Fiscalia
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Hoy fecha 13 de julio del año 2017, con horas 11 20 minutos, se concede la audiencia de
juicio oral público ante la Srta. Magistrada Díaz Mauricio, Valeria del Pilar; ante el
requerimiento solicitado por el Ministerio Público por parte de la Fiscalía Provincial
Penal Corporativa de Huaura en contra de Orzco Calistro, Carlos como presunto autor del
delito en contra de la seguridad pública en la modalidad de Tenencia Ilegal de armas en
agravio del Estado, en este acto se hace de conocimiento que la notificación pueda
realizarse mediante casilla y correo electrónico a las partes, consultándole tanto al
Ministerio Público como al abogado defensor.
Están conforme Sr. Fiscal, sr. Abogado, acreditación de los sujetos procesales. Srta.
Fiscal…
PRESENTACIÓN
FISCAL (KARLA)
Buenas tardes Srta. Jueza y Sres. presentes, por parte de la Fiscalía Toribio García, Karla
Xiomara, Fiscal Adjunta del 3er Despacho Investigación por parte de la Fiscalía
Provincial Penal Corporativa de Huaura, con teléfono 239 5823, anexo 6504, correo
electrónico toribiogarcía_23@gmail.com. Gracias Srta. Jueza.
JUEZA (VALERIA) Srta. Abogada…
DEFENSA TÉCNICA (SANDRA)
Buenas tardes Srta. Jueza y Sres. Presentes, por parte de la Defensa Técnica Díaz Mundo,
Sandra Amelia; con número CAH 347, con teléfono 234 5467, correo electrónico
diazmundo_sandra@gmail.com. Gracias Srta. Jueza.
JUEZA (VALERIA): Acreditación del Imputado
Nombre Completo: Orzco Calistro, Carlos Ernesto
Edad: 24 años
Lugar de Nacimiento: Lima
Domicilio: Urba Huacho Mz F lote 1.
Grado de Instrucción: Secundaria Completa
Estado Civil: …Soltero
Nombre de sus padres: Lucy Calistro Morales y Alfredo Orzco Huayanay
Tiene Hijo: No
Se dicta la presente resolución de audiencia. Se da el uso de la palabra a la Srta. Fiscal a
efectos de realizar el alegato de apertura correspondiente.
ALEGATOS DE APERTURA
FISCAL (KARLA)
Srta. Magistrada, el día 27 de Mayo del presente año a horas 21:00 aproximadamente, el
personal policial SOT2 PNP Olivares Chávez, Anabel, a bordo de la unidad móvil PL
10567 de la DPPMOT, se constituyó a la Intersección entre Av. 28 de Julio y la Av.
Bolognesi de la Campiña, al haber sido informada por radio de una llamada telefónica de
una vecina, quien señalaba que un sujeto se encontraba realizando disparos con un arma
de fuego el mismo que fue logrado ver subiéndose a una unidad de transporte particular,
un auto colectivo color rojo, para conducirlo, por inmediaciones de la Intersección de la
AV. Perú con la nueva Panamericana, más conocido como la balanza, es ahí que el
personal policial llega e interviene al señor Orozco Calistro Carlos, encontrándose
únicamente el señor a bordo de la unidad móvil, es entonces cuando la SOT2 Olivares, le
pide sus documentos y que baje de su auto, y ahí procedió a revisar dicho vehículo, en el
cual encontró al lado de la palanca de cambio, un arma de fuego, procediendo a levantar
el Acta de Intervención, para ser llevado posteriormente a la Comisaria de Cruz Blanca.
Siendo Srta. Magistrada que el delito en el que incurre el acusado lo encontramos
tipificado en el artículo 279° del Código Penal segundo párrafo, con referencia a Tenencia
Ilegal de Armas. Pido a usted Srta. Magistrada condene al acusado a 6 años de pena
privativa de libertad.
Teniendo como medios de pruebas
Prueba testimonial:
a) SOT2 PNP Olivares Chávez, Anabel
b)
Pruebas documentales
a) Acta de intervención
b) Acta de registros de personal
c) Informe técnico N° 45-2017
d) Dictamen Pericial de Balística Forense
JUEZA (VALERIA)
¿Existe algún tipo de acuerdo?
FISCAL (KARLA) NO
JUEZA (VALERIA): Srta. Abogada…se le cede el uso de la palabra
DEFENSA TÉCNICA (SANDRA)
Que el día, 27 de Mayo mi patrocinado se encontraba realizando servicios de taxi, siendo
este el oficio al que se dedica ya aproximadamente por 2 años, dado que mi patrocinado
pertenecía a una Empresa Corporativa de Servicios de Seguridad, del cual fue separado
por motivo de reducción de personal.
