaleza y en los que la mandante sea
dueño o tenga interés, representación o parte, ante toda persona natural o jurídica,
sociedad, corporación, fundación, organismos fiscales, semifiscales y de administración
autónoma, municipales, comerciales y, especialmente, ante las autoridades
administrativas, judiciales, del trabajo y cualesquiera otra sin ninguna excepción, en lo
cual, todos los actos y contratos que el mandatario ejecute y celebre, deberán tenerse,
expresamente, del mismo modo que si los hiciera la mandante personalmente. Al efecto y
sin que la enumeración siguiente signifique en ningún sentido limitación de las facultades
generales anteriormente enunciadas, genérica o específicamente, el mandatario podrá:
Uno. Efectuar todos los actos que conduzcan directa o indirectamente a la conservación,
reparación, aprovechamiento y cultivo de los bienes que se le encarga administrar, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo dos mil ciento treinta y dos del Código Civil. Dos.
Adquirir para su mandante toda clase de bienes, por cualesquiera de los medios que la
ley señala para la adquisición del dominio y para proteger sus bienes, interrumpiendo
prescripciones o ejercitando las acciones de dominio o posesorias que pudieran
corresponder a la mandante. Tres. Exigir rendición de cuentas, cobrar y percibir judicial o
extrajudicialmente todo lo que se adeude o adeudare a la mandante y otorgar al efecto los
correspondientes recibos, cancelaciones y finiquitos, podrá firmar avenimientos y
transacciones si procediere. Cuatro. Comprar, vender, enajenar, permutar, donar,
arrendar y depositar bienes raíces o muebles, acciones, bonos, debentures y otros
valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio; suscribir acciones y firmar traspasos.
Se autoriza expresamente al mandatario para vender, ceder o transferir según fuere el
caso, bienes raíces o derechos hereditarios personales, de conformidad a la Ley,
debiendo considerarse el presente instrumento, para este efecto, como un mandato
específico; asimismo, podrá solicitar autorizaciones para enajenar, si fuere procedente.
Celebrar contratos de retroventa y subarrendamiento. Cinco. Celebrar contratos de
sociedad y formar comunidades o asociaciones, modificar y prorrogar las sociedades,
comunidades o asociaciones en que actualmente la mandante tenga parte o llegue a
tenerla en adelante, representarla con voz y voto en las Juntas Ordinarias, Extraordinarias
o Especiales de sociedades, comunidades o asociaciones, sean civiles o comerciales;
aceptar y suscribir aumentos de capital, pedir su disolución anticipada y su liquidación y
partición, designar liquidadores, jueces compromisarios y partidores, peritos, depositarios,
síndicos, administradores y demás personas o funcionarios que fueren necesarios, fijando
plazos, condiciones y modo de efectuar la liquidación o partición, actuar como liquidador o
partidor, someterse a compromiso, así tenga la mandante interés o no en estas
sociedades, comunidades y asociaciones y, en general, ejercitar y renunciar todas las
acciones y cumplir todas las obligaciones que a la mandante correspondan como socia,
comunera, directora, gerente o liquidadora en tales sociedades, asociaciones o
comunidades. Seis. Celebrar y suscribir, por instrumentos públicos o privados, toda clase
de actos y contratos, sin ninguna excepción y revocarlos, renunciarlos, resciliarlos,
rescindirlos, resolverlos o modificarlos, según procediere; establecer cláusulas,
condiciones y modalidades. Siete. Fijar, pagar, cobrar y percibir precios saldos de precios,
rentas y remuneraciones; fijar cabidas, deslindes y demás elementos de determinación de
inmuebles; fijar forma de pago, plazo, intereses y cauciones, requerir inscripciones en el
Conservador de Bienes Raíces. Ocho. Dar y recibir dinero en mutuo, ya sea con
instituciones bancarias, comerciales, Banco del Estado de Chile, Cajas de Previsión,
Asociación de Ahorro y Préstamo o con particulares y aceptar y proponer las condiciones
inherentes a esta clase de operaciones, de conformidad a sus estatutos o condiciones
especiales; afianzar, aceptar y dar en hipoteca, prenda u otra caución, bienes corporales
o incorporales, raíces o muebles; posponer prendas e hipotecas; liberar y alzar prendas,
hipotecas y otras cauciones. Nueve. Designar bienes raíces para comprarlos o venderlos,
gravarlos, hipotecarlos y prohibir su enajenación; gravarlos con servidumbres, usufructo,
uso, habitación u otro derecho real o limitación de dominio. Diez. Convenir con el Fisco o
las Municipalidades u otras corporaciones públicas o privadas, todo lo concerniente a
expropiaciones por causa de utilidad pública. Once. Cobrar y percibir sumas de dinero,
cheques o valores a que tenga derecho por concepto de sueldos, sobresueldos,
diferencias, reajustes, anticipos, bonificaciones, préstamos, gratificaciones, jubilaciones,
asignaciones familiares, remuneraciones y otros haberes o créditos de cualquier especie
que se le adeuden o puedan corresponderle, por cualquier motivo o título en moneda
nacional o extranjera y ya esté expresado en pesos, dólares, unidades de fomento,
unidades reajustables u otros signos monetarios. Podrá también cobrar, cambiar en
dinero y percibir tales valores ante las Tesorerías Fiscales o Municipales de la República,
oficinas del Banco del Estado de Chile, Banco Central de Chile, Bancos particulares y
demás entidades de crédito, Servicio de la Vivienda y Urbanismo, Asociaciones de Ahorro
y Préstamo, organismos previsionales y otras instituciones. Doce. Celebrar autocontratos
y suscribir declaraciones juradas. Trece. En el orden bancario, queda ampliamente
