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Diapositiva de Abuso Sexual Codetec

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Violencia

sexual
Integrantes :
María Alejandra
pino
Giseell heins
Dilland Heins
¿ Qué es la violencia
sexual ?
La violencia sexual es todo acto intencional de naturaleza sexual que es forzado en otra
persona, sin importar su relación, mediante fuerza física, coerción, intimidación, humillación,
causando o tomando ventaja de la intoxicación por drogas o alcohol de otra persona, o
tomando ventaja de la inhabilidad de otra persona para dar consentimiento.

La agresión sexual, el abuso sexual, el incesto y la violación son todos tipos de violencia
sexual. La violencia sexual es un problema de salud pública grave. Afecta a personas de toda:

✘ Edad
✘ Género
✘ Orientación sexual
✘ Etnicidad
✘ Capacidad intelectual
✘ Clase socioeconómica

2
Kit de violencia sexual
El kit en víctimas de abuso sexual tiene como propósito para prevenir infecciones de
transmisión sexual (ITS) incluyendo VIH y embarazos como consecuencia del abuso
sexual.
Según la Ley 1146 del 2007 del Ministerio de Salud Protección Social, es obligatorio para
todas las entidades prestadoras de servicios de salud bien sean privadas o públicas, prestar
atención integral y dar prioridad a las víctimas de violación sexual.

Cada kit para atención a víctimas de violencia sexual debe contener pruebas rápidas de
Hepatitis, VHI, Sífilis, vacuna contra la Difteria y Tétanos, jeringas, preservativos,
Penicilina, entre otros medicamentos

3
¿ Que es el código
fucsia ?
“CODIGO FUCSIA” es un modelo de atención inicial a pacientes victimas
de violencia sexual
Se nombrará Código Fucsia a todo caso de violencia y abuso sexual que sea
detectado en los diferentes servicios de unidades hospitalarias y centros de salud.
La violencia sexual es una vulneración de los derechos humanos de niñas, niños,
adolescentes, mujeres y hombres.
Esta iniciativa surge con el principal objetivo de contribuir al efectivo acceso de
las víctimas de delitos sexuales a una atención integral a los servicios de salud,
justicia y protección, asumiéndolo como un evento prioritario de urgencia en
Salud, para así contribuir a la restitución de sus derechos.

4
¿Que es código rosa ?
El Código Rosa enfoca en prevenir y brindar atención integral a las
mujeres víctimas de todo tipo de violencia, este código busca, que cuando
llegue una mujer víctima de violencia sexual o física llegue a una clínica,
hospital o centro de salud, inmediatamente se active la alerta o ruta de
atención y allí mismo los médicos reporten de qué caso se trata.

5
proceso de atención a un niño, niña o
adolescente que ha sido abusado
sexualmente
✘ TENER CALMA, SERENIDAD, TRANQUILIDAD.- 

La primera respuesta tendrá gran impacto sobre la niña o


adolescente. Ellos lo hacen mejor cuando las personas en
quienes confían tienen calma y aceptación hacia ellos. Si el niño
percibe alarma, disgusto por lo que pasó, tal vez deje de contar.
Además, en la medida en que va contando su historia, poco a
poco, va mirando la reacción de la persona, cuando encuentra
que no es rechazado se atreve a seguir contando la peor parte.

6
proceso de atención a un niño, niña o
adolescente que ha sido abusado
sexualmente
✘ CREERLE.-

Es fundamental creerle lo que está revelando, aún cuando puede


haber inconsistencias o confusión en los detalles, y mantener una
mente abierta. Si hay partes del relato que puedan ser confusos,
decirle que no se le está entendiendo muy bien y que vuelva a
repetir para no sacar conclusiones equivocadas.

7
✘ ESCUCHAR.-
Enterarse de los detalles lentamente, sin presionar o
confundirlo. Hay que recordar que conversar acerca de
sentimientos y experiencias difíciles, generalmente, se
hace lentamente y por etapas. Escuchar tranquilamente,
en forma calmada. Hacer preguntas pertinentes, dirigidas,
principalmente, desde cuando está ocurriendo el abuso, el
grado o tipo de abuso, la forma de amenaza a que está
siendo sometido.

