Este documento es un contrato de corretaje inmobiliario entre un corredor y un propietario. El propietario le da al corredor 90 días para promover y vender su propiedad a cambio de una comisión del 3% del precio de venta. El corredor se compromete a publicitar la propiedad, mostrarla a posibles compradores y proponer un contrato de compraventa. El propietario no puede vender la propiedad por su cuenta durante este periodo.
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Este documento es un contrato de corretaje inmobiliario entre un corredor y un propietario. El propietario le da al corredor 90 días para promover y vender su propiedad a cambio de una comisión del 3% del precio de venta. El corredor se compromete a publicitar la propiedad, mostrarla a posibles compradores y proponer un contrato de compraventa. El propietario no puede vender la propiedad por su cuenta durante este periodo.
Este documento es un contrato de corretaje inmobiliario entre un corredor y un propietario. El propietario le da al corredor 90 días para promover y vender su propiedad a cambio de una comisión del 3% del precio de venta. El corredor se compromete a publicitar la propiedad, mostrarla a posibles compradores y proponer un contrato de compraventa. El propietario no puede vender la propiedad por su cuenta durante este periodo.
Este documento es un contrato de corretaje inmobiliario entre un corredor y un propietario. El propietario le da al corredor 90 días para promover y vender su propiedad a cambio de una comisión del 3% del precio de venta. El corredor se compromete a publicitar la propiedad, mostrarla a posibles compradores y proponer un contrato de compraventa. El propietario no puede vender la propiedad por su cuenta durante este periodo.
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CONTRATO DE CORRETAJE
Conste por el presente documento el contrato de corretaje inmobiliario(1), que
celebran de una parte.., identificada con R.U.C. N ......................, inscrita en la partida electrnica N ............... del Registro de Personas Jurdicas de ................., con domicilio en ................. .............................................., debidamente representada por su gerente general don ..............................................., identificado con D.N.I. N ......................., con poderes inscritos en el asiento ........ de la referida partida electrnica, a quien en lo sucesivo se denominar EL CORREDOR; y, de otra parte, BBB, identificado con D.N.I. N ......................, de estado civil soltero y con domicilio en ........................, a quien en lo sucesivo se denominar EL PROPONENTE; en los trminos contenidos en las clusulas siguientes: ANTECEDENTES PRIMERA.- EL PROPONENTE es propietario del inmueble ubicado en la Av. Argentina No. 220, La Negrita, en el distrito, provincia y departamento de Arequipa, cuyo dominio se encuentra inscrito en la partida electrnica N 11002020 del Registro de la Propiedad Inmueble de Arequipa, dejando establecido que sobre dicho bien no pesa gravamen de ninguna especie, ni medida judicial o extrajudicial alguna y en general, acto o contrato que limite su libre disponibilidad. SEGUNDA.- EL CORREDOR es una persona jurdica de derecho privado constituida bajo el rgimen de la sociedad annima, cuya actividad principal es la intermediacin en la celebracin de contratos de compraventa y arrendamiento de inmuebles de toda naturaleza: casahabitacin, oficinas, tiendas, departamentos, etc. OBJETO DEL CONTRATO TERCERA.- En virtud del presente contrato, EL CORREDOR se obliga a promover la venta del inmueble al que se refiere la clusula primera, durante un plazo de 90 das. En contraprestacin, EL PROPONENTE se obliga a pagar a EL CORREDOR una comisin que se deducir del precio de venta del inmueble. OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL CORREDOR CUARTA.- En virtud del presente contrato, EL CORREDOR se obliga a: Publicitar la venta del referido inmueble. - Informar semanalmente a EL PROPONENTE sobre los potenciales compradores. - Mostrar el inmueble a los interesados. - Proponer el proyecto de contrato para la compraventa del inmueble. QUINTA.- EL CORREDOR, en cumplimiento de lo establecido en la clusula anterior, deber publicar por su cuenta, avisos publicitando la venta del inmueble tanto en peridicos, afiches y cualquier otro medio de comunicacin masivo.