facultado para ejecutar todas las operaciones que ordinariamente los Bancos conceden o
celebran con sus clientes, sea con el Banco del Estado de Chile, Bancos Comerciales y
toda otra institución de crédito; así podrá girar y sobregirar en las cuentas corrientes
bancarias que mantiene actualmente la mandante, sea como persona natural o bien como
representante legal, gerente, administradora o delegada de éstas, en persona jurídica
cualquiera sea su naturaleza, sea de crédito, de ahorro o de depósito; abrir cuentas
corrientes de crédito o de depósito; cancelar éstas cuentas, depositar cheques, dinero o
valores; girar, suscribir, afianzar, aceptar, descontar, avalar, cobrar, pagar, protestar,
prorrogar, revalidar y cancelar letras de cambio, cheques, pagarés y toda clase de
documentos bancarios y mercantiles y ejercitar todas las acciones que a la mandante
correspondan respecto de tales documentos; además podrá retirar, endosar, cancelar,
depositar y cobrar cheques y otros documentos de pago, sean nominativos, a la orden o
al portador; cancelar y endosar depósitos a plazo o a la vista; retirar libretos de cheques;
reconocer saldos semestrales; endosar pólizas de seguros; cobrar y percibir; constituir
prendas sobre valores mobiliarios; constituir hipotecas con cláusula de garantías
generales, otorgar fianzas, recibos cancelaciones y finiquitos; depositar y retirar valores
en custodia o en garantía; contratar sobregiros, mutuos y préstamos de todas clases que
concedan los bancos y constituir las garantías que se les exijan; sean hipotecarias,
prendarias o en otra forma y suscribir toda la documentación bancaria del caso, sin
restricción alguna. Catorce. Pedir herencias, solicitar posesiones efectivas, aceptar o
rechazar herencias con beneficio de inventario o sin él; firmar inventarios y protocolizarlos;
calcular y pagar impuestos; pedir aperturas, protocolizaciones de testamentos; ejercer la
acción de petición de herencia; concurrir a los comparendos, ya sea que la partición se
efectúe por juicio de compromiso o por escritura pública de común acuerdo; nombrar
peritos, tasadores, administradores proindiviso y cualquier persona para los cargos y con
las facultades que estime convenientes. Para los efectos de proceder a la partición y
liquidación de sociedad conyugal y bienes hereditarios y en las correspondientes
adjudicaciones, al mandatario podrá tomar parte en todos los acuerdos y decisiones
relativos a la distribución y repartición de los bienes hereditarios, sean éstos muebles o
inmuebles; pedir remate de bienes, acordar adjudicaciones y atender todo lo que se
refiere a la singularización del dominio de los comuneros en los bienes sucesorios;
designar abogados patrocinantes y revocar patrocinios; delegar y 4 reasumir las veces
que estime conveniente el presente mandato; conferir poderes especiales y revocarlos;
nombrar jueces árbitros y jueces partidores con las facultades que estime convenientes o
procedentes. Quince. Representar a la mandante ante Asociación de Fondos de
Pensiones, cualquiera que sea ésta, con la facultad de solicitar, tramitar, firmar y retirar
todo tipo de documentos inclusive los relacionados con jubilación anticipada, jubilación
por invalidez, etcétera. Dieciséis. Celebrar contratos de trabajo, colectivos o individuales,
de obreros y empleados, fijando sus condiciones, salarios, sueldos y regalías, dejarlos sin
efecto o desahuciarlos; contratar y despedir obreros y empleados; representarla ante las
oficinas y autoridades correspondientes con motivo u ocasión de lo anterior. Diecisiete.
Retirar de las oficinas de Correos y Telégrafos, Ferrocarriles del Estado, Aduanas y
Líneas Aéreas, correspondencia certificada o simple, giros postales y su valor,
encomiendas y cargas de toda especie y cantidad, tramitar toda clase de asuntos
consulares y aduaneros, endosar y retirar documentos de embarque, firmar pólizas,
manifiestos, contratos y demás documentos. Dieciocho. Solicitar ante el Servicio de
Registro Civil e Identificación, certificados de antecedentes y cualquier otro documento
que correspondiere otorgar a dicho organismo. Diecinueve. Faculta al mandatario para
otorgar autorizaciones de viaje a sus hijos menores de edad, si procediere. Veinte.
Solicitar ante cualquier organismo público o privado claves secretas para ingresar a
internet, especialmente al Servicio de Impuestos Internos, Instituciones de Salud
Previsional, y Administradora de Fondos de Pensiones, entre otras. Veintiuno. En el
orden judicial, el mandatario estará investida tanto de las facultades generales del inciso
primero, como de las especiales del inciso segundo del artículo séptimo del Código de
Procedimiento. Civil que se dan por expresamente reproducidas una a una y que la
mandante declara conocer en todas sus partes. Con la sola limitación de no poder
contestar demandas ni ser emplazado en gestión judicial alguna por su mandante sin
previa notificación personal de la compareciente. En general, y salvo la limitación antes
indicada, el mandatario estará facultada para representar a la mandante en toda clase de
asuntos, juicios y negocios, aún cuando para ello se necesitaren facultades especiales,
teniendo en todo caso la libre disposición y administración de los bienes de aquél, todo sin
limitación alguna, como se ha dicho, para obtener el más correcto y cabal desempeño de
este mandato general. El presente poder se extiende para ser usado y ejercido por el
mandatario designado en cualquier país o nación. Y se entenderá revocado cuando así se
exprese por escritura pública y se anote la misma al margen de esta matriz. En
comprobante, previa lectura, firma. Se da copia. DOY FE.

