Gestidn 2819 — 2822
“Capital de la Nacién Lupaka”
Ciudad de las Cajas Reales
“Afio del Fortalecimiento de la soberanfa nacional”
RESOLUCION DE ALCALDIA
N ° 033-2022-MDCH/A
(Chucat, 08 de febrero dt 072,
visto:
EI Proveido de Gerencia Municipal de fecha 17 de diciembre del 2021, en relaion al Oficio N° 019-2021-DIEPNN"70096.C,
remitido por el Pro. Flano German Maman Ccar, Director de la Institucion Educativa Frimaria N° 70096 ~ Cochiraya, ingresado com
registro N" 944, y.
‘CONSIDERANDO:
‘Que, lag Municipaidads son Organos de Gobiemo Local con personeria jurtica de derecho pubic tienen autonomia
polit econémica y adininstrativa en los asuntcs de su competencia, de conformidad con Io estableido en ef arculo 194" de la
Consitcién Politica el Peri, concordante cone Ar Ill Titulo Prelisinar de la Ley Crgénica de Muniipalidades N° 27972
‘Que, el Artculo IV de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que, los Gobiemos Locales, representan
al vecindario, promueven ta adecuada prestacién de los servicios locales y el desarrollo integral, sostenble y armvinio des
circunscripeién;
Que, el Decrto Logislativo N° 776 Ley de Tibutacion Municipal, en su Articule 8, establece que “el impuesto Predial es de
Periodicidad anual y grav el valor de ks predios urbanos y rstcos. Para efectos del Impuesto se considera predios a los terzencs,
incluyendo los terrenos ganados al mar, als os ya otros espejs de agua, as como las eclficaciones einstalacones js y permanentes
{que constituyan partes integrantes de dichos predios, que no pudieran ser separadas sin alterr, deteriraro destrir la eificacin, La
recaudacion, administraci6n y fscalizacion del impuesto corresponde a la Muniipalidad Distital donde se encuentra ubicado el
predio";y en su Articulo 17 establece las exoneraciones a esta “Estén inafectos del impuesto los predios de propiedad de: (..) h) Las
luniversdades y centros educativos, debidamente reconocides, respecto de sus predios destinados a sus finalidades educativas y
calturales, conforme a la Constitucion Politica del Estado”;
Que, mediante el Ofico N* 019-2021-DIEPNN'70096-C, remitido por el Prof. Flano German Mamani Ccari, Director dela
Institucion Educativa Primaria N° 70096 - Cochiraya, creado y regulizador con R.D N° 171-1996-DREP; el cual slicita la exoneracin
de pago de impuesto predial del inmueble, ubicado en Cochiraya, Distrito de Chucuito, Provincia y Departamento de Puno, destinado
ln Insitucion Educativa mencionade, el mismo que comprende una extension superficial de 4,552.89 m2 5008 m2, con un perimeteo
‘de 264.48 mL (inscrto con partida N° 11033656 Oficina Registal de Puno);
‘Quel impuesto predial es un pago obligatoio que todos los propictarios de bienes, eben efectuar deforma periédica sin
‘embargo, estin exceptuados conforme a nuestra normativa vigente Ley de Tribatactin Municipal los centros Edvcativos 9/0
instituciones educativas estatales, en merito a ello, correspond exonerar, el pago de! impuesto predial ¢ la Insitucion Educative
Primaria N° 70086 Cochizaya para los ios 221 - 2022,
Por las consideraciones expuestas, en uso de la aribuciones conferidas por la Constitucign Politica del Estado; y de la Ley
Organica de Municipaidades N° 27972,
‘SERESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, la EXONERACION del pago de impuesto predial en forma
retroactiva al 2021 hasta el presente eerccio fiscal 2022, en favor de Ia INSTITUCION EDUCATIVA PRIMARIA N° 70096 ~
COCHIRAYA - Centro Pobiado de Cochiraya, Distrito Chucuito, Provincia y Departamento de Puno, representado por su Director
Prof. Flano German Mamani Ceari;
ARTICULO SEGUNDO, - ENCARGAR, a la Unidad de Recaucacion y Rentas, efectu el registro correspondiente en
‘cumplimiento de lo cispuesto en la presente Resolucion.
ARTICULO TERCERO. - DISPONER que Secretaria General notfique con la presente resoluciémalinteresado ala Unidad
de Recautdacion y Rentas para su registro correspondiente, debiendo a su vez el Responsable de Imagen Insttueional efectuar st
publicacion en el portal institucional dela municipalidad.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y ARCHIVESE