8
✘ NO JUZGAR Y ASEGURAR QUE LO QUE PASO NO FUE SU
CULPA.-
 Nunca acuse o dé la impresión de acusar. Recuerde que el abuso sexual
no es una falta del niño o niña, adolescente o joven, la culpa y
responsabilidad es siempre del abusador, aún cuando algunas reglas no
fueron seguidas por la niña o niño (ejemplo salir sin permiso o el tipo de
vestuario usado). El miedo al rechazo, al castigo o a que no le van a creer
es la principal razón para no revelar el abuso a que está siendo sometida/o
y el agresor puede haberle amenazado de que este tipo de respuesta o
reacción es la que obtendrá si lo cuenta a alguien.

9
✘ DARLE APOYO.-
Permanecer cerca del niño o niña cuando esté
conversando acerca de lo que le pasó y acerca de sus
sentimientos. Más aún tomarle la mano puede asegurarle
que el profesional está ahí para protegerlo/a. Asegurarle
que es digno de amor y apoyo, aún cuando algo malo le
haya sucedido. Se le debe dar mucha fuerza, decirle que
ha sido muy valiente por atreverse a contarlo.

10
✘ SER AMABLE.- 
Ser amable para que el niño, adolescente o joven confíe
lo suficiente para contar esta experiencia
extremadamente desagradable. Asegurarle que hizo lo
correcto en contar y hacerle saber que tiene todo el
derecho de conversar acerca de sus sentimientos de
incomodidad, tristeza, miedo, rabia, odio, vergüenza,
dolor, etc.

11
✘ RECORDAR QUE ES EL NIÑO O NIÑA,
ADOLESCENTE O JOVEN QUIEN HA SIDO
HERIDO/A O DAÑADO/A.- 
Algunas veces los sentimientos de dolor, angustia,
vergüenza o rabia experimentados por el profesional
hacen olvidar temporalmente quién es la víctima
principal. Se debe atender a las necesidades de la víctima
primero, aún cuando el profesional pueda estar muy
afectado también.

12
RESPETAR LA PRIVACIDAD Y
CONFIDENCIALIDAD.

✘ Discutir y comentar el problema solamente con aquellas personas


que necesitan conocerlo. Ser abusada/o sexualmente no es un secreto
sucio, pero tampoco es una información pública que todo el mundo
deba conocer. No se le debe forzar que el niño, niña o adolescente o
joven cuente a quien no quiere. Pero es muy importante hacerle
saber que hay que contarle a alguien más, a algún adulto de su
familia, o de su entorno para que pueda brindarle ayuda, porque si
esto permanece en silencio el abusador va a continuar haciéndole
daño y puede hacerle daño a otros niños adolescentes o jóvenes.

13
✘ En este punto no se debe imponer la persona a quien
la niña o niño debería contar. Muchas veces se piensa
que debería recurrir a la madre, pero no siempre la
madre es el recurso más efectivo, pues tal vez ella
también se encuentre atrapada en este círculo de
violencia. Se tiene que preguntar quién es esa persona
cercana en quién confiar y que podría ayudarla.

14
✘ NO CREAR FALSAS EXPECTATIVAS.- 
No se debe prometer algo que no se va a cumplir.
Es importante preguntar qué espera el niño, niña o
adolescente o joven del profesional, qué quiere que
haga y luego establecer juntos hasta donde llegará
su ayuda.

15
BUSCAR AYUDA PROFESIONAL
ADECUADA
✘ Es necesario y conveniente, que llegado un cierto momento y si es
posible con el acuerdo de la/el adolescente o joven y sus familiares,
referir el caso a instituciones o profesionales especializados en el
tema.
✘ Hay fuertes sentimientos que deben ser tratados por expertos en
salud mental y es necesario tratamiento psicológico para curar las
heridas causadas por el abuso sexual.
✘ Secuelas a largo plazo como depresión, enfermedades
psicosomáticas o dificultades serias en el plano de las relaciones
interpersonales pueden perdurar si no son debidamente tratadas.
Persistir hasta encontrar una organización, grupo especializado en la
atención de víctimas de abuso sexual, en hospitales, clínicas de
atención de salud mental de la comunidad.

16
✘ POSIBILIDAD DE ACOMPAÑAR.-
Una vez que el caso sea referido a otros
profesionales del área psicológica o legal, es
conveniente no desentenderse totalmente del niño,
niña o adolescente o joven, manteniendo de alguna
manera el espacio de comunicación logrado.