Mi cliente es un joven que se gana la vida dignamente, el cual no cuenta con antecedentes
penales ni policiales alguno. Por otro lado con la labor que realiza sustenta a sus padres,
los mismos que son mayores de edad y no pueden valerse por sí mismo.
Que el día que fue intervenido por el personal policial SOT2 PNP Olivares Chávez,
Anabel, a bordo de la unidad móvil PL 10567 de la DPPMOT, mi patrocinado se
encontraba laborando, aprovechando que era un día bastante concurrido debido a la fiesta
que se realiza usualmente en la Campiña de Huacho. Mi patrocinado acababa de dejar a
un pasajero (un varón de edad de aproximadamente 30 años), decidiendo ser este el último
pasajero que le quedaba por llevar, dado que estuvo laborando todo el día y como es
normal se encontraba muy cansado. Seguidamente en la intersección de la Av. 28 de Julio
con Bolognesi de Chonta es intervenido por un agente policial el cual le pide sus
documentos, mi patrocinado se los entrega sin ningún problema; seguidamente le pide
que baje del auto, para realizar la revisión física técnica correspondiente y posteriormente
el auto, encontrando esta una arma de fuego, la misma de la que no se tiene conocimiento
de su procedencia.
Conforme a los hechos narrados Srta. Magistrada mi patrocinado es inocente, no cometió
delito alguno, dado que el arma no es de su pertenencia, él desconocía la existencia de la
misma en su automóvil, siendo sólo víctima de las circunstancias; por lo que reitero mi
pedido de que se absuelto en todo extremo. En amparo al Principio de Presunción de
Inocencia, el numeral I del artículo II del Título Preliminar del Código Procesal Penal en
concordancia con el numeral II del Artículo 4 y 10 del mismo
Ofreciendo como prueba testimonial:
a) A mi patrocinado Orzco Calistro, Carlos
Y como prueba documental
b) Acta de intervención físíca técnica
c) Prueba de Absorción atómica
JUEZA (VALERIA)
Procederé a leer los derechos que usted tiene:
Tiene derecho a la presunción de inocencia
Tiene derecho a declarar o guardar silencio. En caso de guardar silencio su
negativa a declarar no podrá ser utilizada en su contra.
Tiene derecho a su legítima defensa, la misma que puede ser ejercida directamente
o a través de su abogado defensor.
Sr. Orozco Calistro ha entendido usted sus derechos?
ORZCO: Sí
Sr. Orzco Calistro cómo se declara usted en cuanto a los hechos que se le imputan?
ORZCO: Me declaro inocente.
Sr. Orzco Calistro Usted va a declarar en el juicio que se le sigue en contra de su persona?
Antes que me responda sírvase a conferenciar con su abogada defensora.
ORZCO: Sí srta. Jueza.
JUEZA (VALERIA): Bueno… de acuerdo a ello se procederá a instalar el debate
probatorio. Srta. Fiscal tiene usted la palabra
DEBATE PROBATORIO (EXAMEN DE TESTIGOS)
FISCAL (KARLA): Llamo como testigo a la SOT2 Olivares Chavez Annabel.
JUEZA (VALERIA): Por favor acredítese
TESTIGO 1: SOT2 ANABEL: Yudizta Anabel Olivares Chávez, con 25 años de edad,
con DNI _______, Sub Oficial Técnico de Segunda de la dependencia policial de Cruz
Blanca, de la Policía Nacional del Perú.
JUEZA (VALERIA): jura usted decir la verdad a sabiendas que de no hacerlo, será
denunciada penalmente?
TESTIGO 1: SOT2 ANABEL: SÍ JURO
FISCAL: ¿Cuántos años reales y efectivos tiene en la PNP y dónde presta servicio
actualmente?
ANABEL: Tengo 4 años en la PNP y actualmente presto servicio en la Comisaría de
Cruz Blanca
FISCAL: ¿Qué se encontraba haciendo el día 27 de Mayo a medidados de la 9:00 pm?
ANABEL: Me encontraba realizando patrullaje por la Plazuela de Luriama.
FISCAL: ¿Puede narrar detalladamente sobre la intervención realizada el día 27 de Mayo
a horas 9:00 pm aproximadamente a la persona Orzco Calistro, Carlos?
