2014 Doctrina y Ejemplo Obligación Hacer Escritura Pública (Paraguay)
2014 Doctrina y Ejemplo Obligación Hacer Escritura Pública (Paraguay)
2014 Doctrina y Ejemplo Obligación Hacer Escritura Pública (Paraguay)
html
Concepto
Con este tipo de accin, se pretende elevar a escritura
pblica los actos jurdicos que slo producirn efectos si
se cumple con esa formalidad en los casos establecidos
en la norma.
Segn Guillermo borda en su libro "Manual de contratos"
pgina 93:
Las consecuencias de la omisin de la forma depende de
que ella sea exigida ad solemnitaten o ad probationem:
en el primer caso, el acto carecer de todo efecto: en el
segundo, la parte interesada, tendr derecho a exigir el
otorgamiento de la escritura. Con relacin a este ltimo
caso dice el artculo 1185 del cd. civil de Vlez,que los
contratos que debiendo ser hehos en escritura pblica
fuesen hechos por instrumento particular, firmado por las
partes, no quedan concluidos como contratos definitivos
sino como contratos en que las partes se han obligado a
hacer escritura pblica.Al igual que nuestro cdigo
paraguayo en su art. 701. En otras palabras, mientras la
escritura pblica no est suscripta, las partes no pueden
exigirse el cumplimiento de las obligaciones derivadas del
contrato definitivo, pero pude exigir el otorgamiento de
la escrituracin, cumplido el cual el contrato producir
todos sus efectos.
CONSTITUCIN NACIONAL
CAPITULO II
ARTICULO 16 - DE LA DEFENSA EN JUICIO
La defensa en juicio de las personas y de sus derechos es
inviolable. Toda persona tiene derecho a ser juzgada por
tribunales y jueces competentes, independientes e
imparciales.
CAPITULO IX
DE LOS DERECHOS ECONOMICOS Y DE LA REFORMA
AGRARIA
SECCION I
DE LOS DERECHOS ECONOMICOS
ARTICULO 109 - DE LA PROPIEDAD PRIVADA
Se garantiza la propiedad privada, cuyo contenido y
lmites sern establecidos por la ley, atendiendo a su
funcin econmica y social, a fin de hacerla accesible
para todos.
La propiedad privada es inviolable.
Nadie puede ser privado de su propiedad sino en virtud
de sentencia judicial, pero se admite la expropiacin por
causa de utilidad pblica o de inters social, que ser
determinada en cada caso por ley. Esta garantizar el
previo pago de una justa indemnizacin, establecida
convencionalmente o por sentencia judicial, salvo los
latifundios improductivos destinados a la reforma agraria,
conforme con el procedimiento para las expropiaciones a
establecerse por ley.
CAPITULO XI
DE LOS DEBERES
ARTICULO 127 - DEL CUMPLIMIENTO DE LA LEY
Toda persona est obligada al cumplimiento de la ley, la
crtica a las leyes es libre, pero no est permitido
predicar su desobediencia.
CAPITULO XII
DE LAS GARANTIAS CONSTITUCIONALES
ARTICULO 131 - DE LAS GARANTIAS
Para hacer efectivos los derechos consagrados en esta
Constitucin, se establecen las garantas contenidas en
este captulo, las cuales sern reglamentadas por la ley.
ARTICULO 132 - DE LA INCONSTITUCIONALIDAD
La corte suprema de Justicia tiene facultad para declarar
la inconstitucionalidad de las normas jurdicas y de las
resoluciones judiciales, en la forma y con los alcances
establecidos en esta Constitucin y en la ley.
CDIGO CIVIL DE LA REPBLICA DEL PARAGUAY
Jurisprudencia
1.CONTRATO
/ OBLIGACIN DE
HACER
ESCRITURA / OBLIGACIN DE HACER / PRUEBA / LEY
APLICABLE
Partes Torres Romero, Aurelio c/ Meza Vera, Juan
Evangelista
Materia Civil y Comercial
Hechos: La Corte Suprema confirma la resolucin del
Tribunal de apelacin que revoca la sentencia del inferior
que hizo lugar a la demanda promovida por cumplimiento
de contrato y obligacin de hacer escritura publica.
Norma citada: arts. 476, 602, 715, 719, primer prrafo
del Cdigo Civil - art. 192 del Cdigo Procesal Civil
PROMOVER ACCIN DE
OBLIGACIN
ESCRITURA PBLICA.
SEOR JUEZ:
________________________
DIANA MAREA