Javier Mauricio Tomas Robles Cifuentes

C.I. 18.115.660-0

DIARIO OFICIAL
Luego de Inscribir la sociedad en el Registro de comercio, debemos dirigirnos a

Luego de inscribir la sociedad en el Registro de Comercio, debes dirigirte a la oficina


del Diario Oficial, a las oficinas de los agentes comisionistas ubicados en Regiones, o en
la sección de Pagos del Diario Oficial por Internet para publicar el extracto de la escritura
en el Diario Oficial. Esto lo debes hacer dentro de 60 días contados a partir de la fecha
registrada en la Escritura de la Sociedad. De esta manera, la sociedad adquiere
personalidad jurídica legal. Ten en cuenta que la publicación para de sociedades con un
capital inferior a 5.000 UF no tiene costo. Para el resto, el precio es de 1 UTM. El proceso
toma de 3 a 10 días hábiles.

Paso 5:

No es obligatorio pero es una buena práctica. Una vez que publiques tu sociedad en
el Diario Oficial, compra un par de ejemplares como respaldo.

INICIACION DE ACTIVIDADES
DOCUMENTACION PARA INICIACION DE ACTIVIDADES:

 Cédula de Identidad del contribuyente si es persona natural chilena.

 Cédula de Identidad del (los) representante(s) si es persona jurídica o entes sin


personalidad jurídica.

 Formulario de inscripción al RUT y aviso de inicio de actividades (F-4415) llenas y


firmadas. Este trámite también se puede hacer por internet en www.sii.cl 

 Si se presenta otra persona que no es el contribuyente o el representante


(mandatario) debe portar, además, su Cédula de Identidad y el poder entregado por el
contribuyente o el(los) representante(s) para actuar en su nombre ante el SII.

 En el caso de las Sociedades Anónimas, Limitadas y Empresa Individual de


Responsabilidad Limitada deben presentar la escritura de creación protocolizada ante
notario, además de la copia de  su publicación en el Diario Oficial y su inscripción en el
Registro de Comercio.

 Para el resto de las entidades jurídicas, fundaciones, sociedades de hecho, etc.,


se pide el contrato social ante notario o el decreto de autorización u otros, según
corresponda.

 Acreditar domicilio en el caso de contribuyentes afectos a Impuestos de Primera


Categoría (comercio, producción, agricultura, transporte, servicios y en general,
actividades afectas a IVA).

PASOS PARA LA INICIACION DE ACTIVIDADES

1. Llenar el Formulario 4415.


2. Dirigirse a la unidad del SII correspondiente a su domicilio comercial, a la Sección
RUT e Iniciación de Actividades.
3. Entregar el formulario con los siguientes documentos:

– Acreditación de domicilio con escritura de propiedad, el contrato de arrendamiento o la


autorización escrita ante notario del propietario o arrendatario para realizar la actividad
declarada.

– El plazo para presentar el formulario es dentro de los dos meses siguientes a aquél en
que comiencen sus actividades.

4. Las personas que emprendan actividades en la Primera Categoría y que solicitan


timbraje de documentos que dan derecho a crédito fiscal, es decir, facturas u otros
documentos tales como notas de débito, notas de crédito o guías de despacho, tienen que
ser verificados en su actividad y domicilio, para posteriormente ser autorizados a la
emisión electrónica o al timbraje de documentos, según corresponda.

5. Verificación del domicilio y la actividad por un funcionario del SII en un plazo de 10


días hábiles.

Formulario de inicio de actividades

FALTA CATEGORIA Y RAZON Y RUT


FABRICACIÓN DE OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS

35212 Fabricacíon de productos conexos

35292 Fabricación de desinfectantes y desodorizantes

35299 Otros productos químicos diversos no clasificados en otra parte

R.U.T.:79.592.776-9

FACTURA
Comercializadora Olorcito Limitada
Comercialización y Fabricación de basureros N°0000018
aromáticos y desinfectante de zapatos.
Sazié N°2853
Estación Central- Santiago
+56946823299
contacto@aromaticbin.cl
SI.I. SANTIAGO

CANTIDAD DETALLE PRECIO UNITARIO TOTAL


Fecha:
Señores: Condición de Pago:
Rut:
Giro:
Dirección:
Comuna:
Ciudad:

Documento Ref. Folio Fecha Razón Ref.


