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Contrataciones Con El Estado

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CONTRATACIONES

CON EL ESTADO
INTEGRANTES: CÓDIGO:
AGUILAR MEDINA, JOSUE JOSEPH 20150030G
RICALDI ESTRELLA, JUNIOR JUAN CARLOS 20150090J
SANCHEZ DIAZ, TOM PERCY 20152085C
ESPINOZA LUIS, GABRIEL 20152026G
GUISADO MENA, JORGE LUIS 20141011C

PROFESOR:
ING. MONTERO CORDOVA, FRANCISCO ROLANDO
ING. BALLARDO REYES, RUBÉN ERNESTO

CURSO: ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL I

SECCIÓN: H

2019
2018-2
CONTRATACIONES DEL ESTADO
CONTRATACIONES CON EL ESTADO PERUANO
Organismos supervisor de las contrataciones con el estado - OSCE

Es un organismo técnico especializado de Perú adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas. Tiene


como finalidad promover el cumplimiento de la normativa de contrataciones del Estado peruano y su
sede está en la ciudad de Lima y oficinas desconcentradas.

Aspectos generales de las contrataciones con el estado

La finalidad de las contrataciones con el estado es contribuyen al bienestar de todos los ciudadanos,
el estado al contratar bienes servicios y obras cumple con fines públicos para mejores condiciones
de vida de los ciudadanos, a mejores precios mejor calidad todo con un enfoque de gestión por
resultados.

Formas de contratar que tiene el estado peruano

 Asociación publica privada (APP)


 Obras por impuestos (OXI)
 Administración directa
 Organismos internacionales
 Núcleos ejecutores
 Ley de contrataciones con el estado

El estado al ser el comprador más grande siempre requiere de proveedores para atender las
demandas de todo el país, de esta manera brinda oportunidades de mercado a diferentes
proveedores, estos ofrecen bienes servicios y ejecutan obras. Las entidades con la que se puede
realizar un contrato en general son todas las entidades del sector público que especifiquen el alcance
de la ley de contrataciones con el estado Ejem:

 Gobiernos regionales
 Municipalidades
 Los ministerios
 Fuerzas armadas Policía nacional
 Empresas del estado
 Jurado nacional de elecciones JNE
 ESSALUD

Municipalidad de Lima servidores públicos te puede brindar información a todos los proveedores que
lo soliciten siempre y cuando esta información no transgreda los principios que rigen la contratación
pública.

El proceso de contrataciones regulado con la ley de contrataciones del estado se rige por principios
los cuales sirven como parámetros para la actuación de quienes intervienen en las contrataciones
del estado a fin de establecer las reglas de participación de todos los proveedores, estos principios
son:

 Libertad de concurrencia
 Igualdad de trato
 Transparencia
 Publicidad
 Competencia
 Eficacia y eficiencia
 Vigencia tecnológica
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 Sostenibilidad ambiental y social
 Equidad
 Integridad

Un proveedor responsable no vulnera ninguno de estos principios.

Sistema de contratación del estado

La Entidad necesita prepararse para contratar y, para ello, ejecuta una serie de actos: Elabora su
Programa Anual de Compras, Consolida y aprueba el Expediente de Contratación, designa al órgano
que se encargará de la Contratación, etc. Uno de los más importantes es la definición de los Sistemas
de Contratación.

A) El SISTEMA DE SUMA ALZADA

La Suma Alzada es un sistema que se aplica cuando las cantidades, magnitudes y calidades se
encuentren claramente definidas en las características técnicas de los bienes, servicios u obras que
se vayan a adquirir o ejecutar. Es decir, cuando se sepa a ciencia cierta “cuánto de qué cosa
necesitamos”. Por ejemplo, cuando la Entidad requiera adquirir una cantidad determinada de
vehículos.

Por esta razón, el postor debe formular su oferta económica como un monto fijo que contemple todas
las prestaciones que habrá de ejecutar en un plazo determinado. ¿Cuánto voy a cobrar por la venta
de 2 vehículos, incluyendo todos los costos?

B) EL SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS

El sistema de Precios Unitarios se aplica cuando la Entidad no tiene certeza sobre la cantidad y
magnitud de los bienes, servicios u obras va requerir. Por ejemplo, la contratación de suministro de
combustible, porque si bien es cierto se estima la cantidad a contratar; esta es referencial puesto
que la cantidad real a suministrarse se determinará durante la ejecución contractual, siendo que el
pago se realizará en función de la cantidad efectivamente consumida. Podríamos decir que esta
modalidad de contratación la Entidad “paga los que efectivamente usa”.

En este Sistema, el postor formula su oferta económica proponiendo precios unitarios, en función de
las cantidades referenciales establecidas en los Documentos del Procedimiento de Selección. De
esta manera, cobrara por las prestaciones realmente ejecutadas. Para nuestro ejemplo, habiéndose
definido a 50 soles el litro de combustible, y siendo que el plazo del contrato es de 6 meses, el
Proveedor tendrá derecho a cobrar por la cantidad de galones que haya
suministrado efectivamente en dicho periodo. Como se podrá advertir, se trata de una magnitud
variable.

