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Control de Peso Por Eje y Conjunto de Ejes
Control de Peso Por Eje y Conjunto de Ejes
Control de Peso Por Eje y Conjunto de Ejes
Dimensiones
Vehiculares
Gerencia de Prevención
Superintendencia de Transporte Terrestre
de Personas, Carga y Mercancías
CONCEPTOS GENERALES
Competencias
Art. 45°
(..)
La SUTRAN está facultado para realizar inspecciones en los centros
generadores de carga y/o en las vías terrestres de acceso de estos
centros, siempre y cuando los vehículos ingresen al SNTT.
(..)
Causa principal del deterioro de vías
Falta de mantenimiento
Desastres sobrenaturales
Cumplió su ciclo de vida
…
Circulación de vehículos con sobrepeso
Efectos de los excesos de pesos y medidas
Pista ondulada
¿Dónde se efectúa el control de pesos y medidas?
Estación de pesaje Fija (EPF - Simple y Doble)
Estación de pesaje Móvil (EPM)
Básculas
Tipos de pesaje
¿Qué se fiscaliza?
¿A quiénes?
Agentes:
• TRANSPORTISTA O PROPIETARIO
• CONDUCTOR
• GENERADOR
Normatividad de pesos y medidas vehiculares
• Controla
SUTRAN
• Fiscaliza
• Verifica
Concesiones
• Denuncia
DS 058-2003-MTC (12/10/2003)
Infracciones
DEFINICIÓN:
La fiscalización del cumplimiento de los pesos y medidas vehiculares
comprende la supervisión y detección de infracciones, así como la imposición y
ejecución de sanciones, conforme a lo previsto en el RENAV.
FISCALIZACIÓN DOCUMENTARIA:
Licencia de Conducir, Tarjeta (s) de propiedad, Guías de Remisión, Constancia
de Verificación de Pesos y Medidas, Autorización Especial otorgado por Provías.
FISCALIZACIÓN DE MEDIDAS:
Registro del vehículo in situ de: (se realiza en forma manual)
LARGO, ANCHO, ALTO totales en todos los casos (vehículo + mercancía).
FISCALIZACIÓN DE PESOS
Registro y control del peso por eje o conjunto de ejes del vehículo, a través de la
balanza de precisión o portátil en las estaciones de pesaje ubicadas en la Red
Vial Nacional.
Fiscalización de pesos y medidas vehiculares
• Señalizaciones (art.36°)
• Pesos Máximos permitidos (art.37°)
• Tolerancias del pesaje dinámico (art.38°)
• Medidas Vehiculares (art.39°)
• Control de medidas (art. 40°)
Articulo 37°
Modificados por DS.006-2008-MTC:
Control de peso máximo permitido
1
1. Líquidos en cisternas
2. Animales vivos
3. Concentrados de mineral
4. Alimentos a granel
RENAV (10.NOV.2003), la
tolerancia por ejes del 8%.
2 3
Los vehículos que transporten Las mercancías desde un puerto hacia un almacén
contenedores precintados en Aduanas portuario o aeroportuario considerado como zona primaria
están exonerados del control por Ejes. aduanera, la tolerancia en PBV será del 4%.
Ejemplo de distribución de pesos
Infracciones por
Camión exceso de peso
tipo C3 bruto
P.1; P.2; P.3
Detalle Eje delantero Primer Conjunto de Ejes PBV
Peso por
Conjunto de 7000 18000 25000
Ejes
Tolerancias 350 900 750
Peso +
Tolerancia
7350 18900 25750
La tolerancia no te permite aumentar mercancía en tu vehículo
Control de Señalizaciones
Art 36°
Consecuencia:
Los que sobrepasen los 20.5 metros de largo, deben P.22 sanción al T
consignar en la parte posterior su longitud total en metros.
Longitud Total
22 m.
LONGITUD TOTAL
Control de longitud o largo vehicular
Ancho Total
La tolerancia solo
MERCANCIA aplica a la mercancía
El transporte de chatarra no compactada
debe realizarse únicamente en tolvas
VEHICULO
cerradas, no siendo aplicable a las
mismas las tolerancias antes indicadas”.
a b
Tolerancia
Ancho máximo Total <= 2.73 m
a+b <= 5% x 2.60
Control de altura
Exceso
H
h
Altura máxima con tolerancia Solo el Contenedor High Cube puede tener una altura
H = 4.30m máxima de 4.60 metros. No le es aplicable la tolerancia.