SEXTA.- EL CORREDOR deber brindar a los potenciales compradores o
interesados en el inmueble, toda la informacin que estos requieran como lo referente a los antecedentes registrales, planos, antigedad, etc., que obtendr directamente de EL PROPONENTE. SETIMA.- En caso de no efectuarse la venta en el plazo pactado, o de efectuarse en condiciones distintas a las acordadas, no hay obligacin de EL CORREDOR de pagar indemnizacin alguna. OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL PROPONENTE OCTAVA.- EL PROPONENTE de acuerdo a lo sealado anteriormente, pagar a EL CORREDOR una comisin que asciende al 3% del precio de la venta del inmueble, en caso que se realice la operacin. De ocurrir esto ltimo, dicho pago se efectuar al momento de la suscripcin del contrato de compraventa. NOVENA.- EL PROPONENTE se obliga a abstenerse de ofertar la venta del inmueble de su propiedad, mientras est vigente el contrato. DCIMA.- Si EL PROPONENTE incumple la clusula anterior y promociona y vende el inmueble durante la vigencia del contrato, se obliga a pagarle a EL CORREDOR la comisin establecida en la clusula octava. DCIMO PRIMERA.- EL PROPONENTE se obliga a brindar todas las facilidades para que EL CORREDOR cumpla con la labor encomendada. GASTOS Y TRIBUTOS DCIMO SEGUNDA.- Las partes acuerdan que todos los gastos y tributos que origine la celebracin, formalizacin y ejecucin del presente contrato sern asumidos por EL PROPONENTE. RESOLUCIN DEL CONTRATO DCIMO TERCERA.- El incumplimiento de la obligacin asumida por EL CORREDOR en las clusula octava, constituir causal de resolucin del presente contrato, al amparo del artculo 1430 del Cdigo Civil. En consecuencia, la resolucin se producir de pleno derecho cuando EL PROPONENTE comunique, por carta notarial, a EL CORREDOR que quiere valerse de esta clusula. COMPETENCIA ARBITRAL DCIMO CUARTA.- Las controversias que pudieran suscitarse en torno al presente contrato, sern sometidas a arbitraje, mediante un Tribunal Arbitral integrado por tres expertos en la materia, uno de ellos designado de comn acuerdo por las partes, quien lo presidir y los otros designados por cada uno de ellos. Si en el plazo de 120 das de producida la controversia, no se acuerda el nombramiento del presidente del Tribunal Arbitral, ste deber ser designado por el Centro de Arbitraje Nacional y Extranjero de la Cmara de Comercio de Arequipa, cuyas reglas sern aplicables al arbitraje. El laudo del Tribunal Arbitral ser definitivo e inapelable, as como de obligatorio cumplimiento y ejecucin para las partes y, en su caso, para la sociedad. DOMICILIO DCIMO QUINTA.- Para la validez de todas las comunicaciones y notificaciones a las partes, con motivo de la ejecucin de este contrato, ambas
sealan como sus respectivos domicilios los indicados en la introduccin de
este documento. El cambio de cualquiera de las partes surtir efectos desde la fecha de comunicacin de dicho cambio a la otra parte, por va notarial. APLICACIN SUPLETORIA DE LA LEY DCIMO SEXTA.- En todo lo no previsto por las partes en el presente contrato, ambas se someten a lo establecido por el Cdigo Civil y dems del sistema jurdico que resulten aplicables. En seal de conformidad, las partes suscriben este documento en la ciudad de Arequipa, a los 29 das del mes de agosto del 2006.
CONTRATO DE COMISION POR VENTA DE BIEN INMUEBLE, QUE
RESPECTIVAMENTE CELEBRAN, POR UNA PARTE EL SEOR JULIO CESAR NAVA RUIZ, QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA FINES DE ESTE CONTRATO SE LE DENOMINARA COMO COMISIONISTA, Y POR LA OTRA EL SEOR ____________________________________________________________, A QUIEN EN ADELANTE SE LE DENOMINARA COMO PROPIETARIO VENDEDOR, PREVIO COTEJO Y COMPULSA QUE FRENTE A LOS TESTIGOS QUE FIRMAN EL PRESENTE INSTRUMENTO SE A REALIZADO, QUIENES LIBRE Y VOLUNTARIAMENTE SE SUJETAN AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS. D E C L A R A C I O N E S. I.- Declaran los contratantes, comisionista y propietario vendedor, tener concertado un contrato de comisin por venta de bien inmueble, el cual, por medio del presente instrumento, vienen a darle validez formal legalmente. II.- Que ambas partes conocen la naturaleza de este contrato, por lo tanto, saben y aceptan sus condiciones y alcance de sus efectos respecto del cumplimiento e incumplimiento del mismo consistentes en que: a) El propietario vendedor contrae la obligacin de pagar al comisionista la cantidad a razn de ___% (____________ por ciento) equivalente a la cantidad de ___________________ (___________________________________________________________) de la operacin efectuada de la compraventa del bien inmueble descrito. Que PROPIETARIO VENDEDOR", una vez realizada la compra del dicho bien inmueble ante notario, se obliga a pagar de la siguiente forma: Una vez que el PROPIETARIO VENDEDOR reciba el pago por la venta del Inmueble mencionado en el ltimo prrafo de este instrumento, queda obligado a entregar al COMISIONISTA, la cantidad de S/ ___________________ (______________________) mediante el cheque o efectivo a nombre del Sr. , dentro de los 3 das hbiles posteriores a la firma de la nueva escritura, por lo que COMISIONISTA, deber entregar recibo firmado al momento de recibir el cheque o efectivo por parte de PROPIETARIO VENDEDOR". b) El COMISIONISTA queda obligado a realizar la accin de la compraventa del bien inmueble sealado entre el PROPIETARIO VENDEDOR", y el (la) seor(a)_________________________________________________________________ __interesado(s) en adquirir dicho bien inmueble. III.- Declara el PROPIETARIO VENDEDOR". A) que es su consentimiento que el COMISIONISTA gestione la compraventa del inmueble.
B) que acepta su decisin ineludible de pagar por la operacin realizada
por el COMISIONISTA el ____% del total del valor pactado en la compraventa del inmueble. C) que tiene la capacidad legal y econmica de obligarse en este contrato tanto como en el de compraventa definitiva. D) ser legtimo propietario del inmueble, descrito a continuacin: CASA UBICADA EN _________________________________________________________________________ __________________ _________________________________________________________________________ ___________________________________ __________________________ __________________________
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El informe de la Administración Concursal: Determinación de la masa activa y pasiva en el concurso de acreedores y su impugnación. Contiene formularios.