ANABEL: Que, el día 27 de Mayo del presente año me encontraba patrullando la zona
de Luriama y por intermedio de comunicación radial con la Comisaría de Cruz Blanca se
me informa que un posible sospechoso de la realización de disparos se encontraba
subiendo por la avenida Perú a través de un auto yaris rojo, ante lo cual acudí al encuentro
del vehículo interceptándolo en la intersección de la Av. 28 de Julio con Bolognesi.
Intervine el carro y procedí a pedirle los documentos al acusado y este me los entregó,
inmediatamente le pedí que baje del carro para realizar la inspección física técnica,
negándose este rotundamente, tal es así que se produjo un forcejeo ante su negativa.
Logré que baje del auto y al revisar este, hallé un arma de fuego tipo revólver marca
Jaguar, calibre 38, con cacha de baquelita color negro, abastecido con cinco cartuchos.
Por ello llamé a mi dependencia y pedí refuerzos para trasladar al sr. Orozco.
FISCAL: ¿Dónde fue exactamente el lugar en el que encontró el arma?
ANABEL: Al costado de la palanca de cambio
FISCAL: No más preguntas Sra. Magistrada.
JUEZA: ¿por parte de la defensa tiene preguntas qué hacer?
DEFENSA: Se acuerda la fecha exacta en la que intervino a mi patrocinado?
ANABEL: el 27 de mayo a horas 9:00 aproximadamente
Defensa: me podría decir la hora exacta
Anabel: cerca de las 9
DEFENSA: A esa hora usted procedió a hacer le intervención de mi patrocinado con todo
ello a lo que conlleva? ¿Sí o no?
ANABEL: Sí
DEFENSA: ¿Cómo es entonces que el Acta de intervención muestra una hora diferente a
la que usted manifiesta? ¿No cree usted que esto evidencia una irregularidad?
ANABEL: No, y muestra una hora diferente debido a que el Acta de Intervención se
levantó en la misma Comisaría, después de haber sido trasladado el acusado.
DEFENSA: pero no es acaso que esta Acta de Intervención, tal y como señala su nombre,
debe ser realizada en el momento en se interviene al individuo?
ANABEL: Sí, es cierto.
DEFENSA: ¿Usted encontró el arma en el poder, cuerpo o vestimenta del Sr. Orozco?
ANABEL: No.
DEFENSA: Entonces ¿por qué asume que el arma le pertenece a mi patrocinado?
ANABEL: que al momento de intervenirlo este se negó rotundamente a salir del auto, el
mismo que fue intervenido debido a la llamada, en la que se precisaba las características
que concuerdan con el vehículo en su poder.
DEFENSA: No más preguntas Srta. Jueza.
JUEZA: La testigo puede tomar asiento.
FISCAL: Srta. Jueza tengo un testigo más por presentar.
JUEZA: Que se acredite por favor.
TESTIGO 2 (MERCEDES LA ROSA): Mercedes La Rosa Verano, con DNI: 31771721,
con 65 años de edad, domiciliada en Av. Perú 391, de ocupación ama de casa.
FISCAL: ¿Cuánto tiempo lleva viviendo en su domicilio?
TESTIGO: Vivo ahí desde que era muy pequeña.
FISCAL: ¿ha escuchado otras veces sonidos de disparos? ¿Puede identificarlos?
TESTIGO: Sí, los he escuchado, esta zona es peligrosa, debido a la poca iluminación que
hay, muchas veces asaltan amenazan a quienes transitan por ahí y se dan robos al paso.
FISCAL: ¿puede usted narrarme detalladamente lo ocurrido el día 27 de Mayo del
presente año a las 21:00 horas aproximadamente?
TESTIGO: yo me encontraba viendo televisión y en eso escuché dos disparos y me asusté,
luego de unos minutos como mi puerta es de madera me asomé por su ventanita y vi a un
hombre que entraba a un auto de color rojo, moderno, en el asiento de conductor, yo tenía
mucho miedo, por eso llamé a la comisaria de Cruz Blanca y les dije lo que estaba pasando
y me dijeron que me calmara y que iban a mandar a un efectivo.
FISCAL: no más preguntas señorita Magistrada; sin embargo presentamos como medio
de prueba documentales el acta de Acta de intervención la cual indica que el acusado
mostró resistencia a la intervención, además tal cual como lo muestra el Dictamen Pericial
de Balística Forense, el arma hallada en su posesión había sido disparada recientemente
lo cual concuerda con lo descrito por la señora mercedes la rosa.