C) EL SISTEMA MIXTO.

Tal y como se puede intuir se trata de una modalidad combinada del Sistema de Suma Alzada y el
de Precios Unitarios. La Ley y el Reglamento han determinado que el Sistema es aplicable
únicamente a la contratación de Servicios en General y Obras, dejando fuera a la contratación de
bienes y Consultorías.

En los Servicios, cuando las prestaciones comprendan magnitudes o cantidades que pueden
conocerse con exactitud se emplea el Sistema de Suma Alzada; y cuando las cantidades ni
magnitudes puedan conocerse se emplea Precios Unitarios.

En las obras también varían según sus componentes. Los que puedan conocerse Suma Alzada, los
que no, Precios Unitarios.

D) El SISTEMA DE TARIFAS.

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El Sistema de Tarifas se aplica a consultorías en genera y supervisión de obra, toda vez que no se
conozca por cuánto tiempo se requerirá el servicio. Por esta razón, los postores formulan sus ofertas
en función del tiempo estimado o referencial contemplado en los Documentos del Procedimiento de
Selección.

La Ley y el Reglamento indican que las tarifas deben incluir los costos directos, las cargas sociales,
los tributos, gastos generales y utilidades.

E) PORCENTAJES.

Al respecto la normatividad vigente es sumamente sucinta. Indica que este sistema se aplicará en la
Contratación de Servicios de Cobranzas, recuperaciones o servicios de similar naturaleza.

El porcentaje incluye todos los conceptos que comprende la contraprestación que le corresponde al
contratista.

F) HONORARIO FIJO Y COMISIÓN DE ÉXITO.

Es aplicable a la contratación de Servicios. Comprende un monto a modo de Honorario Fijo y otro


como una suerte de incentivo por alcanzar determinados resultados

Modalidad de Ejecución Contractual


CONTRATO LLAVE EN MANO

El procedimiento de selección será convocado como “llave en mano” cuando la Entidad convocante
exija al postor como requisito para participar lo siguiente: Realizar una oferta única de todo lo
requerido por la entidad, incluyendo la puesta en funcionamiento.
Para la ejecución de Obras, el postor deberá ofertar la construcción en su conjunto, incluyendo el
equipamiento y su montaje, hasta la puesta en servicio de toda la obra. Esto incluye la elaboración
del Expediente Técnico. De ser el caso, hasta las operaciones asistidas para la obra.
Así es que el contratista se obliga frente a la Entidad a entregar todo un servicio completo (desde la
concepción hasta la puesta en funcionamiento). En contraparte, el postor establece el precio que
deberá pagar la Entidad por dichas funciones.
PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN EN REPÚBLICA DOMINICANA
Veamos los problemas en la contratación pública en República Dominicana:

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Las contrataciones públicas se plantean como una política transversal y articuladora de otras
políticas, dado que los gobiernos destinan importantes recursos a las compras y contrataciones
públicas.

Con la ley N° 449 – 06 se establece los procedimientos de selección para las contrataciones públicas
de la República Dominicana. Estos son los procedimientos de selección:

Los procedimientos se encuentran determinados por los valores involucrados en la contratación de


las obras, bienes y servicios, cada año se emite una resolución con los umbrales topes para cada
modalidad, en la tabla 4.3 se muestran los umbrales topes para el año 2016:

ORGANISMOS INTERVINIENTES

Dentro de los principales organismos que intervienen en la contratación de obras públicas en


República Dominicana, se listan los siguientes:

 Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC).


 Ministerio de Hacienda.
 Dirección General de Presupuesto.
 Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP).
 Dirección General de Crédito Público (DGCP).
 Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE).
 Contraloría General de República Dominicana.
 Colegio de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores (CODIA).

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CONTRATACIONES DEL ESTADO EN ESPAÑA
España cuenta con un solo sistema centralizado para todo el Estado: Ley de contratos del sector
Público (TRLCSP, RDL 3/2011)

Objetivos:

Regular la contratación del sector público, a fin de garantizar que la misma se ajusta a los principios
de libertad de acceso a las licitaciones, publicidad y transparencia de los procedimientos, y no
discriminación e igualdad de trato entre los candidatos, y de asegurar, en conexión con el objetivo
de estabilidad presupuestaria y control del gasto, una eficiente utilización de los fondos destinados
a las obras, la adquisición de bienes y la contratación de servicios, la salvaguarda de la libre
competencia y la selección de la oferta económicamente más ventajosa.

Tipo de contrato:

Los contratos son de precios unitarios, este tipo de contratos se utiliza cuando no existe ningún
problema para identificar y definir completamente todas las posibles unidades de obra a usar, pero
puede existir incertidumbre sobre las cantidades reales a ejecutar.

Penalizaciones por plazo:

Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al
cumplimiento del plazo total, la administración podrá optar indistintamente por la resolución del
contrato o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0.20 euros por cada 1.000
euros del precio del contrato.

Modificaciones de contrato:

España divide las modificaciones que se le pueden realizar al contrato en: liquidación y modificado,
en el de liquidación no hay cambios contractuales, pero si hay diferencias de medición y el pago se
hará por liquidación si el importe es menor del 10%, el modificado será cuando con o sin unidades
nuevas haya una modificación contractual y en el caso que haya más de un 10% de mediciones
tendrá que ir a consejo de ministros o resolverse el contrato.

