Unidad 2 Sociedad Anónima
Unidad 2 Sociedad Anónima
Unidad 2 Sociedad Anónima
Concepto:
Sociedad annima es la que existe bajo una denominacin y se compone
exclusivamente de socios cuya obligacin se limita al pago de sus acciones.
1.
Capital Social
2.
Accionistas
Se cargara con abono a capital social del importe del capital total suscrito, y se
abonara de las exhibiciones que vayan haciendo los accionistas. El saldo es
deudor y representa las exhibiciones pendientes de cubrir. Esta cuenta debe
presentare en el balance general disminuyendo a la cuenta de capital social a fin
de que se muestre dicho estado financiero el capital exhibido.
3.
Exhibiciones Decretadas
4.
Estas cuentas son de orden y tienen como finalidad registrar a valor nominal, el
importe de las acciones que deben retener la sociedad en calidad de depsito,
durante dos aos, cuando hayan sido cubiertas en especie.
5.
Estas dos cuentas son de orden y tienen como finalidad registrar el total del
capital autorizado que tenga la sociedad. La cuenta de accionistas es de saldo
deudor y el de emisin de acciones es de saldo acreedor y ambos saldos
debern ser iguales.
Por su origen.
I.
En numerario. porque indican que han sido o van a ser cubiertas
ntegramente con dinero en efectivo. La Ley exige que al constituirse la
sociedad las acciones en numerario se paguen cuando menos en un 20% de
su valor nominal
II.
En especie. Son aquellas cuyo valor se cubre con bienes distintos del
numerario. Las acciones en especie debern quedar ntegramente exhibidas al
momento de constituirse la sociedad, por lo tanto, siempre sern liberadas. Por
otra parte, en la escritura constitutiva deber especificarse los bienes que se
han aportado, el valor asignado y el criterio seguido para su valorizacin.
Acciones sin valor nominal. Son las que no mencionan el valor nominal del
ttulo ni la cuanta del capital social, expresando solamente el nmero total de
acciones de la sociedad
Bibliografa
http://www.monografias.com/trabajos14/sociedadanonima/sociedad-anonima.shtml
las copias que nos dio
ley general de sociedades mercantiles