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1.sindicatos de Panamá

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SINDICATOS

DE PANAMÁ
Legislación Laboral

PRESENTADO POR:

 YENEDITH VASQUEZ
 RAFAEL GÓMEZ
 KATHERINE GONZÁLEZ
¿QUÉ ES UN
SINDICATO?
Un sindicato es una asociación de trabajadores que tiene el
cometido de velar por la defensa de sus intereses laborales,
sociales y económicos frente a su empleador, sea éste una
empresa, una junta patronal o el Estado mismo.
TIPOS DE SINDICATOS

1 Sindicatos de primer grado


Conformados por trabajadores afiliados, directamente, o sea, por individuos

Sindicatos de segundo grado.


2 Conocidos como Federaciones, son uniones de sindicatos de primer grado

Sindicatos de tercer grado.


3 Conformados por distintas federaciones sindicales y por sindicatos de primer grado
también, ya sea de forma sectorial (por rubro de producción) o central (de distintos
rubros).
Importancia de los Sindicatos

Negociaciones
Representacion de Luchan conjunta y Ofrecen Protección
coordinadamente por sus
los trabajadores Reducen la desigualdad
beneficios (Huelgas, salarial para los trabajadores
Velan por la defensa de su manifestaciones)
bienestar
FUNCIONES DE LOS SINDICATOS

01 03
Recoge la Vela por las
voluntad de sus condiciones
afiliados mínimas
proporciona un espacio para materia laboral, sanitaria y
el debate y el acuerdo. 02 social. 04
Negocia con el Representa a sus
empleador afiliados ante
para alcanzar un contrato otras
colectivo de trabajo.
organizaciones
trabajadores de mayor tamaño,
como las Federaciones.
Sindicatos en Panamá
Historia
La evolución del Movimiento Sindical Panameño a inicios de la república
tiene como características principales: las luchas en primera instancia
por las reivindicaciones laborales impulsadas por el apoyo e iniciativa de
los trabajadores migrantes del extranjero.

• 1924, se funda por iniciativa del Movimiento Sindical Panameño la primera


organización sindical en Panamá denominada Sindicato General de
Trabajadores (SGT) .

• Se destaca la huelga inquilinaria ejecutada en contra del aumento de los


alquileres por parte de los dueños de las casas en 1925..

• La fundación del sindicato de tipógrafos en la década de los 50 y la primera


huelga de los conductores del transporte urbano

• A partir de la Segunda Guerra Mundial, la economía nacional se activa


nuevamente producto de los intensos flujos de mercancías por el Istmo; es
entonces cuando se funda la primera central obrera denominada Federación
Sindical de Trabajadores de la República de Panamá (FSTRP) en el año de
1945
01
Leyes y Decretos
Los sindicatos de Panamá están regulados por el
Código de trabajo, Capítulo III las “Relaciones
Laborales”.

Este apartado de la ley se refiere a sindicatos,


federaciones, confederaciones y centrales de
trabajadores, así como todas las relaciones legales que
debe haber entre ellos y los patrones.
Derecho de Sindicación
Ministerio de Trabajo y
La constitución
Desarrollo Laboral(379)
Política (64) Se compromete a fomentar la constitución
reconoce el derecho de sindicación a los de sindicatos, dejando en absoluta libertad a
empleadores asalariados y profesionales los trabajadores de escoger su sindicato.
de todas las clases

Código de trabajo Artículo 380


(334)
Además de proporcionar a estas
Se reconocen como medio eficaz de
organizaciones asistencia técnica y
contribuir al sostenimiento y desarrollo
económica.
económico
TÍTULO I. DERECHOS DE ASOCIACIÓN
SINDICAL (artículos 334-397)
o Artículo 334.
Se declara de interés público la constitución de sindicatos, como
medio eficaz de contribuir al sostenimiento y desarrollo económico
y social del país, la cultura popular y la democracia panameña.

o Artículo 335.
Podrán formar sindicato sin necesidad de autorización y afiliarse a
los mismos, los empleados, obreros, profesionales y empleadores,
cualquiera que sea el oficio, profesión o actividad que desarrollen.
Título. Capítulo I. Disposiciones generales
(334-340
Artículo 338
Se prohíbe formar parte a la vez de varios sindicatos de la misma clase y actividad. Si un trabajador
violare este artículo, se considerará que ha renunciado del sindicato al que primero se afilió.

Artículo 337
Los menores que hayan cumplido catorce años podrán ingresar a los sindicatos de trabajadores, pero no
podrán formar parte de la junta directiva. Sin embargo, para ser representante sindical bastará que hayan
cumplido dieciocho años.
Título I. Capítulo II. Requisitos para la
formación de las organizaciones sociales
(341-350)
“Sindicato es toda asociación permanente de trabajadores, de
empleadores o de profesionales, de cualquier clase, constituida
para el estudio, mejoramiento, protección y defensa de sus
respectivos intereses económicos y sociales comunes..”

—Articulo 341
Título I. Capítulo II. Requisitos para la formación de las organizaciones sociales

ARTÍCULO 342

Los sindicatos de trabajadores son:

1. Gremiales, cuando están formados por personas de una misma


profesión, oficio o especialidad.

2. De empresa, cuando están formados por personas de varias profesiones,


oficios o especialidades, que prestan servicios en una misma empresa.

3. Industriales, cuando están formados por personas de varias profesiones,


oficios o especialidades, que prestan servicios en dos o más empresas de la
misma clase.

4. Mixtos o de oficios varios, cuando están formados por personas de


diversas profesiones, oficios o especialidades, que trabajan en empresas
diversas o inconexas.
GRACIAS

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