Guia Entidades Sector Publico
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número de licitadores, permitirá a las pymes desarrollar su potencial de crecimiento e
innovación, con el consiguiente efecto positivo y multiplicador sobre nuestra economía.
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Contratos menores. Debe invitarse especialmente a las pymes a este tipo de contratos de
adjudicación directa.
Utilizar de manera restrictiva la contratación centralizada para sectores donde no existan
pymes homologadas si en dicho sector operan con eficiencia empresas pequeñas y medianas.
El plazo para presentar ofertas ha de establecerse en función de la complejidad del contrato
(art. 136.1) procurando elevar como regla general los plazos mínimos legales.
Criterios de valoración: Utilizar preferentemente criterios matemáticos sencillos, limitando
los de ponderación técnica para aquellos contratos novedosos en los que no sea posible una
definición completa del alcance de las prestaciones sin contar con las ofertas. En todo caso,
deben formularse con claridad, precisando QUÉ se valora y CÓMO, procurando evitar
criterios que requieran la elaboración de documentos extensos y/o complejos.
Comprobar el pago de los contratistas adjudicatarios a los subcontratistas y suministradores,
en la medida de las posibilidades del poder adjudicador, no sólo en los contratos que la Ley
establece como obligatorios (art. 217).
MÁS INFORMACIÓN
Plataforma PYME
Definición de PYME
Edita: © Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. Secretaría General Técnica. Subdirección General
de Desarrollo Normativo, Informes y Publicaciones.
DL: M-6984-2019