Valores, Normas y Costumbres
Valores, Normas y Costumbres
Valores, Normas y Costumbres
2.1. Los valores jurdicos y su diferenciacin respecto a los principios y las reglas:
- Normas o reglas sociales y morales: Son prcticas de conducta. Sealan la forma de actuar ante una
determinada situacin y no tienen una sancin especifica.
- Normas jurdicas: Son impuestas por una autoridad reconocida a travs de una sancin.
Valores y principios jurdicos (Normas jurdicas) > Representan los cimientos de
nuestro sistema jurdico.
Aspectos relevantes desde una perspectiva funcional de las normas jurdicas: (Segn el profesor LLAMAS
CASCN)
Criterios de validez de las normas
Orientacin de la creacin normativa - Toda la realizacin de nuevas leyes
Interpretacin de todo el sistema jurdico - Principalmente son interpretadas por los jueces para aplicarlas
a casos concretos.
Los valores son considerados como normas portadoras de contenidos o pronunciamientos axiolgicos ms
universales del ordenamiento del Estado. Vrtice de la pirmide normativa (Parejo)
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CLASES DE NORMAS JURIDICAS:
1. Segn el origen:
Legales: legisladas por rganos legislativos que las promulgan.
Consuetudinarias: que tienen como base la costumbre jurdica.
Jurisprudenciales: que derivan de la doctrina reiterada del tribunal supremo.
Negociales: basadas en los contratos.
2. Segn su jerarqua:
Primarias: exigen determinados comportamientos.
Secundarias: confieren derechos.
3. Segn su imperatividad:
Leyes taxativas: las que obligan a los destinatarios, sin darles la opcin de realizar una conducta diferente.
Leyes dispositivas: pueden dejar de aplicarse a una situacin jurdica concreta basndonos en la teora de
la autonoma o en el acuerdo de la voluntad de las partes. (ejemplo: contratos de arrendamiento,
indemnizaciones superiores a las recogidas en el estatuto de los trabajadores)
4. Segn su funcin o finalidad:
Normas de conducta o de comportamiento - obligan a comportarnos de una determinada forma.
Normas de organizacin (complementarias) - determinan la estructura y el funcionamiento del estado.
5. Segn el criterio temporal:
Temporales: sancionadas para un periodo determinado periodo de tiempo (ejemplo: presupuestos
generales del estado vlidos solamente para un determinado periodo de tiempo).
Permanentes
6. Segn el mbito territorial
Derecho comunitario
Tratados internacionales
Estatales
Autonmicas
Diferencia: El legislado parte de las Cortes mientras que el consuetudinario se basa en la costumbre jurdica.