ANEXO IV – Ejes convencionales
ESRC (eje
simple rodado 15t
cuádruple)
ECRD (eje
cuádruple 32t
rodado doble)
PBT
Máximo
RNV 7 18 25 48
SN 7 18+ ≤10% 25+ ≤10% 48+ ≤5%
PBT
Máximo
RNV 7 12 16 35
SN + NE 7 18 25 48
+ ≤10% + ≤10% + ≤10%
PBT
Máximo
RNV 7 18 16 41
SN + NE 7 18+ ≤10% 25 48
+ ≤10% + ≤5%
PBT
Máximo
RNV 7 12 25 44
SN + NE 7 18 25 48
+ ≤10%
Tracto con SN y NE Con Bonificación / Semirremolque Sin Bonificación
Modificación del RNV
P.16
Siempre que exceda el peso máximo
permitido
Modificación de la tabla de infracciones
PLACAS
(camión, tracto, remolque,
semiremolque, carretas)
DIMENSIÓN TOTAL DEL
VEHICULO
(incluida la mercancía) CONFIGURACIÓN
VEHICULAR
PESO BRUTO
VEHICULAR MAX.
PERMITIDO (Kg.)
PESO BRUTO TOTAL
TRANSPORTADO
(Kg.)
PBMax. Para no control de
pesos por ejes (DS 006-
2008-MTC)(Kg)
PBMax. Para no control de
pesos por ejes (DS 006-2008-
MTC)(Kg)
con Bonificaciones x Susp.
LARGO ANCHO ALTO (1) (2)
(2) EL GENERADOR DEBERÁ CONTROLAR QUE EL PESO BRUTO TRANSPORTADO NO SEA MAYOR QUE EL 95% DE LAS SUMATORIA DE LOS PESOS POR EJES O CONJUNTOS DE EJES INDICADOS EN EL ANEXO IV DEL
RNV
(3) PB MAX PARA NO CONTROL P x EJES A VEHÍCULOS CON BONIFICACIONES PERMITIDAS PARA SUSP. NEUMÁTICA Y NEUMAT EXTRA ANCHOS
PESOS 1er cjto 2do cjto 3er cjto 4to cjto 5to cjto 6to cjto
DECRETO SUPREMO N° 058-2003-MTC, modificado por D.S. N° 006-2008-MTC, ANEXO IV: PESOS Y MEDIDAS
Artículo 37°.- Pesos máximos permitidos: (…) están exonerados del control de peso por eje o conjunto de ejes, los vehículos o combinaciones vehiculares que transiten
con un peso bruto vehicular que no exceda del 95% de la sumatoria de pesos por eje o conjunto de ejes, en tanto este valor no supere el Peso Bruto Vehicular máximo
permitido por el presente reglamento o sus normas complementarias.
OBSERVACIONES: ………………………………………………………………………………………………………………..
……………………………………………………………………………………………………………………………………..
……………………………………………………………………………………………………………………………………..
……………………………………………………………………………………………………………………………………..
…………………………………….
Representante del Generador de Carga
Firma y Sello
NOTA:
1,- LO CONSIGNADO EN EL PRESENTE FORMATO TIENE CARÁCTER DE DECLARACIÓN JURADA, POR LO QUE ESTARÁ SUJETO A LO ESTABLECIDO EN EL ART.
32 NUMERAL 32.3 DE LA LEY N° 27444; SIN PERJUICIO DE LA SANCIÓN ADMINISTRATIVA CORRESPONDIENTE. TENIENDO QUE CUMPLIR QUIEN GENERA LA
CARGA EL LLENADO DE LA PRESENTE CONSTANCIA
2,- Solo para Terminales Portuarios, Aeroportuarios, Almacenes Aduaneros y de carga de Hidrocarburos, LA GUÍA DE SALIDA , CONSTANCIA DE PESO O TICKET DE
PESO DE SALIDA, reemplazará a la presente constancia, la cual deberá contener lo indicado en el punto N° I y adicionalmente las Placas, Tipo de Vehiculo y Peso Bruto
Total del Vehículo. Cuando el destino de la mercancia es local no se requiere la emisión de esta constancia de control de pesos y medidas
3,- Del punto IV - "Dimensión Total del Vehiculo y Carga", será llenado cuando excedan las dimensiones permitidas.