NETO

IVA

TOTAL

Nombre: …………………………………………………………..

R.U.T.: ……………………………………………………………..

Fecha: ……………………………………………………………..

Recinto: ……………….…Firma:……………………………..
Res. 80 del 2020
Verifique documento: www.sii.cl
EL ACUSE DE RECIBO QUE SE DECLARA EN ESTE ACTO DE ACUERDO A
BOLETAS DE VENTAS Y EN
LO DISPUESTO SERVICIOS
LA LETRA B) DEL ART. 4° Y LA LETRA C)DEL ART. 5° ORIGINAL
DE LA LEY 19.983, ACREDITA QUE LA ENTREGA DE MERCADERIA(S) O
SERVICIO(S) PRESTADO(S) HA(N) SIDO(S) RECIBIDO(S)

Comercializadora Olorcito Limitada



Rut: 79.592.776-9
Comercialización y Fabricación de
basureros aromáticos y desinfectante de DIA MES AÑO
zapatos.
Sazié N°2853
Estación Central- Santiago
+56946823299
contacto@aromaticbin.cl
Descripción Valor

TOTAL

ORIGINAL SII

COMERCIALIZADORA OLOROCITO
LIMITADA

RUT: 79.592.776-9
LIBRO DE COMPRAS ABRIL 2020

TIPO DE RUT RAZON MONTO


NRO COMPRA PROVEEDORES SOCIAL FOLIO FECHA DCTO CUENTA EXENTO NETO IVA TOTAL

                     

                   
                     

                     

                     

                     

                     

                     

TOTAL 0 0 0 0

COMERCIALIZACION OLOROCITO
LIMITADA

RUT: 79.592.776-9

LIBRO DE VENTAS ABRIL 2020

TIPO DE RUT RAZON FECHA MONTO


NRO COMPRA PROVEEDORES SOCIAL FOLIO DCTO CUENTA EXENTO NETO IVA TOTAL

                     

                     
                     

                     

                     

                     

                     

                     

TOTAL 0 0 0 0

TIMBRAJE DE DOCUMENTOS

¿A qué se refiere este trámite?

La autorización de documentos y/o el timbraje de documentos es un procedimiento que


legaliza los documentos necesarios para respaldar las diferentes operaciones que los
contribuyentes realizan al llevar a cabo sus actividades económicas, y que consiste en la
autorización del SII de rangos de documentos a emitir por medio electrónico y/o aplicación
de un timbre seco en cada documento y sus copias.

En general los contribuyentes necesitan autorizar y/o timbrar los siguientes documentos:

Boletas de ventas y servicios - Rollos de máquinas registradoras

- Boletas de honorarios - Entradas de espectáculos

- Boletas de prestación de servicios de terceros - Letras de cambio


- Facturas - Pagarés

- Notas de débito - Liquidación

- Notas de crédito - Liquidación – Facturas

- Guías de despacho - Libros de contabilidad empastados

- Contabilidad en hojas sueltas con numeración - Factura de Ventas y Servicios no Afectas o


única Exentas de IVA - Otros

¿Quiénes deben realizar este trámite?

Los contribuyentes Personas Naturales, Jurídicas, chilenas o extranjeras, y otros entes sin
personalidad jurídica, que hayan hecho inicio de actividades ya sea como contribuyentes
de 1ª ó 2ª Categoría de la Ley de la Renta.

Contribuyentes de 1ª categoría, como por ejemplo, empresas comerciales,


industriales, mineras y otras.

Contribuyentes de 2ª Categoría, como por ejemplo, profesionales, trabajadores


independientes, etc.

¿Cuándo se hace este trámite?

Cuando el contribuyente requiera autorizar y/o timbrar documentos para respaldar sus
operaciones.

¿Dónde se hace este trámite?

La autorización de emisión de documentos por medio electrónico se hace en el sitio web


del SII (www.sii.cl), menús Factura Electrónica y Boleta de Honorarios Electrónica, y el
timbraje de documentos se debe realizar en la Unidad del Servicio bajo cuya jurisdicción
se encuentra el domicilio del contribuyente o el de la Casa Matriz, declarado al SII en su
Inicio de Actividad o el nuevo domicilio comunicado en posterior aviso de modificaciones.

Requisitos para efectuar el trámite

Es importante mencionar que los contribuyentes de 1ª Categoría que deseen autorizar o


timbrar documentación que respalda operaciones afectas a IVA y que dan derecho a
Crédito Fiscal por dicho IVA (Facturas, Notas de Débito, Notas de Crédito, Guías de
Despacho, etc.), deben haber sido previamente verificados en su actividad en forma
positiva. 

 Los contribuyentes que timbren documentación en la Unidad del Servicio  deben


presentar los siguientes antecedentes, para realizar el trámite:

 Cédula RUT del Contribuyente. Sólo para Extranjeros, Personas Jurídicas u


otros entes sin personalidad jurídica. Las Personas Naturales, deben presentar la
Cédula de Identidad del Contribuyente o fotocopia autorizada ante Notario de ésta,
si es un mandatario quien efectúa el trámite.

 Cédula de Identidad de quien realiza el trámite.

