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Tributación Regional y Municipal - I
Tributación Regional y Municipal - I
Tributación Regional y Municipal - I
REGIONAL
Docente:
Rubén Saavedra Rodríguez
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ
Reparto de
Descentralización
Administrativa funciones y
(2002)
competencias
Reparto de gastos
Fiscal
e ingresos
LA DESCENTRALIZACIÓN FISCAL
Es el proceso por el cual se transfieren responsabilidades
y competencias fiscales relacionadas con los ingresos y
los gastos públicos desde el gobierno central a los
gobiernos subnacionales.
Ello garantiza un cierto nivel de autonomía financiera.
- (2) Transferencias
presupuestales y
(1) Transferencias
asignación de impuestos
presupuestales y FONCOR
del Gob. Nacional (IGV,
ISC e IR).
DECRETO LEGISLATIVO 955 (05-02-04):
Vulnera el artículo 74 de la CPP,
Artículo 10.- Tasas y Contribuciones el cual es claro en otorgar a los
Regionales GR la potestad tributaria en
10.1 Los G.R. podrán proponer directamente tasas y contribuciones.
al Congreso, la creación de Tasas y Por ello, no habría justificación
Contribuciones destinadas a financiar las obras alguna para la intervención del
públicas o los servicios públicos que sean de ejecutivo, mucho menos del
su competencia. congreso.
LEY ORGANICA DE GOBIERNOS
REGIONALES
LEY 27867 (18-11-02)
Finalidad: Recursos:
Los GR son * Fomentar el * Los señalados en
personas desarrollo regional la Ley de Bases de
Esta Ley integral sostenible.
jurídicas de la
norma la
derecho * Promover la Descentralización.
estructura,
público con inversión pública y * Los de las
organización,
autonomía privada y el empleo. empresas
competencias
política, regionales del
y funciones de * Garantizar el
económica y Estado de su
los GR. ejercicio pleno de
administrativa circunscripción
los derechos y la
. (transferidas por el
igualdad de
oportunidades. Gob. Nacional).
LEY ORGANICA DE GOBIERNOS
REGIONALES
ALCALDE
CONCEJO
MUNICIPAL
Ejercen funciones
REGIDORES normativas
fiscalizadoras
ÓRGANO EJECUTIVO
ALCALDÍA
ESTRUCTURA DEL GOBIERNO LOCAL
ORGANICA
CONSEJO DE
COORDINACION
LOCAL PROVINCIAL
CONSEJO DE
ORGANOS DE
COORDINACION
COORDINACIÓN
LOCAL DISTRITAL
JUNTAS DE
DELEGADOS
VECINALES
LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES
El régimen tributario de las municipalidades se encuentra regulado por la ley especial (Ley
de Tributación Municipal) y el Código Tributario.
POLÍTICA FISCAL
Disciplina de la política económica centrada en la gestión
de los recursos de un Estado. A través de ella, los
gobiernos controlan los niveles de gasto e ingresos para
mantener estabilidad.
Dimensiones
Función de garantía
Función plural
individual
Garantiza la democracia en
Fija un límite a las posibles
la imposición y reparto de la
arbitrariedades del Estado.
carga tributaria.
RESERVA DE LEY
Aspecto Aspecto
material personal
(descripción (deudor y
del hecho acreedor
¿Qué gravado). tributario). Fuente: Exp. N°
protege este 2762-2002-AA/TC, 2302-2003-
principio? AA/TC, 3303-2003-AA/TC, 2689-
2004-AA/TC, 4227-2005-PA/TC,
Aspecto 2724-2007-PA/TC, entre otras.
temporal Aspecto
(nacimiento espacial
de la (lugar de
obligación gravamen).
tributaria).
Artículo 74
• Nadie debe ser • Pueden expedirse leyes
discriminado por motivo especiales porque así lo
de origen, raza, sexo, exige la naturaleza de las
• El Estado, al ejercer
idioma, religión, opinión, cosas, pero no por razón
condición económica o la potestad tributaria, de las diferencias de las
de cualquiera otra debe respetar [el personas.
índole. principio de]
Artículo 2, igualdad.
Artículo 103
inciso 2
IGUALDAD –
GENERALIDAD
Iguales Iguales
supuestos de consecuencias * Sentencia de TC Español
hecho jurídicas N° 76/1990 del 26/04/1990.
Tratamientos diferenciados en
materia tributaria:
Cuando se establece una diferencia • Exoneración
¿Cuándo no de trato sobre bases objetivas y
se vulnera? • Tributación en la selva
razonables, es decir, cuando no sea
arbitraria. • Exportadores
• Tributación agroindustrial
• Nuevo RUS
IGUALDAD –
GENERALIDAD
La carga tributaria
debe ser aplicada en
forma simétrica o
equitativa entre sujetos
que se encuentran en
una misma situación
económica.
YTodos los ciudadanos
en forma asimétrica osomos iguales
desigual ante laque
a aquellos ley se
encuentran en situaciones económicas diferentes.
RESPETO A LOS DERECHOS
FUNDAMENTALES DE LA
PERSONA
En rigor, no constituye un
principio del derecho tributario, Por tanto, la norma tributaria en
pero sí un límite al ejercicio de la ningún caso debe transgredirlos.
potestad tributaria.
Derecho al Derecho al
Inviolabilidad
Derecho de propiedad secreto debido
de domicilio
bancario proceso
• EXP. 004-2004-AI/TC: la
Cuando su cuantía
confiscatoriedad sólo puede ser
equivale a una parte
sustancial del valor del determinada casuísticamente,
capital, de la renta o de la considerando la clase de tributo y
¿Cuándo un utilidad del contribuyente. las circunstancias concretas de
tributo es los contribuyentes.
confiscatorio? • Su aplicación depende de las
Cuando viola el derecho circunstancias de tiempo y lugar,
de propiedad del sujeto así como de los fines económico-
obligado.
sociales de cada tributo.
SOLIDARIDAD – DEBER DE
CONTRIBUIR
STC N° 2016-2004-PC/TC: “La solidaridad implica la creación de un nexo ético
y común (…). Expresa una orientación normativa dirigida a la [prestación de]
ayuda mutua”.
Se trata de un No se permite
No se permite
impuesto a la renta deducir otros gastos
deducir contra el La tasa es excesiva.
encubierto (grava que permiten
pago del IR.
utilidades). obtener utilidad.