Ordenanza PRC 1985 1
Ordenanza PRC 1985 1
Ordenanza PRC 1985 1
cuatro
(2228)
Decreto:
1. Dergase el decreto
supremo N 109, de fecha 3 de
Septiembre de 1984, del Minist e r i o de T r a n s p o r t e s y
Telecomunicaciones, sin tramitar, y amplase la Concesin de
Radiodifusin Sonora en Onda
Larga (acti^l Onda Media),
para la ciuc> J de Via del Mar,
otorgada a la Sociedad Radio
Minera S,A., mediante decreto supremo N 99 del 4 de Junio de 1980, del Ministerio de
Transportes y Telecomunicaciones, a objeto de instalar,
operar y explotar un Sistema
Mvil de Radiodifusin, segn
se detalla en el numerando siguiente:
2. Las caractersticas tcnicas y ubicacin del sistema
que se autoriza por este decreto
son:
a) Caractersticas Tcnicas Comunes:
Frecuencia: 142,075 MHz.
Tipo
de
Emisin:
16KOF3EJN.
Desviacin Mxima: + 5
KHz.
Zona de Servicio: Provincia
de Valparaso, V Regin.
b) Estacin Base (1):
Potencia: 25 Watts.
Seal Distintiva: CED
319.
Tipo de Antena: Omnidireccional de 5,25 dBi. de Ganancia.
Ubicacin: Calle 5 Norte
N 168, Via del Mar, V Regin.
c) Estaciones Mviles (2):
Potencia : 25 Watts.
Seales Distintivas: CED
858 y CED 859.
d) Estaciones Porttiles (2):
Potencia: 2,5 Watts.
Seales Distintivas: C E D
860 y C E D - 8 6 1 .
El Presidente de la Repblica, previo informe de la Sub-
secretara de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretara, podr disponer que la Concesionaria modifique estas caractersticas por razones de orden tcnico, de inters pblico
o en cumplimiento de Acuerdos
o Convenios Internacionales
obligatorios del Estado.
3. La ampliacin de la
Concesin que se otorga por el
presente decreto, es intransferible e intransmisible y su plazo
es el sealado en el decreto
supremo N 99 del 4-6-80 del
Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones.
4. Aprubase los planos y
memoria descriptiva del Sistema Mvil de Radiodifusin. La
documentacin quedar archivada en la Subsecretara, sin
perjuicio de la obligacin de la
Concesionaria de presentar
nuevos planos y memoria
descriptiva en caso de modifica-,
ciones.
5. Dentro del plazo mximo de un ao, a contar de la
Descripcin Punto
Tramo
Interseccin de ejes de Carretera
Panamericana y Camino acceso
al vivero de la Municipalidad de
Santiago.
1-
7. La ampliacin de la
Concesin se otorga sin perjuicio del derecho de terceros
legalmente adquirido y en conformidad con lo dispuesto en la
Ley General de Telecomunicaciones y sus Reglamentos, y con
sujecin a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes o
que se dicten en el futuro sobre
la materia.
8. La construccin de las
obras deber ejecutarse con sujecin estricta al proyecto pre-
Descripcin Punto
2.
3.
23.
24.
25.
26.
27.
28.
Descripcin Tramo
29.
Eje de Carretera Panamericana
entre puntos 1 y 2 y que coinciden con. el lmite comunal
Quilicura-Conchal.
Punto
ARTICULO 6. El lmite urbano de Quilicura queda definido por las poligonales sealadas en el artculo 2 precedente, polgono 1,2,3,23,24,25,26,27;28,29,30,1
y 4,5,6,7,8,9,10,11,12,13,14,15,16,17,18,19,20,21,22,4.
Punto
1.
N 32.165
Tramo
Interseccin de la circunferencia
descrita en el punto 2, con la lnea oficial sur (proyectada) de
Av. Amrico Vespucio.
3-23
Interseccin de la lnea oficial sur
(proyectada) de Av. Amrico
Vespucio, con una lnea paralela
trazada 15 m. al poniente del eje
del Ferrocarril del Estado.
23-24
Interseccin de la lnea paralela a
15 m. al poniente del eje del
Ferrocarril del Estado, con lnea
paralela a 130 m. al sur oriente
lnea de alta tensin.
24-25
Interseccin de la lnea . de
cumbres de la puntilla del cerro
Lo Ruiz que enfrenta al vivero de
la I. Municipalidad de Santiago,
con lnea de Ferrocarriles del Estado.