17
✘ COMPARTIR EL IMPACTO QUE
PRODUCE.-
 El profesional debería buscar ayuda, pues el hecho
de encontrase ante una situación de abuso sexual
impacta, genera sentimientos de temor, de
indignación o de mucha impotencia, por lo que es
muy importante que se hable con alguien más para
compartir esos sentimientos.

18
✘ EL PROFESIONAL DEBE RECONOCER SU
LIMITACION.-
 Lo que muchas veces asusta es ser depositario/a de un
secreto, de un problema, se sabe que algo se debe hacer,
pero hay que reconocer las limitaciones que se puede
tener y la ayuda que se pueda ofrecer al adolescente,
tiene que ser posible de cumplir.

19
✘ la Resolución 459 de 2012
protocolo de atención en salud
para víctimas de violencia sexual
✘ Página 9 a la 20 todo el Glosario

20
✘ 1. VIOLENCIA SEXUAL: la OMS y OPS (2003) definen la violencia sexual
como: "todo acto sexual, la tentativa de consumar un acto sexual, los
comentarios o insinuaciones sexuales no deseados, o las acciones para
comercializar o utilizar de cualquier otro modo la sexualidad de una
persona"g. Es necesario aclarar que no todas las formas en que se manifiesta la
violencia sexual son delitos, aunque la mayoría de ellas han sido recogidas por
el Código Penal Colombiano. Partiendo de esta definición y del marco
normativo internacional y nacional de los derechos hurnanos es posible definir
los subtipos, formas o modalidades en que se presenta la violencia sexual así:
violación/asalto sexual; abuso sexual; explotación sexual; trata de personas
con fines de explotación sexual; explotación sexual de niñas, niños y
adolescentes; acoso sexual; violencia sexual en el contexto del conflicto
armado.

21
✘ 1.2. VIOLACIÓN/ASAL TO SEXUAL: El asalto sexual es definido por la
OPS como "cualquier acto de naturaleza sexual no deseado como besos,
caricias, sexo oral oanal, penetración vaginal, que es impuesto a una
persona,,10. En la legislación colombiana la violencia es la característica
primordial de los delitos contenídos en el capítulo "De la Violación" del
Código Penal. En este sentido, la Jurisprudencia de la Corte Suprema de
Justicia establece que para efectos de los delitos contra la libertad sexual, se
entiende por violencia la fuerza, el constreñimiento, la presión física o
psíquica -intimidación o amenaza que "el agente despliega sobre la víctima
para hacer desaparecer o reducir sus posibilidades de oposición o resistencia a
la agresión que ejecuta

22
✘ 1.3. ABUSO SEXUAL: Teniendo en cuenta la Jurisprudencia de la Corte Suprema de
Justicia 12 el delito sexual abusivo tiene que ver con el aprovechamiento, por parte del
sujeto activo del delito o agresor, de circunstancias que lo ubican en una situación
ventajosa frente a la victima. Estas circunstancias que le dan ventaja al agresor ante la
vulnerabilidad pre-existente en la víctima, pueden ser del orden de la "superioridad
manifiesta" o las relaciones de autoridad dadas por la edad (adulto agresor, victima
menor de 14 años); poder o autoridad Oefe, maestro, médico, sacerdote, pastor,
funcionario público, militar, etc.); incapacidad física o psicológica de la víctima, entre
otras. La característica de esta forma de violencia es el aprovechamiento de la
condición de ventaja o de la condición de vulnerabilidad de la víctima como
mecanismo utilizado por el agresor para cometer el delito sexual.

23
✘ 1.4. EXPLOTACiÓN SEXUAL: Hace referencia a la violencia sexual en la cual
el medio utilizado por el agresor es la cosificación de la víctima, es decir, es
convertida en una mercancía y utilizada sexualmente. Según la legislación
colombiana (Ley 985/05), se define explotación como: "el obtener provecho
económico o cualquier otro beneficio para sí o para otra persona" (Artículo 3).
Aplicada al contexto de la explotación sexual, ésta consiste en el ejercicio de
dominio o propiedad sobre el cuerpo de otro ser humano, utilizado para
provecho o beneficio. La Convención sobre la Eliminación de todas las formas
de Discriminación contra la Mujer - CEDAW, plantea que los Estados Partes
deben tomar todas las medidas necesarias para suprimir todas las formas de trata
de mujeres y explotación de la prostitución de la mujer

24
✘ TRATA DE PERSONAS CON FINES DE
EXPLOTACiÓN SEXUAL: La trata de
personas es una manifestación contemporánea
de esclavitud que va en detrimento de la
dignidad humana al equipar a los seres humanos
a la condición de objetos y someterlos a
diferentes formas de explotación y violencia.

