La Propiedad Colectiva e Individual en Venezuela
La Propiedad Colectiva e Individual en Venezuela
La Propiedad Colectiva e Individual en Venezuela
FACILITADOR:
Abg. Celso Rojas
Triunfadoras:
INDICE:
Introduccin
Derecho de Propiedad
4-5
6-7
7-12
13-14
Bibliografa
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INTRODUCCIN:
La persona humana se encuentra rodeada por la naturaleza, campos, montes cubiertos
de rboles, ros, costas, etc. En los tiempos primitivos, cuando el hombre andaba
errante, dedicado a la caza y a la pesca para proveer a su sustento y al de su familia,
poda apropiarse de cuanto le apeteca. Hoy, en los Estados modernos, todo est
parcelado, distribuido y controlado. No se concibe que un hombre salga al campo
provisto de un hacha para derribar un rbol por minsculo que sea. Si tal lo hiciera,
pronto se vera envuelto en responsabilidades; denuncia, juicio, crcel o multa. Ello es
debido a que por necesidad pblica, el Derecho ha tenido que regular de manera
conveniente todo lo relativo a las cosas que nos rodean, es decir, a los bienes.
Hoy el titular de un derecho de dominio o propiedad tiene facilidades de libre
disposicin, y por tanto puede enajenar (transmitir su derecho a otro), gravar o limitar
su derecho, transformar e incluso destruir la cosa. En virtud del libre aprovechamiento
puede usar y disfrutar del objeto sobre el que recae su derecho de propiedad y ste le da
derecho por accesin a todo lo que produce, se le une o incorpora, artificial o
naturalmente. As, el propietario de un manzano tiene derecho de propiedad sobre los
frutos del rbol. Igualmente tendr propiedad sobre un nido que ciertas aves hayan
construido entre el ramaje de dicho rbol. El suelo se considera como cosa principal y
su propiedad absorbe todo lo que a l se incorpore.
En tal sentido, lo edificado, plantado o sembrado en predio ajeno y las reparaciones y
mejoras hechas en l, pertenecen al dueo del terreno. Sin embargo existen limitaciones
genricas al derecho de dominio. Todo aquello que no beneficia al propietario y
perjudica a un tercero, cae dentro de lo que se han llamado "actos de emulacin" o de
"abuso del derecho de propiedad". Entre ellos pueden mencionarse los siguientes:
levantar falsa chimenea para quitar vistas al vecino; agotar, a bomba, el agua de un
pozo; producir ruidos en casa durante la noche; producir ruidos en un terreno contiguo a
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DERECHO DE PROPIEDAD:
El derecho, la propiedad es el poder directo e inmediato sobre un objeto o bien, por la
que se atribuye a su titular la capacidad de disponer del mismo, sin ms limitaciones que
las que imponga la ley. Es el derecho real que implica el ejercicio de las facultades
jurdicas ms amplias que el ordenamiento jurdico concede sobre un bien, es decir es el
derecho real ms amplio y perfecto.
Este derecho ha sido materia de una serie de transformaciones, aceleradas en los ltimos
tiempos, siendo la tendencia dominante la de su socializacin, esto es, la de servir antes
que al individuo a la colectividad.
Consecuencialmente se han dada muchas doctrinas o teoras, clsicas o modernas para
fundamentar el derecho de propiedad, encontrando algunas sus base en el hecho de la
ocupacin, del trabajo, por la propia ley, alguna en la misma naturaleza humana y otras
en el inters de la colectividad de la sociedad.
Por otra parte hay doctrinas que incluso le niegan su existencia, esto es, que no debe
existir el derecho de propiedad; lo que evidencia que el derecho de propiedad est
limitado, restringido por razones principalmente de inters social, tanto por la
constitucin como por el cdigo civil y diferentes leyes.
CLASIFICACIN
Se puede esquemticamente presentar la divisin de las varias especies de propiedad, de
acuerdo a lo siguiente:
El Poder Popular reside en el pueblo, surge entonces a travs de los Comit de Tierras
Urbanas, sus voceros la propuesta de modificacin tanto formal como material de LA
LEY ESPECIAL DE REGULARIZACION INTEGRAL DE LA TENENCIA DE LA
TIERRA DE LOS ASENTAMIENTOS URBANOS POPULARES,
cuya propuesta
y regularizar
la tenencia de la tierra
en los
terreno pasar a manos del Estado y de all, finalmente, a sus ocupantes. Ese ttulo de
propiedad para la comunidad representa el reconocimiento de la lucha de las familias.
Esta normativa abri la entrega de ttulos de adjudicacin en propiedad de las tierras
urbanas y la regularizacin de la tenencia de la tierra en los asentamientos urbanos, un
proceso que hoy, con la nueva normativa, adquiere un nuevo impulso.
CONCLUSIN:
Haciendo un breve bosquejo de lo investigado podemos decir que la propiedad, a travs
de la historia, ha trado como consecuencia cambios sustanciales, desde el punto de
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BIBLIOGRAFIA:
EGAA, Manuel Simn. Bienes y derechos Reales. Ucv. Pg. 292 317, Caracas.
Ley Especial de Regularizacin Integral de la Tenencia de la Tierra de los
Asentamientos Urbanos Populares
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