Recepción de la obra:

En España si se encuentran las obras en un buen estado el funcionario técnico las dará por recibidas,
levantándose la correspondiente acta y comenzando entonces el plazo de garantía, este plazo de
garantía dependerá de la complejidad de la obra y no podrá ser menor de un año y dentro de 15 días
antes de que se cumpla el plazo de garantía, se redactará un informe sobre el estado de las obras.
Después de hacer este informe y si las obras están en buen estado el contratista quedará relevado
de toda responsabilidad y deberá efectuarse el pago de las obligaciones pendientes en el plazo de
60 días.

Responsabilidad por vicios ocultos:

Si la obra se arruina con posterioridad a la expiración del plazo de garantía por vicios ocultos de la
construcción, debido al incumplimiento del contrato por parte del contratista, responderá este de los
daños y perjuicios que se manifiesten durante un plazo de 15 años desde la recepción.

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CONTRATACION PÚBLICA DE EE.UU:
La contratación pública en los Estados Unidos es el proceso por el cual el Gobierno Federal, las
Agencias Estatales y los Gobiernos Municipales adquieren bienes, servicios (en particular, la
construcción), e intereses en bienes inmuebles.

La contratación con los estados unidos es un proceso estructurado y limitado, puesto que un contrato
con este gobierno debe cumplir con las leyes y reglamentos, además de estar elaborado por un
funcionario de contratación con la jurisdicción correspondiente para realizar dicho contrato, pero que
no tiene la autoridad para desviarse de las mismas, por lo que la parte contratante debe estar
percatado de estas limitaciones. Se debe destacar que presentar ofertas para contratos públicos en
los Estados Unidos, a primera instancia puede ser frustrante para algunas empresas, debido a que
la adjudicación de contratos está regulado por un arduo cuerpo legislativo los cuales hacen una
importante supervisión puesto que las reglas formales de contratación se han establecido para evitar
el favoritismo a todas costas.

Sin embargo para muchas pequeñas empresas la contratación pública es una vía potencialmente
lucrativa de crecimiento a largo plazo.

LEGISLACION:

Las legislaciones básicas que rigen los sistemas de contratación y adjudicación de obra pública en
estados unidos es un sistema descentralizado con tres niveles, la cual dispone de normativa
relacionada con la contratación pública, como:

Reglamento Federal de Establece la codificación y publicación de


Adquisiciones (FAR) normas y procedimientos uniformes para la
adquisición por parte de todas las agencias
ejecutivas.

Establece el marco general que regula las


Titulo código 41 de US compras públicas y establece las líneas
generales de la contratación pública

Su finalidad es de dar preferencia a los


productos y servicios estadounidenses o en los
Compra Ley Americana países con los que se ha suscrito algún tratado
de libre comercio frente a los extranjeros.
OTRAS DISPOSICIONES:

Existen otras agencias que intervienen en el área de contratación pública.

Office of Management and Budget (OMB): Departamento del poder ejecutivo que se ocupa de
elaborar y distribuir anualmente el presupuesto del gobierno.

Office of Federal Procurement Policy (OFPP): Oficina dentro del la OMB, que se encarga de
supervisar la práctica y procedimiento seguido por las agencias federales a la hora de la contratación
pública.

Defense Procurement and Acquisition Policy (DPAP): Oficina que se ocupa específicamente de
todas las compras de Defensa.

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Government Accountability Office (GAO): Agencia que trabaja para el Congreso y que se ocupa
de supervisar y auditar el gasto del presupuesto, que anualmente aprueba el Congreso a través del
proceso conocido como Authorization.

Boards: Instituciones dentro del poder ejecutivo, que actúan como cortes de apelación, al que los
licitantes pueden acudir en caso de disputas con el gobierno, cuando consideren que se les ha
infringido un daño o se ha incumplido alguna disposición o procedimiento.

REQUISITOS PARA CONTRATOS:

Los posibles contratistas deben demostrar los siguientes requisitos:

1. Disponer de recursos económicos adecuados para desarrollar el contrato o la capacidad de


obtenerlos.

2. Ser capaz de cumplir con el programa o plazo de suministro propuesto teniendo en cuenta todas
las obligaciones comerciales y administrativas existentes.

3. Tener un historial satisfactorio de resultados pasados.

4. Tener un historial satisfactorio de integridad y ética empresarial.

5. Tener la organización necesaria, experiencia, sistemas de control adecuados de los aspectos


económicos y de las operaciones o trabajos a realizar, y tener capacidad técnica.

6. Tener las instalaciones necesarias de producción, construcción y equipo técnico, o la capacidad


de obtenerlas.

7. Estar cualificado y ser elegible para obtener una adjudicación de acuerdo con las leyes y normativa
aplicable.

BIBLIOGRAFÍA

 Scarlet E. Travieso Caraballo - Estudio comparativo de los procedimientos de contratación


en República Dominicana, España y Estados Unidos.
 Página web OSCE http://portal.osce.gob.pe/osce/

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