25
✘ EXPLOTACiÓN SEXUAL DE NIÑOS, NIÑAS Y
ADOLESCENTES: De acuerdo con el Plan
Nacional de Prevención y Erradicación de la
Explotación Sexual Comercial de Niños, Niñas y
Adolescentes: "La explotación sexual consiste en el
abuso sexual cometido contra una persona menor de
18 años de edad, en el que a la víctima o a un tercero
se le ofrece pagar o se le paga en dinero o en especie.

26
✘ 1.7. VIOLENCIA SEXUAL EN EL
CONTEXTO DEL CONFLICTO ARMADO:
a la luz del Código Penal Colombiano (Ley 599
de 2000) y la Ley 1448 de 2011, en
concordancia con los tipos establecidos por el
Estatuto de Roma de la Corte Penal
Internacional, se considera que en el contexto
del conflicto armado colombiano pueden
describirse, entre otros posibles, los siguientes
tipos de violencia sexual:

27
✘ 1.8.ACCESO CARNAL VIOLENTOI ACTO
SEXUAL VIOLENTO CON PERSONA
PROTEGIDA: Incurre en estos delitos quien en el
contexto del conflicto armado (incluyendo la
situación de desplazamiento) cometa acceso carnal
violento o acto sexual violento cuando la víctima es
integrante de la población civil o no participa en
hostilidades, hace parte de los civiles en poder de la
parte adversa o es combatiente pero se encuentra
herida, enferma o náufraga o puesta fuera de combate

28
✘ 1.9. ACTOS SEXUALES VIOLENTOS CON
PERSONA PROTEGIDA: el Art. 139 del
Código Penal Colombiano define que éste delito
ocurre cuando alguna persona "con ocasión y en
desarrollo de conflicto armado, realice acto
sexual diverso al acceso carnal, por medio de
violencia en persona protegida".

29
✘ 1.10. ESCLAVITUD SEXUAL I PROSTITUCiÓN
FORZADA: De acuerdo con la definición contenida
en el Estatuto de la Corte Penal Internacional
(Estatuto de Roma) y los desarrollos jurisprudenciales
de los Tribunales Ad-hoc, la esclavitud sexual, puede
configurarse en el marco del Derecho Internacional
Humanitario, como un crimen de lesa humanidad (es
decir, el que se cometa como parte de un ataque
generalizado o sistemático contra una población civil
y con conocimiento de ese ataque)

30
✘ 1.11. EMBARAZO FORZADO: De acuerdo con la
definición contenida en el Estatuto de la Corte Penal
Internacional (Estatuto de Roma), el embarazo forzado,
puede configurarse en el marco del Derecho Internacional
Humanitario, como un crimen de lesa humanidad o como un
crimen de guerra. Por embarazo forzado se entiende el
confinamiento ilícito de una mujer a la que se ha dejado
embarazada por la fuerza, con la intención de modificar la
composición étnica de una población o de cometer otras
violaciones graves del derecho internacional humanitario.

31
✘ 1.12. TORTURA EN PERSONA PROTEGIDA:
Definida por el Código Penal colombiano en su
artículo 137 como "el que, con ocasión y en
desarrollo de conflicto armado, inflija a una persona
dolores o sufrimientos, físicos o síquicos, con el fin
de obtener de ella o de un tercero información o
confesión, de castigarla por un acto por ella cometido
o que se sospeche que ha cometido, o de intimidarla o
coaccionarla por cualquier razón que comporte algún
tipo de discriminación".

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✘ 1.13. OTRAS FORMAS DE VIOLENCIA SEXUAL
DESCRITAS EN EL CONFLICTO ARMADO
COLOMBIANO: Independientemente de que no se
encuentren aún descritas dentro de los tipos penales
colombianos propios de violencia sexual en el marco del
conflicto armado, la investigación en el tema realizada en
Colombia ha identificado que dentro del país se han
cometido otros tipos de violencia sexual en el contexto del
conflicto armado, tales como: regulación de la vida social,
servicios domésticos forzados, esterilización forzada, y
aborto forzado.

33
¡Gracias¡

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