 Poder simple firmado ante Notario o refrendado ante el Secretario de la Dirección


Regional o Jefe de la Unidad a quien se le haya conferido la condición de Ministro
de Fe u Oficial de Registro Civil donde no exista Notario, otorgado por el
contribuyente o representante legal, en los casos de terceras personas que se
presentan a efectuar el trámite de timbraje. 

 Formulario 3230 (en duplicado) disponible en cualquier Unidad del SII, lleno con
los datos de los documentos que el contribuyente viene a solicitar timbraje; o
llenado e impreso desde Internet con la misma información anterior (puede
descargar desde Internet el Formulario 3230). En ningún caso los funcionarios
podrán llenar los recuadros en los cuales se registran los documentos a timbrar y
cantidad solicitada por el contribuyente. 

 Último Formulario 3230 presentado por el contribuyente, correspondiente al


último/s documento/s autorizado/s de cuyo timbraje está solicitando. 

 Documentos a Timbrar ordenados y numerados en sus lomos, por cada caja o


talonario. 

 Ultima declaración mensual vigente del Impuesto a las Ventas y


Servicios (Formulario 29) en el caso de los contribuyentes afectos a Primera
Categoría de la Ley de la Renta.

Observaciones

 El primer timbraje de facturas, guías de despacho, así como de cualquier


documento que da derecho a Crédito Fiscal de IVA, deberá ser autorizado por la
Unidad del Servicio de la que dependa el contribuyente, que procederá
previamente al timbraje, a efectuar una verificación de actividad y domicilio para tal
efecto, en un plazo no superior a los 10 días hábiles. Una vez verificada
satisfactoriamente, el contribuyente puede presentarse a timbrar este tipo de
documentos.
 Se recomienda efectuar este trámite y aprovechar de timbrar una cantidad
suficiente de documentos y registros. Antes de concurrir a la Unidad del SII a
timbrar algún tipo de documento, revise los stocks de los otros tipos de
documentos. Si no fueran suficientes, solicite el timbraje de ese tipo de
documentos en la misma ocasión, de modo de minimizar sus venidas al SII.

LOCALIZACIÓN DE LA PLANTA

Nosotros decidimos localizar nuestra planta en la calle Sazié #2853, comuna de Estación
Central; ya que consideramos que existen muchos factores importantes que nos
favorecen para haber tomado esta decisión.

Entre estos factores se encuentra el fácil acceso a transporte en este lugar especifico, ya
que cuenta con dos metros al alcance los cuales son Estación Central y Unión
Latinoamericana; contando además con que está muy cerca de la Avenida Libertador
Bernardo O‘Higgins o también conocida como Alameda, la cual tiene un gran flujo de
locomoción colectiva ya sea en micros, colectivos o taxis y nos beneficia mucho para la
llegada al cliente.

Por otra parte, tenemos a favor el gran flujo de personas que circula por las cercanías de
nuestra planta, ya que es un sector aledaño al barrio Meiggs conocido por la alta
concurrencia de clientes.
Además, nuestros posibles proveedores de basureros corrientes se encuentran muy
cerca de ahí y los costos bajan considerablemente por la ubicación.

En el barrio se encuentran diferentes importadoras de plásticos entre otras cosas, pero


ninguna ofrece el producto ni nada que se le asemeje aún; por lo que nosotras
entraríamos a innovar con nuestro excelente producto “los basureros aromáticos”.

La oferta de mano de obra está muy latente en el sector escogido para nuestra planta ya
que es un sector de alto comercio, mucho flujo.

Por otra parte, la actitud de la comunidad es muy positiva ya que se animan a innovar y
creemos que se atreverán con nuestro producto y además gracias al gran flujo de
personas que circula por ahí nos haríamos rápidamente conocidas en el rubro.

Finalmente, el impacto ambiental que causaremos en ese lugar es totalmente positivo


teniendo así una buena aceptación de la competencia y los clientes en el rubro.

ADJUNTAMOS EL PLANO DE LA UBICACIÓN FÍSICA DE


NUESTRA PLANTA:
Punto 11 patente comercial
12.- CODIGO CIIU

Consideramos que nuestro producto que fabricamos se encuentra en las siguientes


categorías de los códigos de verificación, ya que nuestro producto es metálico, plástico y
con sustancias químicas.

- 61522 Distribuidora de productos Metálicos


- 61414 Distribuidora de plásticos y mayoristas en envases y bolsas plásticas
- 35292 Fabricación de desinfectantes y desodorizantes
- 35111 Fabricación de productos químicos industriales básicos, orgánicos e
inorgánicos (incluye salitre sintético)

13.-  Redacte un documento que indique todas las condiciones y características


como personalidad jurídica.
COTIZACIÓN
Comercializadora Olorcito Limitada
Rut: 79.592.776-9 N°00056
Comercialización y Fabricación de basureros
aromáticos y desinfectante de zapatos.
Sazié N°2853
Estación Central- Santiago
+56946823299
contacto@aromaticbin.cl

11 de mayo de 2020.-

Señores: Ilustre Municipalidad de Maipú


Giro: -.-
Dirección: Av. Cinco de abril Nº0260
Comuna: Maipú Fono: 225345947
Atención: José Miranda- Depto. Adquisiciones Email: jose.miranda@maipu.cl