4.- Para el transporte de contenedores vaciosla presentación del EIR (Equipment Interchance Reception) reemplaza al presente formato; Asimismo, los contenedores
no están sujetos al control de pesos por ejes.
5.- Para el control en las balanzas de las Estaciones de Pesaje; "Peso Bruto Total Transportado", se consideraran las tolerancias del 3% vigente en el pesaje dinamico
6.- De no consignar los datos en el punto V, cuando corresponda, el generador declara que los pesos por eje estan dentro de lo permitido en el RNV.
CASUISTICA
OPERATIVOS INOPINADOS
• control documentario
• pesos y medidas
OPERATIVOS EN PROVINCIAS
AREQUIPA, PIURA, CHICLAYO, TRUJILLO, TACNA, ICA
CASUÍSTICA N° 1
P.1 Vehiculo con exceso de PBV de hasta 1,500 kg. 2.5 UIT Leve
Exceso de peso (en Kg.) Exceso de peso (en Kg.) por Descarga de la
P.2 Vehiculo con exceso de PBV desde 1,501 Kg. Hasta 3,000 Kg. por 0.00666 (en % UIT) 0.0333 (en % UIT) 5 UIT mercancia en exceso Grave
P.3 Vehiculo con exceso de PBV desde 3,001 Kg. 10 UIT Muy grave
P.4 Vehiculo con exceso de peso por ejes de hasta 1,500 Kg. 2.5 UIT Leve
Reestiba si el
Exceso de peso (en Kg.) Exceso de peso (en Kg.) por vehiculo lo permite o
P.5 vehiculo con exceso de peso por ejes desde 1,501 hasta 3,000 kg. 5 UIT Grave
por 0.00666 (en % UIT) 0.01667 (en % UIT) descarga de la
mercanciaen exceso
P.6 Vehiculo con exceso de peso por ejes desde 3,001 Kg. 10 UIT Muy grave
P.17
Interrupcion de la
Que la mercancia especial que se transporta no cuenta con
circulacion e
P.18 autorizacion de la autoridad competente o incumpla con lo dispuesto No aplica 50% UIT No aplica Muy grave
internamiento del
en la autorizacion correspondiente
vehiculo
Interrupcion de la
Adulteracion de autorizacion para la mercancia especial que se circulacion e
P.19 No aplica 1 UIT No aplica Muy grave
transporta. internamiento del
vehiculo
Transbordo de mercancias y/o pasajeros de un vehiculo a otro para la 20% UIT por cada Descarga de la
P.20 1 UIT No aplica Muy grave
manifiesta evasion de control de pesos y medidas vehiculares. conductor mercancia en exceso
Obstaculizar intencionalmente y/o deliberadamente el proceso de Retencion de licencia
P.21 15% UIT No aplica No aplica Muy grave
pesaje. de conducir
P.22 No consignar las señalizaciones establecidas en el articulo 36º No aplica 10% UIT No aplica No aplica Leve
Evacion o fuga evidente a la accion de control de pesos y medidas
vehiculares que realice la autoridad competente en presencia del Retencion de licencia
P.23 15% UIT No aplica No aplica Muy grave
efetivo de la Policia Nacional del Peru y verificada en forma inmediata a de conducir
su ocurrencia y estando el vehiculo con carga.
Circular con el eje retractil retraido cuando el vehiculo esta cargado,
P.24 excediendo el PBV o peso por ejes según su configuracion. Para la 50% UIT No aplica No aplica No aplica Muy grave
determinacion del exceso no se considera el eje retractil.
No respetar la señalizacion de las estaciones de pesaje referidas al
P.25 10% UIT No aplica No aplica No aplica Grave
ingreso y salida de la estacion.
Interrupcion de la
Circular en horas no autorizadas y/o incumplir con las condiciones para
P.26 20% UIT No aplica No aplica circulacion del Grave
la circulacion de vehiculos especiales.
vehiculo
No emitir la constancia de pesaje de acuerdo a lo establecido en el
P.27 No aplica No aplica 1UIT No aplica Leve
articulo 51º del Reglamento
P.28 No portar la constancia de verificacion de pesos y medidas 10% UIT 25% UIT No aplica No aplica Grave