27-28
Descripcin Tramo
Lnea paralela a 15 m. al poniente del eje del Ferrocarril del Estado, que une los puntos 23 y 24.
N 32.165
twtto
30.
Descripcin Punto
Tramo
Interseccin de la circunferencia
descrita en el punto 4, con la lnea oficial norte de la calle Manuel Antonio Matta.
5-6
Interseccin de la prolongacin
de la lnea paralela a 40 m. al poniente de la Jnea oficial poniente
de la calle Los Tilos con la lnea
imaginaria paralela a 140 m. de
la lnea oficial norte de calle Manuel Antonio Matta.
9-10
10.
11.
12.
13.
14.
Descripcin Tramo
Punto
Descripcin Punto
15.
Eje del camino de acceso al vivero efe, la I. Municipalidad de Santiago que une los puntos 30 y 1
que coincide con el lmite comunal Quilicura Renca.
16.
Arco de la circunferencia descrita en ei punto 4, que une los puntos 4 y 5.
17.
Lnea oficial norte de la calle
Manuel Antonio Matta, que une
los puntos 5 y 6.
Lnea paralela a 50 m. al poniente del eje del Ferrocarril del Estado, que une los puntos 6 y 7.
18.
19.
Linea recta imaginaria que une
los puntos 7 y 8.
20.
22.
Lnea recta imaginaria entre los
puntos 10 y 11.
Interseccin de la prolongacin
de la lnea oficial poniente de
calle Cuatro Oriente, con lnea
paralda trazada 65 m. al norte
del eje de Av. Amrico Vespucio. 22-4
entre
CAPITULO
III
Zonficacin y Usos de Suelo
Prrafo I o
Zonficacin
ARTICULO 7. Ei Plan Regulador de Quilicura establecerlas zonas H l , H2,
11,12 e 13 v las reas de Restriccin que se graf ican en el Plano P. R. Q. 001,
ARTCULO 8. Las reas de Restriccin que se establecen son las siguientes;
Las franjas de proteccin de las lneas de alta tensin elctrica, vas frreas y ductos subterrneos. El ancho de estas franjas ser determinado por los servicios tcnicos correspondientes.
El rea de restriccin del Aeropuerto Comodoro Arturo Merino Renitez. Dentro de esta rea se estar a lodispuestopara
ella en el Plan Intercomunal de Santiago.
Prrafo 2
Usos de Suelo
ARTICULO 9. Los usos de sueio permitidos y p r o h i b * # e n
para cada zona son los siguientes:
Pg. cinco
21.
Linea recta coincidente con la lnea oficial norte de calle Candelaria y su prolongacin entre los
puntos 11 y 12.
(2229}
a)
Zona H 1.
Usos permitidos
Usos prohibidos
eJ A r
a Urbana
Vivienda
Comercio
'
Oficinas
Equipamiento
Taller artesanai inofensivo
,
rea verde
Vialidad
Talleres artesanales molestos y peligro*
Industrias y/o bodegas molestas, inofensivas y peligrosas.
Pg. seis
b)
Zona H 2.
Usos permitidos
Usos prohibidos
c)
(2230)
Zona 11.
Usos permitidos
Usos prohibidos
d)
Vivienda
Comercio
Oficinas
Equipamiento
rea verde
Talleres artesanales inofensivos
Vialidad
Talleres artesanales molestos y peligrosos.
Industrias y/o bodegas molestas, inofensivas y peligrosas.
Talleres artesanales inofensivos y molestos.
Industrias y/o bodegas inofensivas y molestas.
rea verde
Vialidad
Talleres artesanales peligrosos.
Industrias y/o bodegas peligrosas.
Comercio
Oficinas
Equipamiento
Usos prohibidos
Vivienda
Comercio
Oficinas
Equipamiento
Arcas verdes
Talferes artesanales inofensivos
Vialidad
Talleres artesanales molestos y peligrosos.
Industrias inofensivas, molestas y peligrosas.
CAPITULO
I V
Usos de
Suelo
Permitidos
(Adems de
rea verde
y vialidad)
Hl
H2
11
Vivienda
Comercio
Oficinas.
Equipam.
Taller art.
inofensivo
Vivienda
Comercio
Oficinas
Equipam.
Taller art.
inofensivo
Industria
y/o bodega
molesta.
Industria
y/o bodega
inofensiva.
Taller art.
molesto.
