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# 1 Cont. Adm.
# 1 Cont. Adm.
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CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO
Fundamentos Constitucionales
a) La Constitución venezolana de 1999 establece expresamente que: “la
Constitución es la norma suprema y el fundamento del orden legal,” a la
cual se encuentran sometidas todas las personas y entidades publicas
(Artículos 7 y 131).
b) Excepción Art. 23 en Materia de Derechos Humanos.
c) Artículo 137 de la Constitución declara que “la Constitución y la ley
definen las atribuciones de los órganos del Estado, a las que deben
sujetarse”.
d) Artículo 141 establece los principios que rigen la administración pública,
establece que esta debe actuar “con sometimiento pleno a la ley y al
derecho.”
Régimen Constitucional y legal de los Procedimientos
Administrativos
Ámbito Sustantivo
a) Procedimientos especiales y su aplicación serán preferentes frente al
procedimiento general.
b) La exclusión de los procedimientos concernientes a la seguridad y
defensa del Estado. Art. 106
2.1.3 Contenido:
2.1.5 . Reglamentación
ACTO ADMINISTRATIVO
DOCTRINA
1.2 Clasificación:
Nacionales
Estadales
Municipales.
Los Actos Administrativos conforme a la Ley Orgánica de
Procedimientos Administrativos