Tengo el agrado de cotizar a usted por lo siguiente:


CANTIDAD DETALLE PRECIO TOTAL
UNITARIO

300 Basurero absorbe olor c/ $14.390 $4.317.000.-


desinfectante zapatos

NETO
Observaciones: Se adjunta ficha técnica del producto $4.137.000
DESCUENTO

IVA
$820.230
TOTAL
$4.957.230

Nota: Esta cotización tiene una validez de 30 días, a partir de la fecha de emisión de
este documento.
ORDEN DE COMPRA

N°005987

Lunes 4 de mayo de 2020.-

Señores: AromaticBin
Giro: -.-
Dirección: Sazié N°2853 Rut: 79.592.776-9
Comuna: Estación Central Fono: 223369545
Atención: Juan Pablo Liberona Email: Jp.liberona@aromaticbin.cl
Forma de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura

Solicitado: Alcaldía Plazo entrega: 5 días hábiles

Finalidad: Proveer a todas las direcciones municipales

CANTIDAD DETALLE PRECIO UNITARIO TOTAL

Basurero absorbe olor c/ $14.390 $4.317.000.-


300 desinfectante zapatos

Neto $4.317.000.-
Condiciones generales:
1.- La factura deberá ser enviada en cuadriplicado acompañada de esta
orden de compra original.
Iva $820.230.-
2.- Esta orden de compra solo será válida, con los productos y valores
antes mencionados. Total $4.957.230.-

Cód. Presupuestario Descripción Monto


56884568 Productos limpieza $4.957.230.-

Orden de compra emitida por: Jacqueline Cano

Decreto Nº550 Fecha decreto: 06.05.20

Oficio Nº890 Fecha Oficio: 06.05.20


Alimentos Arauco Limitada
ORDEN DE COMPRA
96.648.580-9
Restaurantes N°000567666233
Avenida Pedro De Valdivia 562
Providencia
Santiago

Señores: AromaticBin Fecha: 13.05.20


Giro: Comercialización y Fabricación de basureros aromáticos y otros.
Fono: 225345947
Dirección: Sazié N°2853
Comuna: Estación Central
Atención: Solange González Email: s.gonzalez@aromaticbin.cl
Forma de pago: Cheque al día
Entrega: Despacho oficina central Alimentos Arauco.

CANTIDAD DETALLE PRECIO UNITARIO TOTAL

150 Basurero absorbe olor c/ desinfectante zapatos $14.390 $2.158.500.-

Neto $2.158.500.-

Elaborado por: María Constanza Silva – Jefa Departamento Iva $ 410.115.-


de Adquisiciones Doggis.-
Total $2.568.615

ORDEN DE COMPRA

N°00007
Comercializadora Olorcito Limitada
Rut: 79.592.776-9
Comercialización y Fabricación de basureros
aromáticos y desinfectante de zapatos.
Sazié N°2853
Estación Central- Santiago
+56946823299
contacto@aromaticbin.cl

Martes 13 de mayo de 2020.-

Señores: INDUCRUM
Giro: Equipos para control de accesos
Dirección: Lira N°2310 Pago: Efectivo
Comuna: San Joaquín Fono: 9-7498 8839

CANTIDAD DETALLE PRECIO TOTAL


UNITARIO

50 Basurero tapa pedestal gris $2.490 $124.500.-

Neto $124.500.-

Iva $23.655

Total $148.155
Atención: Camilo Miranda Email: camilo.miranda@inducrum.cl

Elaborado por: Marjorie Martínez

Visado por Javier Robles

R.U.T.:79.592.776-9

FACTURA
Comercializadora Olorcito Limitada
N°00000018
Comercialización y Fabricación de basureros
aromáticos y desinfectante de zapatos.
Sazié N°2853
Estación Central- Santiago
+56946823299
contacto@aromaticbin.cl
S.I.I. SANTIAGO

Fecha: 15.05.20
Señores: Alimentos Arauco Limitada- Doggis Pago: Cheque al día
Rut: 96.648.580-9
Giro: Restaurantes
Dirección: Avenida Pedro De Valdivia 562
Comuna: Providencia
Ciudad: Santiago

CANTIDAD DETALLE PRECIO UNITARIO TOTAL

150 Basurero absorbe olor c/ desinfectante zapatos $14.390 $2.158.500.-

Documento Ref. Folio Fecha Razón Ref.


Neto $2.158.500.-

OC N°000567666233 13.05.20
Iva $410.115.-

Total $2.568.615

Nombre: …………………………………………………………..

R.U.T.: ……………………………………………………………..

Fecha: ……………………………………………………………..

