IMPORTACIONES DEFINITIVAS DE AUTOMÓVILES USADOS Americanos
IMPORTACIONES DEFINITIVAS DE AUTOMÓVILES USADOS Americanos
IMPORTACIONES DEFINITIVAS DE AUTOMÓVILES USADOS Americanos
La importación definitiva de vehículos, es el trámite que debe realizar el contribuyente para que un
vehículo permanezca en el país por tiempo ilimitado.
Vehículos usados cuyo año-modelo sea de ocho y nueve años anteriores al año en que se realice
la importación.
Vehículos usados que importen los residentes de la franja o región fronteriza norte del país para
permanecer en dichas zonas.
Regularización.
(1359 Kb) DECRETO por el que se regula la importación definitiva de vehículos usados publicado
en el Diario Oficial de la Federación el 01 de julio de 2011.
(610 Kb) DECRETO que modifica el diverso por el que se regula la importación definitiva de
vehículos usados publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de enero de 2013.
(186 Kb) DECRETO que modifica el diverso por el que se regula la importación definitiva de
vehículos usados publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de enero de 2014.
(251 Kb) DECRETO por el que se prorroga el diverso por el que se regula la importación definitiva
de vehículos usados, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2014.
(208 Kb) DECRETO por el que se prorroga el diverso por el que se regula la importación definitiva
de vehículos usados, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2015.
(111 Kb) DECRETO por el que se prorroga el diverso por el que se regula la importación definitiva
de vehículos usados, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2016.
Condiciones ambientales que deberán cumplir los vehículos usados equipados con motor a
diesel.
(64KB) ACUERDO por el que se aceptan como equivalentes a la Norma Oficial Mexicana NOM-
041-SEMARNAT-2006, que establece los límites máximos permisibles de emisión de gases
contaminantes provenientes del escape de los vehículos automotores en circulación que usan
gasolina como combustible y a la Norma Oficial Mexicana NOM-047-SEMARNAT-1999, que
establece las características del equipo y el procedimiento de medición para la verificación de
los límites de emisión de contaminantes, provenientes de los vehículos automotores en
circulación que usan gasolina, gas licuado de petróleo, gas natural u otros combustibles alternos,
las regulaciones que se indican y sus respectivos procedimientos de evaluación de la
conformidad y se reconocen como válidos para efectos de acreditar su cumplimiento en los
puntos de ingreso al país los certificados que se señalan.
Importacion definitiva
La importación definitiva es la importación permanente de un vehículo
extranjero para que circule en Mexico. Requiere que el carro sea modelo de 8 a
9 años anteriores del año de importación.
En 2018, el año de modelo debe ser de 2009 a 2010 y el carro debe ser
fabricado en Norteamerica (Canada, Estados Unidos o Mexico).