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3 Ciencia, Tecnologia, Derechos Individuales y

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Analizaremos el proceso de reconocimiento de los derechos de los Individuos, las colectividades y los indgenas.

La construccin de relaciones sociales respetuosas y armnicas.

Son aquellas exigencias que brotan de la propia condicin del hombre. Reclama reconocimiento, respeto, tutela (defensa, proteccin, tutela) y promocin (desarrollo) de parte de todos y especialmente de la autoridad. Conductas frente a

El

Estado cumple un papel fundamental, porque las autoridades deben, adems de reconocerlos, ponerlos en prctica dentro

1.

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6.

La Declaracin Universal de Derechos Humanos, aprobada por las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948. La Declaracin de Derechos del Nio, de 1959. La Convencin sobre los Derechos Polticos de la Mujer, de 1959. La Convencin sobre eliminacin de todas las formas de discriminacin de la mujer, de 1969. La Convencin contra la tortura y otros tratos o penas crueles inhumanas o degradantes, de 1984. La Convencin sobre los Derechos del Nio, de 1989.

Preservacin

del medio ambiente, al desarrollo econmico de todos los pueblos, derechos a la paz, de los recursos naturales, del patrimonio cultural y artstico, etc.

CLASIFICACIN PRIMERA GENERACIN SEGUNDA GENERACIN


VIDA INTEGRIDAD PERSONAL LIBERTAD INDIVIDUAL LIBERTAD DE EXPRESIN LIBERTAD DE REUNIN IGUALDAD ANTE LA LEY DERECHO A LA PROPIEDAD.

DERECHOS SOCIALES DERECHO AL TRABAJO SALUD EDUCACIN SEGURIDAD SOCIAL

HUELGA O LA NEGOCIACIN

CARACTERISTICAS

UNIVERSALES E INALIENABLES (Convenios, declaraciones y resoluciones Internacionales.) INTERDEPENDIENTE E INTERRELACIONADOS (Civiles y Polticos: Igualdad ante la Ley, libertad de expresin, Derecho al trabajo, la seguridad social y la educacin;) IGUALES Y NO DESCRIMINATORIOS (Eliminacin de todas las formas de Discriminacin Racial y Contra la Mujer) TODOS LOS SERES HUMANOS NACEN LIBRES E IGUALES EN DIGNIDAD Y DERECHOS DERECHOS Y OBLIGACIONES. (Los Estados deben de

ATRIBUCIONES
La proteccin y defensa de los Derechos Humanos en Mxico fue elevada a rango constitucional el 28 de enero de 1992, con la publicacin del Decreto que adicion el apartado B al articulo 102 de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos. Estas disposicin facult al Congreso de la Unin y a las legislaturas de los estados para que establecieran organismos especializados para atender las quejas en contra de actos u omisiones de naturaleza administrativa violatoria de DH, por parte de cualquier autoridad o servidor pblico, con excepcin de los del Poder Judicial de la Federacin. LA PROTECCIN, OBSERVACIN, PROMOCIN, ESTUDIO Y DIVULGACIN DH PREVISTOS POR EL ORDEN JURDICO Con fecha 13 de septiembre de 1999 se reform el artculo 102, apartado B constitucional. (CNDH es un organismo MEXICANO.

POSITIVA NEGATIVA

Observa las diferencias entre grupos de individuos. Favorece a un grupo de individuos de acuerdo a sus caractersticas y/o circunstancias sin perjudicar de ninguna manera a otro/s.

Realiza un prejuicio con base en oposicin a las basadas en las observaciones (los ingresos, la clase social y la raza, factores tales como el gnero, el origen tnico, la nacionalidad, la filiacin religiosa o la ideologa poltica)

Describe los roles, las funciones, los derechos y las responsabilidades establecidas por la sociedad y que las comunidades y sociedades consideran apropiados tanto para los hombres como para las mujeres.

La

libertad de manifestar la propia religin o las propias convicciones estar sujeta nicamente a las limitaciones que prescriba la ley y que sean necesarias para proteger la seguridad, el orden, la salud o la moral pblicos o los derechos y libertades fundamentales de los dems. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religin; ese derecho incluye la libertad de cambiar de religin o de creencia, as como la libertad de manifestar su religin o su creencia, individual o colectivamente, tanto en pblico como en

Histricamente han sido compadecidas, ignoradas, denigradas e incluso ocultadas en instituciones. Personas infectadas por el virus del VIH/SIDA

HISTRICAMENTE, EL RACISMO HA SERVIDO PARA JUSTIFICAR EL IMPERIALISMO, LA ESCLAVITUD Y EL GENOCIDIO DE PUEBLOS ENTEROS Por su nacimiento ser clasificado en categoras distintas: 1. A (BLANCO) 2. B (MESTIZO) 3. C (INDIO) 4. D (NEGRO) No podr votar, No podr inscribirse en ningn sindicato o partido de blanco; etc.

Emigrantes

internacionales es 150 millones. 3% de la poblacin mundial y el porcentaje de mujeres representa hoy el da el 47.5 % de todos los emigrantes. Mxico, Centroamrica y el Caribe generan importantes flujos migratorios, 5 a 15% de sus poblaciones viviendo fuera de sus pases.

Ser

reconocido como miembro de una comunidad lingstica Al uso de la lengua en privado y en pblico. Relacionarse y asociarse con otros miembros de la comunidad lingstica de origen. Mantener y desarrollar la propia cultura. Enseanza de la propia lengua y cultura. Disponer de servicios culturales. Presencia equitativa de la lengua y la cultura del grupo en medios de

3.3.1 LOS DERECHOS LINGSTICOS DE LOS PUEBLOS INDIOS.

3.3.2 HABLANTES DE LENGUA INDGENA EN MXICO

En Mxico, 6 de cada 100 habitantes (de 5 aos y mas) hablan alguna lengua indgena, de las cuales existen 62.

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