Recinto: ……………….…Firma:……………………………

Res. 80 del 2020 EL ACUSE DE RECIBO QUE SE DECLARA EN ESTE ACTO DE ACUERDO
Verifique documento: www.sii.cl R.U.T.:79.592.776-9
A LO DISPUESTO EN LA LETRA B) DEL ART. 4° Y LA LETRA C)DEL ART. ORIGINAL
5° DE LA LEY 19.983, ACREDITA QUE LA ENTREGA DE
GUIA DE DESPACHO
MERCADERIA(S) O SERVICIO(S) PRESTADO(S) HA(N) SIDO(S)

Comercializadora Olorcito Limitada ORIGINAL


N°00090
Comercialización y Fabricación de basureros
aromáticos y desinfectante de zapatos.
S.I.I. SANTIAGO
Sazié N°2853 FECHA VIGENCA EMISION HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2020
Estación Central- Santiago
+56946823299
contacto@aromaticbin.cl
Santiago, _15_ de ___Mayo____de 2020

Rut: 96.648.580-9
Señor: Alimentos Arauco Limitada- Doggis
Dirección: Avenida Pedro De Valdivia 562 Cód. Cliente: 050 Vendedor: 650

Ciudad: Santiago Fono: N° Factura: 00000018


Giro: Restaurantes
O. de compra: N°000567666233
Cond. De venta: Cheque al día.-
N° Pedido: 55

Despachar a: Avenida Pedro De Valdivia 562 Atte Sr.: Maria Constanza Silva
Medio de Transporte: Camino 89 N°Bultos: 30 cajas. 5 unidades cada una.

CANTIDAD CÓDIGO DESCRIPCION PRECIO TOTAL


UNITARIO
150 0012 Basurero absorbe olor c/ desinfectante $14.390 $2.158.500.-
zapatos

NETO $2.158.500.-
IVA $ 410.115.-
TOTAL $2.568.615

Nombre: …………………………………………………………………………………

R.U.T.: ………………………………………………………………………………….

Recinto: …………………………………………………………………………………

Fecha: …………………………… Firma: …………………………………………

Nota de Crédito

En nuestra empresa AromaticBin , el día 12 de mayo se emite la factura 000014 al


nombre del cliente Carlos Manuel Cifuentes verdugo , código de cliente 95039, presenta
un reclamo por diferencia del valor del precio ofrecido por el vendedor al comprar más
cantidad su valor seria de 14.390 por unidad, lo cual en la factura viene al valor normal
que es de 14.990 , Por tanto hoy 14 de mayo se emitirá una nota de crédito al cliente
anulando factura anterior que fue mal emitida

Nota de Débito

En nuestra empresa AromaticBin el 14 de mayo, al cliente Luis Hernán Ponce Briones


se emite factura nº 00000022 ocurriendo un error de digitación , ya que en la factura solo
fue cobrado el valor neto del producto , no fue incluido el IVA por tanto se informara al
cliente dicho error y se emitirá una Nota de Debito para corregir monto total .

DOCUMENTO ENDOSADO

SERIE 0009098 667897-3


Banco del Estado Alimentos Arauco Limitada
Av. Arauco N°2020
Santiago
$2.158.500.-

_15__ de _mayo__ de 2020

Páguese
A la orden de _AromaticBin Limitada_____________________________________________
O al portador
La cantidad de Dos millones ciento cincuenta y ocho mil quinientos ________
_ ____________________________ Pesos.-

Dorso

Este documento corresponde al pago


efectuado a nuestra empresa por parte de
P.P Juan Pablo Liberona
Doggis, razón social Alimentos Arauco,
16.623.568-5 correspondiente a la factura 000000018 del
15.05.20. El cheque fue endosado a nombre
de Juan Pablo Liberona, socio de la empresa,
quien está a cargo de las finanzas y de
adquisiones y requiere de efectivo para realizar
compras de mercaderías.

DEBO ARREGLAR ESTO

TENGO DUDAS

Devolución de capital

Cheques Rechazados
SERIE 00054 8556990-6 135.000.-
Banco de Chile OLOROSITO LIMITADA
Av. Junín N°5655
Santiago

Páguese _ Prisa S.A._____________________________________________________________


A la orden de
O al portador
La cantidad de _Ciento treinta y mil __________________________________
$
_ __________________________________ Pesos.-
_15__ de _mayo__ de 2020

SERIE 00054 8556990-6 135.000.-


Banco de Chile OLOROSITO LIMITADA
Av. Junín N°5655
Santiago

$
Prila S.A. _Páguese
Prisa S.A._____________________________________________________________
A la orden de
_15__ de _mayo__
O alde
portador
2020
_Ciento treinta
La cantidad de y cinco mil __________________________________

_ __________________________________ Pesos.-
DEUDOR (CLIENTE): Rodrigo Andrés Vergara Contreras

R.U.T. DEUDOR: 14.354.556-7

REPR. LEGAL (1):

C.I.:

REPR. LEGAL (2):

C.I.:

DOMICILIO DEUDOR: Santa Ana N°3234, San Joaquín.

Guía de despacho

La empresa Aromaticbin, el último mes duplicó la cantidad de ventas de su producto


estrella el basurero aromático-desinfectante, por lo cual su entrega del producto ha sido
altamente demandada. El día viernes 15 de mayo en la bodega de despacho quedaron
por hacer varias entregas, por lo cual dentro del día está previsto hacer un total de 12
entregas a sus clientes. 

En el área de administración empezaron a realizar las guías de despacho por lo cual era


un día de alta demanda de trabajo, pero en el transcurso del día el equipo de trabajo en
el área de bodega se percata que las entregas a clientes no les alcanzaría dentro del
tiempo estimado por lo cual la última guía de despacho N 125 para la empresa
Luminosa textil Ltda., con Rut 45.301.252-0, con dirección en San Francisco N°123,
comuna de Santiago, no  podrá ser entregado. 

