Clase 4
Clase 4
Clase 4
En este libro se debe registrar mensualmente toda la información proveniente del movimiento del
efectivo y del equivalente de efectivo. En caso el deudor tributario lleve sus libros o registros utilizando
hojas sueltas o continuas, se encontrará exceptuado de llevar el Libro Caja y Bancos siempre que su
información esté contenida en el Libro Mayor.
En este libro se registran las transacciones de la empresa en orden cronológico. Los asientos se pueden
clasificar de la siguiente manera:
• Asiento de Apertura, solo se da una vez y es para registrar la constitución del negocio.
• Asiento de Ajuste para corregir, modificar o actualizar las cuentas cuando no muestran la realidad de la
empresa. Pueden ser por operaciones de meses anteriores o por operaciones del mes.
• Asientos de Cierre del ejercicio gravable, se efectúan al terminar el ejercicio para conocer los resultados y
saldos del balance .
Asimismo, se deberá incluir mensualmente la siguiente información:
En este documento se resumen las operaciones del diario, agrupadas por cuentas. Se deberá incluir
mensualmente la siguiente información:
• Fecha de la operación.
• Número correlativo de la operación en el Libro Diario, para los casos de contabilidad manual.
• El deudor tributario podrá colocar esta información como datos de cabecera de considerarlo necesario.
• Saldos y movimientos de la cuenta: – Saldo deudor, de ser el caso. – Saldo acreedor, de ser el caso.
• Totales.
4. Registro de Compras
Deberá contener, en columnas separadas, la información mínima que se indica a continuación, detallando todas las
compras realizadas por la empresa:
• Fecha de vencimiento o fecha de pago en los casos de servicios de suministros de energía eléctrica, agua potable y
servicios telefónicos, télex y telegráficos, lo que ocurra primero. Fecha de pago del impuesto retenido por liquidaciones
de compra. Fecha de pago del impuesto que grave la importación de bienes, utilización deservicios prestados por no
domiciliados o la adquisición de intangibles provenientes del exterior, cuando corresponda.
• Serie del comprobante de pago o documento. En los casos de la Declaración Única de Aduanas o de la Declaración
Simplificada de Importación se consignará el código de la dependencia aduanera.
• Apellidos y nombres, denominación o razón social del proveedor. En caso de personas naturales se debe consignar los datos
en el siguiente orden: apellido paterno, apellido materno y nombre completo.
• Base imponible de las adquisiciones gravadas que dan derecho a crédito fiscal o saldo a favor por exportación, destinadas
exclusivamente a operaciones gravadas o de exportación.
• Base imponible de las adquisiciones gravadas que dan derecho a crédito fiscal o saldo a favor por exportación, destinadas a
operaciones gravadas o de exportación y a operaciones no gravadas.
• Monto del Impuesto Selectivo al Consumo, en los casos en que el sujeto pueda utilizarlo como deducción.
• Número de comprobante de pago emitido por el sujeto no domiciliado en la utilización de servicios o adquisiciones de
intangibles provenientes del exterior, cuando corresponda. En estos casos se deberá registrar la base imponible correspondiente
al monto del impuesto pagado y el referido impuesto. Dicha información se consignará, según corresponda, en las columnas
utilizadas para señalar los datos vinculados a las adquisiciones gravadas destinadas a operaciones gravadas o de exportación y
operaciones no gravadas y adquisiciones gravadas destinadas a operaciones no gravadas.
• En el caso de las notas de débito o las notas de crédito, adicionalmente, se hará referencia al comprobante de pago que se
modifica, para lo cual se deberá registrar la siguiente información:
• El monto ajustado de la base imponible, impuesto o valor, según corresponda, señalado en las notas de crédito se
consignará, respectivamente, en las columnas utilizadas para registrar los datos vinculados a las adquisiciones gravadas
destinadas a operaciones gravadas o de exportación y a operaciones no gravadas y adquisiciones gravadas destinadas a
operaciones no gravadas.
• El monto de la base imponible, impuesto o valor según corresponda, señalados en las notas de débito, se consignarán
respectivamente en las columnas indicadas en el párrafo anterior.
• Totales.
5. Registro de Ventas e Ingresos
Deberá contener, en columnas separadas, la información que se indica a continuación, detallando todas las ventas
de la empresa:
• En los casos de empresas de servicios públicos, adicionalmente, deberá registrar la fecha de vencimiento o pago
del servicio.
• Número de serie del comprobante de pago, documento o de la máquina registradora, según corresponda.
• Número del comprobante de pago o documento, en forma correlativa por serie o por número de la máquina
registradora, según corresponda.
• Base imponible de la operación gravada. En caso de ser una operación gravada con el Impuesto Selectivo al Consumo, no
debe incluir el monto de dicho impuesto.
• El monto ajustado de la base imponible o del impuesto o valor, según corresponda, señalado en las notas de crédito se
consignará, respectivamente, en las columnas utilizadas para registrar los datos vinculados al valor facturado de la
exportación, base imponible de la operación gravada e importe total de la operación exonerada o inafecta. El monto de la
base imponible, impuesto o valor, según corresponda, señalados en las notas de débito, se consignarán respectivamente en
las columnas indicadas en el párrafo anterior.
• Totales