Tller art.
inofensivo.
12
13
Vivienda
Comercio
Oficinas
Equipam.
Taller art.
inofensivo
160
Condiciones de
Subdivisin.
Superf.
Predial
mnima
m*.
N 32.165
Condiciones de
Edificacin.
Frente
Predial
mnimo
m.
Ocupacin
mxima de
suelo.
%
8,00
60
Agrupariento
Altura
mxima
de Edif. m.
Aislado
Pareado
Art. 479
O.G.C.
Continuo
15,00
Aislado
Pareado
Art. 479
O.G.C.
Continuo
7,00
Rasante
Distancia
mnima a
medianeros
(D)
Art. 479
Art. 479
O.G.C.
200
10,00
40
1.500
30,00
60
Aislado
Art, 479
O.G.C.
R60
D-5,00
600
15,00
40
Aislado
Pareado
Art. 479
O.G.C.
Art. 479
O.G.C.
Aislado
Pareado
Art. 479
O.G.C.
Continuo
7,00
120
8,50
Regirn las disposiciones del D.S. N 255 (V. y U.), de I o de Septiembre del980.
50
Art. 479
O.G.C.
N 32.165
CAPITULO
VI
Vialidad
ARTICULO 2 1 . Las avenidas, calles, pasajes y, en general todas as vas
pblicas que conforman la red vial del presente Plan Regulador, son las existentes y
mantendrn sus actuales anchos entre lneas oficiales, a excepcin de aquellas vas
que, en calidad de vas estructurantes deban cumplir con las condiciones que se les
asignan en el artculo siguiente.
ARTICULO 22. Las vas estructurantes y las condiciones que ellas deben
cumplir, son las siguientes:
Nombre de la va
Tramo E; Existente
P: Proyectado
Ancho entre
Lnea Ofic.
m)
Antejardn
mnimo
m)
Carretera Panamericana
30,00
aleje
10,00
Nombre de la va
Tramo E: Existente
P: Proyectado
Filomena Grate
Alborada
Alcalde Guzmn
3,00
17,00
3,00
14,00
3,00
17,00
3,00
24,00
3,00
35,00
3,00
16,50
3,00
Manuel A. MattaLas
Parcelas (E)
Las
Parcelas
Carampangue (E)
CarampangueLimar
(E)
LimarAlcalde Guzmn
1E)
Alcalde GuzmnAv.
Amrico Vespucio (E)
Manuel Antonio Matta
Lmite Urbano Norte (E)
Caram-
3,00
San Luis
San Martn
24,00
3,00
12,00
aleje
3,00
; 13,00
3,00
24,00
3,00
13,60
14,00
3,00
3,00
Ferrocarril
Manuel A. MattaLmite
Urbano Norte {E y P)
12,00
3,00
Escrituras Sociales
(EXTRACTO
#
14,00
16,50
12,00
17,00
3,00
24,00
5,00
24,00
5,00
25,00
10,00
17,00
3,00
17,00
3,00
30,00
Sptimo de Lnea
AlboradaLimar (E)
- Limar y Carlos Dittborn
(E)
Lo Campino y Carlos Dittborn (E)
Lo Campino y A. Prat (E)
Carampangue
3,00
Manuel A. MattaManuel
Antonio Matta (E)
Ramn Rosales
16,50
. 12,00
Feo.
Las Parcelas
3,00
17,00
Lo Campino
pangue (E y P)
3,00
3,00
Limar
Camino Lo Ruiz
25,00
20,00
S,oo
Manuel A. Matta
Manuel Antonio Matta
Lmite Urbano Norte (E)
B. O'Higgins
Antejardn
mnimo
(m)
22,00
Lo Cruzat
Jos Feo. Vergara Manuel Antonio Matta (E)
Arturo Prat
Ancho entre
Lnea Ofic.
m)
10,00
19,00
Pg, siete
Lo Campino
MartinJos
Vergara (E)
(2231)
24,00
18,00
3,00
20,00
3,00
ARTICULO 23. Los perfiles geomtricos viales as como el ancho de sus calzadas, el diseo de sus empalmes, cruces a distinto nivel, etc., sern definidos en los respectivos estudios y proyectos de vialidad segn corresponda.
.- . Antese, tmese razn y publquese. Por orden del Presidente d e la Repblica, Miguel A. Poduje Sapian, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo a US., para su conocimiento. Dios guarde a US. Luis Salas Romo, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.