La guía será anulada por no entregar   los productos al cliente ese mismo día, por


lo tanto, se deberá hacer un registro en el libro propio de la empresa y no es
necesario informar tal situación de lo ocurrido al SII.  
Producto

Basurero aromático- desinfectante que además de contener los desechos, mantiene un


aroma agradable, absorbiendo los insípidos olores que se combinan en este contenedor y
a su vez consta con un desinfectante de zapato o zapatilla en su pedal de apertura.

Será elaborado con un material metálico por fuera y plástico por dentro, el cual protegerá
la esponja absorbente de los olores y el aromatizante.

Constará con un manual de uso, instrucciones y cuidados que se deben tener con el
producto, considerando que es un basurero que cuenta con algunos componentes
químicos.

Se considera una vida útil de 1 año, en lo que respecta a la absorción de olores. Por su
parte, los aromatizantes tienen una duración de 30 a 45 días, sin embargo pueden ser
reemplazados por las capsulas de repuesto comercializadas por AromaticBin.
Esponja absorbe olores

Lámina plástica que recubre la


esponja alrededor de todo el
basurero.

Basurero aromático desinfectante

Colores disponibles:

Aromatizante adherido al basurero

PUBLICACION N°1
PUBLICACION N°2
PROMOCION N°1
PROMOCION N°2
Casos de Garantía

Caso efectiva y exitoso

Caso rechazado y reclamo


DERECHOS DEL CONSUMIDOR

El Sr. Franco Jorquera adquirió dos basureros aromáticos el día 25 de abril del presente.
El jueves 14 de mayo se dirige a la empresa, indicando que uno de los artículos no estaba
absorbiendo los olores, aludiendo que la mezcla entre mal olor de los desechos y el
aromatizante era muy desagradable y que exigía que se le devolviera el dinero de ambos
artículos. La empresa le planteó que hiciera valer la garantía de uno de los productos,
considerando que el otro basurero funcionaba correctamente, enviándolo a servicio
técnico, para establecer si era defecto de fábrica o algún mal uso por parte del cliente.
Ante el rechazo, se le manifestó que se le podía devolver el dinero por el artículo
defectuoso, pero no por el producto que estaba en buenas condiciones. Él señor no
estuvo de acuerdo con esta propuesta e indicó que haría el reclamo correspondiente al
SERNAC.

Por ello, el cliente ingreso a la página www.sernac.cl, portal de consumidor e inicio el


reclamo en el ítem “Ingresar reclamo”, allí describió la situación y adjunto boletas
correspondientes. En el texto el Sr. Jorquera consideró que la empresa debería haberle
devuelto el dinero de ambos, argumentando que podía solicitar la devolución, pues no
habían pasado los 3 meses desde que realizó la compra y que a su vez, él no estaba
conforme con los productos y que la empresa solo le planteo la reparación y no la
devolución o el cambio de los productos, “no respetando su derecho de garantía legal”.

Posteriormente, el reclamo fue derivado a nuestra organización, ante lo cual, debimos


recopilar los antecedentes del caso para preparar la respuesta correspondiente al
organismo.
En la carta se describió lo sucedido con el cliente, las propuestas realizadas el día 14 de
mayo y nuevas soluciones posibles. Entre ellas, indicando que se le devolverá el dinero
del articulo defectuoso, sin previa revisión en el servicio técnico, pero que sin embargo el
producto bueno no será devuelto, pues pasaron más de 10 días para el derecho de
retracto, el artículo fue utilizado y el producto funciona correctamente, pero que para
disminuir el mal rato, se le regalarán 5 cápsulas de repuesto para su basurero en
funcionamiento.

La respuesta es entregada a SERNAC, quienes como ente mediador, le responden al


consumidor, quien si acepta la propuesta, debe contactarse con nuestra empresa, a
través de los datos entregados en el mismo documento. Por su parte, si no está de
acuerdo, el consumidor puede acercarse ante el juez de policía local por una infracción a
la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores N° 19.496, además de
requerir una indemnización por los perjuicios que esa infracción le causó. Previo a esto,
debe llenar el formulario descargable en la misma página del Sernac y dar continuidad a
su solicitud en el Tribunal.

2.- Considerando que el cliente no estuvo de acuerdo con la solución otorgada por
AromaticBin, el Sr. Jorquera realizó el reclamo ante el Sernac, justificando que no
respetamos su derecho de garantía, sino más bien solo quisimos reparar el producto. Lo
anterior, no era la solución que él esperaba, pues estaba solicitando la devolución de su
dinero.

Sernac intervendrá como mediador entre nuestra empresa y el cliente. Esto ocurre
cuando este último no queda satisfecho con la solución propuesta. El Sernac es un
organismo público, que busca proteger a los consumidores, por lo tanto, en nuestro caso
solicitará los antecedentes necesarios del caso, para luego adjuntar la respuesta al
cliente.

Nosotros podemos informarle al organismo lo que le propusimos al cliente o podemos


mejorar la propuesta anterior.

AQUÍ ME FALTA.

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